La Reforma Constitucional en materia del Poder Judicial, aprobada en septiembre de 2024, transformó la forma en la que se integraría el Poder Judicial en México.
Con ello vino también una promesa: garantizar la paridad de género en todos los cargos del Poder Judicial, que había sido una estructura cerrada con poca representación de las mujeres.
Pero ¿esa promesa se cumplió en el Proceso Electoral Extraordinario de 2025? y ¿qué nos dice esta experiencia sobre lo que se necesita para las próximas elecciones de 2027?
El decreto de Reforma Constitucional estableció que sólo se renovaría la mitad de los cargos del Poder Judicial, y que esa mitad debía asignarse con base en el principio de paridad de género, designando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer.
Bajo esta lógica, el INE aprobó una serie de criterios específicos para asegurar que la asignación de estos cargos cumpliera con dicho principio.
Sin embargo, el diseño institucional se enfrentó pronto a una realidad problemática: el Senado, encargado de integrar las listas de candidaturas, no sólo envió menos postulaciones de las necesarias, sino que las candidaturas de mujeres fueron menos que las candidaturas de hombres, con lo que ya no se observaba lo previsto en el artículo 35, fracción II de la Constitución Federal, en donde se prevé que es derecho de la ciudadanía poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, limitando la posibilidad de una asignación plenamente paritaria, pues en estas elecciones nos encontramos con casos en los que no hubo candidaturas de mujeres para algunos cargos.
Aunque los criterios para garantizar la paridad previeron escenarios de asignación según la configuración del Marco Geográfico Electoral, no se anticipó un supuesto en el que no hubiera mujeres candidatas. Es inevitable referir que esta situación deriva de omisiones de origen, por ejemplo: postular menos candidaturas de las previstas, que las postulaciones no fueron paritarias y que únicamente un Comité de Evaluación incluyó reglas de paridad en su convocatoria.
Si bien en el ámbito nacional se logró que hubiera incluso más mujeres que hombres ocupando los cargos de juzgadoras, esto se debe a que la ciudadanía votó más en favor de las mujeres y a la regla que obliga a iniciar las asignaciones por una mujer, pero se debe buscar que las mujeres sean postuladas en el mismo número que los hombres, por lo que habrá que establecer mecanismos regulatorios y correctivos que permitan instrumentar ese mandato desde la postulación, como ocurre en las elecciones en las que participan partidos políticos.
La justicia con perspectiva de género no es una concesión: es una exigencia constitucional y una condición indispensable para el Estado de derecho en una democracia paritaria.