Salón del pleno del consejo general del INE, durante la sesión del 15 de julio de 2025

Versión estenográfica de la Sesión Extraordinaria del Consejo General del INE, 15 de julio de 2025

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias a todas y a todos.

Señoras y señores consejeros electorales, iniciamos la Sesión Extraordinaria de este Consejo General convocada para hoy.

Por lo que le pido, Secretaria, verifique la existencia del quorum.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Buenos días, Presidenta.

Como lo indica.

Me permito pasar lista a quien nos acompaña de manera virtual.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Presente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Carla Humphrey.

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Buenos días. Presente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Buenos días. Presente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Presidenta, le informo que contamos con tres personas de manera virtual y el resto de manera presencial, estando la totalidad de los integrantes de este órgano colegiado, por lo cual existe quorum legal para instalar la sesión.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Continúe.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye.

El siguiente asunto se refiere al orden del día.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: A consideración de todos y todas, el presente proyecto de orden del día, por si hay alguna observación.

No habiendo solicitud de intervención, Secretaria, proceda a tomar la votación.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica.

Consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de la lectura de los documentos que contienen los asuntos circulados para entrar directamente a la consideración de los mismos.

Procedo a tomar la votación de quienes nos acompañan de manera virtual.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Carla Humphrey.

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Quienes se encuentran a favor en esta sala.

Gracias.

Consejera Presidenta, le informo que queda aprobado por unanimidad de votos el orden del día, así como la dispensa de la lectura de los documentos previamente circulados.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Presente el primer punto del orden del día de este Consejo General.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica.

El primer punto es el relativo al Informe sobre el ejercicio de Atribuciones Especiales del Consejo General, del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: A consideración de todos y todas.

No existiendo solicitud de intervención, damos por recibido este informe y pasamos al siguiente asunto, Secretaria.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como se indica.

El siguiente punto es el relativo al Informe de seguimiento al Plan Integral y Calendarios de Coordinación. Procesos Electorales Extraordinarios para la elección de diversos cargos de los Poderes Judiciales Locales de las entidades federativas 2024-2025.

Consejera Presidenta, le informo que se recibió versión actualizada por parte de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, asimismo, observaciones de la Consejera Electoral Dania Ravel.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Para la presentación de este informe, si así lo tiene considerado el Consejero Montaño, para la presentación del mismo.

Gracias, consejero.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Presidenta, Muchas gracias. Como siempre, agradecido por sus atenciones y desearles un buen día a todas y a todos, colegas y también a quienes amablemente siempre dan cobertura, me refiero a los medios de comunicación, cobertura de las actividades que realizamos aquí en el Instituto Nacional Electoral.

Y a mis colegas también los saludo con mucho afecto y a quienes están en las plataformas y de manera virtual están con nosotros.

Y bien, intervengo para presentar el informe elaborado por la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, en el que se reportan las actividades consideradas en los calendarios de coordinación para la elección de diversos cargos de los poderes judiciales locales, y esto es con fecha de corte al 7 de julio del año que está corriendo.

En principio, este informe señala que, en forma concurrente con el proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación, se llevó a cabo la elección de mil 800 cargos locales para la renovación total o parcial de magistraturas, juezas y jueces en los poderes judiciales de 19 entidades federativas.

De esta manera, el Plan y Calendario Integral aprobado para estos procesos electorales se conformó con mil 586 actividades programadas, las cuales se han concluido en su totalidad, haciendo la aclaración que mil 381 se ejecutaron dentro del plazo establecido y 205 fuera del mismo, sin que esto haya tenido un impacto negativo en el desarrollo de los subprocesos correspondientes.

De forma general, de las mil 586 actividades concluidas, 589 las realizó el INE, 356 se ejecutaron de forma conjunta entre el INE y los organismos públicos locales, mientras que 436 las realizaron exclusivamente los OPLE.

Respecto de las 205 actividades que concluyeron fuera de plazo, 37 fueron responsabilidad del INE, 46 se ejecutaron de manera conjunta entre el INE y los OPLE y 122 las realizaron los órganos locales.

En este informe se dan a conocer todas las actividades que se llevaron a cabo por los organismos públicos locales respecto de los mecanismos de coordinación que se realizaron para la promoción de la participación ciudadana y para las distintas etapas de los procesos que se llevaron a cabo en cada una de las entidades federativas.

