El 21 de febrero se celebra el Día Internacional sobre la Lengua Materna, para reconocer la importancia de las lenguas maternas en el desarrollo de la creatividad, la capacidad de comunicación y la elaboración de conceptos en las personas, en las minorías, los pueblos indígenas y las poblaciones rurales del mundo. Para este año, la Unesco tiene como tema «Preservar la diversidad lingüística y promover el plurilingüismo.”
En México, la población nacional total es de 119’530,753 personas, de las cuales 25’694,928 (21.5%) se autoadscriben como indígenas, y de éstas el 51.3% son mujeres y 48.7% son hombres.[1] De este total, 7’382,785 personas de 3 años y más hablan alguna lengua indígena, esto es, el 6.5% del total nacional; las más habladas son: Náhuatl, Maya y Tseltal.[2] Esto nos habla del gran mosaico cultural que tenemos, si lo comparamos con Europa, en donde existen cinco familias lingüísticas, mientras que en México tenemos 11.
Dado que en un modelo democrático es necesario garantizar el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, es fundamental garantizar su participación efectiva en los procesos de decisión[3] a través del ejercicio de su derecho al voto activo y pasivo. Por ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) celebra el Día Internacional sobre la Lengua Materna a través de diversas actividades en las que establece comunicación con comunidades indígenas para difundir campañas de credencialización a través de la radio comunitaria e indígena, en las lenguas Maya, Mixteca, Zapoteca y Náhuatl.
Asimismo, se llevan a cabo Consultas Infantiles y Juveniles, la última en 2015, en la que destacó el desarrollo y piloteo de boletas traducidas a lenguas indígenas; se han difundido campañas sobre delitos electorales y voto informado y razonado en lenguas Maya, Mixteca, Náhuatl, Totonaco y Tseltal, entre otras; actualmente se encuentran en pauta diversos spots en lenguas indígenas[4] relacionados con el Proceso Electoral Federal en curso.
El 8 de noviembre de 2017, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG508/2017 en el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para el Proceso Electoral Federal 2017-2018. En este Acuerdo, se implementó una acción afirmativa indígena que consiste en que los partidos políticos, o bien las coaliciones, deberán postular a personas indígenas con vínculo comunitario en, al menos, los 13 distritos electorales indígenas[5] con más del 60% de población indígena, de los cuales 7 deben ser de un sexo y 6 del otro.[6]
Para el INE es fundamental garantizar la participación política de los pueblos indígenas, y por ello se reconocen en las políticas y programas institucionales su cultura, su lengua, su autonomía y libre determinación, así como la participación real en la toma de decisiones que les afectan directamente, y busca, no sólo el Día Internacional de la Lengua Materna, promover la participación ciudadana de todas las regiones indígenas de México en su propia lengua, ya que éstas son como plantas a las que se debe regar no sólo una vez al año, sino siempre, para que florezcan,[7] de otro modo corren el riesgo de desaparecer por la pérdida sostenida de hablantes.
Muestras de carteles para prevenir delitos electorales, distribuidos para el Proceso Electoral 2014-2015 en Náhuatl y Zapoteco:
Cartel en Náhuatl
Cartel en Zapoteco
Carteles de la Campaña 2012 para recoger la Credencial para Votar con Fotografía.
Maya
Tseltal
[1] Según Indicadores Socioeconómicos de los Pueblos Indígenas de México 2015.
[2] Encuesta Intercensal 2015 realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
[3] Errán, Eric, en “Participación de grupos en situación de vulnerabilidad en la definición de acciones afirmativas y en el diseño de políticas públicas”. Documento de trabajo E-11-2016, Conapred, 2006, pp. 75
[4] Náhuatl, Tseltal, Zapoteco, Maya, Mixteco.
[5] En México existen 28 distritos indígenas, identificados de esa forma porque más del 40% de su población pertenece a algún pueblo o comunidad indígena. Fuente: Acuerdo del Consejo General INE/CG59/2017.
[6] Debe decirse que en el Acuerdo citado, originalmente se propuso que la postulación forzosa mínima fuese en 12 de los 28 distritos electorales indígenas, y que la autoadscripción indígena era suficiente para efectos del cumplimiento de la acción afirmativa. Sin embargo, la medida fue modificada a 13 distritos y se agregó el requisito del vínculo comunitario, por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante sentencia identificada con el número SUP-RAP-726/2017.
[7] Palabras de Eva Caccavari, especialista en lenguas indígenas de México y Candidata a Doctora en Ciencias Sociales por El Colegio de Michoacán con la investigación “Somos mujeres todo terreno: indigeneidad, territorialidad y género entre las mujeres nativas en Baja California.”