Versión estenográfica de la reunión INE-ATERM-AMFE, para la recepción de sus propuestas para ser entregadas a la Comisión Presidencial de la Reforma Electoral y al Poder Legislativo

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Audio de la reunión INE-ATERM-AMFE

Presentadora: Sean todas y todos bienvenidos a la Reunión con la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales (AMFE) y la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana (ATERM) cuyo objetivo es establecer un diálogo para tratar diversos temas que permitan entablar una relación de acercamiento con el INE, además de recibir una propuesta que pueda integrarse a la reforma electoral, así como la suscripción de un convenio de colaboración tripartita entre INE, ATERM y AMFE.

Presiden este evento, Consejero Electoral del Instituto Nacional Electoral, Maestro Jorge Montaño Ventura.

Secretaria Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Doctora Claudia Arlett de Espino.

Fiscal especializado en delitos electorales de Aguascalientes y Presidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, Maestro Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba.

Presidenta de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana y Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, Doctora Norma Angélica Sandoval Sánchez.

Por parte de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales nos acompaña la Secretaria de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Puebla, Maestra Ruth Karina Andraca Huerta.

Tesorero de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Jalisco, Maestro Carlos Manuel Rodríguez Morales.

Vicepresidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Guerrero, Maestro Miguel Alejandro Guizado Jaimes.

Fiscal Electoral de Hidalgo y Secretaria de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, Maestra Diana Jeanethe Rodríguez López.

Fiscal Electoral del Estado de Oaxaca, Maestro Iván García López.

Por parte de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana nos acompaña Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral de Chiapas, Maestra Magaly Arellano Córdova.

Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, Maestro Jaime Vargas Flores.

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila, Maestra Gabriela Guadalupe Valencia Luevano.

Agradecemos la presencia de los y las integrantes de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, a las Vocalías Ejecutivas Locales que nos acompañan de manera virtual y, por supuesto, a las personas invitadas especiales de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Para dar inicio a este evento escucharemos la intervención de la Maestra Ruth Karina Andraca Huerta.

Secretaria de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Puebla, Ruth Karina Andraca Huerta: Buenas tardes a todas, a todos.

Señor Consejero Jorge Montaño, muchas gracias por recibirnos en este Instituto Nacional Electoral.

Saludo con mucho respeto a mis compañeros fiscales electorales, a los magistrados electorales y a la Secretaria Ejecutiva de este Instituto.

El contexto político y tecnológico actual exige una actualización del catálogo de delitos electorales, fenómenos recientes como la violencia política, en cualquiera de sus modalidades, contra mujeres y grupos vulnerables, ya sea física o digital; la usurpación de acciones afirmativas; la manipulación de propaganda en redes sociales o la coacción del voto de personas en prisión preventiva; el retiro y/o destrucción de propaganda electoral, entre otras causas, requieren sanciones específicas que hoy no están expresamente previstas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Por parte de los integrantes de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales se presenta este proyecto que hoy se expone, en donde se propone la reforma de seis artículos y la adición de ocho artículos que impactan en los delitos de mayor incidencia delictiva: compra de votos, coacción de voto, condicionamiento o suspensión de programas sociales, transporte de votantes, proselitismo, actos anticipados de campaña, financiamiento ilícito en las campañas, el retiro, destrucción, alteración de la propaganda electoral, estableciéndose penas hasta de tres años de prisión y 100 días de multa.

También se prevé incorporar la protección de los derechos político-electorales de las personas afromexicanas, indígenas, las personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+, o las personas con discapacidad, estableciéndose penas de hasta tres años de prisión en las conductas que se describen en tres tipos penales específicos para castigar a quienes busquen beneficiarse indebidamente de medidas de inclusión destinadas a estos grupos en situación de vulnerabilidad, tipificándose como el delito de usurpación de acciones afirmativas.

La iniciativa también propone tipificar la violencia política digital en concordancia con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En el tema de violencia política contra las mujeres en razón de género se prevé adicionar como sanciones la inhabilitación para ocupar cargos de elección popular o de dirección partidista hasta por 15 años.

Otro punto toral de la reforma propuesta aborda la usurpación de candidaturas destinadas a grupos vulnerables, práctica que se ha detectado en distintos procesos electorales y que afecta gravemente los principios de igualdad, autenticidad y representatividad.

Entre otras cuestiones que se proponen, es de especial relevancia la regulación de los acordeones electorales en campañas de personas juzgadoras.

La incorporación de un tipo penal que sancione la distribución masiva de acordeones, guías de votación o instrucciones predeterminadas, responde a una práctica detectada en diversos procesos electorales y de selección de cargos públicos, incluida la designación de personas juzgadoras o integrantes de grupos colegiados.

Estas herramientas afectan la libertad de decisión de electores y actores institucionales, su uso distorsiona la autenticidad del sufragio y compromete la integridad de los procedimientos democráticos.

Al no encontrarse tipificada esta conducta en la legislación penal electoral actual se genera un espacio de impunidad que permite su reproducción y, en consecuencia, vulnera principios esenciales como la libertad del voto, la equidad y la imparcialidad en procesos donde la autonomía de decisión es crucial; penalizarla contribuye a inhibir mecanismos encubiertos de presión política.

Estas reformas buscan cerrar espacios de impunidad, fortalecer la confianza en las instituciones electorales y garantizar condiciones de equidad real en las contiendas.

De esta manera, la aprobación de esta iniciativa permitirá consolidar la autonomía real y funcional de las Fiscalías Electorales, profesionalizar el servicio de procuración de justicia penal electoral en todo el país, garantizar un marco penal actualizado frente a las nuevas modalidades de manipulación electoral, alinear los esfuerzos de procuración de justicia electoral con los principios de transparencia, independencia y rendición de cuentas, y fortalecer la coordinación nacional mediante un sistema que articule la labor de todas las fiscalías electorales estatales con la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales.

Muchas gracias por su atención.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Y antes de continuar, agradecemos la presencia también del Fiscal Electoral del Estado de México, Maestro Alejandro Rodríguez Martínez.

A continuación, cedemos el uso de la palabra al Maestro Carlos Manuel Rodríguez Morales.

Tesorero de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Jalisco, Carlos Manuel Rodríguez Morales: Muy buenas tardes tengan todas y todos ustedes.

Saludo con respeto a las y los integrantes de esta mesa del presídium, al Consejero Electoral Jorge Montaño, a mi colega Daniel Omar Gutiérrez, a la Doctora Norma Sandoval que es Magistrada en el estado de Puebla y preside la Asociación de Magistrados. Por supuesto, la Doctora Claudia Arlett Espino, Secretaria Ejecutiva.

Saludo con gran afecto a las señoras y señores vocales ejecutivas y vocales ejecutivos que siguen el desarrollo de este evento y por supuesto a esta distinguida concurrencia.

Bien, me parece un momento este muy oportuno y de gran responsabilidad al expresarme en este recinto y ante tan distinguidas personalidades. Y con estos temas de trascendencia para el país, de manera que como ciudadano y funcionario electoral expreso mi visión de la importancia que tiene para nuestro país una democracia inclusiva, plural, en la que prevalezca un Estado de derecho, prevalezcan las libertades, el respeto a los derechos humanos y que cuente con normas e instituciones electorales que le brinden certidumbre a la ciudadanía cuando ésta decida cómo se distribuirán las representaciones y cargos públicos de elección popular.

Enfatizo que es importante que se mantenga el federalismo electoral, dado que somos un Estado federal. Además, considero también que es importante se fortalezca el sistema de partidos políticos, por supuesto, con racionalidad en la determinación de sus prerrogativas.

La importancia de seguir contando con procesos electorales ciudadanizados, que el ciudadano sea el eje de nuestra democracia electoral, que el ciudadano reciba y cuente los votos.

Y en cuanto a las normas de carácter penal, las normas penales electorales, yo me pronuncio por el reconocimiento o, mejor dicho, de la legitimación del uso de los acordeones, famosos acordeones. Me parece que llegaron para quedarse y creo que es importante se regulen y se regulen bajo el rublo de publicidad electoral, pero eso sí, enfatizando que, si en el ejercicio de actividades realizadas con este tipo de instrumentos se da la coerción electoral, esté consignado como un delito electoral en cuanto que afecte la libertad del ciudadano o de las ciudadanas en el ejercicio del voto.

Por otra parte, es importante que el legislador revise la reglamentación actual, la intervención de funcionarios públicos para que tengan mayor libertad de expresión. Lo peor que sucede es crear normas que luego no se cumplen, me parece que estas son acciones y circunstancias que se presentan en los procesos electorales y que deben regularse, y yo diría, con una mayor flexibilidad, que haya una mayor libertad.

Por otra parte, ya lo han dicho mis compañeros, yo lo reitero, es importante penalizar la simulación de las acciones afirmativas, de todas las acciones afirmativas que están consignadas en nuestra legislación.