Por ello, es propicia la ocasión para hacer un gran reconocimiento a todos los institutos electorales locales de las 19 entidades federativas que siempre, siempre mostraron disposición al diálogo y a la colaboración institucional, lo que sin duda fue clave en la consecuencia de los objetivos planteados, además de que la colaboración institucional entre autoridades es sin duda un componente esencial de nuestra democracia.

De igual manera, deseo destacar la importancia de los informes que se ponen a nuestra consideración, pues como lo he señalado en ocasiones anteriores, estos instrumentos no sólo dan cuenta de las actividades realizadas, sino que constituyen elementos de diagnóstico para determinar qué actividades o procesos han funcionado o se han desahogado de manera óptima y cuáles han sufrido algún rezago, las causas del mismo y, en su caso, también conocer el impacto o el efecto del mismo para adoptar las medidas conducentes para su corrección o mejora.

En el mismo sentido, y como también lo he mencionado, me parece fundamental que esta autoridad lleve a cabo un proceso exhaustivo y pormenorizado de la normatividad que rigió la organización y desarrollo de los procesos electorales locales para que se adopten las medidas conducentes y se garantice una correcta coordinación. Esto con el objeto de que las entidades que celebrarán sus respectivos comicios para elegir a las personas juzgadoras puedan contar con una planeación más acabada y un entramado legal más robusto, esto para corregir los desafíos y retos, esos que tuvimos que sortear en esta primera elección y elección concurrente.

A grandes rasgos, estos serían los datos más importantes y más relevantes que se presentan en este informe que hoy se pone a nuestra consideración. Y con ello quiero agradecer, como lo he hecho en otras ocasiones, y por supuesto que hoy no puede ser la excepción, porque creo que más que merecido está este reconocimiento a mis colegas, la Consejera Norma Irene De la Cruz, la Consejera Rita Bell López Vences, con quienes hemos integrado esta Comisión Temporal de este proceso inédito, histórico.

Gracias, siempre gracias por su acompañamiento en los trabajos que hemos desempeñado, a ellas y a sus asesoras y asesores que siempre de manera puntual han estado con nosotros en las reuniones de trabajo.

Y por supuesto, claro, al resto de mis colegas por sus aportaciones y observaciones, así como también al personal de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales por la elaboración de este informe, ya que con su apoyo y colaboración institucional ha sido posible el éxito de los trabajos de la Comisión Temporal, una comisión que se creó expresamente para organizar este Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación, un proceso inédito, histórico, un término que le dimos durante todo el tiempo que lo mencionábamos y que nos referíamos a él.

Agradecerles también a todas las Unidades, a todas las Direcciones por ese apoyo.

Por supuesto, Secretaria Ejecutiva, gracias, porque usted y su equipo también nos apoyaron en todo momento, estuvieron muy pendientes de los trabajos.

Las Unidades, las áreas y las asesorías de mis colegas, que aquí se encuentran muchas de ellas presentes, muchas gracias.

Y como siempre, reiterarles que sigamos viviendo la democracia, Presidenta.

¡Vivamos la democracia!

Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Jorge Montaño.

¿Alguna intervención?

No existiendo solicitudes de intervención, damos por recibido el presente informe y pasamos así al siguiente asunto, Secretaria.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye.

El siguiente punto es el relativo al Informe sobre la conformación de la Lista Nominal de Electores producto de Instancias Administrativas y Resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Lista Adicional). Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y Procesos Electorales de los Poderes Judiciales Locales 2024-2025.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Hará uso de la palabra el Consejero Electoral Arturo Castillo, Presidente de la Comisión de Registro Federal de Electores.

Adelante, señor consejero.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Muchas gracias, Presidenta.

Muy buenos días a todas y todos.

El pasado 24 de abril, este Consejo General declaró la validez y definitividad del Padrón Electoral y de la Lista Nominal que serán utilizados en el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación el del pasado 1 de junio.

Sin embargo, los lineamientos que establecen los plazos para la actualización del Padrón Electoral y los cortes para la emisión de productos electorales para estas elecciones permitieron la conformación de una Lista Nominal adicional denominada, Lista Nominal de Electores, producto de instancias administrativas y resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Procesos Electorales Locales 2024-2025.

