Número: 484
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión de dos promocionales pautados –entre el 28 de diciembre de 2017 al 3 de enero de 2018- en radio y televisión para los procesos electorales locales en Coahuila, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas, que a juicio del quejoso implicarían un supuesto uso indebido de la pauta y actos anticipados de campaña, al llamar a votar en favor del PAN y en contra del PRI.
En sesión extraordinaria, por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó, bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar, que el contenido de los spots denunciados se considera propaganda genérica, al no existir manifestaciones explícitas, unívocas e inequívocas de apoyo o rechazo hacia una opción electoral (precandidato, candidato o partido político), sino una postura ideológica que tiene como finalidad la conformación de un frente político.
En tanto, las expresiones que el quejoso refiere como negativas al PRI, constituyen una postura de contraste o un posicionamiento político –ante su militancia- que pretende diferenciarse de corrientes políticas contrarias.