Intervención de Lorenzo Córdova en que se ratifica la decisión del cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano y se emite acuerdo sobre el registro de la candidatura de Armando Ríos, de acuerdo a la sentencia del TEPJF

Escrito por: INE
Tema: Consejero Presidente

Colegas, permítanme intervenir sobre este punto.

Quiero intervenir haciendo tres comentarios:

El primero de ellos tiene que ver con mi completo acuerdo, mi adhesión total con el proyecto que nos ocupa que en síntesis establece que el espacio de audiencia que para el aspirante Armando Ríos Piter estableció el Tribunal en la sentencia que fue acatada puntualmente, no fue atendido.

Y en ese mismo sentido, mi consenso en el documento que hoy tenemos en nuestras manos se expresa o se razona, se motiva en el hecho de que el mismo documenta, cosa que me lleva por cierto a hacer un reconocimiento desde ahora al trabajo y a la pulcritud de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos que nos presenta el documento que hoy conocemos.

Se documenta fehacientemente tres cosas:

Primera cosa, que existieron durante estos 10 días, condiciones idóneas para que el aspirante pudiera ejercer su derecho a audiencia en los términos mandatados por el Tribunal Electoral, condiciones idóneas de personal como ya lo mencionaba el Consejero Nacif, 80 funcionarios de este Instituto durante 10 días, en las horas fijadas para atender esa garantía de audiencia, estuvieron dedicados exclusivamente a ello en medio de un Proceso Electoral de la complejidad que tiene el que hoy nos ocupa, condiciones idóneas en términos de los espacios, y condiciones idóneas en términos de la infraestructura de cómputo necesaria para poder desahogar, en los términos que el Tribunal Electoral planteó esta garantía, a lo largo de los 10 días mandatados por el Tribunal.

En segundo lugar, porque el documento que hoy conocemos establece, en consecuencia de lo anterior, y reitera la decisión que tomó este Consejo General en su momento, es decir, se reitera el incumplimiento del aspirante Armando Ríos Piter de los requisitos legales para poder obtener la candidatura.

Y, en tercer lugar, porque derivado de lo anterior, de este documento, se desprende algo que quiero hacer evidente en esta mesa, que ya lo he hecho y que hoy reitero, la confianza en todos y cada uno de los funcionarios electorales que han llevado a cabo el procedimiento de revisión de los apoyos ciudadanos y, por ende, mi reconocimiento que no escatimaré en expresar públicamente tantas veces como sea necesario.

Es gracias a ese profesionalismo, a ese compromiso técnico, a esa neutralidad política que la elección más grande de nuestra historia avanza, avanza en tiempo y avanza bien, de modo tal que este Instituto garantiza, con cada uno de sus actos, que el próximo 1º de julio las y los mexicanos puedan ejercer sus derechos políticos, concretamente el derecho político de votar, en condiciones y sobre todo en libertad.

El segundo punto sobre el que quisiera reflexionar es que esa confianza que aquí expreso a nuestros funcionarios, a los integrantes de este Consejo General y de las comisiones que sirven de ámbito técnico de soporte, de procesamiento de las sesiones de este Consejo, no es una confianza ciega endogámica, es una confianza que goza del reconocimiento de instituciones de organizaciones de la sociedad civil que han encabezado algunas de las batallas por la consolidación y fortalecimiento democrático más importantes de los tiempos recientes.

Y no omito mencionar aquí en esta sesión que el jueves pasado la COPARMEX, de la mano de Transparencia Mexicana del Instituto Mexicano para la Competitividad, el IMCO, y de mexicanos contra la corrupción, confiando plenamente y aquí cito lo dicho por ellos en el Lobby de este Instituto:

“…en las capacidades técnicas y en el profesionalismo de este Instituto, así como sus herramientas tecnológicas han, mediante convenio, solicitado el uso de la aplicación con las modificaciones que supone la misma, para poder ser utilizada en un mecanismo, en un intento de iniciativa ciudadana con el propósito de plantear una reforma al artículo 102 constitucional y a las leyes correspondientes…”

Eso habla de la confianza, insisto, de un segmento importante de la sociedad en ese Instituto en la aplicación que se diseñó para fortalecer los mecanismos de participación ciudadana y en el profesionalismo de su personal.

Y, en tercer lugar, quiero dedicar esta intervención para señalar una cosa en consecuencia de lo anterior.

Sin duda la experiencia en este proceso de instrumentación tanto de herramientas tecnológicas como de revisión por parte de la institución nos deja enseñanzas que tendrán que ser atendidas en el futuro.

Pero lo digo sin medias tintas, la aplicación móvil llegó para quedarse; tendrá espacios de mejora, como todas las herramientas tecnológicas las tienen permanentemente.

Pero esa aplicación hoy es un insumo que el Instituto Nacional Electoral ha puesto a disposición del público para fortalecer, mejorar, instrumentar los mecanismos de participación ciudadana y sobre todo para garantizar su uso honesto y a pegado a la legislación.

Nota a pie de página. Se me olvidó otra asociación, otra sociedad, otra organización de la sociedad civil que también confía en el Instituto y que manifestó su adhesión en el convenio, Causa en Común.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente Lorenzo Córdova, en el punto 2 de la Sesión Extraordinaria del 23 de abril de 2018, en el que se ratifica la decisión sobre el cumplimiento del Porcentaje de Apoyo Ciudadano y se emite el acuerdo sobre la Solicitud de Registro de la Candidatura Independiente a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos presentada por el Aspirante Armando Ríos Piter, en acatamiento a una Sentencia Emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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