En cuanto a la violencia política-electoral hay un aspecto en el cual las fiscalías electorales, la verdad, tenemos serios problemas, que es en la regulación de acciones que afectan a la dignidad o que afectan al ejercicio de los derechos políticos de las mujeres y que se hace a través del internet.

Y ahora con la inteligencia artificial me parece que debe asumirse esta realidad y este instrumento para que se regule, porque es muy fácil con la utilización de la inteligencia artificial la generación de audios, de imágenes, de manipulación de vídeos que pueden buscar el objetivo de afectar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres particularmente y abonar a su desprestigio, a la desinformación y al odio.

Por otra parte, reitero que es importante que el legislador asuma como figura delictiva la destrucción o alteración de propaganda, toda vez que no está consignada en nuestra legislación.

Por otra parte, creo que es importante reflexionar sobre las distintas acciones que luego se llevan a cabo, que finalmente se constituyen en violencia política, que afecta a personas de comunidades indígenas, que afecta a personas con discapacidad, que afecta a personas de la población LGTBIQ+.

Me parece que estos son aspectos que para un servidor constituyen cuestiones que deben de estar o deben ser consideradas en la agenda legislativa con el propósito de lograr una legislación electoral que cumpla los objetivos de seguir fortaleciendo nuestra democracia.

Muchas gracias por su atención.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Escucharemos ahora la participación del Maestro Miguel Alejandro Guizado Jaimes.

Vicepresidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral de Guerrero, Miguel Alejandro Guizado Jaimes: Muy buenas tardes a todas y todos los presentes, integrantes del presídium, público en general.

Como fiscales en materia de delitos electorales somos garantes de la legalidad y la certeza en los procesos democráticos.

Nuestro deber como órganos procuradores de justicia es la de proteger la voluntad ciudadana de cualquier injerencia ilícita.

Y en ese contexto, aprovechando el marco de la reforma electoral, creemos oportuno el momento para hacer puntuales observaciones y propuestas al marco normativo penal electoral.

Las Fiscalías Electorales asumen un papel esencial en el sistema electoral. Nuestra labor de procuración de justicia no es un complemento, sino un pilar que complementa justamente la función que realizan los órganos electorales administrativos.

La postura hoy, como Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, es enfocada en fortalecer las herramientas con las cuales contamos las Fiscalías Electorales de las 32 entidades federativas, es decir, reformar la Ley General en Materia de Delitos electorales, con la firme convicción de robustecer y tutelar el andamiaje jurídico de protección a los derechos político-electorales, a la función pública electoral y, por supuesto, al sistema democrático.

La democracia mexicana es una obra delicada y sofisticada, por eso hoy lo que proponemos es una ampliación y modificación al catálogo de delitos electorales, blindando la actuación y eficacia de estos órganos que no se encuentran establecidas en la ley, y es ahí donde encontramos áreas de oportunidad para brindar una protección más amplia a la ciudadanía.

Por ejemplo, una conducta que vulnera dos pilares fundamentales de la democracia, como lo es la autenticidad del sufragio y el derecho a ser votado, es la usurpación de candidaturas de grupos en situación de vulnerabilidad.

En el contexto más común, se relaciona con el uso indebido de cuotas de género o de acciones afirmativas, como candidaturas indígenas, de grupos afrodescendientes o de personas con capacidades diferentes o discapacidad.

Y es que, en los últimos procesos electorales, a pesar de existir sanciones administrativas, se ha identificado una práctica recurrente, palpable, de estas conductas fraudulentas, enfatizando que la consecuencia más grave de esta práctica es la violación sistemática de derechos político-electorales de grupos vulnerables, quienes ven reducida su participación en los órganos de representación.

Pero no es la única consecuencia, pues la simulación no sólo les niega espacios legítimamente ganados para estos grupos vulnerables, sino que también perpetúa su exclusión política y debilita la confianza en las instituciones electorales.

Si se dimensiona la problemática y las consecuencias que trae consigo la usurpación de candidaturas, ésta nos lleva a la necesidad de tipificar dicha conducta como una conducta que pueda ser sancionada por la vía penal, buscando siempre una reparación integral del daño, pues la persona que orquestó o se benefició del fraude necesita una consecuencia que sea un disuasivo efectivo, protegiendo así el derecho de los legítimos aspirantes a ejercer sus derechos políticos libremente y sin ser engañados.

Bajo ese contexto, podemos decir que la usurpación de candidaturas es un acto que trasciende a las faltas administrativas, es una conducta dolosa que manipula el proceso democrático, engañando al electorado y despojando a los legítimos aspirantes de sus derechos; por ello, su inclusión como tipo penal es una medida de urgencia para garantizar la integridad y la justicia en las elecciones.

Concluiré diciendo que la democracia es un edificio que se construye y se mantiene día con día, por ello, coyunturalmente con la propuesta de esta reforma electoral, los órganos procuradores de justicia buscamos fortalecer la estructura normativa para resistir cualquier tempestad, pues al modernizar nuestras reglas electorales estamos asegurando que esos instrumentos se usen con la máxima eficiencia y eficacia. Nuestro deber es dejar un sistema electoral transparente y efectivo.

Es cuanto, muchas gracias.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Corresponde ahora el uso de la palabra a la Maestra Diana Jeanethe Rodríguez López.

Fiscal Electoral de Hidalgo y Secretaria de la AMFE, Diana Jeanethe Rodríguez López: Muy buenas tardes tengan todas y todos. Con el permiso de la mesa y continuando precisamente con estas propuestas de reforma que en conjunto en la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales hemos tenido a bien integrar, pues es precisamente la iniciativa que propone tipificar la violencia política digital en concordancia con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Asimismo, constituye una exigencia democrática impostergable la protección de los derechos político-electorales de las personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad. Por lo que se propone introducir un artículo 20 Ter que busque llenar ese vacío normativo evidente.

Actualmente la Ley Penal Electoral solo contempla la violencia política en razón de género, dejando sin protección equivalente a otros grupos históricamente discriminados como personas indígenas, personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas jóvenes o integrantes de la diversidad sexual.

La incorporación de este artículo representa un paso firme hacia la igualdad sustantiva y el reconocimiento pleno de la diversidad que compone la ciudadanía mexicana.

El tipo penal previsto en el artículo 20 Ter permite no solo sancionar actos de violencia física o amenazas, sino también omisiones, presiones, tratos degradantes y ataques digitales que en conjunto pueden anular o inhibir la participación política de estos grupos vulnerables.

Su importancia radica en reconocer que la violencia política adopta formas complejas y contemporáneas, muchas veces invisibilizadas, que alteran la voluntad ciudadana y vulneran la equidad en la contienda.

Con esta reforma se dota al Estado de herramientas eficaces para sancionar conductas que tradicionalmente han quedado impunes.

Asimismo, visibiliza una realidad recurrente, la negación de ajustes razonables, intérpretes, traducción a lenguas indígenas o materiales accesibles que son indispensables para que estas personas participen plenamente en asuntos públicos.

Al tipificar estas conductas como violencia política, la reforma reconoce que la exclusión no siempre es explícita, sino que puede operar de manera institucional o estructural y que debe ser combatida con rigor penal.

Otro elemento central de la reforma es el fortalecimiento del régimen de sanciones aplicables a quienes cometen violencia política, particularmente mediante la inhabilitación de 5 a 15 años para ocupar cargos de elección popular o puestos de dirección partidista.

Esta medida es indispensable para asegurar que quienes vulneran estos derechos político-electorales no regresen a posiciones de poder desde las cuales puedan reiterar esta conducta. Se trata de una sanción compatible con los principios penales, pues deriva directamente de la sentencia y no de un listado administrativo, evitando ambigüedades o controversias futuras.

La inhabilitación también contribuye a la consolidación del principio del modo honesto de vivir, al establecer de manera clara y taxativa una consecuencia jurídica que impide el ejercicio de funciones públicas a quienes han violentado la dignidad y los derechos de otras personas.

Esta precisión normativa es fundamental para evitar que mediante impugnaciones se cuestione la validez o alcance de la sanción, asegurando así su eficacia y coherencia con el mandato constitucional de legalidad.

Es cuanto, muchas gracias.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Llegó el momento de escuchar al Maestro Iván García López, quien nos acompaña en esta ocasión.

Escucharemos al Maestro Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba.

Fiscal Especializado en Delitos Electorales de Aguascalientes y Presidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba: Buenas tardes a todas y a todos quienes nos acompañan.

Agradezco enormemente, como siempre, al Instituto Nacional Electoral, desde luego al Consejero Jorge Montaño Ventura. Muchas gracias, Jorge, por siempre abrirnos estos canales y estos espacios. Saludos.

Y también el agradecimiento a la Licenciada Guadalupe Taddei, Consejera Presidenta del Instituto Nacional Electoral. Desde luego a la Doctora Claudia Arlett Espino, Secretaria Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, muchas gracias por el espacio, por toda la amabilidad.

