Intervención de Benito Nacif en el que se registran las candidaturas a la Presidencia presentadas por las coaliciones “Por México al Frente”, “Todos por México” y “Juntos Haremos Historia” en el Proceso Electoral 2018

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales

Muchas gracias, muy buenas noches.

El día de hoy, en esta Sesión Especial, se presentan ante el Consejo General los proyectos de acuerdo en los que se analiza y, en su caso, se aprueba la procedencia de registros de las candidaturas a la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

Las solicitudes se presentaron en tiempo y forma por los partidos políticos, coaliciones y aspirantes a una candidatura independiente. Una vez recibidas, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos verificó el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitución y la ley.

En el caso de quienes aspiran a una candidatura por la vía independiente, el Instituto Nacional Electoral verificó la autenticidad de los apoyos ciudadanos recabados, es decir, el levantamiento de los apoyos que se haya apegado a la ley y a los lineamientos emitidos por el Consejo General para tal fin. Dicha verificación a cargo de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores concluyó con la aprobación de los dictámenes respectivos por parte de este Consejo General.

En consecuencia, el cumplimiento del umbral mínimo de firmas requerido por la ley, así como su dispersión geográfica, quedó acreditada en los dictámenes correspondientes. Todos los aspirantes a candidaturas independientes, así como los precandidatos de los partidos y coaliciones debieron cumplir con sus obligaciones en materia de fiscalización, especialmente la rendición de cuentas sobre los recursos que utilizaron.

Conforme a la ley, el Consejo General se pronunció sobre el particular en los dictámenes consolidados de la revisión de los ingresos y gastos de los aspirantes y precandidatos.

Adicionalmente, esta autoridad verificó, en el caso de las candidaturas a cargos legislativos federales, los partidos políticos y las coaliciones, cumplieran con el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas, así como las acciones afirmativas que este Consejo General aprobó al emitir los criterios aplicables para el registro de las candidaturas.

Sobre la acción afirmativa a favor de las mujeres, se determinó que, en el caso de las Senadurías por el principio de representación proporcional, la Lista Nominal deberá encabezarse por una fórmula integrada por mujeres.

Respecto a las Diputaciones Federales, de las cinco listas por circunscripción electoral, al menos dos deberán estar encabezadas por fórmulas de un mismo género. Dada la desproporción entre hombres y mujeres que han integrado el Senado, el Consejo General aprobó acciones afirmativas adicionales para garantizar la paridad horizontal y vertical en dicho órgano legislativo.

Estas acciones también se verificaron en los registros de las Senadurías por mayoría relativa y consisten en lo siguiente.

La primera fórmula que integra la lista de candidatas y candidatos que presentan partidos y coaliciones, para cada entidad federativa, deberán ser de género distinto a la segunda y de la totalidad de las listas de candidaturas por entidad federativa, la mitad deberá estar encabezada por hombres y la otra mitad por mujeres.

Respecto a la acción afirmativa en materia indígena, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos revisó que los partidos políticos y coaliciones postularan a personas que se auto adscriban como indígenas en los distritos federales que cuenten con 40 por ciento o más de la población indígena.

Para el caso de diputaciones por principio de mayoría relativa, se constató que los partidos políticos nacionales o coaliciones, postularan fórmulas integradas por personas indígenas en al menos 13 de los 28 distritos electorales con población indígena predominante, donde siete deben corresponder a un mismo género.

Los proyectos de acuerdo que se presentan al Consejo General el día de hoy, dan cuenta del cumplimiento de cada uno de los requisitos y disposiciones aplicables para cada caso.

A partir de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, aprobada en 2011, todas las autoridades de nuestro país tienen la obligación de promover, respetar y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos que se prevén en la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte.

Esto quiere decir que la interpretación de nuestro marco legal debe hacerse de tal forma que siempre se favorezca, en todo momento, la protección más amplia a las personas.

En este caso, el derecho a ser votado, que es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución, debe ser garantizado por el Instituto Nacional Electoral y su ejercicio únicamente puede restringirse sobre la base de criterios proporcionales y razonables que expresamente se prevean en la Constitución y la Ley. Los derechos están protegidos por la reserva de ley.

Por este motivo la autoridad debe potencializar en todos los escenarios la protección y el ejercicio de ese derecho. El registro de las candidaturas es un ejemplo práctico de la aplicación de estos principios.

Finalmente, con la revisión efectuada de los requisitos establecidos en la Constitución y la ley y el otorgamiento de las candidaturas de partidos, coaliciones y por la vía independiente, el Instituto Nacional Electoral completa el proceso preparatorio de las campañas electorales y permite que el día de mañana inicien en condiciones de certeza, respecto a quienes son los contendientes legalmente acreditados para buscar el voto ciudadano.

Muchas gracias.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Benito Nacif, en el punto 1 de la Sesión Especial del Consejo General, en el que se registran las Candidaturas a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos presentadas por las coaliciones “Por México al Frente”, “Todos por México” y “Juntos Haremos Historia” en el Proceso Electoral Federal 2017-2018

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