El Heraldo de México publica artículo del Consejero Arturo Castillo

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La credencial para votar con fotografía (CPV) fue producida por primera vez en 1992, apenas dos años después de la creación del entonces Instituto Federal Electoral (IFE).

La inclusión de la fotografía y otros elementos de seguridad, así como su vinculación con el Padrón Electoral y Lista Nominal, la convirtieron en un instrumento confiable para identificar a las personas electoras.

Desde entonces, la CPV es uno de los pilares de la confianza en las elecciones mexicanas: gracias a ella sabemos con certeza quién tiene derecho a votar y garantizamos el principio de «un ciudadano, un voto».

A lo largo de más de tres décadas, «la INE» como se le conoce coloquialmente a la CPV producida por el Instituto Nacional Electoral (INE) se ha consolidado como la identificación oficial más aceptada en México, incluso para fines distintos a los político-electorales.

Instituciones públicas y privadas, personas físicas y morales, la exigen como un requisito para realizar trámites, firmar contratos y, en última instancia, asegurar la identidad de cualquier persona mediante su cotejo con la base de datos biométricos más grande y confiable del país: el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores.

Sin embargo, durante décadas, muchas ciudadanas y ciudadanos mexicanos no tuvieron acceso a este instrumento y, por lo tanto, a los derechos politico-electorales y de identidad que permite ejercer.

Me refiero a las personas privadas de su libertad (PPL).

De acuerdo con datos del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), en agosto de 2025 había 252 mil 466 PPL y 40% aún no tenía sentencia.

Es decir, existen actualmente 102 mil 053 personas en prisión preventiva que aún gozan de la presunción de inocencia que les otorga el Artículo 20 Constitucional y que, por ende, tienen sus derechos politico-electorales vigentes; y 150 mil 413 personas que, si bien han sido sentenciadas y en su mayoría tienen sus derechos políticos suspendidos, su derecho a la identidad (Artículo 4 Constitucional) sigue vigente.

A pesar de que la CPV existe desde 1992 y tiene enorme aceptación como la identificación oficial por excelencia, no fue sino hasta 2019, mediante una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SUP-JDC-352/2018), que el Estado Mexicano reconoció que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar. Y hasta 2023, mediante sentencia SUP-REC-342/2023, se reconoció la doble función de la CPV como requisito para el ejercicio del voto de personas no sentenciadas y documento para ejercer el derecho a la identidad, incluso de personas con sentencia condenatoria.

Como consecuencia de la primera resolución, en 2024 se celebró el primer ejercicio nacional vinculante de voto en prisión preventiva: votaron 26 mil 563 personas (2 mil 200 mujeres y 24 mil 363 hombres).

En tanto, la sentencia que reconoció el derecho a la identidad de las PPL generó que, el 28 de agosto de 2025, el INE emitiera los Lineamientos para la credencialización de personas privadas de la libertad (INE/CG1125/2025), que establecen los procedimientos y requisitos para credencializar tanto a personas en prisión preventiva cuyos derechos político-electorales siguen vigentes, como a personas con sentencia firme para que tengan una identificación oficial.

Esta medida podría beneficiar potencialmente a 251 mil 847 personas privadas de su libertad y contribuir a su reinserción social.

Cuando las personas salen de prisión sin una identificación oficial se encuentran imposibilitadas para realizar cualquier trámite con validez oficial: desde abrir una cuenta de banco o rentar una vivienda, hasta obtener un empleo formal.

Este hecho incrementa su estado de vulnerabilidad y, aunque la reincidencia delictiva deriva por factores como la desigualdad y la precariedad laboral, la falta de un documento de identidad oficial es un elemento más de exclusión e incrementa el riesgo de reincidencia.

De ahí que, permitiry y fomentar que tengan una credencial para votar no sólo sea cuestión electoral, sino política de Estado, para fortalecer los derechos y disminuir el riesgo de reincidencia delictiva.

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