Y también un agradecimiento a mi amiga la Doctora Norma Angélica, Magistrada Presidenta de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Amiga, muchas gracias, como siempre, por hacer y lograr este tipo de reuniones y de eventos.

El asunto que aquí nos trae básicamente son dos temas importantes. Sí presentar, en este caso, nuestras propuestas, cómo lo vemos nosotros como Fiscalías Especializadas en Delitos Electorales, la situación de nuestra Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Qué mejor que las propias Fiscalías Especializadas para conocer las necesidades que tenemos en nuestra reforma, esas áreas de oportunidad, aquellas cosas que hay que cambiar, que hay que mejorar, pero también lo que falta en esta legislación.

Desde luego hago un paréntesis, hay un convenio de colaboración que es marco precisamente de esta entrega de propuestas. Este convenio es importante para nosotros como Fiscalías, importante para los Tribunales Electorales del país y creo que también es importante para el Instituto Nacional Electoral, donde nos comprometemos nosotros a coadyuvarnos en nuestras áreas y el día a día cotidiano, desde compartir información relevante, que hablando yo de las Fiscalías Especializadas, a veces es muy importante poder contar con información para integrar nuestras carpetas de investigación, desde datos de ubicación, tan sencillo como es eso, a veces nos pueden a nosotros acelerar nuestras investigaciones.

Entonces agradecer también todo este acompañamiento que da el Instituto Nacional Electoral, que sin duda hace una democracia más fuerte, más sólida y también fortalece a las instituciones.

Retomando el tema de las propuestas que tenemos nosotros como Fiscales Especiales; bueno, ya escucharon a mis colegas fiscales electorales, agradecer su presencia, siempre su acompañamiento, el interés por mejorar la procuración de justicia electoral de nuestro país y resaltar algo primordial, en este documento que vamos a entregar a esta mesa, al Instituto Nacional, se prevén puntos importantísimos, también un tema constitucional, un tema de fortalecimiento de las Fiscalías Especiales en Delitos Electorales, es un tema de que tengamos todas las Fiscalías del país autonomía, realmente autonomía de gestión, autonomía técnica, que tengamos los recursos suficientes para poder investigar y perseguir delitos electorales.

En ese sentido, además de una homologación, tenemos estados; y es bueno decirlo, oportuno en este momento, tenemos estados que únicamente cuentan con unidades, estas unidades son temporales, entonces nos priva de que en esos estados tengamos una especialización, una permanencia de Fiscalías, de equipos de trabajo, de órganos de investigación. Y en ese sentido, eso es lo que prevé una reforma que sí plantea un tema constitucional.

Además, entre otros temas, hablar de que la iniciativa que estamos presentando, además toca temas técnicos de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, como ya lo vimos y solamente por enunciarnos, aparte de la autonomía constitucional de las Fiscalías Electorales y su homologación y profesionalización en todo el país, una actualización del catálogo de delitos electorales que, como se los decía, qué mejor que esto venga de las voces propias de las Fiscalías Especializadas del país.

Que exista una responsabilidad penal para dirigencias partidistas en registros fraudulentos, como lo decía el Fiscal de Guerrero, una tipificación de la destrucción de propaganda política, cuánto hemos visto ya en los procesos electorales, en Ciudad de México lo tienen, pero en el resto del país no pasa nada si en las campañas retiran propaganda electoral, la destruyen, la queman, repintan bardas, etcétera.

Una regulación de la violencia política digital, que lo tipifique como tal; desde luego también la tipificación para quienes usurpan acciones afirmativas y candidaturas de grupos vulnerables.

Otros temas relevantes, hay una propuesta en el artículo 20 Bis, que es de la violencia política en razón de género, que desde el momento que hay una sentencia condenatoria en materia penal, no dependa únicamente de la cuestión administrativa y de dar vistas para este Registro Nacional de Personas Sancionadas, sino que el mismo juzgador penal, en ese momento como consecuencia, inhabilite a la persona violentadora.

Planteamos también un nuevo tipo penal, como fue comentado, que es la violencia política contra los demás grupos vulnerables y es que hemos tenido en la experiencia, en la práctica, personas de la comunidad LGBTI, personas con algún tipo de discapacidad que llegan y dicen: “me están discriminando, me están violentando” y nosotros solamente remitimos un asunto del fuero común a la Fiscalía General cuando tenemos las herramientas, solamente nos falta el tipo penal.

En ese sentido, una regulación, como lo decía el Fiscal Carlos de Jalisco, del tema de los acordeones electorales o guías, lo que nosotros queremos enfocar es que éstas sean utilizadas en forma de coacción, sí ser muy claros en este tipo, que sea la coacción y no la simple entrega de este tipo de guías.

En ese sentido, en el documento encontrarán, entre estas cuestiones relevantes, muchas más, que reitero y es importante decirlo, viene del núcleo de nosotros que tenemos el contacto directo con las personas que denuncian, con las víctimas, con los denunciados, con los operadores políticos, en fin. Creo que es una buena oportunidad para que nos puedan escuchar en la Comisión y en el Congreso de la Unión.

Para concluir, quiero ser puntual y decir que México necesita instituciones que estén a la altura de los desafíos democráticos actuales, de ahí que todas las reformas electorales, ya después de tantos procesos, son pertinentes.

La reforma que hoy presentamos como Asociación Mexicana de Fiscales Electorales es una herramienta técnica, moderna y fundada en la experiencia de quienes cada día perseguimos los delitos electorales.

Con autonomía, profesionalización y un marco penal actualizado, podremos garantizar algo esencial, que la voluntad ciudadana sea realmente respetada y que las personas que delincan o que quieran cometer actos graves en contra de nuestra democracia tengan una consecuencia y una consecuencia penal, no solamente administrativa.

Cierro dando mi agradecimiento por este espacio, por esta oportunidad, por poder ser escuchados como gremio de fiscales especiales en delitos electorales, por entender la trascendencia de esta tercera autoridad que termina cerrar todo el trabajo, tanto de los institutos locales, nacionales, de las magistraturas y nosotros que cerramos con el brazo duro de la ley, con la procuración de justicia electoral.

Muchísimas gracias por su atención, gracias a la mesa y gracias al Instituto Nacional Electoral.

Presentadora: Muchísimas gracias.

A continuación, escucharemos el mensaje del Maestro Jaime Vargas Flores.

Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, Jaime Vargas Flores: Muy buenas tardes a todos. Saludo con gusto al Consejero Jorge Montaño, a la Secretaria Ejecutiva Claudia Arlett Espino, a mi Presidenta Norma Angélica Sandoval, a nuestro Fiscal Presidente de la Asociación de Fiscales.

También saludo con gusto, ahora que estoy viendo la pantalla, voy a iniciar primero por Pablo Sergio Aispuro Cárdenas, que estuvo en la Vocalía Ejecutiva de Baja California, lo saludo con gusto.

A mi paisano, Jorge Ruelas Miranda, en Sinaloa, de Tecate; a mi amigo Sergio, que también estuvo, Sergio Vera que estuvo también en Baja California; y a nuestra amiga Liliana Díaz de León, actualmente Vocal Ejecutiva en Baja California.

No veo a Matías Chiquito, Díaz de León, no recuerdo en qué estado esté, pero también estuvo por allá en Baja California acompañándonos en algún proceso electoral.

Déjenme comentarles, yo he participado en procesos electorales, tengo 30 años, inicié en 1997 y ahí fue donde coincidí en esta etapa, en este recorrido, en los procesos federales, en el INE 97, 2000-2003, luego los estatales y ahora como magistrado.

Quiero aclarar que hace unas horas acabo de concluir mi encargo como magistrado y como Presidente del Tribunal Electoral de Baja California, aún y cuando me presentaron así, eso deriva que la invitación que me hacen fue cuando todavía era magistrado, tengo 12 horas, no sé cuántas horas van, que estoy en retiro de esto.

En principio, la vida democrática de México se ha visto transformada constantemente a lo largo de las últimas décadas, mediante procesos de reformas constitucionales y legales, a través de las cuales se han ido conformando y modificando diversas instituciones y procedimientos vinculados con la realidad política-electoral.

Estos movimientos reformistas obedecen a los nuevos paradigmas respecto del papel que asume actualmente la justicia electoral.

Por su parte, el diseño institucional genera prácticas y ejerce atribuciones que definen los alcances de la jurisdicción.

Del mismo modo, la dinámica jurisprudencial se genera a partir de la interpretación de los textos normativos por los tribunales electorales, tanto locales como federales, y las subsecuentes reformas constitucionales y legales que encaminan hacia nuevas rutas de solución de conflictos y la inercia de una profunda transformación de la realidad jurídico-política.

En tanto, es innegable que la justicia electoral está en constante evolución y que cada proceso electoral deja nuevas inquietantes experiencias y retos por superar, debido a que el modelo electoral vigente que surgió a finales del siglo XX se ha ido consolidando paulatinamente durante los tres primeros lustros del siglo XXI y se explica por la evolución institucional y el cambio constitucional al pasar de ser instancias de mera legalidad a auténticos tribunales de constitucionalidad y convencionalidad, lo anterior que se hizo posible a partir de la reforma del 2011.

