Número: 377
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por Stefany Martínez Armendáriz y diversas candidatas postuladas por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de su candidato a Gobernador de Guanajuato, Gerardo Sánchez García, derivado de la difusión del promocional de radio y televisión “GTO L SEGURIDAD”, los cuales –a juicio de las quejosas- contienen un aparente lenguaje sexista, lo que podría constituir violencia política en razón de género.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó que –bajo apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar- se trata de actos consumados e irreparables, ya que el spot de televisión y radio concluyó su vigencia de transmisión el 13 y 27 de junio, respectivamente.
Improcedente cautelar formulada por el PRI
Durante la misma sesión, la Comisión también declaró la improcedencia de la medida cautelar formulada por el PRI en contra de Célida Teresa López Cárdenas, candidata a Presidenta Municipal de Hermosillo, Sonora, por la Coalición “Juntos Haremos Historia” y de diversos candidatos a cargos de elección popular a nivel local y federal en dicha entidad, derivado de la difusión de un spot en radio –referente a mensajes de invitación de cierre de campaña- fuera de los tiempos asignados por el INE.
Se precisó que –de un análisis preliminar y bajo apariencia del buen derecho- se trata de actos consumados e irreparables, toda vez que el promocional denunciado ya no se difunde, además de que el evento relacionado con el cierre de campaña referido, supuestamente ocurrió el 23 de junio del año en curso, por lo que se está en presencia de actos consumados de manera irreparable.