Intervención de Lorenzo Córdova en que se emiten criterios de interpretación para asignación de Diputaciones e Integrantes de ayuntamientos, en relación con el Principio de Paridad de Género

Escrito por: INE
Tema: Consejero Presidente

Permítanme intervenir en este punto.

Comenzaba su intervención la Consejera Ravel señalando que estábamos frente a una injusticia, creo que hay que ser mucho más severos, tal como cerró en su intervención la Consejera Ravel; no estamos frente a un hecho de justicia o de una injusticia, estamos ante una abierta ilegalidad y una simulación que pretende vulnerar el principio de paridad establecido en la propia Constitución.

Estamos, lamentablemente, ante un enésimo episodio de los que a lo largo de la última, de las últimas dos décadas han venido constituyéndose en los puntos de inflexión sobre los cuales una democracia incluyente como, hasta llegar a una democracia paritaria como la que hoy tenemos se ha venido construyendo.

Episodios en los que los propios partidos políticos pactan reglas, las establecen en las leyes y en la Constitución, y que en su primera instrumentación intentan burlarse a partir de actos de simulación, son lamentablemente una circunstancia que hoy por lo que está ocurriendo en Chiapas, podemos lamentablemente decir: no está todavía superada ni en la mentalidad, ni en las prácticas políticas de muchos partidos.

Bien lo decía la Consejera Ravel al cierre de su intervención, y es justo lo que señalamos en la semana pasada al presentar públicamente el protocolo que aprobamos en la sesión previa, respecto al uso del tres por ciento del financiamiento de los partidos políticos, público de los partidos políticos para fortalecer el liderazgo de las mujeres, liderazgo político de las mujeres.

Es algo que este Instituto, que ha asumido como propio el principio de paridad no solamente en su instrumentación, sino en su defensa y maximización, a partir de una serie de acuerdos y de acciones afirmativas, no va a permitir, como cabeza, es decir, como órgano rector del Sistema Nacional de Elecciones.

Estamos ante un ominoso episodio en el que 51 mujeres electas tanto en Regidurías como en Diputaciones, han presentado sus renuncias con el evidente propósito de dejar sus lugares a candidatos varones, y con ello vulnerar el principio de paridad.

Es lamentable que en el estado de Chiapas, el Partido Verde, Nueva Alianza, “Mover a Chiapas”, “Chiapas Unido”, el PRI por lo que hace a Regidurías, alguna Regiduría, y en el caso de Diputaciones el Partido Verde y Chiapas Unido están recurriendo a este tipo de actos, que evidentemente tienen un propósito, que es el de vulnerar el principio de paridad.

Es por eso que esta autoridad, si bien estamos ante hechos que son competencia en primera instancia del Organismo Público Local de ese estado, ha decido conocer y aprobar este Proyecto de Acuerdo en el que estamos ejerciendo la facultad de atracción, para establecer un criterio de interpretación vinculante, de carácter general, para que lo que hoy está ocurriendo en Chiapas no vuelva a pasar nunca más en alguna entidad federativa.

Lo que estamos haciendo con este proyecto es establecer un criterio de interpretación que guíe y cobije las decisiones del Organismo Público Local Electoral, órgano directamente responsable de vigilar el principio de legalidad en los procesos electorales de los estados, para impedir que la paridad del principio constitucional de paridad, sostenido, aplaudido por todas las fuerzas políticas en la Reforma 2014 a nivel constitucional, siga siendo vigente en esa entidad.

Este acuerdo busca, y entiende, que hay dos principios en tensión: el principio de representación, que implica la asignación de cargos de representación popular, de elección popular a los distintos partidos políticos a partir de la votación que se ha emitido en favor de ellos en la urnas, por un lado. Y por otro lado, el principio de paridad que obliga y que, en la medida de lo posible, no debe de entrar en colisión con el primero de estos dos principios.

El punto es que por las circunstancias específicas que están dándose estas renuncias, los hechos nos estarían colocando en una circunstancia en la que el principio de paridad de no encontrarse un criterio de interpretación como el que proponemos, podría verse vulnerado en aras de garantizar simple y llanamente el principio de representación.

¿Qué es lo que propone en síntesis el Acuerdo? Hacer prevalecer, hacer coexistir ambos principios a partir de la siguiente fórmula: cuando algún partido político no tiene escaños de representación proporcional con mujeres, candidaturas de mujeres en escaños de representación proporcional, que le corresponderían en virtud del reparto correspondiente, pueda recurrirse como algunas legislaciones estatales lo plantean: Estado de México, Ciudad de México, con la llamada Lista B, en la representación proporcional, y otras entidades pueda recurrirse para maximizar en la representación que le corresponde al partido político de que se trate, alguna candidatura no triunfante, no ganadora, de mayoría relativa, siempre y cuando se trate de una candidatura de la misma circunscripción, porque estaríamos ante votos emitidos en primera instancia por una candidatura mayor relativa, pero que tiene efectos para integrar la lista de representación proporcional de esa misma circunscripción.

No vamos a permitir un trasvase de votos de una circunscripción a otra, por eso lo que plantea el acuerdo es recurrir en primera instancia, a esta solución, para garantizar que el número de legisladoras que finalmente ocuparán escaños en los órganos representativos sea legislativos, sea municipales correspondientes, maximizando, garantizando que el partido al que se están otorgando esos escaños de mujeres, sea el partido por el cual se orientó la votación.

Pero en caso de que esto no sea posible, estaríamos ante la disyuntiva de suplir espacios que, legal y considerablemente en virtud del principio de paridad le corresponden a mujeres, con varones, y eso no es aceptable para esta autoridad.

Por lo tanto, en ese caso extremos estamos planteando que, eventualmente, se redistribuyan, se reasignen los escaños que están pendientes, entre las otras fuerzas políticas, por cierto, siguiendo la misma lógica que ocurriría si un partido no presenta diputados, candidatos a diputados plurinominales, o la lista le es insuficiente para cubrir los escaños que le corresponden.

Termino simple y sencillamente diciendo, no vamos a permitir simulaciones y ese es el propósito de este acuerdo.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, en el punto único de la Segunda Sesión Extraordinaria del 12 de septiembre de 2018, por el que se ejerce facultad de atracción y se emiten criterios de interpretación para la asignación de Diputaciones e Integrantes de los ayuntamientos, en relación con el principio de Paridad de Género

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