El 4 de junio próximo se celebrarán elecciones en las entidades de Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz
El Instituto Nacional Electoral (INE) contempla –como parte de sus atribuciones- la instalación de casillas especiales para garantizar el derecho al voto de los ciudadanos que se encuentren transitoriamente fuera de su domicilio, pero deseen participar en los comicios locales a realizarse el 4 de junio próximo en las entidades de Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz.
El Consejo General del INE aprobó -el 21 de diciembre pasado- el acuerdo por el que se colocarán casillas especiales en cada distrito electoral federal de los cuatro estados mencionados, pudiéndose establecer hasta 10 casillas especiales por distrito electoral federal en las tres entidades con elección de Gobernador.
El acuerdo establece los siguientes supuestos en los que pudiera encontrarse el elector en tránsito en cada entidad y con base al tipo de elección.
Coahuila
- Si el elector se encuentra fuera de su sección electoral pero dentro del municipio, distrito electoral local y entidad federativa, podrá votar por ayuntamientos, diputados por ambos principios y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección y distrito electoral local, pero dentro de su municipio y de la entidad federativa, podrá votar por ayuntamientos, diputados por el principio de representación proporcional y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección y municipio pero dentro de su distrito electoral local y de la entidad federativa, podrá votar por diputados por ambos principios y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección, del municipio y distrito electoral local, pero dentro de la entidad federativa, sólo podrá votar por diputados de representación proporcional y Gobernador.
Si el elector se encuentra | Puede votar por | ||||
Fuera de | Pero dentro de | Ayuntamiento | Congreso Local | Gobernador | |
MR | RP | ||||
Sección | Municipio/ Distrito Local | ü | ü | ü | ü |
Sección y distrito local | Municipio | ü | __
|
ü | ü |
Sección y municipio | Distrito Local | __ | ü | ü | ü |
Sección, municipio y distrito local | Entidad | __ | __ | ü | ü |
Entidad | ___ | NO PUEDE VOTAR |
Estado de México
- Si el elector se encuentra fuera de su sección, pero dentro de la entidad federativa, podrá votar por Gobernador.
Si el elector se encuentra | Puede votar por | |
Fuera de | Pero dentro de | Gobernador |
Sección | Entidad | ü |
Entidad | ______ | NO PUEDE VOTAR |
Nayarit
- Si el elector, de conformidad con las referencias geo-electorales de su Credencial para Votar con Fotografía, se encuentra fuera de su sección electoral, pero dentro de la demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa, de su municipio, distrito electoral local y entidad federativa, podrá votar por regidores electos por el principio de mayoría relativa, ayuntamientos, diputados por ambos principios y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección electoral y distrito electoral local pero dentro de su demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa, del municipio y de la entidad federativa, podrá votar por regidores electos por el principio de mayoría relativa, ayuntamientos, diputados de representación proporcional y Gobernador.
- Si el elector, se encuentra fuera de su sección electoral y de la demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa, pero dentro de su municipio, distrito electoral local y entidad federativa, podrá votar por ayuntamientos, diputados por ambos principios y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección, de la demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa y distrito electoral local, pero dentro de su municipio y de la entidad federativa, podrá votar por ayuntamientos, diputados por el principio de representación proporcional y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección, de la demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa y municipio pero dentro de su distrito electoral local y de la entidad federativa, podrá votar por diputados por ambos principios y Gobernador.
- Si el elector se encuentra fuera de su sección, de la demarcación territorial correspondiente a la elección de regidores de mayoría relativa, así como del municipio y distrito electoral local, pero dentro de la entidad federativa, podrá votar por diputados de representación proporcional y Gobernador.
Si el elector se encuentra | Puede votar por | |||||
Fuera de | Pero dentro de | Regidores
MR |
Ayuntamiento | Congreso Local | Gobernador | |
MR | RP | |||||
Sección | Demarcación Territorial/ Municipio/ Distrito Local | ü | ü | ü | ü | ü |
Sección y distrito local | Demarcación Territorial/ Municipio | ü | ü | __
|
ü | ü |
Sección y demarcación territorial | Municipio/ Distrito Local | __ | ü | ü | ü | ü |
Sección, demarcación territorial y distrito local | Municipio | __ | ü | __
|
ü | ü |
Sección, demarcación territorial y municipio | Distrito local | __ | __ | ü | ü | ü |
Sección, demarcación territorial, municipio y distrito local | Entidad | __ | __ | __ | ü | ü |
Entidad | ______ | NO PUEDE VOTAR |
Veracruz
- Si el elector, de conformidad a las referencias geo-electorales de su credencial para votar con fotografía, se encuentre fuera de su sección electoral pero dentro de su municipio, podrá votar por la elección de ayuntamiento.
Si el elector se encuentra | Puede votar por | |
Fuera de | Pero dentro de | Ayuntamientos |
Sección | Municipio | ü |
Municipio | _____ | NO PUEDE VOTAR |
El INE es la única autoridad, en materia electoral, encargada de determinar el número y la ubicación de las casillas para garantizar el derecho al voto, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.