El informe que hoy se nos presenta da cuenta de la conformación de dicha lista adicional, cuyo corte para generación e impresión fue el 16 de mayo y quedó integrada por dos mil 66 registros, estos son derivados de instancias administrativas; dos mil 48 registros derivan de solicitudes de expedición de credencial para votar; 13 reincorporaciones a la Lista Nominal de Electores y derivadas de resoluciones judiciales; tres registros fueron producto de demandas de juicios para la protección de derechos político-electorales de la ciudadanía y dos registros obtuvieron su credencial para votar por resolución judicial.

Con la presentación de este informe se deja registro de las actuaciones realizadas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para integrar los listados nominales que permitieron desarrollar las pasadas elecciones del 1° de junio relativas al Poder Judicial.

Es cuanto Presidenta. Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Castillo.

¿Alguien desea intervenir?

No habiendo solicitud de intervenciones, damos por recibido este informe y presentamos el siguiente Secretaria a este Consejo.

Secretaría Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye. El último punto es el relativo al Informe sobre la conformación de la lista adicional de la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

Consejera Presidenta, le informo que se recibieron, observaciones por parte de la Consejera Electoral Daniela Ravel, asimismo nota en atención a las observaciones de la Consejera Electoral Daniela Ravel, remitida por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

De nueva cuenta, hará uso de la palabra el Consejero Electoral Arturo Castillo, Presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores.

Adelante, Consejero Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Gracias, Presidenta. De nueva cuenta. El presente informe da cuenta de la conformación de la Lista Nominal de Electores para Voto Anticipado en los procesos electorales extraordinarios para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

Como lo señala el propio informe, la lista definitiva para dicha modalidad de votación quedó integrada por un total de cinco mil 555 registros ciudadanos, cifra que se consideró para elaborar el informe que rindió la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, y que se anexó al acuerdo de validez y definitividad aprobado por este Consejo General mediante el Acuerdo 381 del presente año del 2024 de abril pasado.

Además, el informe da cuenta de la incorporación de 25 registros adicionales a la propia lista definitiva con posterioridad a la declaratoria referida, con lo que dicho instrumento quedó integrado por un total de cinco mil 580 registros.

Al respecto, de acuerdo con lo que se informa, 13 casos correspondieron a precisiones o actualizaciones en los formatos de solicitud de inscripción. Siete casos fueron incorporados en virtud de correcciones relacionadas con los datos de la credencial de las personas solicitantes.

Además, se precisó el nombre o apellido de la persona ciudadana a fin de regularizar su situación registral en el caso de tres registros.

Asimismo, se realizó una incorporación al haberse identificado una notificación inicial duplicada, y por último se adicionó un registro en la entidad de Chihuahua correspondiente a una persona cuyo sobre paquete no fue remitido a la Junta Local Ejecutiva.

Sin embargo, a diferencia de los informes sobre la Lista Nominal de Electores producto de instancias administrativas y resoluciones que se han presentado con anterioridad, como en el punto pasado, el que ahora nos ocupa presenta una problemática particular.

Las adiciones a la lista nominal fueron hechas y notificadas de manera extemporánea, y modificando indebidamente un acuerdo del Consejo General.

Extemporáneas porque el numeral 43 de los lineamientos anexos a la lista nominal definitiva del acuerdo CG50 de 2025, ordena que las notificaciones sobre la procedencia de incorporación a la lista nominal de electores con voto anticipado, se tendría que haber realizado del 9 al 21 de abril de 2025. No obstante, los 25 registros referidos se adicionaron a la lista que este Consejo General ya había declarado válida y definitiva con posterioridad a dicho periodo.

Estas incorporaciones además al haberse realizado sobre la Lista Nominal Definitiva y no como una Lista Adicional, como normalmente se hace, implicaron que un área del Instituto sin atribuciones para ello modificara un acuerdo definitivo del máximo órgano de dirección de este Instituto.

En suma, es posible concluir que los 25 casos mencionados fueron incorporados a la Lista Nominal que fue declarada válida y definitiva por parte del Consejo General el 24 de abril de este año, con posterioridad a dicho acto y sin que ellos se hubieran notificado oportunamente a la Comisión del Registro Federal de Electores en términos del numeral 44 de los lineamientos referidos.

Si bien, se trata de un universo de 25 registros, es decir, relativamente menor, el precedente es grave, pues atenta en contra de la certeza y la confiabilidad de las listas nominales definitivas aprobadas por el Consejo General, instrumento que, como sabemos, constituye una de las columnas de todo ejercicio democrático organizado por este Instituto.