Además, la implementación de dos juicios que adquirieron gran relevancia al entorno jurídico-electoral: el juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano y el juicio de revisión constitucional que hacen viable la consolidación del modelo democrático relativo a la justicia electoral que con su implementación generó un nuevo orden, así como un innovador contexto político y jurídico, por lo que a partir de entonces todo conflicto jurídico electoral tuvo como cauce natural la instauración de juicios y procedimientos para dirimir las controversias.

En este contexto no hay otro momento en la historia jurídica del país en que la justicia electoral y su jurisprudencia hayan tenido un papel tan relevante sobre la definición y los alcances de los derechos de participación política de los ciudadanos y las condiciones para la validez de las elecciones y la efectividad del sufragio; lo anterior, en virtud de que nunca antes se había vivido un periodo tan litigioso electoralmente hablando ni por estrategia política ni como medio de legitimación de procesos electorales.

De la misma forma, el Tribunal Electoral a partir de su implementación ha asumido una postura más moderna y efectiva en interpretación y argumentación jurídica propia de un Tribunal Constitucional.

Este tipo de argumentación se conjugó en un contexto social en el que se necesitaba una forma diferente de resolver los conflictos, pues comúnmente la realidad política electoral rebasa los supuestos previstos en la ley, circunstancia que obligó a quienes integraban las Salas del Tribunal Electoral a asumir una actitud creativa y acorde a los nuevos tiempos.

Esta visión ha privilegiado los derechos políticos como una postura que identifique el actuar institucional con el garantismo jurídico, y de hacer valer de forma efectiva los valores y principios constitucionales relacionados.

Sin embargo, es natural que haya claroscuros y discrepancias en la jurisprudencia electoral, lo que requiere de una amplia reflexión de todos los sectores sociales para seguir robusteciendo; y en la práctica jurisdiccional en las entidades federativas en materia de protección y garantía de los derechos fundamentales, iniciar con los principios constitucionales que rigen la materia electoral.

En tal sentido, los principios generales que orientan el ejercicio de la función jurisdiccional electoral se integran con una serie de valores, fines o aspiraciones de carácter abstracto que constituyen la base estructural de un sistema jurídico y que eventualmente sirven de guía en la aplicación del derecho positivo.

Asimismo, de los atributos más importantes del actual sistema electoral mexicano tienen su origen en los institutos y tribunales electorales locales, instituciones con décadas de experiencia que deben ser fortalecidos resultando indispensable defender su autonomía para evitar que gobiernos, congresos o poderes fácticos quieran interferir de modo indebido en las decisiones que se adoptan.

Sin embargo, desde ahora es importante realizar un análisis de los ámbitos de competencia de las autoridades jurisdiccionales electorales que implicarían necesariamente cambios estructurales y competenciales de los tribunales locales y del propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y que inciden en el desempeño paralelo de todas las autoridades de la materia en el país.

Tal es el caso, la jurisdicción concurrente, figura conocida en el derecho mexicano que implica necesariamente un fenómeno de atribución competencial simultánea o concurrente a favor de autoridades judiciales federales y autoridades judiciales locales.

En forma específica e incluida en el texto del artículo 107 constitucional, se encuentran establecidos los casos que conoce y resuelve el Poder Judicial de la Federación, con excepción del Tribunal Electoral, cuya competencia se encuentra prevista en el artículo 99 de la Constitución.

Ahora bien, distinta a ella lo que es la jurisdicción o competencia auxiliar, que es una facultad de carácter provisional que se otorga a los jueces de primera instancia para conocer de una demanda de amparo en el supuesto de que se presente una situación considerada urgente y en consecuencia sea necesaria la intervención de la justicia federal, teniendo en cuenta que en el lugar en que se ejecuten o se traten de ejecutar los actos reclamados no resida un juez de distrito, por lo que su participación es considerada de carácter auxiliar, pues solo una jurisdicción parcial y su papel se limita a coadyuvar en la preparación del juicio, al recibir el escrito de demanda y otorgar la suspensión provisional al acto reclamado, cuando se trate de violaciones graves prohibidas en el citado artículo 22 de la Constitución. Una vez hecho, envía la demanda original con sus anexos al juez de Distrito que corresponda.

Por su parte, en el ámbito electoral relativo a las entidades federativas, el artículo 116 de la Constitución prevé que las constituciones y leyes de los estados deben de garantizar que el ejercicio de la función electoral a cargo de las autoridades electorales sean los mismos principios rectores de la función pública electoral consagrados en el artículo 41 de la misma.

Del mismo modo, las autoridades que tengan su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, por lo que las resoluciones que emitan los Tribunales Electorales Locales constituyen el medio natural desde el punto de vista constitucional para la solución de las controversias que surjan dentro de su ámbito.

Ahora bien, me voy a referir particularmente al juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano, juicio ciudadano, juicio de la ciudadanía o JDC, como un mecanismo de control constitucional que resuelven las Salas del Tribunal Electoral con la finalidad de restituir a los ciudadanos el goce de sus derechos políticos.

En consecuencia, se ha emitido una serie de criterios y sentencias relevantes que lo han hecho transitar por caminos vanguardistas dentro del control constitucional mexicano, señalando que toda interpretación o aplicación por una norma jurídica debe de ampliar sus alcances jurídicos para potenciar su ejercicio.

En ese sentido, este juicio ciudadano es el medio apto para tutelar derechos fundamentales que se encuentran directamente vinculados con el ejercicio de los derechos político-electorales cuya protección indispensable, a fin de no hacerlos nugatorios, como ejemplo tenemos los derechos a la información, la reunión, la libertad de expresión, la de petición, entre otros, de ahí que se propone que los supuestos en que procede el juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano, contemplado en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y respectos de los cuales actualmente conocen en tratándose de materia federal, únicamente las Salas Regionales y, en su caso, en algunos casos, la Sala Superior, se resuelva la competencia a favor de los tribunales locales, lo que redundará en que el ciudadano tenga un acceso directo y de primera mano a la impartición de la justicia constitucional, sobre todos aquellos casos en que estos se promuevan por el ciudadano con legítimo interés jurídico para hacer valer presuntas violaciones a su derecho político-electoral de votar y ser votado.

Lo anterior se hace patente, porque consideramos que a partir de estas figuras resulta factible proponer que los Tribunales Electorales de las entidades federativas estuvieran en posibilidad de atender y resolver temas que por razón de competencia estén reservados al ámbito federal, sin que deba recurrirse como actualmente se realiza mediante la delegación de facultades mediante acuerdos.

Particularmente esta propuesta para nosotros en Baja California es muy importante.

Nosotros estamos a 3 mil kilómetros de distancia de la Ciudad de México, como a 2 mil 800 de lo que es la Sala Regional Guadalajara, de la Primera Circunscripción Plurinominal, entonces imagínense alguien todavía del sur de la Baja California, todo lo que tiene que hacer para poder acudir a la justicia en una Sala Regional, es verdaderamente complejo.

En este sentido, se torna indispensable el transitar el esquema básico mediante la asunción de competencia local para que se conozca de manera directa, por lo menos del juicio ciudadano, en los tribunales de las entidades federativas en primera instancia, para que eventualmente las Salas Regionales de conviertan en revisoras de sentencias de instancias locales.

Traigo una serie de análisis y de comparación que me lo voy a saltar.

Y para concluir, dice, en este orden de ideas muchos de los problemas de la vida democrática que actualmente se presenta en las entidades federativas encuentran solución en el trabajo de órganos jurisdiccionales locales, lo que ha generado una especialización en temas que anteriormente estaban reservados o están reservados a la jurisdicción federal.

En gran medida, los conflictos y diferencias que plantean la competencia electoral se han llevado a la sede jurisdiccional de los tribunales locales y han generado y afianzado criterios que dan mayor certeza sobre la vigencia, alcance y limitación de los derechos políticos-electorales.

Por ejemplo, aquellos que hemos litigado materia mercantil recordarán que el artículo 104, si no me equivoco, de la Constitución federal establece precisamente la competencia concurrente en tratándose de materia mercantil, pudiendo optar por acudir a un juez de distrito para dirimir una controversia mercantil o a un juez local.

Por último, son los Tribunales Electorales de las entidades federativas quienes mejor conocen las leyes en el ámbito estatal.

No se me vayan a sentir mis compañeros de las Salas Regionales de los estados.

Así como las ideas y las situaciones particulares que envuelven a cada municipio y a cada estado, porque todos, aun y cuando somos de México, pues son ideas y situaciones diversas, prevaleciendo debido a la pertenencia al respectivo estado y así como también para facilitar al ciudadano el evitar en primera instancia la necesidad de acudir directamente a la justicia federal en Salas Regionales y, en su caso, a una siguiente instancia, a la Sala Superior, con los contratiempos y dificultades que conlleva esa tramitación.

