Participación de Marco Antonio Baños, en la Presentación del Libro Monitor Democrático 2017

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales


Primero saludar con mucho afecto a todas las presentes, todos los presentes. Sin duda es un público experto en los temas electorales y representativo de lo que ha sido la administración de los temas electorales en las últimas décadas.

Gracias al Consejero Presidente por propiciar este especio de presentación de un ejemplar más de monitor democrático, y particularmente a Jorge Luis Molina Piñeiro, quien, junto con Patricia Nava son quienes coordinan los trabajos académicos y de producción de esta importante obra.

Gracias también a todos los magistrados electorales de los estado, a quienes han trabajado en la formulación de los ensayos, particularmente a las consejeras, consejeros de los Órganos Electorales de los estados, y por supuesto a figuras tan representativas como nuestro expresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial, o quienes están ahora presentes y que también forman parte de ese órgano jurisdiccional tan relevante para el país.

Bienvenidas, bienvenidos todos.

Yo me voy a ir también un poco en la lógica de las reflexiones que formuló a Consejera Adriana Favela, estoy absolutamente de acuerdo con lo ella ha dicho. Iría un poco a comentar que cuando empezamos hace 27 años el esquema normativo de este sistema electoral que ha impulsado la democratización del régimen político mexicano, usamos un método de construcción de las reformas electorales por la vía del consenso, se inauguró con la reforma del 89-90 donde los partidos políticos tuvieron que ponerse de acuerdo para establecer un andamiaje institucional y procedimental que pudiera deconstruir los problemas del fraude electoral y generar esquemas de confianza en la organización de las elecciones.

Ese mecanismo se reprodujo por lo menos hasta la reforma del 2007, y hasta la reforma del 2007 se fueron tomando a lo largo de los años todos los aspectos que en la organización de las elecciones y en la administración de la justicia se iban verificando y que podían constituirse en normas.

Pienso en algunos detalles que recuerdo ahora así de manera muy genérica pero, cuando en el Consejo General del INE se acordó que debería de invitarse a observadores internacionales, aquí usamos una modalidad de visitantes extranjeros, fue primero por acuerdo del Consejo General, y en la reforma intermedia del 94, unos tres meses antes de la Jornada Electoral, se introdujo una disposición en el Código Electoral para que se regulara la figura de los visitantes extranjeros o el talón foliado de las boletas electorales que aparecía sólo como una indicación del código del 93 que decía que había que incorporar las medidas de certeza que se destinaran pertinentes, por cierto, medida que generó un enorme esquema de confianza en la organización electoral. Una cosa tan pequeña como tener el talón foliado de las boletas electorales y que se volvió norma justamente con la reforma del 96, pero el acuerdo primigenio del Consejo General de febrero del año de 94, le metió ese talón foliado a las boletas electorales y así podríamos citar un conjunto amplio de cuestiones.

En materia también de observación electoral, la reforma del 93,  en el Numeral Tres del Artículo Cinco de ese Código, decía que los observadores observaban los actos de la Jornada Electoral. El Consejo General del INE amplió el derecho de la observación a todos los actos del proceso electoral y se retomó esa redacción en la reforma del 93.

Y así en cada una de las reformas podríamos ver cómo muchas de las decisiones que fueron tomando las autoridades se volvieron de manera natural una fuente de redacción de futuras reformas electorales.

Yo diría que también en esas reformas electorales hay una característica importante, porque la forma en que fueron redactadas reducían los tramos de la discrecionalidad, lo voy a decir de otra manera, se reducía la posibilidad del ejercicio de la facultad reglamentaria de la autoridad administrativa de manera particular, y creo también, que los Tribunales Electoral tenían más trabajo en la parte del garantismo de los derechos políticos electorales, que además se desarrolló justamente cuando el maestro Martínez Porcayo formaba parte del Tribunal Electoral, toda esta teoría del garantismo que hoy día pues ha permitido la evolución en la parte político electoral de los derechos humanos.

Yo creo que esa cuestión es también muy relevante, pero esas reformas redujeron de manera sensible la necesidad de ejercer la facultad reglamentaria, se dictaban acuerdos operativos para hacer bien las elecciones, y hasta ahí.

Ahora la reforma del 13-14 parte de un método distinto, no son necesariamente las Cámaras las que discuten, son las Cámaras las que formalizan, es el Pacto por México el que produce las reformas estructurales, entre ellas la electoral, pero curiosamente los tramos-digamos- de interpretación a las normas electorales son mucho más grandes que lo que había ocurrido con las legislaciones anteriores en materia electoral y eso ha llevado a que el Instituto Nacional Electoral entre en una incesante actividad reglamentaria, hemos producido recientemente el Reglamento de Elecciones que tiene más artículos que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Y el Tribunal Electoral, con posición anterior, también quiero decir, para que no haya malos entendidos, se empeñó en generar también un conjunto de criterios que pudieran ayudar a la autoridad administrativa a resolver muchas cuestiones

Versión Estenografica, Presentación del Libro Monitor Democrático 2017, límites democráticos a las decisiones políticas, legislativas, administrativas y judiciales en Materia Electoral, realizada en la sede del INE

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