“Precampañas y pre-precampañas”, artículo de Marco Baños, en El Sol de México

Escrito por: INE
Tema: Opinión
Conferencia de Prensa de las Consejeras y los Consejeros del INE

Arranca hoy la etapa de precampañas, espacio definido en la ley desde hace una década para que aspirantes de un mismo partido busquen ser postulados a diversos cargos electivos, para que compitan entre ellos o participen en el procedimiento interno de selección que resuelva o no respaldar su candidatura frente a otros partidos y candidaturas.

 Se trata de 60 días que se colmarán el 11 de febrero, y a diferencia de lo que ocurría antes de su regulación constitucional, representan una temporalidad cierta y con candados para evitar que se convierta en una franca promoción anticipada, sin controles de fiscalización o límites en cuanto tope de gasto que impliquen un desequilibrio a las condiciones de equidad ya al momento de iniciar las campañas entre ofertas de gobierno o representación legislativa entre distintas fuerzas partidarias y candidaturas independientes.

 La ley electoral define las actividades o actos de precampaña como “reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquéllos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular”. Precisa además que “la propaganda de precampaña deberá señalar de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato de quien es promovido”.

 No puede utilizarse la precampaña para llamar expresamente al voto en campaña, anticipación o ventaja indebida frente a la competencia entre quienes ya son postulados, su lógica es interna, de convencimiento a una misma militancia.

 Los criterios que hace unos meses el INE intentó fijar en las reglas llamadas “cancha pareja” consideraban fortalecer la claridad de fronteras en precampaña y alejar dilemas que hoy probablemente regresarán, por ejemplo si es o no correcto que los informes de labores de legisladores se presenten en medios cuando este etapa está en curso o es antesala de la elección, del inicio de campañas.

 El TEPJF consideró inadecuados esos elementos regulatorios y los revocó, también ha generado polémica el viraje en cuanto a criterios de interpretación que desde la máxima instancia de justicia electoral se perfilan con relación a las precandidaturas únicas, en donde antes se asumía que las precampañas solo pueden ocuparse para competir entre más de un precandidato y ahora el Tribunal considera que puede haber interacción con la militancia sin importar que sea solo uno solo el que participa.

 La etapa de precampañas está en curso y aunque originalmente la reforma de 2007 (donde se regularon por primera vez), las vislumbró como oportunidad para propiciar competencias internas para partidos, la realidad muestra que los métodos diversos que cada instituto político emplea para elegir abanderada o abanderado, incluyen pre selección a la pre selección.

Consulta el artículo en El Sol de México.

RESUMEN