El domingo 2 de junio se convocó a las y los bajacalifornianos para elegir quién sería gobernador por dos años, pero una vez concluida la votación, electo Jaime Bonilla para el cargo por ese periodo, vino una inédita maniobra del Congreso local, que asumió factible alterar reglas constitucionales preestablecidas, borrar el plazo de gobierno y cambiarlo por otro más amplio con 21 votos de diputados de varios partidos, para regalarle tres años de mandato adicionales a los que Bonilla ganó en las urnas. Así, el Congreso local aprobó una especie de reelección automática, a toda prisa y con aval de tres cabildos, que pese al escándalo confirmaron desaparecer de la Constitución estatal la regla que desde el 2014 había dejado claro el periodo para esta gubernatura que es de dos y no de cinco años.
El atropello a las reglas electorales y a la institucionalidad democrática puede combatirse en la Suprema Corte, a través de una acción de inconstitucionalidad, instrumento reconocido por el Artículo 105 de la Constitución general de la República. Es falso que no tenga materia ese recurso o que si el plazo de gobierno no se incluye en las boletas puede alterarse discrecionalmente después de una la elección. No se vota por gobernantes sin un tiempo de gobierno definido salvo en las dictaduras; no se convoca a electores sin certeza de cuántos años van a permanecer en el car go los candidatos que piden su voto, como de forma lamentable han planteado algunas voces.
El 11 de junio, cuando terminaron los cómputos de votos que dieron el triunfo a Bonilla, el órgano electoral de Baja California emitió un dictamen para entregar la respectiva constancia de gobernador electo. Con todas sus letras, se lee ahí: el gobernador electo en el proceso electoral del 2019 iniciará funciones el 1 de noviembre del 2019 y concluirá el 31 de octubre del 2021.
En democracia no es legítimo asumirse encarnación del sentir popular fuera de las urnas y menos burlarse de electores y autoasignarse años en el poder sin voto de por medio. La motivación de diputados locales no es atender un ánimo masivo como dijo el autor formal de esta modificación, porque ni siquiera hay simpatía general con la decisión. Acorde a una encuesta del periódico Reforma, la mayoría de la población (52%) está en contra de lo que resolvió el Congreso local.
Los periodos cortos en gobiernos locales se incluyeron en la Constitución federal desde el 2014. Se hizo no para afectar a nadie en particular, sino para empatar calendarios electorales de los estados con los federales, y, en consecuencia, los congresos locales, incluyendo el de Baja California, ajustaron desde entonces sus respectivas reglas estatales. Hubo ya intentos por ampliar esos mandatos cortos, pero no prosperaron porque la SCJN afirmó que eso sería atentar contra una medida que viene de la Constitución federal (que no puede modificar ningún Congreso local).
La Corte debe ser congruente con ese precedente. En el 2016 se eligió gobernador por dos años en Veracruz, pero antes de que fueran los comicios, el partido Movimiento Ciudadano promovió un recurso legal para que el cargo durara cinco años. Los ministros resolvieron en la acción de inconstitucionalidad 13/2015 ese caso, argumentando que no se podía ampliar el periodo de gobierno, ni siquiera antes de celebrarse los comicios, porque los ciudadanos debían tener certeza del periodo por el que elegiría a sus respectivos funcionarios y porque esos periodos de dos años teman base en la reforma del 2014 a la Constitución federal. Los partidos acataron. En las urnas fue electo Miguel Ángel Yunes como gobernador (PAN-PRD Ejerció el cargo dos años y Morena participó en esa contienda por dos años con Cuitláhuac García como candidato, quien volvió a competir concluido el mandato corto y hoy es gobernador por decisión del voto popular, no del voto del Congreso local.
Bonilla debe acatar el mandato popular y no buscar beneficios que provienen de decisiones ocultas del Congreso local para violentar el voto popular, la ética pública exige que actúe con apego a la ley, con honestidad política y con sentido de responsabilidad se es el comportamiento que se espera de quien es electo por el voto de los electores. Son las reglas y hay que respetarlas, y si el plazo no le gusta, simplemente no debió competir.
Consulta el artículo en El Economista.
RESUMEN