Número: 131
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró procedente la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la difusión del promocional “Vecinas Coahuila”, en sus versiones para radio y televisión, pautado por el Partido Acción Nacional (PAN) para el periodo de campaña que se desarrolla en el Estado de Coahuila.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión ordenó el retiro del promocional denunciado al considerar que la frase “le das con la puerta un golpe en la nariz”, podría generar un llamado a la violencia, en contravención a lo establecido por el artículo 25, numeral 1, inciso b), de la Ley General de Partidos Políticos, que prevé como obligación de los institutos políticos abstenerse de recurrir a la violencia.
Además, la Comisión precisó que, bajo la apariencia del buen derecho, el spot denunciado refuerza los estereotipos de género en detrimento de las mujeres, al mostrarlas como víctimas, débiles e incapaces de defenderse por las vías institucionales.
Si bien la Consejera Adriana Favela apoyó la procedencia decretada, anunció un voto concurrente al estimar necesario incluir las consideraciones relacionadas con el vínculo que asocia a quienes golpean a las mujeres con el PRI, como lo manifestó el quejoso.
La Comisión fijó un plazo no mayor a 6 horas -a partir de la notificación correspondiente- para que el PAN sustituya dicho promocional; de igual forma, se vinculó a las concesionarias de radio y de televisión en esa Entidad para que en un plazo no mayor a 24 horas -a partir de la notificación- se abstengan de transmitir dicho material y lo sustituyan por el que indique la autoridad electoral.
Improcedente Medida Cautelar
En un segundo asunto, la Comisión declaró la improcedencia de una medida cautelar solicitada por el PRI en contra del promocional de radio y televisión denominado “Político de siempre Coahuila”, que a juicio del quejoso no promociona de manera directa al abanderado panista al Gobierno de Coahuila, José Guillermo Anaya Llamas, ni hace referencia a la plataforma electoral o plan de gobierno para el electorado.
Por unanimidad, la Comisión indicó que, bajo la apariencia del buen derecho, el promocional denunciado hace una crítica a Miguel Riquelme -candidato del PRI al Gobierno de Coahuila- a partir de su gestión como Presidente Municipal de Torreón, el cual constituye propaganda electoral permitida, debido a que la misma tiene como finalidad obtener el voto del electorado, o bien, desalentar la preferencia hacia un candidato, coalición o partido político, sin que ello pueda, por sí mismo, considerarse una infracción en materia electoral.