Por su atención y su paciencia, muchas gracias.

Buenas tardes.

Presentadora: Muchas gracias.

Ahora tiene el uso de la palabra la Maestra Gabriela Guadalupe Valencia Luévano.

Magistrada del Tribunal Electoral del estado de Coahuila, Gabriela Guadalupe Valencia Luévano: Buenas tardes.

Agradeciendo a mi Presidenta de la Asociación de Tribunales de la República Mexicana, a la Doctora Claudia Arlett, a la Maestra Guadalupe Taddei, y a la presencia y asistencia de las Vocalías de las Juntas Locales del Instituto Nacional Electoral; evidentemente el personal del Instituto siempre ha sido un ejemplo de profesionalismo y de sacar adelante todos los procesos electorales.

Muchas gracias.

Ésta es una visión desde una magistratura local, desde el Tribunal Electoral del estado de Coahuila de Zaragoza.

Integridad, del latín integritas, además del valor filosófico de pureza, implica totalidad.

El día de hoy, ante este Instituto Nacional Electoral y en vísperas de la presentación de proyecto de la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral, es necesaria una reflexión sobre y desde la responsabilidad de la impartición de justicia local.

Es preciso asumir el concepto de coherencia ética no sólo en la conducta de la persona juzgadora, sino hasta el funcionamiento integral de todo el sistema.

En sociedades identificadas con la desconfianza, la corrupción, la desigualdad y, sobre todo, la lejanía de los centros, la integridad se alza como un valor esencial para la transformación de las sociedades.

La responsabilidad entonces de toda institución política es asumirla no como una virtud individual aislada, sino como un principio que tiene el poder de regenerar el tejido social y construir democracias sólidas, inclusivas y sostenibles.

El acceso a las vías de poder en un contexto democráticamente institucionalizado intenta, a lo largo del tiempo y por la autoridad judicial definitiva, mejorar las condiciones de igualdad en que las personas pueden llegar a él; pero pese a ello, los controles jurisdiccionales que regulan el sistema de asignación de cargos continúan siendo perfectibles en la práctica.

La integridad de las instituciones de justicia electoral se refiere no sólo a la concepción plena, coherente y ética del ejercicio de la función jurisdiccional, va más allá de dictar sentencias ajustadas a derecho, implica el compromiso con todos los principios y responsabilidades que definen una magistratura verdaderamente justa, democrática y, sobre todo, cercana.

La labor implicará siempre la búsqueda de equilibrios entre el ideal de lo justo y la realidad, buscando sentencia tras sentencia, mejorar el paradigma con que afrontamos nuestros retos públicos. Conocer las distintas realidades y condiciones locales en cada una de las comunidades que cubrimos los tribunales electorales locales es esencial para ello.

El acceso a una adecuada defensa pública visible de los derechos sociales con equidad, reconocimiento, transversalidad en respeto a los derechos humanos, especialmente de grupos sociales en condiciones de vulnerabilidad de la población, de la diversidad de comunidades indígenas, de personas con discapacidad, serían más difíciles de atender únicamente en el plano federal.

En esta reforma electoral es imprescindible, citando al Ministro Presidente Hugo Aguilar Ortiz, una visión de justicia nacional comprometida con el acceso para toda la población por igual, auditable, medible, con resultados de éxito, que hagan realidad el anhelo de que toda persona que se queje con justicia tenga un Tribunal cercano, que la escuche, la ampare y la proteja contra la fuerza y la arbitrariedad. Y para esto, partiendo desde lo local, desde nuestro primer contacto, toda construcción pasa de los cimientos a la búsqueda de los objetivos finales.

Apostar por la integridad es apostar por una convivencia más justa, más humana y esperanzadora. En tiempos de crisis y desencanto, la noción de integridad puede ser la brújula que marca el camino en estos tiempos de construcción de país. Muchas gracias.

Gracias, Consejero Montaño.

Presentadora: Muchísimas gracias, Maestra.

Escucharemos ahora a la Magistrada Laurencia Soto Valverde, del Tribunal de Durango.

Magistrada del Tribunal Electoral de Durango, Laurencia Soto Valverde: Muy buenas tardes. Muchísimas gracias.

Saludando con mucho gusto a la Doctora Norma Sandoval, al Maestro Jorge Montaño, a la Doctora Claudia Arlett Espino, al Maestro Daniel Gutiérrez y en la persona de la Maestra Araceli Frías López, saludo a todos los que nos acompañan por las redes sociales y al público en general.

Muy buenas tardes. Yo les vengo a presentar un proyecto de iniciativa de reforma de ley para fortalecer nuestro sistema democrático.

El 10 de febrero del 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la llamada Reforma Política Electoral, punto de partida para el avance en el equilibrio de géneros en las representaciones populares y abrió la puerta a la paridad de género y para reducir la brecha de géneros en la vida pública.

El cambio de paradigma que no ha sido fácil de instalar en el imaginario popular y menos en la agenda pública y de gobierno, las resistencias de actores y grupos de interés se ha hecho sentir con fuerza en cada caso y en el ejercicio de los cargos públicos, a los que las mujeres hemos accedido con trabajo y determinación. Un aliciente a ese esfuerzo fue la reforma de la paridad en todo.

No nos es ajeno que, desde el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en su Sala Superior y en sus Salas Regionales, así como los tribunales locales, se han dictado jurisprudencias, tesis y criterios para ir cerrando las fisuras y vacíos legales a través de las llamadas acciones afirmativas.

Un ejemplo valioso es la jurisprudencia del 11 del 2015, acciones afirmativas elementos fundamentales, en la que la Sala Superior definió los alcances beneficiarios y elementos de las acciones afirmativas y estableció la obligación del Estado mexicano de establecer acciones afirmativas orientadas a la igualdad en la materia.

El Estado en todos sus órdenes y poderes constitucionales, órganos autónomos y entes públicos, tiene la obligación de garantizar la reparación del daño a las víctimas de violaciones a sus derechos humanos.

Por otra parte, es necesario que las acciones afirmativas y los mecanismos dictados por las autoridades electorales jurisdiccionales se lleven al texto de la norma sustantiva, cuando tienen por objeto garantizar la igualdad y el acceso a la justicia de los grupos en situaciones de vulnerabilidad, especialmente las mujeres, cuando hablamos de violencia política en razón de género.

Por ello, tomando como base las obligaciones del Estado, consagradas en el artículo 1, párrafo 3, para garantizar los derechos humanos, y el 17, ambos de la Carta Magna, que consagran el derecho de los ciudadanos a acceder a la implementación de una justicia efectiva, pronta, completa e imparcial.

Asimismo, el artículo 25 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, que preceptúa el derecho de las personas a ser protegida por los tribunales contra actos que violen sus derechos fundamentales y la obligación del Estado a garantizar su cumplimiento, además de las atribuciones que el Estado mexicano ha adoptado en las leyes generales de víctimas, para que las autoridades, de todos los ámbitos de gobierno, velen por la protección de las víctimas y garanticen la reparación integral.

Así como las sentencias relevantes emitidas por nuestro Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en su Sala Superior y en las Salas Regionales, en materia de medidas de reparación y no repetición.

Por lo ya expuesto, les propongo impulsar un proyecto de iniciativa para reformar y adicionar los artículos 2, 3 y 25 de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para incluir la facultad de los órganos jurisdiccionales para que en las sentencias y resoluciones que dictan en materia de violencia política en razón de género, que consagran medidas de reparación y no repetición, independientemente del responsable personal de las conductas, se pueda vincular a las autoridades y sus titulares al cumplimiento de las medidas, sin que ello signifique que son responsables de la comisión, pero sí garantes de reparar el daño y hacerle justicia a las víctimas.

Muchas gracias.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Llegó el momento de escuchar a la Doctora Norma Angélica Sandoval Sánchez.

Presidenta de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana y Magistrada del Tribunal Electoral del estado de Puebla, Norma Angélica Sandoval Sánchez: Muy buenas tardes. De verdad que agradezco el tiempo, porque ya vemos un poco de cansancio en sus caras.

Entonces, de manera especial agradecemos esta oportunidad de estar aquí, a la mesa, a las magistraturas que el día de hoy, por parte de ATERM, nos hacen favor de acompañarnos.

Jaime, tú muy bien en hacer esa precisión, por si tenías a alguien ahí auditándote, pues ya sabemos que ya no eres magistrado desde hace 12 horas. Y es que así hemos… Actualmente las magistraturas, algunas, están concluyendo sus nombramientos.

Gracias, Lau; gracias, Gabi; gracias, Pati, por estar aquí. Ya sé que venían corriendo desde el Senado, desde la Corte, y todas veníamos corriendo desde distintos lugares, pero me parece a mí que aprovechar esta valiosa y gran oportunidad que el Instituto Nacional Electoral nos da de estar aquí, de escucharnos a los especialistas, a quienes sabemos de decir justicia, ¿verdad?, porque ellos son especialistas en organizar procesos electorales y tenemos la gran fortuna el día de hoy caminar con los fiscales que se encargan de la investigación de estos delitos.

