Consulta el artículo de la Consejera Dania Ravel publicado en El Heraldo de México

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Desde 1996, el entonces Instituto Federal Electoral dejó de ser presidido por el titular de la Secretaría de Gobernación y con ello se terminó de cumplir la demanda ciudadana de tener una autoridad electoral autónoma e independiente, capaz de dar certeza y legalidad a los resultados electorales.

A lo largo de casi tres décadas, la idea de una autoridad electoral autónoma se ha sostenido en resultados como: la alternancia política en condiciones de paz, un padrón electoral confiable, la protección y maximización de los derechos político-electorales de la ciudadanía y una democracia cada vez más inclusiva; resultados que no habrían sido posibles sin un Instituto autónomo.

Sin embargo, la autonomía se ejerce a través del actuar de quienes integran el Instituto, particularmente a través de las decisiones que toman quienes votan en su máximo órgano de dirección. En este sentido, el jurista estadounidense Stephen Breyer señala: “que la independencia es en esencia un estado mental” y aunque coincido con que es una convicción, hay circunstancias que atentan directamente contra la libertad de decidir de las Consejerías Electorales, como el procedimiento de responsabilidad administrativa que se inició en contra de algunas Consejerías por una decisión que adoptamos mayoritariamente en Consejo General para posponer, ante la falta de recursos, algunas actividades del proceso de revocación de mandato que finalmente se llevó a cabo el 10 de abril de 2022.

Los procedimientos de responsabilidad administrativa buscan que las personas servidoras públicas actúen de forma ética en el ejercicio de sus funciones, respetando en todo momento las diversas normas que rigen al Estado, sin que ello signifique que deban utilizarse para ejercer presión o control sobre las personas que integran los diversos órganos de gobierno, particularmente aquellos que gozan de autonomía, en tanto que ello desvirtúa su finalidad y, por el contrario, los convierte en una mordaza que afecta la credibilidad y confianza en las instituciones públicas.

En el caso, la decisión que motivó el inicio del procedimiento de responsabilidad fue revocada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como muchas otras que ha tomado el Instituto a lo largo de su historia, pues esa dinámica forma parte de nuestra regularidad democrática, pero jamás ha ameritado una persecución administrativa por parte del Órgano Interno de Control.

No estamos hablando de un mal uso de recursos públicos, de un actuar nepotista o que reparara algún beneficio a una Consejería, sino de un procedimiento de responsabilidad que deriva de una decisión adoptada por Consejerías Electorales en ejercicio de sus funciones como integrantes del Consejo General, en una sesión que además fue pública. Que las valoraciones jurídicas y técnicas que sustentan el voto de las Consejerías Electorales puedan ser revisadas desde el ámbito de las responsabilidades administrativas es un precedente indeseable para su actuar independiente, que es requisito indispensable para tener una autoridad electoral autónoma.

Defender la autonomía del INE es proteger y garantizar el derecho de la ciudadanía a elecciones libres con resultados confiables; por ello es importante velar por mantener las condiciones que la hacen posible.

Consulta el artículo en El Heraldo de México.

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