Número: 228
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al partido MORENA sustituir los promocionales de radio y televisión CUITLAHUAC GOBERNADOR, BARBOSA PUEBLA MOR, RUTILIO GOBERNADOR y CUAUHTEMOC GOBERNADOR, en los cuales ese instituto político promueve a Andrés Manuel López Obrador, candidato a la Presidencia de la República por la coalición “Juntos Haremos Historia”, a través de la pauta local en los estados de Veracruz, Puebla, Chiapas y Morelos, lo que podría implicar una sobreexposición de éste frente al electorado, en contravención del principio de equidad en la contienda.
En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó conceder las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), ya que —con base en la jurisprudencia 33/2016 emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación— durante procesos electorales concurrentes no se pueden difundir promocionales con contenido de un Proceso Electoral Federal en una pauta de carácter local, a fin de evitar que se sobreexponga a un candidato federal en detrimento de la equidad de la contienda.
Se fijó un plazo no mayor a 6 horas, contadas a partir de la notificación legal, para que MORENA sustituya los spots difundidos en la pauta local de las entidades mencionadas, en los que aparece la imagen, nombre y voz de Andrés Manuel López Obrador, que —bajo la apariencia del buen derecho— configura un posible uso indebido de la pauta.
Improcedente cautelar solicitada por candidata local de Tamaulipas
En la misma sesión, la Comisión declaró –por unanimidad de votos- la improcedencia de la medida cautelar solicitada por Rosa Icela Corro Acosta, candidata a Presidenta Municipal de Miguel Alemán, Tamaulipas, por la supuesta difusión de una “cápsula”, el 9 de abril pasado, en una estación de radio de esa localidad, en la que, según la quejosa, se contienen expresiones calumniosas en contra de su persona.
Se informó que el material denunciado ya no se difunde, por lo que se está en presencia de actos consumados de imposible reparación.