Entonces le voy a pedir al Maestro Jorge Montaño Ventura y a la Secretaria Ejecutiva que de manera muy cálida le hagan llegar mi gratitud, mi agradecimiento a la Consejera Presidenta, Guadalupe Taddei, por tenernos aquí.

Y así como hizo Daniel, tratar de hacer un match de todo lo que el día de hoy nos convoca aquí, a ver si lo logro como lo hiciste tú, querido amigo.

Y es que el día de hoy nos reunimos para esta firma de convenio, de este convenio marco de colaboración entre el INE, AMFE y ATERM, y así es que concretamos un paso más en la actividad democrática de nuestro país.

Firmar el convenio de colaboración entre estas tres instituciones genera que todos nosotros apostamos por México, por nuestro sistema y principalmente por la gente que cree en nosotros, que cree en el sistema, que cree en la democracia.

La confianza de los ciudadanos debe verse reflejada en elecciones claras, justas y fáciles de entender.

La democracia no depende sólo de normas ni trámites burocráticos, más bien vive cuando las entidades logran comunicarse, entenderse un poco más y caminar juntos sin chocar.

Así que este convenio abre paso a conseguir algo firme entre todas y todos nosotros, con sentido claro y conexión real, listo para enfrentar lo que viene en las elecciones ahora y después.

Hoy reafirmamos esta alianza porque creemos que informar bien ayuda a conectar a la gente con lo público, desde los tres lados, compartir noticias, avisos, campañas, hará que más personas reciban datos sobre elecciones con mayor claridad, rapidez y credibilidad.

Agradezco al INE de manera particular, en nombre de la ATERM, su forma de trabajar abierta, con ganas de avanzar juntos.

Confío en que vamos a ver cambios reales, claros y buenos para todas y todos.

Este papel que firmaremos marcará el inicio y lo clave será, por supuesto, el camino común que decidamos seguir.

Y regresaré al tema de la reforma para establecer, señalar, ya mis compañeros, mi compañero y mis compañeras magistradas han señalado situaciones que desde la parte técnica jurídica vemos necesarias en el tema de violencia de género, en el tema de establecer juicios ciudadanos con competencia concurrente hacia esta protección del votar, ser votado y la libre asociación que me parece interesante. Y es que cada ajuste, cada adecuación normativa y cada transformación institucional ha sido una respuesta al contexto social, político y tecnológico de cada tiempo.

México no llegó al sistema electoral que hoy conocemos de manera espontánea, llegó a través de décadas de aprendizaje, de debates profundos, de consensos y también de desacuerdos que lejos de debilitar el proceso dieron pie a instituciones más sólidas y mejor preparadas para enfrentar los desafíos de cada época.

Hablar de reformas también implica reconocer que la democracia mexicana es una obra colectiva, ninguna institución por sí sola puede sostenerla. Por ello, los procesos de reforma deben construirse con una visión de Estado, con una voluntad de diálogo y con un profundo respeto a la autonomía de los organismos electorales.

La reforma electoral no debe temerse, debe entenderse como una oportunidad para fortalecer lo que ya existe y para innovar en aquello que la realidad demanda.

La democracia mexicana ha demostrado que tiene la capacidad de adaptarse, de transformarse y de mejorar, y es precisamente en esa capacidad donde reside su fortaleza.

Que este espacio sirva como recordatorio de que las reformas no deben dividirnos, sino convocarnos a pensar colectivamente en el México que queremos, un México donde la democracia no sea solo un procedimiento, sino una convicción, una forma de vida, un compromiso permanente con la libertad y la igualdad. Y esa libertad y esa igualdad no la podemos entender sin una justicia electoral autónoma, con plena autonomía.

Y un problema, una situación a la que nos hemos enfrentado, no de apenas, sino desde hace más de 30 años, es a la autonomía presupuestaria de nuestros tribunales. Por eso, la propuesta que yo hago de reforma es tomar en consideración distintos elementos y distintos parámetros que establezcan objetivamente una cantidad mínima en cada entidad federativa.

El análisis que yo traigo y que dejaré aquí en el Instituto Nacional Electoral, contiene los dineros que recibimos para las elecciones de 2024 y para las recientes elecciones, y van a evidenciar cómo las 32 entidades federativas vamos chocando entre nuestros presupuestos.

Por eso la propuesta es que a partir de esta reforma constitucional se establezca una base, así como tenemos el presupuesto de los partidos políticos con una base mínima, con una fórmula matemática que permite darle vida a la vida política en cada rincón de nuestro país, también sea una realidad para las autoridades jurisdiccionales electorales.

Tendrá que ir acorde a las necesidades específicas, ya lo mencionaron mis compañeras, solamente nosotros con base en el principio de proximidad sabemos lo que se necesita en cada uno de nuestros estados. El crecimiento de la lista nominal también es un elemento importante que implica mayores requerimientos logísticos y administrativos; la complejidad y frecuencia de los procesos electorales, incluyendo elecciones ordinarias, extraordinarias y procedimientos sancionadores o de nulidad, incluso procesos plebiscitarios, como seguimos resolviendo en las 32 entidades federativas para cuando se necesita resolver o analizar una elección plebiscitaria.

Necesitamos fortalecer capacidades institucionales, como la profesionalización de nuestro personal, la modernización tecnológica y la difusión de criterios jurisprudenciales y técnicos.

En este sentido, será el ejercicio libre del presupuesto lo que permita a los Tribunales Electorales Locales anticiparse a los retos democráticos, garantizar nuestra imparcialidad y legalidad de los comicios y consolidar un papel como garantes de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Hasta aquí lo dejo, por supuesto que traigo el análisis técnico, sí hice la tarea, lo prometo, pero también entiendo que llevamos aquí mucho tiempo, Dani, y entonces no abusaremos más de la paciencia de quienes nos acompañan también por redes sociales, como lo dijeron mis compañeras.

Presentadora: Muchísimas gracias.

Y es el turno de escuchar al Consejero Electoral del Instituto Nacional Electoral, Maestro Jorge Montaño Ventura.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Gracias.

Sí, por cuestiones ya también de tiempo, aquí no es más que agradecerles, creo que las intervenciones principales vienen de quienes han hecho uso de la voz aquí en este pódium, es precisamente para ello, para que puedan ser escuchados con claridad y que hayan podido exponer sus inquietudes, propuestas y vivencias, porque esto deviene de precisamente de la acumulación de las experiencias que se han venido dando en los respectivos ámbitos de competencia, ya sea jurisdiccional, penal o administrativo.

Bueno, primero que nada, quiero agradecerle a las 31 delegadas y delegados del INE en todo el país, gracias por estar acompañándonos en esta tarde de miércoles, gracias por compartir su generoso tiempo, aunque sea en la virtualidad, pero sabemos que las distancias es la única forma en que podemos acortarlas.

Delegadas y delegados de estos 31 estados, muchas gracias.

Y dirán, ¿por qué 31 estados cuando somos 32? Bueno, porque nuestra delegada de Colima hoy nos acompaña aquí de manera presencial, ya que ella tiene una actividad y viene en compañía de integrantes del Instituto Electoral de Colima, a quienes también les damos la bienvenida y agradecemos su amable presencia.

Que nos acompañan los directores y titulares de las Unidades Técnicas del Instituto Nacional Electoral; igualmente, muchas gracias.

Sabemos de las cargas de trabajos que tienen en sus respectivas oficinas y, bueno, hacen un espacio para estar aquí con nosotros, acompañándonos y, por supuesto, enterarnos de las actividades que llevamos a cabo como familia electoral.

¿Y por qué familia electoral? Porque la familia electoral somos tres, es un trípode electoral. Siempre lo he dicho, la familia electoral es penal, administrativa y jurisdiccional.

Y agradecerle, por supuesto, a la Doctora Claudia Arlett Espino, Secretaria Ejecutiva, que nos acompañe. Muy dinámica la Secretaria, con muchas actividades, ustedes ven, todos los días tiene actividades aquí en oficinas centrales, en los estados, está también en los encuentros y, bueno, sabemos que es el área que tiene esa responsabilidad, sobre todo de integrar estas actividades dentro del Instituto Nacional Electoral.

Gracias, doctora, por acompañarnos.

Igualmente, agradezco a la Magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez, la Presidenta de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana, por este acompañamiento.

Y al Maestro Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba, Presidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y Fiscal Electoral del estado de Aguascalientes.

Y agradecerle a quien nos permite, a quien nos impulsa, nos apoya y siempre nos da todas las facilidades para poder realizar, no sólo esta actividad, sino el sinnúmero de actividades que venimos desarrollando a lo largo y ancho del país por parte del Instituto Nacional Electoral, me refiero a la Licenciada Guadalupe Taddei Zavala, Consejera Presidenta del Instituto Nacional Electoral.

Como siempre, muchas gracias a nuestra Consejera Presidenta.

