El Consejero Electoral, Uuc-kib Espadas, sostuvo en entrevista con Héctor Zamarrón, que la Constitución dice que cuando se aplica una sanción, ésta debe ser proporcional a la falta cometida “y es donde a mí me parece que hay una razón procedimental para considerar que sí hay una afectación de vida a otros derechos constitucionales”.
En ese sentido, consideró que la cancelación del derecho a ser votado tendría que resultar de la reiteración de faltas o de faltas muy graves.
La cancelación del derecho a ser votado tendría que resultar de la reiteración de faltas o de faltas muy graves: Uuc-kib Espadas
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