Número: 203
- Con una moderación activa, se busca elevar el nivel y la fluidez de la discusión, para contribuir al desarrollo de la vida democrática y promover el voto libre e informado
La Comisión Temporal de Debates 2017-2018 del Instituto Nacional Electoral (INE) definió los criterios y reglas generales de moderación de los tres Debates Presidenciales, entre cuyos objetivos se destacan elevar el nivel y la fluidez de la discusión, para garantizar que ésta sea documentada e informada, así como propiciar que haya contraste de ideas, propuestas y opiniones.
El acuerdo aprobado establece que las y los moderadores tendrán una participación activa, podrán interactuar en forma directa y preguntar improvisadamente para priorizar respuestas prontas a alusiones directas o descalificaciones
Las y los moderadores de los Debates Presidenciales deberán ser facilitadores de la exposición y confrontación de las propuestas de la y los candidatos, y habrán de conducirse con objetividad, imparcialidad y respeto. Asimismo, si un candidato se aparta del tema sobre el cual fue cuestionado o elude una pregunta, podrán interrumpir su intervención para invitarlo a retomar el hilo temático.
De igual forma, cuando el tiempo máximo de intervención de la o el candidato esté por concluir se emitirá, 10 segundos antes, una señal para indicarle al aspirante que debe concluir su intervención. Al agotarse el término, la o el moderador interrumpirá al expositor.
Las y los moderadores otorgarán el uso de la palabra a la y los candidatos para réplicas y contrarréplicas y propiciarán un intercambio dinámico en los segmentos del debate donde se permita la libre discusión, otorgando la misma oportunidad de participación.
Respecto de las preguntas emitidas por las y los moderadores —que no podrán conocer la y los candidatos a la Presidencia de la República—, se indica que deberán ser cortas y directas, de manera que se privilegie el tiempo porque no deberá superar los 30 segundos del lapso previsto.
Durante el primer minuto de exposición de cada intervención de la y los candidatos, no podrán interrumpir, a menos que el contendiente en uso de la voz se aparte ostensiblemente de la temática del debate o de la pregunta realizada de forma expresa. En ese caso, pedirá directamente a la candidata o al candidato que se apegue a la pregunta formulada.
El acuerdo define que en los segmentos de debate libre, la moderación podrá pedir a algún candidato que responda a una pregunta específica proveniente de otra candidatura; solicitar que su exposición se centre en el tema acordado; interrumpir cuando se haya agotado el minuto máximo de respuesta; propiciar la participación del candidato o candidata que se haya quedado rezagado o rezagada en el uso de su bolsa de tiempo; mantener el diálogo comprensible, evitando que los contendientes hablen uno encima del otro, y reconducir o rencauzar las preguntas a partir de las respuestas obtenidas.