Entrevista de la Consejera Electoral Carla Humphrey con Alfonso Gutiérrez para Enfoque Noticias

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Carla Humphrey en entrevista con Alfonso Gutiérrez

En su primer proceso electoral, los nuevos partidos políticos no pueden formar coaliciones

La Consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Carla Humphrey, señaló que la autoridad electoral garantiza que las organizaciones que aspiran a constituirse como partidos políticos cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Entre ellos, destacó la realización de asambleas en al menos 20 entidades federativas o en 200 de los 300 distritos electorales en que se divide el país.

Subrayó que uno de los requisitos fundamentales es acreditar un número mínimo de personas afiliadas, equivalente al 0.26 por ciento del padrón electoral, lo que para este proceso de constitución representa 256 mil 030 personas. Asimismo, indicó que estas organizaciones deben elaborar y aprobar sus documentos básicos —estatutos, programa de acción y declaración de principios—, además de presentar informes mensuales sobre el origen, monto y destino de sus recursos.

Humphrey enfatizó que esta rendición de cuentas es indispensable, tanto para la autoridad electoral como para la ciudadanía, a fin de conocer el origen del financiamiento y el uso de los recursos destinados a estas organizaciones en formación.

La Consejera resaltó la importancia de los partidos políticos en el sistema democrático del país y recordó que la Constitución los reconoce como entidades de interés público, además de ser los principales canales de participación política para que las y los ciudadanos accedan a cargos de elección popular.

En ese contexto, recordó que en el primer proceso electoral en el que participan, los nuevos partidos no pueden coaligarse con ninguna otra fuerza política, disposición que tiene como objetivo evitar que partidos que no alcancen el umbral mínimo de representación del 3 por ciento de la votación permanezcan en el sistema de partidos y accedan a prerrogativas y recursos públicos.

Respecto del denominado “Plan B”, recientemente aprobado en el Senado, que establece que las Consejerías y otros funcionarios electorales no pueden percibir remuneraciones superiores a las de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, Humphrey consideró que dicha disposición es inconstitucional. Explicó que esta limitación ya estaba contemplada en el llamado “Plan A” y que, además, la Constitución se refiere a remuneración y no únicamente a salario, concepto que incluye un conjunto de prestaciones laborales.

Añadió que existe incertidumbre respecto de cuáles son las remuneraciones totales de la persona titular del Ejecutivo Federal y afirmó que también hay un debate relevante sobre las funciones electorales, particularmente durante los procesos comiciales.

En este sentido, puntualizó que desde el inicio del proceso electoral, en septiembre, todos los días y horas son hábiles para las y los trabajadores electorales. El esquema de bonos o prestaciones específicas permitía que no se reclamaran horas extra; sin embargo, de modificarse este sistema, podrían presentarse demandas laborales de personas que trabajan fines de semana, de madrugada o en horarios nocturnos, ya que los procesos electorales no pueden detenerse.

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