No es la primera vez que el Consejo General tiene que atender situaciones complejas producidas por decisiones de instancias administrativas que contravinieron incluso a los acuerdos del máximo órgano de dirección del Instituto.

Un ejemplo notorio, solo por recordar, fue la indebida notificación supuestamente automática de las bajas a la lista nominal de electores residentes en el extranjero que se hizo sin atender la instrucción de las consejerías de presentar previamente un informe a este Consejo General. Y hoy conocemos un caso adicional en donde las áreas administrativas se fueron literalmente por la libre.

Es por ello que deseo hacer un llamado enfático para que las instancias correspondientes tomen las medidas necesarias para garantizar que estas situaciones no vuelvan a repetirse por ningún motivo en futuros ejercicios.

Una lista definitiva no puede ser vulnerada, o el incumplimiento de instrucciones expresas de quienes integramos este máximo órgano de dirección del Instituto tampoco pueden ser desobedecidas. Esto, sin duda, atenta en contra del principio constitucional de certeza que debe regir la función electoral.

Es por eso que era importante dar este informe y también era importante dar el contexto en el que se da esta adición a la Lista Nominal Definitiva.

Es cuánto. Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Castillo.

Consejera Humphrey.

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidenta.

Buenos días a todas y a todos.

El pasado 1º de junio concluyó lo que sin duda ha sido uno de los retos más ambiciosos que ha enfrentado este Instituto. Como es bien sabido, tuvimos que tomar decisiones trascendentales, construir lineamientos y alcanzar acuerdos que permitieran llevar a buen puerto este histórico proceso electoral.

Permítame destacar algunos antecedentes que contextualizan el punto que deseo resaltar.

El 20 de diciembre de 2024 aprobamos los alineamientos para el uso del Padrón Electoral y las listas nominales de electoras y electores, así como el modelo de operación del voto anticipado para personas con discapacidad y sus cuidadoras primarias.

El 30 de enero de 2025 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó los lineamientos para la conformación de la Lista Nominal de electores con Voto Anticipado.

El 24 de abril de 2025 se declaró como válida y definitiva la Lista Nominal que sería utilizada en las elecciones del 1º de junio.

En dicho acuerdo se determinó que la Lista Nominal del Voto Anticipado Definitiva se integraba por un total de cinco mil 555 registros de ciudadanos, tres mil 558 mujeres y mil 997 hombres. Es a partir de estos datos que quiero destacar una serie de hechos que para mí resultan preocupantes.

El 30 de mayo durante la Décima Sesión Extraordinaria de la Comisión de Registro Federal de Electores se presentó un informe que reportaba la inclusión de 25 registros adicionales que fueron denominados como casos particulares.

Expresé entonces y reitero ahora mi profunda preocupación no sólo por la inclusión de estos nuevos registros, sino por la forma en la que se realizó.

Primero, la DERFE no informó oportunamente sobre esta modificación, incumpliendo lo establecido en el numeral 7 de los Lineamientos, que exige informar a las comisiones correspondientes sobre cualquier caso no prevista; estas comisiones era la del Registro Federal de Electores y la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario.

Estos cambios fueron detectados gracias a los informes de seguimiento al período de votación anticipada que fueron elaborados por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral.

El primer informe, el 13 de mayo ya reportaba cinco mil 579 registros; el del 18 de mayo ya eran cinco mil 580, es decir, estos 25 registros adicionales a los aprobados originalmente.

Ante esta situación se solicitó una adenda explicativa, en ella se detalla que en 13 casos de personas que habían solicitado votar bajo la modalidad de Voto Anticipado cuya determinación les había sido notificada como improcedente; en siete casos se realizó una nueva verificación que derivó en su inclusión; en tres casos se corrigieron datos personales; en un caso no se recibió el paquete electoral, en el caso de Chihuahua; en otro más se confirmó la condición de discapacidad mediante contacto directo.

Estas 25 personas que fueron anexadas a un acuerdo del Consejo General que ya se había aprobado sin ninguna sentencia ni resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, lo cual es absolutamente inusual.

Como en aquella ocasión, quiero dejar algunas de las dudas muy puntuales en estos 25 registros.

Primero, ¿por qué 13 personas tras recibir la notificación de improcedencia informaron que sí estaban impedidas para acudir a su casilla? Es decir, ¿qué fue lo que cambió desde la primera a la segunda revisión?

