«Piso parejo en elecciones», artículo de Marco A Baños en El Sol de México

Escrito por: INE
Tema: Opinión

En noviembre y diciembre de 2016, el tribunal electoral dictó dos sentencias que ordenan al INE emitir reglas para acotar la aparición constante y central de dirigentes partidistas en spots oficiales de sus respectivos institutos políticos, mensajes permanentes que se pautan en cada señal de radio y televisión del país para difundir posturas, precandidaturas y candidaturas locales o federales según la etapa; pero que en muchos casos, han destinado un buen número de impactos (millones) para exponer contenidos en voz e imagen de sus militantes distinguidos, dirigentes o voceros, y esa conducta, a juicio de las sentencias, puede significar una ventaja indebida, promoción por adelantado de esos dirigentes voceros frente a otros jugadores en un caso concreto: cuando los dirigentes voceros son simultáneamente aspirantes a competir por cargos electivos en procesos comiciales en puerta.

 Antes de las resoluciones del tribunal electoral, el INE interpretó que era legítimo que cualquier militante o líder de partido difundiera directamente mensajes diversos en los spots con cargo a tiempos del Estado, siempre y cuando no usara ese espacio para llamar al voto cuando no hubiera campaña (la ley considera eso un acto anticipado). Sin embargo, la Sala Superior fue más allá, introdujo un nuevo elemento a valorar que es la calidad de aspirante. Concluyeron los criterios de magistradas y magistrados que la restricción no es en todo tiempo o para cualquier tipo de dirigente, sino en casos donde su exposición mediática sea recurrente y signifique en realidad un posicionamiento personal, una promoción adelantada en el marco de sus aspiraciones a buscar cargos de elección popular, para los que existen periodos específicos de precampaña y campaña establecidos.

 En otras palabras, la apuesta es por la equidad, porque quienes aspiran a participar en las próximas elecciones, si son al mismo tiempo voceros o dirigentes, no ocupen promocionales de pautas oficiales como instrumento de promoción previa, porque el banderazo de salida para las precampañas y campañas presupone que las y los competidores tengan un razonable piso parejo de equidad, la misma marca de arranque al menos.

 Hasta ahí todo bien, pero el INE observó que una restricción de esa naturaleza no puede limitarse a dirigentes que usan los spots de partidos, porque entonces habría una vara estricta con ese tipo de promoción pero omisa frente a otras conductas a las que aspirantes de diversos colores acuden cotidianamente escribiendo libros que se anuncian en spots privados, portadas de revistas que se despliegan en espectaculares elogiando a políticos que aspiran competir en 2018, publicidad contratada en redes sociales, parabuses, vallas o propaganda gubernamental diversa.

 El llamado “piso parejo” no puede cerrar una sola calle y dejar abiertas decenas de avenidas, ni focalizar toda su energía en reglas para una conducta particular (spots de dirigentes) sin tener en cuenta otras muy similares que también están incrementando su presencia en la agenda de personajes públicos, en algunos casos instalados en gobiernos o instituciones, en otros sencillamente a militancia o proyectos independientes. De ahí que la autoridad electoral abrió un plazo para completar el paquete de reglas que aplane el terreno de competencia de cara a los comicios venideros, con un espectro amplio de modalidades que evite lastimar el principio de equidad.

 El tema ha ensanchado el horizonte, no quedará en restringir la centralidad de dirigentes en spots, serán lineamientos para salvaguardar equidad en general y necesitan discutirse con actores políticos para que en conjunto generemos condiciones más justas y sobre todo, esa base podrá o no ser efectiva dependiendo del respaldo que decida otorgarle el máximo tribunal en materia electoral.

Consulta el artículo en El Sol de México

RESUMEN