A las y los Fiscales Electorales de Hidalgo, Diana; de Jalisco, Carlos, bienvenido de nuevo a casa, fue parte de la familia del Servicio Profesional Electoral del INE; de Puebla, Karina, también gracias por acompañarnos; de Guerrero, Miguel, bienvenido; y de Estado de México, Alejandro, igualmente bienvenido, como siempre.

Y, por supuesto, también a las magistradas del estado de Durango, Laurencio Soto, gracias por estar con nosotros esta tarde; de Coahuila, Gabriela Valencia; Gabi, gracias.

Y les felicito a ustedes por su amable participación y exposición.

Así también a nuestra amiga, la Magistrada Pati Tovar, de Estado de México; igualmente, bienvenida, Magistrada Pati.

Y al Magistrado Jaime Vargas, ¿por qué lo dejo al último? Porque también quiero hacerle un reconocimiento a Jaime Vargas por la conclusión de su periodo como Magistrado, una conclusión exitosa, un trabajo que se realizó en varios procesos electorales y ahí queda la constancia del deber cumplido, estimado Jaime.

Gracias por acompañarnos.

Bueno, he venido escuchando las intervenciones de cada uno de ustedes.

Decirles, esta es una reunión muy importante porque pocas veces se logra que podamos estar reunidos los tres integrantes de la familia electoral. La última vez, si mal no recuerdo, fue en el estado de Oaxaca, tendrá eso alrededor de tres o cuatro meses, que estuvimos a invitación de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales. Igual pudimos reunirnos este trípode electoral y ya se hablaba precisamente de la eventual reforma que hoy se está materializando y que para lo cual ya se están haciendo diversos foros, foros donde participan no solo personas interesadas en la materia electoral, ciudadanas, ciudadanos, académicos, porque finalmente esta reforma va a inmiscuir la participación de la ciudadanía en general, la ciudadanía mexicana, con independencia de la actividad que vengan desarrollando o la profesión que vengan ejerciendo.

Y solo, no me refiero a la ciudadanía mexicana radicada en nuestro país, también va para aquellas ciudadanas y ciudadanos mexicanos que están radicando en el extranjero, porque no olvidemos que también tenemos ese gran compromiso de proteger los derechos políticos electorales de las y los mexicanos que están fuera de nuestro país.

Ese compromiso queda refrendado por parte de esta familia electoral, de este trípode electoral.

Y bien, ya hoy, como lo señalé, ya está en trámite de que se materialice esta reforma electoral, sin duda ya el tiempo para que pueda ser anunciada es poco, derivado esto de los términos que se tienen que cumplir en materia electoral para efecto de este tipo de reformas antes del inicio de un proceso electoral.

Y nos esperamos muchas cosas en la reforma, efectivamente, pero hay una en la cual he venido, no sé si el término sea abogando o si, dejando en claro, exponiendo, es la permanencia de los Órganos Electorales Locales, tanto los institutos electorales locales llamados OPL o mal llamados OPL, porque yo les seguiré llamando Institutos Electorales Locales, porque me siento orgulloso que ahí inicia mi carrera electoral.

Entonces, los Institutos Electorales Locales, los Tribunales Electorales Locales, también de los cuales formo parte, porque tuve la oportunidad de estar en sus filas y, por supuesto, de las Fiscalías Electorales, de las cuales también tuve el privilegio de transitar en esas oficinas.

Entonces, es importante que se mantengan, no es un tema de pedir sobrevivencia, no venimos a pedir sobrevivencia, es que se vea la necesidad de que deben de permanecer estos órganos electorales locales, aparte de que es una muestra del federalismo electoral que debe prevalecer en nuestro país.

Es el reconocimiento a que, en los órganos electorales locales, en las entidades, es de donde se han creado o de donde han surgido los criterios en materia jurisdiccional que maneja la Sala Superior, y de eso se los digo con toda seguridad, y digo, si está grabado, lo tienen que reconocer los magistrados y magistradas de la Sala Superior, allá se han generado los criterios que la Sala Superior ha avalado y que ha hecho suyos en la aplicación precisamente de la resolución de conflictos electorales que han llegado a su competencia.

La reforma del 14, si bien es cierto, la capacitación y la fiscalización pasó a ser parte única y exclusivamente del órgano federal encargado de organizar elecciones, del órgano administrativo.

También es cierto, hay que reconocer que los Institutos Electorales Locales antes de esta reforma hacían muy bien el tema de la capacitación; es más, me atrevo a decir que llegaron a capacitar o llegamos a capacitar, porque yo formaba parte, antes de esta reforma, de un órgano electoral local del Instituto de Tabasco, a capacitar mejor que el entonces IFE, con mucho respeto para el IFE.

Bueno, hoy el INE tiene esa gran responsabilidad y lo ha hecho bien, y está demostrado en los procesos electorales que hemos venido realizando ordinarios y, por supuesto, en el Proceso Electoral Extraordinario para elegir a las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación, y para lo cual aprovecho aquí el comercial y el espacio, agradecerles a cada una de ustedes y ustedes los delegados, a las y los presidentes de los institutos electorales locales, a las y los magistrados electorales federales locales y así también a las y a los fiscales electorales de las entidades por ese decidido apoyo, por ese invaluable solidaridad que tuvieron para que saliera exitoso este proceso inédito, que fue programado y realizado en tiempo récord y también con recursos muy racionalizados, y quedó demostrado, por parte del Instituto Nacional Electoral, pero de toda la familia electoral, la capacidad de respuesta que tenemos para organizar elecciones, para calificarlas y también para perseguir las conductas que vulneran el adecuado desarrollo de la función pública electoral.

Bien, refiriéndome, buscando, como decían, hacer un breve resumen de las intervenciones, me pareció muy importante el tema de la simulación en las acciones afirmativas. Eso es algo que nos compete directamente las autoridades administrativas electorales, pero qué bueno, lo vamos a retomar ahora con las otras autoridades electorales.

Efectivamente, evitar ya la simulación de las acciones afirmativas para evitar que nos quieran sorprender y personas que no cumplen con los requisitos puedan hacerse acreedores a una candidatura.

El tema de regular el internet, por supuesto, en las fiscalías electorales se habla mucho de eso, la violencia que se da política de género en el internet, en los medios digitales no ha podido ser atajada, ha sido difícil para las fiscalías electorales locales y creo que para la propia fiscalía federal, la FISEL, poder tener acceso a quienes tienen bajo su resguardo u operatividad lo que son precisamente los servidores que proveen de internet algunas empresas, y ha sido difícil poder atajar, sobre todo en la suspensión de conductas o propaganda dolosa contra las mujeres con fines de denostarlas.

Y, bueno, ojalá eso también ya pueda entrar en una regulación y que tenga muy clara la sanción y el alcance que tendría quien violente precisamente a las mujeres en este medio cibernético.

El de la destrucción de la propaganda que; bueno, se pueda tipificar es algo importante, independiente de la propaganda del partido político que sea es algo que es pagado con recursos públicos, porque, sí, esos recursos se les entregan a los partidos, pero son recursos públicos y de eso ellos tienen que dar cuenta y para eso existe la fiscalización por parte del INE.

El tema de las traducciones que se mencionó a lenguas indígenas y donde aquí ya hubo un convenio que se firmó en el estado de Chiapas en días pasados, tuvimos una reunión donde igual estuvieron Fiscalías Electorales, Tribunales Electorales y órganos electorales administrativos se logró una firma con las universidades interculturales para efecto de que nos apoyen en la traducción de los documentos que tenemos, de este andamiaje jurídico electoral para que pueda llegar a todas y a todos los mexicanos que tienen o hablan alguna lengua.

Y en este caso, la Fiscalía Electoral ya anunció el que se pueda traducir la Ley General en Materia de Delitos Electorales de nuestro país, que pueda ser traducida a diversas lenguas para que todas y todos puedan conocer las conductas que los pueden llevar a la pena corporal, porque no olvidemos que en materia penal la pena máxima aquí es la pérdida de la libertad.

Entonces para que nadie se diga sorprendido, para que todos podamos decir “el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento”.

Nos comenta ya el Fiscal Daniel, Presidente de AMFE, que ya están trabajando precisamente en esa traducción. La ley electoral es de las más pequeñas de este andamiaje jurídico electoral; bueno, es la más pequeña y aparte de toda esta colección jurídica que tenemos en nuestro país es de las más pequeñas, 29 artículos, de la cual los conocedores, de los cuales no me siento conocedor, pero los conocedores ya hablan de 500 a 2 mil conductas se pueden desplegar en esos 35 artículos.

Esa es parte también de las que nos hace diferentes a cada uno de los integrantes de la familia electoral, cada entidad, cada órgano jurisdiccional tiene su Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral, cada estado tiene su propia Ley y cada estado tiene en cada Instituto Electoral Local su propia ley electoral, pero las Fiscalías Electorales no se dan ese lujo, tienen una que los rige de manera general.