Segundo, ¿qué errores se cometieron en la primera verificación de situación registrada que motivó una segunda verificación en siete casos?

Tercero, en el caso de Chihuahua, ¿cuál fue la razón por la que no se envió el sobre paquete electoral de seguridad?

Y cuatro, en el caso en que se determinó procedente una persona con discapacidad tras el contacto directo, ¿por qué no se tuvo ese contacto directo desde un inicio?

Lo que quiero destacar de toda esta situación es que pareciera que, en algún momento, por algún motivo, no se hizo bien la primera revisión de situación registral, porque los 25 casos debieron haber sido registrados y revisados cuidadosamente desde un inicio.

Claramente esto es un tema que me parece injustificable, no se puede violentar un acuerdo del Consejo General sin ninguna determinación de resoluciones jurisdiccionales o de instancias administrativas. Como exige la normativa, esto implica que su inclusión fue resultado de decisiones unilaterales, lo cual es inaceptable.

Más preocupante aún es que no es la primera vez que ocurre, recordemos lo sucedido, ya lo dijo el consejero Castillo, con la lista del voto en el extranjero, donde miles de solicitudes fueron primero dictaminadas procedentes, luego rechazadas y nos dijeron que por un correo enviado automáticamente y finalmente nuevamente aprobadas sin ninguna justificación clara, lo que generó dudas y puso en entredicho el trabajo hecho por este instituto.

Durante 35 años, este instituto ha trabajado arduamente para construir instrumentos registrales confiables, el padrón y la lista nominal son fruto del esfuerzo conjunto del funcionariado y representaciones partidistas y constituyen pilares de certeza, objetividad y legalidad en nuestras elecciones.

No podemos permitir errores que más que una eventualidad son producto de displicencia e irresponsabilidad de los funcionarios públicos encargados de este procedimiento. No podemos permitir que estos errores u omisiones comprometan la confianza ciudadana ni podemos retroceder a tiempos de opacidad y desconfianza.

Por ello, hago un enfático llamado, a todas y a todos, a redoblar esfuerzos en la conformación y garantía de nuestros instrumentos registrales, preservando por encima de todo su integridad, su cobertura y precisión.

En ello va la confianza de la ciudadanía.

Es cuanto, Presidenta. Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchas gracias, Consejera Carla Humphrey.

Consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta. Muy buenos días a todos y a todas.

Agradezco, en principio, mucho la presentación de este informe. Siempre es adecuado que se nos den estos insumos para poder hacer valoraciones e ir mejorando la labor que realizamos día con día. Me parece también relevante que demos un contexto de por qué se está presentando este informe.

El 24 de abril pasado aprobamos en el Consejo General el acuerdo mediante el cual se declaró la validez y definitividad del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores que serían utilizados en las elecciones del 1º de junio en el marco de la elección extraordinaria del Poder Judicial Federal, y también de las elecciones extraordinarias de los poderes judiciales locales.

Esta declaratoria no es un mero trámite técnico-administrativo, es en realidad un acto fundacional del proceso democrático. A partir de ese momento ambos instrumentos registrales se vuelven inamovibles, es decir, la ciudadanía inscrita en la Lista Nominal es la única que tiene el derecho de emitir su voto.

No es posible agregar nuevos registros, salvo que exista una sentencia que nos instruya expresamente a que hagamos adiciones, desde luego emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La Lista Nominal de Electores representa mucho más que un listado, es la base sobre la cual se construye la legitimidad de la elección. Cada nombre incluido simboliza una persona que cumplió con los requisitos para ejercer su derecho al voto, que confió sus datos al INE y que espera que su participación sea respetada y refleje fielmente su participación en los resultados.

Su validez y definitividad constituyen un acto de confianza institucional, pero también es responsabilidad democrática. Esta certeza es indispensable para que los comicios sean considerados legítimos. En suma, la Lista Nominal de Electores no es sólo un instrumento técnico, es una herramienta de inclusión, de garantía de derechos y de protección a la voluntad ciudadana. En cada elección su correcta integración y su resguardo son un compromiso con la democracia y con el valor del voto de cada persona.

Dicho esto, el informe que se nos presenta da cuenta de la lista adicional que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores generó a la Lista Nominal de Electores del Voto Anticipado para la elección extraordinaria del Poder Judicial Federal.

