La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares realizada por el partido Encuentro Social (ES), en contra de Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y la Asociación Civil Dignificación de la Política A.C., por la presunta difusión sistemática del nombre e imagen de Zavala a través de contenidos alojados, aparentemente, por dicha asociación en una página electrónica y en redes sociales, con el aparente propósito de posicionarla ante la elección presidencial de 2018, lo que podría constituir actos anticipados de campaña.
En sesión extraordinaria urgente, la Comisión declaró -por unanimidad de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como del Consejero José Roberto Ruiz- la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas, toda vez que del análisis de los hechos denunciados se advierte que no se cumplen todos los elementos para considerarlos actos anticipados de campaña, de conformidad con la normatividad electoral y los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Los Consejeros Ruiz Saldaña y Beatriz Galindo, no obstante estar a favor de la improcedencia de las medidas cautelares, anunciaron votos concurrentes, el primero por considerar que en uno de los doce videos denunciados sí se advierten imágenes que contienen logotipos del Partido Acción Nacional, y en un segundo video se contiene la expresión “vamos por el 2018”, lo que a su juicio no cuenta con cobertura legal.
Por su parte, la Consejera Galindo sustentó su voto concurrente en que la razón para no conceder la tutela preventiva estriba en que la Comisión de Quejas carece de facultades para ello, de acuerdo al contenido de recientes sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.