Sanciona INE difusión indebida de propaganda en televisión por acatamiento de sentencia del Tribunal

Escrito por: INE
Tema: Actividad del Consejo

Número: 380

El pleno designó a tres personas como vocales ejecutivos de juntas distritales en las entidades de Baja California, Chihuahua y Ciudad de México

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió ocho quejas por hechos que se considera constituyen infracciones a la Ley en la materia electoral, de las cuales cinco resultaron fundadas, dos sobreseídas y una más infundada.

Sobre las quejas fundadas, las consejeras y consejeros electorales determinaron sancionar a las empresas Televisa, Televimex, Televisión Azteca, Fox y ESPN, con un monto en conjunto de más de 2.2 millones de pesos por la transmisión de propaganda electoral del Partido Acción Nacional que se encontraba colocada en las vallas electrónicas situadas en la periferia de la cancha de los estadios de futbol Jalisco, Azul, Tecnológico, Hidalgo y Nou Camp.

Adicionalmente, determinaron fundada una queja en contra de las empresas Televisa y Televimex por su participación en la adquisición indebida de tiempos en televisión, derivado de la difusión de propaganda en vallas electrónicas colocadas en el Estadio Omnilife durante la transmisión en vivo del partido Guadalajara-América. En este caso se impusieron sanciones por 350 mil y 385 mil pesos, respectivamente.

El consejero Benito Nacif explicó que estas sanciones se imponen en acatamiento al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuya sentencia ha sido contraria a criterios previamente establecidos por el INE

“La publicidad en las vallas es eso, publicidad en vallas, en espacios físicos. Me parece que el criterio que se estableció en una sola sentencia, según la cual la publicidad en las vallas equivale a adquisición de tiempos en radio y televisión, cuando los eventos se transmiten por televisión, es contrario a los precedentes fijados por el INE, incluso en nuestro propio Reglamento de Radio y Televisión”, dijo.

El consejero Nacif añadió que “una sola sentencia terminó ilegalizando algo que esta autoridad había dicho en repetidas ocasiones que no constituía propaganda en radio y televisión”.

En otro punto del orden del día, el Consejo General designó como ganadoras para ocupar vacantes del Servicio Profesional Electoral Nacional en cargos de vocal ejecutivo de la Junta Distrital Ejecutiva, a las personas aspirantes que forman parte de las listas de reserva de la Primera Convocatoria del Concurso Público 2016-2017: Omar Noé Covarrubias Alba, vocal ejecutivo en el distrito 08 en Tijuana, Baja California; Yucundo Paz González, vocal ejecutivo en el distrito 02 de Ciudad Juárez, Chihuahua; y a Reynel Armando Caballero Cruz como vocal ejecutivo del distrito 24 en Coyoacán, Ciudad de México.

Durante la sesión, el pleno también conoció los informes sobre el cumplimiento de acuerdos, dictámenes, resoluciones y la atención a las solicitudes generadas en las sesiones de Consejo General; el estatus que guardan las quejas y denuncias presentadas ante el INE; el segundo informe trimestral de actividades de la Junta General Ejecutiva; y el relativo a las actividades para la atención de los Visitantes Extranjeros en el Proceso Electoral Federal y Concurrente 2017-2018.

Asimismo, fue recibido el segundo informe mensual, en cumplimiento al artículo 144 del Reglamento de Elecciones, en materia de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida y conteos rápidos no institucionales.