Discurso de Pamela San Martín en el que se ejerce Asunción total para llevar a cabo los Procesos Electorales Locales Extraordinarios 2019 en Puebla

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales

Buenas tardes a todas y a todos.

Como ya se ha señalado, nos encontramos el día de hoy ante una situación inusual, la necesidad de celebrar una elección extraordinaria que deriva, no de la reposición de una elección derivado de la anulación por parte de las autoridades jurisdiccionales, sino por la ausencia definitiva y más aún en un contexto lamentable, de una de las titulares de un cargo de elección popular cuya naturaleza no permite la existencia de una figura de suplente.

En este contexto, por primera vez este Instituto estará asumiendo una de las atribuciones extraordinarias que la reforma del 2014 dio a esta Institución Nacional, que fue diseñada precisamente para servir como engrane que se activa, sólo ante causales que involucran la presencia de situaciones adversas a los comicios de índole local; es decir, lo que se denomina en la ley, la facultad de asunción total de una elección.

Ciertamente no es la primera vez que este Instituto realiza una elección local completamente, ya se señalaba el caso de la elección de Colima, que derivó de un mandato jurisdiccional, también tuvimos el caso de la elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, que en ese caso derivó de una orden constitucional. Pero esta es la primera ocasión en la que este Consejo General estaría asumiendo la totalidad de la organización de una elección a decisión del propio Instituto a solicitud de cuatro de sus integrantes, pero con la votación de al menos ocho de quienes integramos el Consejo General.

Como ya se ha señalado, el procedimiento se inició a partir de una solicitud formulada por cuatro de nosotros, que fueron, digamos, la decisión se tomó precisamente a partir de quienes integramos las dos comisiones que estarían más vinculadas en torno a este proceso electoral: la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales, que tengo el honor de presidir; y la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales que preside el Consejero Marco Antonio Baños.

Y en esta solicitud, el día de hoy tiene una respuesta, y tiene una respuesta que señala que a consideración de la Secretearía Ejecutiva, a consideración de la Dirección Jurídica, resulta procedente la facultad de asunción, y resulta procedente porque estamos en presencia de la causal prevista en el artículo 121, párrafo 2, inciso a), de la LGIPE, que hace referencia a la existencia de factores sociales y detención política que afecta la paz pública, y ponen en riesgo la consecución del proceso electoral en apego a los principios rectores de la función electoral, que implican la necesidad de que este organismo asuma la totalidad de la organización de la elección.

Me parece que una cuestión que es muy relevante del acuerdo que el día de hoy se pone a consideración de este Consejo General, es la opinión que viene incluida en el mismo de las áreas ejecutivas y técnicas del Instituto que, debe señalarse, se integra por personal especializado del servicio o de la rama administrativa, y que han emitido una opinión en sentido positivo.

Me parece que esto es una muestra del compromiso, la responsabilidad y la capacidad que tienen las áreas a nivel central, pero por supuesto también, a nivel desconcentrado, tanto a nivel local, a nivel distrital, para asumir el reto que va implicar asumir esta elección.

Era muy importante para este Consejo General contar con la opinión de las áreas técnicas, precisamente porque son ellas quienes ejecutan los actos que van a derivar de la decisión que, en su caso, asuma el Consejo General el día de hoy, porque las elecciones no se organizan en la mesa de este Consejo General, se organizan a nivel local, se organizan a nivel distrital, y se organizan a partir de la coordinación que realizan las áreas técnicas de cada una de las actividades que desarrolla esta institución.

Y esto implica un reto adicional, porque se deberá compaginar la organización de cinco procesos electorales locales, en los que el Instituto Nacional Electoral actuará en términos ordinarios de la Reforma del 2014, es decir, en coordinación con los Organismos Públicos Locales, junto con esta elección que en su caso sería organizada íntegramente por el Instituto Nacional Electoral.

Ya se ha señalado, a partir de la presentación de la solicitud que formulamos cuatro consejeras y consejeros electorales, las distintas comisiones empezamos a trabajar en un conjunto de acuerdos que se tenían que aprobar en caso de resultar procedente la asunción de la elección, porque estamos a siete días de que el Congreso del estado haya convocado a la elección extraordinaria a la gubernatura, y ya traemos a la mesa este Consejo General un número amplio de acuerdos, siete acuerdos que permitirán que se establezcan las fechas precisas de cada una de las actividades, las reglas específicas que se van a implementar en distintos puntos que tienen que ver con la organización de la elección, los ajustes necesarios para poder realizar la capacitación y la organización de los procesos electorales.

Y muchas de las tareas, e incluso para la organización de los debates que se realicen para la elección a la gubernatura en el estado de Puebla.

También, esta elección tiene una característica particular, porque en la misma se está decidiendo asumir tanto la Elección de la Gubernatura como las elecciones a los cinco municipios, que ya se ha señalaron, es bajo una lógica, digamos, de unicidad de las elecciones, no resultaría razonable o racional el hecho de que hubiesen a la par dos elecciones en un mismo territorio con dos fechas de Jornada Electoral distintas o en dos casillas distintas, para celebrar, por un lado, las elecciones en cinco municipios, cuyos procesos electorales fueron anulados por el Tribunal Electoral y, por otro lado, en el mismo territorio la elección a la gubernatura en el Estado de Puebla.

Me parece que esta es una decisión que es necesaria para garantizar aquello que estamos ordenados o que estamos…, que es nuestra obligación garantizar en esta institución, y es la certeza en el desarrollo de los procesos electorales a nivel local, en el caso de esta entidad federativa.

Por supuesto que, en mi caso yo acompañaré el proyecto de resolución que se presenta como respuesta a la solicitud que presentamos el 31 de enero pasado, y con el gusto y el agrado de contar la opinión y el acompañamiento de las áreas técnicas de esta institución, con el respaldo de las áreas, tanto a nivel central como a nivel desconcentrado. Porque el reto de llevar cabo esta elección no será menor y requerirá del compromiso, no sólo de esta institución, también requerirá del compromiso de todos los actores políticos, precisamente para que nos ajustemos todos a las reglas, todos a los procedimientos y todos a las limitaciones que están establecidas en la Constitución y en la ley.

Este Instituto, de aprobar este acuerdo, está adquiriendo un compromiso de garantizar plenamente el desarrollo con certeza, con legalidad, con imparcialidad y con la mayor pulcritud de todos y cada uno de los procesos que vienen asociados a la organización de una elección, incluido el arbitraje de la misma. Pero para la buena consecución de la misma, no sólo se requiere el trabajo de esta institución también se requiere el acompañamiento y la colaboración de los partidos políticos de las y los candidatos en el cumplimiento de cada una de las reglas que nos hemos dado en la ley y en la Constitución.

Para poder garantizar lo que tal vez es el punto esencial en cualquier elección, garantizarle a las y los poblanos, que serán ellas y ellos quienes el día 2 de junio definirán quién será la próxima gobernadora o el próximo gobernador de esa entidad y quiénes estarán encabezando los cinco ayuntamientos cuya elección extraordinaria también estará en juego.

Es cuanto.

Versión estenográfica de la intervención de la Consejera del INE, Pamela San Martín, en el punto 1 de la Sesión Extraordinaria Urgente del 06 de febrero de 2019, en el que se ejerce Asunción total para llevar a cabo los Procesos Electorales Locales Extraordinarios 2019 en el estado de Puebla

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