Lo que estudia el Fiscal de Yucatán, de Chiapas, de Aguascalientes, de Sonora, de Puebla, de Hidalgo, de Jalisco, de Oaxaca, Guerrero o Edomex, es el mismo lenguaje; a diferencia que en el órgano jurisdiccional los términos incluso varían, los términos para presentar un recurso, un medio impugnación como ejemplo no es el mismo para el estado de Chiapas que para el estado de Puebla y las leyes electorales también tienen sus variantes, en algunos casos los procedimientos especiales sancionadores son distanciales y en otros ya no existen esas figuras.

Pero para las Fiscalías Electorales es la misma, pero hay diferencias; los Institutos Electorales Locales ¿cómo se designan los consejeros? A través de un concurso público, transparente que realiza el INE.

¿Y cómo se designa a los a los integrantes de los Tribunales Locales? Mediante un concurso público, transparente que realiza el INE.

¿Y cómo se designa a los integrantes de los Tribunales Locales? Mediante un concurso público que realiza el Senado de la República, que igual ahorita se encuentra en curso sobre tres entidades federativas, pero la designación de los fiscales es distinta, en algunos casos los designan los congresos locales en otros, como bien señalaba el Fiscal Daniel Ruvalcaba, son unidades, y son unidades ni siquiera permanentes, son creadas expresamente para procesos electorales.

¿Qué quiere decir? Que muchas veces nada más se crean para llenar o cumplir el requisito legal de que haya una Fiscalía Electoral, pero resulta que quien está al frente de esta Fiscalía Electoral que ¡ojo! La materia electoral es una materia especializada y no menosprecio las especialidades que tienen quienes atienden estas fiscalías que están de manera eventual, pero no es posible que alguien que atiende de manera puntual, de manera exitosa abigeato, robo de vehículos, robo a casa-habitación, por citar algunos, pueda estar al frente de una Fiscalía Electoral que reviste de términos, términos y lenguaje muy distinto a las otras materias y no puede ser que en dos o tres meses, pues ya se aprenda la Ley Electoral o la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

De ahí, también, que en esta próxima reforma se puede incluir que se homologuen los nombramientos y la periodicidad de quienes están al frente de las fiscalías electorales de cada una de las entidades federativas, ¿por qué? Porque también varía quienes tienen un nombramiento vía Congreso de los estados, varía entre cuatro, cinco y seis años, que se homologue y ya sea que la hagan los congresos locales o quien lo tenga que hacer, pero darles esa certeza y certidumbre a quien esté al frente y ¡ojo! Porque es una materia también especializada. Así como están los tribunales, así como están los institutos electorales locales, también deben estar las fiscalías electorales, que es una de las propuestas que se presentan ahora y que con mucho gusto vamos a hacer llegar a la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral.

Eso es por mencionar algunas.

Algo importantísimo, la violencia de género. La violencia de género que en la reforma que se tuvo a nivel, de manera integral en el mes de abril del año 2020, recordaremos la mayoría porque la mayoría somos electoralistas o todos los que estamos somos electoralistas, ahí en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el artículo 20 pasó a ser el artículo 20 Bis, precisamente ahí se tipifica la violencia contra las mujeres en materia política y es ahí donde esta conducta de la violencia política contra las mujeres en razón de género, es la única conducta en materia electoral que puede coexistir en estas tres vías: penal, administrativa, a través de un PES, penal a través de una carpeta de investigación, y jurisdiccional a través de un JDC.

Cada quien tiene un resultado distinto e investiga de manera distinto, pero se pudo constatar en la experiencia que los mejores resultados ¡ojo! Sin ir en detrimento del trabajo de los Tribunales y de los Institutos Electorales Locales, el resultado, porque lo que espera la ciudadanía son resultados, y por eso me refiero a ello.

Fue en materia penal. ¿Por qué? Porque la persona que violenta por la parte administrativa dice: es una sanción, no pasa nada. Por la parte jurisdiccional es a lo mejor una medida de apremio, tampoco pasa nada, pero en materia penal sabe que puede llegar a la pena corporal, que es la pérdida de libertad.

Y, bueno, estos son los grandes avances que se han tenido, es robustecerlo, mantenerlo, para que nosotros podamos continuar precisamente en la defensa de la protección, defensa y protección de los derechos políticos-electorales de todas las mujeres mexicanas.

Esta materia electoral es inacabada, es inacabable, es la más dinámica del derecho, pero también es especializada.

Agradecerles a todas y a todos la gentileza y la amabilidad de su atención y que hayan podido y hayamos podido escuchar, como lo dije al principio, experiencias y propuestas de quienes han estado al frente de órganos electorales, porque no es lo mismo integrar uno que presidir uno, es ahí la diferencia y es ahí la distinción.

Y si bien hay órganos colegiados de siete personas, como son los Institutos Electorales Locales, los Tribunales Locales entre tres y cinco magistraturas y las Fiscalías Electorales, donde el fiscal lleva la responsabilidad de tomar esa decisión, y ojo, no se puede equivocar, porque aquí en las Fiscalías Electorales sí procede el recurso de amparo, que no procede en las otras dos vías, y ahí se tiene que actuar con mucha responsabilidad, porque todavía nosotros tenemos autoridades revisoras, y ahí sí hay suspensión de términos, suspensión que no opera ni en la jurisdiccional, ni en la administrativa.

Y va para nuestras delegadas y delegados que no nos dejan mentir el trabajo arduo que se realiza en la organización de un proceso electoral.

Y nuevamente agradecerles ese gran apoyo que brindaron al Instituto Nacional Electoral y a la ciudadanía mexicana y a México como nación para organizar el Proceso Electoral Extraordinario para elegir a quienes integran el Poder Judicial de la Federación.

¡Vivamos la democracia!

Muchas gracias.

Presentadora: Muchísimas gracias.

A continuación, se llevará a cabo el proceso de firma del convenio entre el Instituto Nacional Electoral, la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, y la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Este convenio será firmado esta tarde por la Presidenta de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana, Doctora Norma Angélica Sandoval Sánchez.

De igual manera, Presidente de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales, Maestro Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba.

Y, por supuesto, por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Doctora Claudia Arlett Espino.

Presentadora: Vamos a hacer una fotografía oficial de la firma de este convenio.

Esta es la fotografía oficial del convenio entre el Instituto Nacional Electoral, la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Fuerte el aplauso por favor.

Firmado este convenio, llegó el momento de recibir la propuesta para la reforma electoral, así que solicitamos a la Secretaria Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Doctora Claudia Arlett Espino, dé lectura al documento para posteriormente iniciar el proceso de firmas, donde se le llamará a cada uno.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Muchas gracias.

El Instituto Nacional Electoral recibe propuestas temáticas para la reforma electoral, con el propósito de presentarlas ante la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral y el Poder Legislativo, en un ejercicio de colaboración institucional orientado al fortalecimiento del sistema democrático.

Logo del Instituto Nacional Electoral, de la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y de la Asociación de Tribunales de la República Mexicana.

Firmantes, nuestra Consejera Presidenta, la Licenciada Guadalupe Taddei; por la Asociación de Fiscales, la Magistrada, y entiendo que pasarán magistrados y magistradas que nos acompañan también, si nos hacen el favor, en los pizarrones que tenemos, así como el Presidente de la Asociación de Fiscales, así es, y por supuesto, a quienes nos acompañan.

Y si nos hacen el favor de que pasemos a…

Presentadora: Así es.

Iniciamos el proceso de firmas con la Maestra Ruth Karina Andraca Huerta.

Continuamos con el Maestro Carlos Manuel Rodríguez.

Solicitamos la firma del Maestro Miguel Alejandro Guizado.

Continuamos con la Maestra Diana Rodríguez.

Y, por supuesto, el Maestro Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba.

Continuamos con el Maestro Alejandro Rodríguez Martínez.

Solicitamos la firma de la Doctora Claudia Arlett Espino.

Continuamos con la firma del Maestro Jaime Vargas Flores.

Solicitamos la presencia de la Maestra Gabriela Guadalupe Valencia.

Solicitamos la firma de la Magistrada Patricia Tovar.

Continuamos con la Doctora Norma Angélica Sandoval Sánchez.

Y solicitamos la presencia de la Magistrada Laurencia Soto.

Finalizamos este proceso de firmas con la Doctora Claudia Arlett Espino.

En este momento se realizará la fotografía oficial con las personas del presídium, primeramente, una foto.

Invitamos a los participantes de la Asociación Mexicana de Fiscalías Electorales, a que nos acompañen a la fotografía oficial en el presídium y también a la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Solicitamos pasar a la fotografía oficial.

En este momento se lleva a cabo la fotografía oficial con el Instituto Nacional Electoral, la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana y la Asociación de Tribunales Electorales.

El Instituto Nacional Electoral agradece profundamente la presencia de todas y todos ustedes, así como el valioso diálogo sostenido con la Asociación Mexicana de Fiscales Electorales y la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana.

Es así como concluye este evento.

Que tengan muy buenas tardes.

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