Para decirlo con claridad, da cuenta de que, sin que mediara alguna sentencia al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se agregaron a 25 personas más a la Lista Nominal.

Por ello, es muy grave que una vez que este Consejo General aprobó el acuerdo por el que se declaró la validez y definitividad tanto del Padrón Electoral como de la Lista Nominal de Electores para la elección de diversos cargos del Poder Judicial Federal, la DERFE haya decidido de manera unilateral y sin informarlo previamente a las consejerías integrantes de la Comisión del Registro Federal de Electores, ni mucho menos, por supuesto, a otras consejerías que no integramos esa Comisión como la mía, incluir 25 registros a través del listado adicional a la Lista Nominal de Voto Anticipado.

Y si bien el informe que se nos presenta se señala que la inclusión de los registros se reportó en la sesión de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, celebrada el 9 de mayo de 2025, lo primero que hay que decir es que un reporte no es sinónimo de autorización; y, lo segundo es que la inclusión se hizo sin dar una mínima motivación que explicara las razones para ello.

En el tercer informe de avance de la implementación del voto anticipado, en la página 8 únicamente se menciona, “se revisaron nuevamente algunas solicitudes y como resultado se determinó la procedencia”. No se dice por qué se volvieron a revisar nuevamente esas solicitudes y por qué en un principio fueron improcedentes y luego se determinó su procedencia.

No sólo la decisión de incorporar más personas a la Lista Nominal de Electores del Voto Anticipado debió ser autorizada por el Consejo General, sino incluso la determinación de volver a revisar solicitudes.

En el informe se reporta que respecto a las incorporaciones se consideraron para su valoración nuevos elementos proporcionados por las juntas locales ejecutivas, como fotocopia de la credencial para votar de la persona cuidadora primaria, la actualización del formato en el que el ciudadano manifestó que sí se encontraba impedido o se le dificultaba acudir a votar el día de la jornada electoral a la casilla que le correspondía. Sin embargo, el numeral 19 de los lineamientos de conformación de la Lista Nominal De Electores del Voto Anticipado para la elección del Poder Judicial Federal, establece todo el procedimiento de las visitas que realizan las personas designadas de las juntas distritales ejecutivas a la ciudadanía que estaba interesada en volver, en votar a través del voto anticipado.

En particular, el inciso g) del numeral 19 señala que las juntas distritales ejecutivas revisarán que los formatos cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos. En caso de no cumplirlos, el personal designado realizará una segunda visita al domicilio de la ciudadanía con la intención de subsanar la información y documentación, es decir, que previmos un procedimiento de verificación y éste se debió llevar a cabo a más tardar el 9 de marzo de 2025.

La alteración del acuerdo mediante el cual se declaró la validez y definitividad del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores violentó el principio de definitividad y generó incertidumbre jurídica, debido a que una vez que declaramos la validez y definitividad del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores sin sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores determinó incluir a 25 personas ciudadanas a través de una adenda a la Lista Nominal de Electores del Voto Anticipado cuando el proceso de conformación de dicha lista ya había concluido.

La importancia del principio de definitividad es tal que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha señalado, por ejemplo, en la sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-899-2024, cito: “que los actos emitidos y llevados a cabo por las autoridades electorales correspondientes con motivo del desarrollo de un procedimiento electoral, adquieren definitividad y firmeza a la conclusión de cada una de las etapas en que esos actos se emiten, sin posibilidad de que puedan retrotraerse a dichas fases, lo cual se prevé con la finalidad esencial de otorgar certeza en el procedimiento electoral y seguridad jurídica a los sujetos de derecho que participan en esa elección”.

Por todo lo anterior, me parece indispensable que se realicen las investigaciones correspondientes para que se deslinden responsabilidades sobre este tema.

No se observaron procedimientos expresos que habíamos aprobado, se alteró una determinación del Consejo General, se actuó sin autorización y con esto se generó incertidumbre jurídica y se inobservó el principio de definitividad.

Es cuanto, Presidenta. Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei ZavalaGracias, Consejera Ravel.

¿Alguien más desea intervenir?

No habiendo más solicitud de intervenciones y habiéndose agotado los asuntos del orden del día, señoras y señores consejeros electorales, agradezco a todos ustedes su presencia.

Buenos días aún.

Se levanta la sesión.

Y estaremos en un momento más en la siguiente, en lo que acomodan aquí.

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