Palabras de Lorenzo Córdova sobre el que expide el instructivo que deberán observar organizaciones interesadas en constituir un Partido Político Nacional

Escrito por: INE
Tema: Consejero Presidente


El pluralismo político es la base de cualquier sistema democrático, vigoriza el debate público y contribuye a que la ciudadanía tenga mayores opciones entre las cuales ejercer sus derechos políticos, tanto el derecho a militar, a participar a través de una organización, ejerciendo el derecho de asociación política, como a partir del ejercicio del voto.

De ahí que los partidos políticos sean al mismo tiempo una expresión del derecho de asociación de las y los ciudadanos, es decir, ver a los partidos políticos como los ha definido la modernidad, como los ha definido la democracia en la modernidad, es decir, como centros de agregación de consensos, como también, por otro lado, la principal herramienta para que las y los ciudadanos participen en la toma de las decisiones públicas.

Justo por ese doble carácter, que inherentemente detentan las organizaciones partidistas, es que en numerosas ocasiones en este mesa, pero también antes, desde los espacios de la academia, he sostenido que una democracia siempre debe tener las puertas abiertas para el surgimiento de nuevas fuerzas políticas, las puertas del sistema de partido en un sistema democrático plural, diverso como el mexicano, de entrada al sistema de partidos, me parece que deben estar abiertas, del mismo modo que las puertas de salida cuando no existe el respaldo ciudadano, deben estar igualmente abiertas.

Eso me ha llevado, en su momento, a manifestar mi disenso respecto de la modificación que la reforma 2007-2008 implicó al abrir la puerta a nuevas fuerzas políticas solamente cada seis años, pero en todo caso como autoridad electoral son las reglas que se han pactado por parte de los actores políticos, y son las reglas que estamos aplicando.

Más allá del evidente distanciamiento de muchos sectores de la población respecto de los asuntos públicos, lo cual representa, por cierto, un problema global de las democracias y de los bajos niveles de confianza que en la actualidad registran los partidos políticos, en el mundo y en México, aun hoy es imposible y en esto quiero ser enfático, es imposible si quiera imaginar una democracia sin partidos políticos.

Ahí en donde no hay partidos políticos como entidades aglutinadoras del consenso de las y los ciudadanos, simple y sencillamente no hay democracia.

Por ello es trascendente el instructivo que estamos analizando en este punto del orden del día, y que, desde mi perspectiva, más que un conjunto de simples procedimientos administrativos, lo que se plantea aprobar es el mapa para que una organización de ciudadanos pueda competir en el futuro por los poderes públicos a través del sistema de partido, obteniendo, por supuesto, un registro como tal.

Para clarificar esta hoja de ruta y que las organizaciones de ciudadanas y ciudadanos puedan acceder a la competencia electoral como partidos políticos nacionales es conveniente tenerlo presente lo siguiente:

Primero, el plazo para notificar al INE el interés de conformar un partido político irá del 7 al 31 del año 2019, la notificación deberá presentarse por escrito, incluyendo los detalles establecidos en el proyecto de acuerdo que estamos analizando.

Dos, se deberán celebrar al menos 20 asambleas estatales, tal como lo dispone la ley en las que se acredite la participación de tres mil ciudadanos en cada una de ellas o bien 200 asambleas distritales con la participación en cada una de al menos 300 personas con Credencial para Votar.

Es particularmente importante destacar que ya sea en la modalidad estatal o distrital en cada asamblea el Instituto Nacional Electoral debe certificar, si es el caso, que las personas asistieron libremente, que conocieron y aprobaron los documentos básicos del partido político en formación y que eligieron tanto a los delegados, como a los suplentes que integrarán, que concurrirán a la Asamblea Nacional Constituyente al final del proceso.

Tercero, numéricamente conforme lo establece la legislación se necesitará acreditar la manifestación individual de afiliación de al menos 233 mil 945 ciudadanas y ciudadanos, que representan el 0.26 por ciento del Padrón Electoral establecido en la ley, con corte al 1º de julio de 2018.

Y además cada manifestación deberá contener la fecha en la que se expresa la voluntad de adherirse al partido político que se está formando.

Debo subrayar que las manifestaciones de afiliación desde 1996 deben ser individuales.

Cuarto, para aquellas afiliaciones que se realicen al margen de las asambleas se deberá utilizar la aplicación que ha señalado y explicitado la Consejera Favela en los términos establecidos en el presente acuerdo.

Y quinto, el último requisito que quiero destacar, es que se incluya un régimen de excepción para el acopio de firmas, vía el aplicativo mencionado, en los 238 municipios en los que se ha identificado problemas de conectividad y catalogados por el INEGI como de alta marginación.

Para concluir permítanme subrayar dos aspectos. El primero, es que todas las organizaciones interesadas en conformar un partido político nacional deberán transparentar sus gastos mensuales y que el INE fiscalizara dichos recursos.

El segundo, es que el incremento de partidos no supone un aumento del financiamiento público destinado por la Constitución a fortalecer el pluralismo, habrá una partida en el caso de que haya partidos políticos de nueva formación específica; pero esto no supone la alternación de la fórmula sobre la cual se computa el financiamiento ordinario y de gastos de campaña, en su caso, para los partidos políticos. Lo digo de otra manera, más partidos no significa más dinero, sino más actores entre los cuales se distribuye el dinero determinado mediante la fórmula constitucional.

Ello debido a que la reforma electoral de 2007 estableció parámetros fijos para el cálculo de la bolsa de financiamiento público, lo que significa que el tamaño de la bolsa, de dicha bolsa para los partidos es el mismo para ocho, para 10, para nueve, para 12, para los que sean.

Estoy convencido de que los partidos políticos constituyen organizaciones que faciliten la articulación de consensos, como mencionaba, en las sociedades modernas que por definición son complejas, no hay ninguna sociedad moderna que sea uniforme, no hay ninguna sociedad moderna que sea sencilla, no hay ninguna sociedad moderna que no sea plural, por eso el sistema de partidos, el pluralismo partidista es inherente a toda forma de gobierno democrática.

Los partidos son organizaciones que facilitan la expresión de dicha pluralidad política, que se confronten y se participen en instancias de decisión pública ya sea como minorías o como mayorías; la ineludible dialéctica de la que depende y siempre ha dependido la democracia.

Una sociedad democrática debe tener múltiples formas para expresarse y de ofrecer opciones de participación política por una simple y sencilla razón: no hay sociedades únicas, no hay sociedades monolíticas.

El reconocimiento a ese pluralismo ha sido la base sobre la que se construyó la democracia mexicana y sobre la que tenemos que seguir recreando.

Muchísimas gracias.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, en el punto 7 de la Sesión Extraordinaria del 19 de diciembre de 2018, por el que se expide el instructivo que deberán observar las organizaciones interesadas en constituir un Partido Político Nacional, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin