Versión estenográfica de la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo General del INE, 8 de mayo de 2025

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muy buenas tardes a todas y a todos, señores y señoras consejeras electorales. 

Iniciamos la Sesión Extraordinaria del Consejo General, convocada para el día de hoy.

Le doy la bienvenida también a las representaciones de los partidos políticos y del Poder Legislativo, a esta sesión, por lo que le solicito a la Secretaria, verificar la existencia de quorum.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica, Presidenta. 

Tomaré lista, quienes nos acompañan de manera virtual. 

Consejera Norma Irene De la Cruz.

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: Presente. Buenas tardes. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero Uuc-kib Espadas, ¿nos escucha?

Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Buenas tardes. Jorge Montaño, presente. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Presente. Muy buenas tardes a todas y todos. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Senadora Verónica Rodríguez Hernández. 

Consejera del Poder Legislativo del PAN, Verónica Rodríguez Hernández: Presente. Buenas tardes. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Diputada Marcela Guerra Castillo.

Consejera del Poder Legislativo del PRI, Marcela Guerra Castillo: Buenas tardes. Presente. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo. 

Consejero del Poder Legislativo de Morena, Ernesto Alejandro Prieto Gallardo: Muy buenas tardes. Presente, Ernesto Prieto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Diputado Emilio Suárez Licona. 

Diputado Emilio Suárez Licona, ¿nos escucha?

Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, que tiene el problema con su audio, pero nos escribe por el chat.

Consejera Presidenta, le informo que hay una asistencia de 31 personas, nueve de ellas de manera virtual y 12 de manera presencial, por lo cual hay quorum legal para sesionar. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

Continúe.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica, Consejera Presidenta. 

El siguiente asunto se refiere al orden del día.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: A consideración de todos ustedes, la propuesta de orden del día.

No existiendo intervenciones, Secretaria, sométalo a la votación correspondiente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye.

Consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de la lectura de los documentos que contienen los asuntos circulados para entrar directamente a la consideración de los mismos.

Procedo a tomar la votación de quienes nos acompañan de manera virtual.

Consejera Norma Irene De la Cruz.

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Jorge Montaño, a favor.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias. 

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Quienes se encuentren a favor, de manera presencial.

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que ha sido aprobado el orden del día y la dispensa de los documentos previamente circulados, así como su lectura previa, por unanimidad de los presentes.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

Presente el primer punto del orden del día. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye.

El primer punto es el relativo a los Proyectos de Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de las Agrupaciones Políticas Nacionales denominadas “Que Siga la Democracia” y “Pueblo Republicano Colosista”, que se compone de dos apartados. 

Consejera Presidenta, le informo que se recibió adenda por parte de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos relativa al apartado 1.2. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

En esta presentación de Proyecto hará uso de la palabra la Consejera Dania Ravel, Presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos.

Adelante, consejera. 

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta. 

Haré la presentación conjunta de los dos puntos en los que se desagrega este punto 1. Se trata de dos proyectos de resolución respecto de la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de las Agrupaciones Políticas Nacionales denominadas “Que siga la democracia” y “Pueblo republicano colosista”, cuyos anteproyectos fueron aprobados en la sesión de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos el pasado 29 de abril.

Respecto al punto 1.1, las modificaciones realizadas por la APN “Que siga la democracia” tuvieron como objeto dar cumplimiento a lo previsto en el punto segundo de la resolución INCG-288-2023, donde se le ordenó realizar ajustes, a más tardar el 31 de agosto de 2023, aunado a ello realiza ajustes en ejercicio de su libertad de autoorganización. 

Por lo que hace al elemento temporal, la agrupación política nacional cumple, ya que las primeras modificaciones las aprobó su Asamblea Nacional el 18 de agosto de 2023. En el proyecto se da cuenta también de otras modificaciones realizadas por la APN el 5 de junio y 8 de noviembre de 2024, con el objeto de atender observaciones realizadas por la Unidad Técnica de Igualdad de Género y no Discriminación y la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.

Y, finalmente, el 25 de enero de 2025 su Asamblea Nacional aprobó las versiones finales de las modificaciones a los documentos básicos que se ponen a consideración. 

La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos verificó que el procedimiento mediante el cual fueron aprobadas las modificaciones se apegara a lo previsto en la normativa interna de la APN y que el contenido de éstas fuera constitucional y legalmente válido. 

Para el análisis de las modificaciones realizadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, se apoyó de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, quien dictaminó que cumplía con lo previsto en los lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales prevengan, atiendan, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, que también son aplicables para las agrupaciones políticas nacionales. 

En términos generales, el análisis de las modificaciones se divide en tres apartados: cambio de redacción, cumplimiento del punto segundo de la resolución INE/CG288/2023, que comprende tres: uso de lenguaje incluyente, instructivo y lineamientos en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, y adecuaciones en ejercicio de su libertad de autoorganización. 

Por lo que hace a los cambios de redacción, son ajustes de corrección de estilo y de sintaxis que no modifican el sentido de la normativa; no obstante, se determine la improcedencia en dos casos, uno respecto del cambio del vocablo acuerdo de participación por convenio de participación y el otro del término Comité Ejecutivo Nacional por Consejo Ejecutivo Nacional. 

La improcedencia del primero de ellos obedece a que la Ley General de Partidos Políticos hace referencia a acuerdos de participación y no a convenios; y el segundo, debido a que el órgano reconocido en la normativa, con facultades de representación y dirección nacional es el Comité Ejecutivo Nacional y no así el referido consejo. 

Por lo que hace a las modificaciones en cumplimiento al punto segundo de la resolución INE/CG288/2023, la APN realiza modificaciones para incluir el uso de lenguaje incluyente, ajustes a su declaración de principios, programa de acción y estatutos para dar cumplimiento a lo previsto en el instructivo, para la obtención del registro como APN, y en materia de violencia política, a fin de atender lo dispuesto en los lineamientos de la materia. 

Por lo que hace a estas últimas modificaciones, con los ajustes, la APN previó un marco de actuación para atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres al interior de ésta. 

Por lo que hace a las modificaciones realizadas en ejercicio de su libertad de autoorganización, realiza modificaciones a sus tres documentos básicos. En cuanto a los cambios estatutarios, destaca el cambio del emblema del APN, la reconfiguración de facultades de sus órganos de gobierno, cambios a los requisitos y duración de miembros del órgano de justicia, y en cuanto a las formalidades para celebrar sesiones de órganos del APN, entre otros. 

No obstante, se considera improcedente la modificación realizada respecto a eliminar la obligación de la Secretaría de Honor y Justicia, de fundar y motivar sus resoluciones. Lo anterior, ya que el instructivo prevé como obligación del APN, el fundar y motivar las resoluciones correspondientes a los procedimientos disciplinarios. 

Con relación al punto 1.2, las modificaciones de la Agrupación Política Nacional Pueblo Republicano Colosista, fueron aprobadas en dos momentos por su Asamblea Nacional; primero, el 30 de diciembre de 2023; y luego, el 30 de noviembre de 2024. 

Dichas modificaciones se hicieron en cumplimiento a lo ordenado por este Consejo General, en el punto segundo de la resolución INE/CG154/2020, donde se le vinculó a modificar a la brevedad, su documento básico en cumplimiento al decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, y para incluir en su normativa lenguaje incluyente. 

Y, posteriormente, derivado de las observaciones realizadas por la Unidad de Igualdad de Género y No Discriminación de este Instituto, en relación al cumplimiento a los lineamientos para que los partidos políticos y, en su caso, los partidos locales, prevengan, atiendan, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género. 

Al igual que en el caso anterior, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, corroboró que el procedimiento de modificación se realizara conforme a la normativa interna del APN y que las modificaciones fueran constitucional y legalmente válidas.

Y para el análisis de las modificaciones en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, contó con el apoyo de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, quien determinó que el APN cumple totalmente con las disposiciones en la materia. 

El análisis de las modificaciones se divide en tres apartados: cambios de redacción, cumplimiento del punto segundo de la resolución 154/2020, que comprende dos temas: uso de lenguaje incluyente y adecuaciones normativas en materia de violencia política y aquellas que se refieren a su libertad de autoorganización.

De lo que se destaca, que los cambios de redacción no modifican el sentido a la normativa, por cuanto hace el cumplimiento a lo ordenado en la resolución INE/CG154/2020.

Se termina el cumplimiento, en tanto que el APN realiza adecuaciones a fin de utilizar un lenguaje incluyente en sus documentos básicos y establecen en su normativa un marco específico en materia de violencia política. 

Como ejemplo se prevé lo que debe entenderse por violencia política contra las mujeres en razón de género, quiénes pueden ejercerla, lo relativo a la capacidad en la materia, los órganos competentes para asesorar, orientar y acompañar a las víctimas, los derechos de las víctimas, el procedimiento aplicable y órgano competente para impartir justicia en estos casos.

Respecto a las modificaciones ejercicio es su libertad de autoorganización, la realiza en su declaración de principios y estatutos, destacan ajustes en su ideología política y el cambio de su emblema, además regula la suplencia la Presidencia del Consejo Político Nacional que recaen la Secretaría General de la Comisión Nacional Operativa, realiza cambios en la denominación de comisiones, elimina dos comisiones y crea dos más. 

En materia de reelección se incluye la posibilidad de ocupar el cargo nuevamente en la comisión nacional, estatal, distrital y municipal siempre y cuando se deje pasar al menos un periodo entre otras modificaciones. 

No obstante, se determina la improcedencia de dos modificaciones contenidas en los artículos 87, apartado E y 90 apartado D de los Estatutos; la primera de ellas únicamente por lo que hace considerar reservada aquella información relativa a los acuerdos que dicta la agrupación, en tanto que es contraria a lo estipulado a la normativa en materia de transparencia acceso a la información pública, que dispone que las APN deben poner a disposición de la ciudadanía y actualizar diversa información pública como son los acuerdos y resoluciones de los órganos una vez que hayan causado estado. 

La segunda verso sobre la nueva atribución de la Comisión de Seguridad Pública relativa contribuir con los tres órdenes de gobierno en el combate a la inseguridad, la cual se considera improcedente ya que no es acorde a la naturaleza jurídica de las APN y dicha facultad corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. 

Finalmente quiero señalar que los proyectos examinan cada una de las modificaciones realizadas por las agrupaciones políticas nacionales a sus documentos básicos, concluyendo que las mismas son procedentes dado que se alinean con los principios democráticos establecidos en la normativa electoral, con excepción en cada caso las modificaciones anteriormente. 

De esta forma se da cumplimiento al procedimiento de revisión establecido para tal fin y se asegura que la normativa de las agrupaciones políticas nacionales se apegue a la normativa constitucional y legal vigente.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Dania Ravel.

¿Alguien desea intervenir? 

No habiendo solicitudes de intervención, Secretaria, habiendo sido presentados los dos subpuntos de este punto, póngalos a consideración de la misma manera, es decir, al mismo tiempo. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica Presidenta.

Consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueban los proyectos de resolución identificados como punto 1, apartados 1.1 y 1.2 con la adenda de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos relativa al apartado 1.2.

Procedo a tomar la votación de quienes nos acompañan de manera virtual.

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: A favor, Jorge Montaño.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor. 

Gracias.

Quienes se encuentran a favor en esta sala.

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que ha sido aprobado el acuerdo mencionado por unanimidad de los presentes. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

¿Presente a este Consejo el siguiente asunto? 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye. 

El siguiente punto es el relativo a los proyectos de resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto a las diversas quejas por hechos que se consideran constituyen infracciones a la ley en la materia, que se compone de 74 apartados. 

Consejera Presidenta, le informo que se recibieron fe de erratas por parte de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral relativas a los apartados 2.3 y 2.19. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

Para la presentación de este proyecto de acuerdo, proyecto de resolución, hará uso de la palabra la Consejera Rita Bell López Vences, Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

Adelante, consejera. 

Consejera del INE, Rita Bell López Vences: Muchas gracias, Presidenta. Muy buenas tardes a todas y todos.

En esta ocasión doy cuenta de los proyectos de resolución aprobados por la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 28 de abril relacionados con procedimientos ordinarios sancionadores que se someten hoy a la consideración de este Consejo General. 

En total se presentan 74 proyectos, la mayoría relacionados con presuntas afiliaciones indebidas, de conformidad con los precedentes del propio Consejo General y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

Se propone sancionar aquellos casos en los que los partidos políticos no lograron acreditar el consentimiento de las personas afiliadas. 

En concreto, en materia de afiliación indebida, se proponen las siguientes determinaciones: Sancionar a cinco partidos políticos por la afiliación indebida de 157 personas al no presentar documentación que acreditara el consentimiento libre de las personas afectadas. 

Se acreditó la afiliación de vida de 372 personas, toda vez que los partidos denunciados demostraron haber cumplido con los requisitos legales aplicables. 

En cuatro proyectos se propone el sobreseimiento derivado de la pérdida de registro del PRD como partido político nacional, lo que involucra a 44 personas denunciantes y además se presentaron ocho casos adicionales de sobreseimiento por otras causas. 

Por otro lado, se incluyen seis proyectos no relacionados con afiliaciones indebidas, cuyas propuestas resumo a continuación: 

En el punto 2.69 se propone sancionar a una persona física por no responder a un requerimiento de información de la Unidad Técnica de Fiscalización, a pesar de haber sido notificada. 

En los puntos 2.70 y 2.71 se analiza la presunta inclusión no consentida de 16 personas en el listado de promoventes de la revocación de mandato 2022, en 14 casos se comprobó la validez del apoyo, en los dos restantes se propone sancionar por no acreditarse la autenticidad de las firmas. 

Asimismo, en el punto 2.72 se propone sancionar a cuatro proveedores por no colocar identificadores únicos en espectaculares como propaganda electoral en Hidalgo durante el proceso 2021. 

En el punto 2.73, derivado de una vista del Consejo General, se propone sancionar a un partido político por incumplir con la modificación de sus Documentos Básicos. 

Y en el punto 2.74 se acredita la omisión de diversos proveedores de responder requerimientos de la Unidad Técnica de Fiscalización, por lo que también se propone la sanción. 

Como parte de este trabajo colectivo, reconozco el compromiso de quienes integran la Comisión de Quejas y Denuncias, así como las aportaciones de las demás consejerías de este Consejo General, que sin duda alguna enriquecieron el análisis de los proyectos que el día de hoy se presentan. 

También destaco el trabajo del equipo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral encabezado por el Maestro Hugo Patlán, por su contribución técnica y el respaldo sólido en la integración de los expedientes que hoy se están presentando. 

Por último, y conforme a los desistimientos presentados en los expedientes listados en los puntos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.19 y 2.57, se solicita la escisión de los procedimientos respecto de 14 personas que presentaron escritos en este sentido, con el fin de que se excluyan de la votación y se continúe con la sustanciación correspondiente de forma separada.

Es cuanto, Presidenta. 

Muchas gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchas gracias, Consejera Rita Bell López Vences.

Se pone a su consideración una ronda en lo general, si es que hay reserva de puntos. 

¿No? ¿En lo general?

O. K. 

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidenta. 

Buenas tardes a todas y todos. 

Aprovecho esta ronda en lo general, primero para señalar que estoy de acuerdo con los proyectos que se someten a nuestra consideración como lo hice y lo voté en la Comisión de Quejas.

Sin embargo, solo me gustaría apartar para su votación porque no coincido con la propuesta que ha sido formulada desde la Comisión que pasó a Consejo por ser votada por mayoría, del asunto listado en el 2.69, que se refiere al expediente 16 del 2022, por lo que pediría amablemente, que se pudiera poner a votación de forma separada en caso de ser una votación general de los asuntos, Presidenta. 

Y, en este caso, pues ya no referiré las razones porque, en términos reglamentarios he solicitado que el voto particular que se presentó en la Comisión, pues pudieran ser subido también a este Consejo General, para que se pudieran analizar los argumentos que se tienen al respecto. 

En síntesis, pues a mí me parece que, al momento de haber ido a notificar el requerimiento, quien estaba obligado, quien fue a notificar, no se percató y no generó una diligencia diferente, no se aseguró porque es la palabra, de que ahí se constituyera el domicilio de la persona buscada, toda vez que tenemos constancia que, de acuerdo con las constancias que se levantaron, pues la casa se encontraba vacía en ese documento. 

Fue, después se procedió a notificar, pero eso fue el requerimiento de la UTF, cuando nosotros llega acá el expediente por el incumplimiento a los requerimientos, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, pues hizo una búsqueda para dar con el domicilio de la persona buscada.

Me parece que ése es un ejercicio que debe de hacerse para las comunicaciones que tenemos presentes en el tiempo, en los momentos de fiscalización. 

Aquí lo encontramos y lo que consta es que es un domicilio diferente, así que, si bien coincido en que hay algunos términos reglamentarios que se hicieron, pues lo que no hizo la persona que practicó la primera diligencia es asegurarse de que ahí viviera la persona, toda vez que se le dijo que estaba vacía en esos domicilios y, aun así, pues ya eso fue suficiente. 

Para mí esa ausencia, pues quiere decir que no se enteró la persona y ahora imputarle una responsabilidad a pesar de que no se hayan enterado, me parece que es incorrecto. 

Pero, ahí estás las razones desglosadas con las constancias precisadas y por lo tanto yo pediría una votación separada.

Gracias, Presidenta y colegas. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Zavala. 

Diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, Consejero del Poder Legislativo de Movimiento Ciudadano.

Consejero del Poder Legislativo del PMC, Diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez: Muchas gracias, Presidenta.

Sobre el punto 2.73 del orden del día.

La Representación de Movimiento Ciudadano hizo llegar un escrito a la Secretaría para mejor proveer el Proyecto de Acuerdo que se pone a nuestra consideración, sobre todo porque nosotros creemos que se hace una equiparación en ese proyecto de acuerdo, se hace un símil con otro partido político con un proceso que, con otro instituto político, con una situación que para nosotros fue muy distinta, con una omisión total cuando en el caso de Movimiento Ciudadano ha habido un cumplimiento parcial de una obligación. 

Para nosotros el SUP-RAP-8/2025 que derivó del incumplimiento total de ese instituto político, en ese SUP-RAP-8/2025, la Sala Superior dijo, y cito, que: 

“Se debió tomar en cuenta que durante la sustanciación del procedimiento sancionador el apelante reconoció su conducta y notificó que ya había dado cumplimiento a las obligaciones por las que se actualizaba la infracción”. 

Como se desprende directamente de esta cita, la Sala Superior expresamente señaló que el INE debió tomar en consideración la notificación de cumplimiento durante la sustanciación del Procedimiento Ordinario Sancionador. 

Entonces, cómo es que este Consejo General puede tomar en consideración que Movimiento Ciudadano cumplió o no sus obligaciones durante la sustanciación del procedimiento, si de hecho no se ha pronunciado de fondo, que este mismo Consejo General respecto de las adecuaciones realizadas en febrero de este año. 

Lo anterior para nosotros es todavía más grave si se advierte que en el proyecto se declara sistemáticamente que Movimiento Ciudadano continúa sin cumplir, para nosotros eso es todavía más grave porque es un pronunciamiento anticipado respecto del acuerdo del Consejo General que resolverá respecto de los cambios que presentamos en febrero de este año y eso estaría desatendiendo la obligación de tomar en consideración si durante la sustanciación del procedimiento ordinario sancionador se dio cumplimiento o no con las obligaciones por las que se actualizaba la infracción al instituto político a la que hace referencia el SUP-RAP-8-2025. 

Es cuanto, por mi parte, Presidenta, y agradezco el uso de la palabra. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Diputado.

Consejera Carla Humphrey. 

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidenta. Buenas tardes a todas y a todos.

Yo también me quiero referir al punto 2.73, y en este asunto que se nos presenta se considera una sanción para el Partido Político Movimiento Ciudadano por incumplir con el mandato de modificar sus documentos básicos conforme a la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, ni aquellas que garanticen los criterios mínimos en materia de paridad sustantiva para la postulación de candidaturas. 

Esa reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2020, es decir, llevamos más de cinco años, un mes con esta reforma. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos dio vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral con la resolución 452 de 2023 para que determinara lo que en derecho correspondiera respecto de un posible incumplimiento a las obligaciones de ese partido político de adecuar sus documentos básicos en cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo 517 de 2020, así como a otras dos resoluciones de este Consejo General, es decir, no es la primera vez que nos vemos con este tema en el Consejo General, la 155 de 2020 y la 1691 de 2021 en relación con este decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Asimismo, el 11 de enero de 2024, este Consejo General aprobó la resolución 5 de 2024, en cuyo resolutivo cuarto requirió a Movimiento Ciudadano para que, en un plazo de 15 días hábiles, una vez concluido el Proceso Electoral Federal 2023-2024, realizara las modificaciones a sus documentos básicos. 

Hoy nos encontramos frente a las conclusiones de la Unidad frente al posible incumplimiento por parte del referido partido político, en donde, después de, reitero, más de cinco años de publicado este decreto de reforma, no se ha cumplido con el referido mandato. No, no se ha cumplido, seguimos en lo mismo y por eso ahora se propone una sanción.

Con base en las argumentaciones vertidas en el Proyecto que se sustentan en la defensa del partido político, como en los dictámenes realizados tanto por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, como en la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, se llega a la conclusión de que el partido político incumplió con las obligaciones de adecuar sus documentos básicos. 

Las mujeres de Movimiento Ciudadano deben tener la garantía de que tendrán las condiciones necesarias, así como los mecanismos de no repetición y reparación de los posibles daños que pudieran llegar a tener, son a ellas a quienes realmente se les está violentando sus derechos cinco años después de no haber hecho las modificaciones a los Documentos Básicos. 

Frente a otras candidatas de otros partidos políticos que tienen un marco legal interno, las candidatas y las militantes de Movimiento Ciudadano tienen una protección y un marco legal menos fuerte y que no les garantiza sus derechos como lo prevé la reforma; son ellas, las militantes y las posibles candidatas de Movimiento Ciudadano quienes realmente están siendo o están, sí, están viviendo violentadas de sus derechos políticos y electorales. 

Cinco años después de una reforma, me parece de verdad que no hay argumentos que sustenten que están ni en vías de cumplimiento ni que está en la Sala Superior una determinación que pudiera cambiar esta determinación por la cual se sanciona en este momento o que yo acompaño a Movimiento Ciudadano. 

Hay que decirlo con todas sus letras, de todos los partidos políticos, y cuento todavía al Partido de la Revolución Democrática, los seis modificaron no con la rapidez, habrá que decirlo también, con la que lo deberían de haber hecho, habremos de decirlo así también, pero modificaron ya sus Documentos Básicos. 

Y hay que decirlo con todas sus palabras: Movimiento Ciudadano sigue sin cumplir. 

No omito mencionar que el mes pasado se determinó dictaminar por parte de las áreas del Instituto las últimas modificaciones presentadas por el partido político y la determinación fue que siguen sin cumplir con los cambios necesarios para estar de acuerdo con el marco normativo por el que ahora se previene, atiende, sanciona y erradica la violencia política contra las mujeres en razón de género. 

Por lo que este Consejo General seguirá conociendo de este tipo de procedimientos ante las resistencias reiteradas a cumplir con la reforma mencionada. 

Así que el llamado es para que esto ya no ocurra más y para que se garanticen los derechos de las militantes y candidatas, precandidatas también de ese partido político. 

Es un derecho que tienen y que se les está violentando, puesto que no tener estos cambios es una forma de violencia política contra ellas.

En ese sentido, le hago un atento exhorto al partido político para que, por fin, cumpla ya con esta actividad y modifique los estatutos de acuerdo a las determinaciones también que les ha hecho llegar tanto la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, como la Unidad de Igualdad de Género y No Discriminación y, por lo tanto, anuncio mi voto a favor de este proyecto. 

Gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Humphrey. 

Consejera Dania Ravel. 

Consejera del INE, Dania Paola Ravel CuevasGracias, Presidenta. 

Yo también me quiero referir al punto 2.73. 

Este proyecto de resolución, más allá de lo técnico y procesal, toca el núcleo de nuestra responsabilidad como autoridad electoral y como garantes de los derechos político-electorales de las mujeres. 

El proyecto que se somete a nuestra consideración no gira en torno a un tecnicismo menor o a una omisión aislada, se trata de la resistencia, reiterada y sistemática, de un partido político nacional, Movimiento Ciudadano, para cumplir una obligación fundamental, modificar sus documentos básicos para garantizar mecanismos eficaces para atender la violencia política contra las mujeres en razón de género, al interior del partido, y asegurar criterios de paridad sustantiva en la postulación de candidaturas. 

La obligación que hoy analizamos no es nueva ni discrecional, deriva directamente, de una reforma legal que fue publicada, como ya lo decía la Consejera Humphrey, desde el 13 de abril de 2020, que implicó un parteaguas en el sistema jurídico mexicano, al establecer de manera expresa, la prohibición, prevención, sanción y erradicación de cualquier forma de violencia política que limite, restrinja o anule los derechos de las mujeres en el ámbito público. 

Esta reforma incorporó definiciones específicas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la Ley General de Partidos Políticos, y en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, obligando a todas las autoridades y a los partidos políticos, a transformar sus normas, estructuras y prácticas internas, para garantizar estos principios. 

Se trata, en consecuencia, de un mandato que responde no solo a una exigencia normativa, sino también al reconocimiento histórico de que las mujeres han enfrentado y enfrentan barreras estructurales, simbólicas y reales, para ejercer sus derechos político-electorales, en condiciones de igualdad. 

La reforma de 2020 marcó un compromiso de estado con una democracia libre de violencia hacia las mujeres y no puede ser vista como una disposición administrativa más, su cumplimiento por parte de los partidos políticos es indispensable para que puedan seguir funcionando como entidades de interés público, comprometidas con la legalidad, la igualdad y la representación sustantiva.

Desde 2020, el INE mediante diversas resoluciones y acuerdos, ha requerido a los partidos políticos nacionales incluido, por supuesto, Movimiento Ciudadano, que adecuaran sus documentos básicos en cumplimiento del decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y del principio de paridad sustantiva.

Y solo para recordar el largo camino que hemos recorrido en este tema, basta decir que en el acuerdo 155/2020 de junio 2020, se requirió expresamente a Movimiento Ciudadano realizar adecuaciones a la brevedad para cumplir con el decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, adicionalmente ese mismo año cuando emitimos los Lineamientos para prevenir, atender, reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres al interior de los partidos políticos, también se reiteró el requerimiento con posterioridad en los acuerdos 204/2022, 452/2023 y 5/2024 y es fecha que todavía el partido político no hace estas modificaciones a favor de las mujeres del propio partido. 

Pese a múltiples prórrogas, requerimientos y acompañamiento institucional, Movimiento Ciudadano ha sido omiso en realizar adecuaciones sustantivas y completas. 

Se identifican al menos tres ciclos de incumplimiento; primero un incumplimiento inicial, al no realizar adecuaciones conforme a los acuerdos 155/2020 y 517/2020, una serie de incumplimientos parciales identificados en 2022 y 2023 señalados por Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, donde los textos presentados por Movimiento Ciudadanos no garantizaron la implementación efectiva de mecanismos contra la violencia política contra las mujeres en razón de género, ni aseguraron la paridad sustantiva en las postulaciones, particularmente gubernaturas y una omisión ante requerimientos específicos como el del 26 de octubre de 2023 en el que Movimiento Ciudadano no respondió observaciones puntuales de fondo.

Sin embargo, los dictámenes técnicos emitidos por Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación han sido claros y contundentes, Movimiento Ciudadano ha incumplido sistemáticamente las exigencias legales en materia de igualdad de género, sus estatutos no garantizan plenamente los principios mínimos requeridos en materia de violencia política, ni aseguran la paridad sustantiva en la selección de candidaturas.

Ya no basta con que los partidos políticos hablen de igualdad, no basta con usar la paridad como estandarte de campaña, la igualdad sustantiva y la erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género no pueden seguir siendo lema solamente, tienen que ser acciones institucionales reflejadas en sus normas internas, en su operación cotidiana, en su estructura y su cultura política. 

El mensaje que estaríamos enviando si toleramos este tipo de omisiones es que la igualdad puede ser postergada, que garantizar entornos libres de violencia no es indispensable, que los compromisos pueden evadirse, que las reglas son sugerencias y eso es inaceptable. 

Ya se otorgaron plazos, ya se otorgaron prórrogas, ya hubo acompañamiento institucional, y aun así el incumplimiento persiste.

Esta resolución, más que una sanción, es un llamado enérgico a la responsabilidad democrática, porque los derechos de las mujeres a participar en política, a hacerlo en condiciones libres de violencia y a acceder a cargos de elección popular en igualdad de circunstancias no son negociables, no son optativos y no son diferibles. 

Quiero también hacer mención, porque se ha mencionado también aquí, el antecedente que tenemos del PRI, en donde también hubo una sanción a este partido político, porque hizo una modificación parcial de sus documentos básicos. Únicamente había modificado sus estatutos, es decir, ni siquiera teníamos el incumplimiento al grado que está presentando Movimiento Ciudadano. Y aun así se le sancionó, y se le sancionó con una sanción muy similar, sino es que idéntica a la que se está proponiendo ahora en este proyecto.

Honestamente, cuando lo revisé, como me parece mayor gravedad el caso que estamos viendo ahora, pensé que se había quedado corta la multa, pero efectivamente hubo una impugnación y la Sala Superior lo que dijo es que se tenía que hacer una reindividualización de la sanción considerando el hecho de que para cuando resolvimos nosotros el procedimiento ordinario sancionador, el partido político ya había cumplido por completo, ya había hecho todas las modificaciones a sus documentos. Ese no es el caso que estamos viendo ahora en este momento. Por lo tanto, yo por supuesto acompaño la propuesta que se nos está haciendo.

Gracias, Presidenta. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Ravel. 

Maestro Juan Manuel Ramírez Velasco, representante del Partido Político Movimiento Ciudadano.

Representante de PMC, Juan Manuel Ramírez Velasco: Muchas gracias, Consejera Presidenta. Buenas tardes, consejeras, consejeros, representantes. 

Reiterar lo que ya manifestó el diputado Juan Zavala en esta primera ronda en lo general.

Nosotros, Movimiento Ciudadano, no compartimos el sentido de este Proyecto de Resolución por principalmente las siguientes razones: Primero, se imputa una conducta, que es el incumplimiento absoluto de Movimiento Ciudadano, que ya ha sido reconocida como cumplimiento parcial por parte del propio INE. 

Se propone una sanción sin que el procedimiento de verificación de Movimiento Ciudadano haya concluido, es decir, estamos todavía en la etapa en la que se está revisando las adecuaciones que Movimiento Ciudadano sí ha realizado anteriormente y sigue realizando a sus Documentos Básicos. 

Tampoco estamos de acuerdo, porque se desvirtúan pruebas y manifestaciones de defensa que ha realizado Movimiento Ciudadano a lo largo de todo este proceso. 

Tampoco estamos de acuerdo, poque se hace un uso inexacto de antecedentes jurisprudenciales, como es el asunto que ya se mencionó del Partido Revolucionario Institucional. 

Y, por último, porque la sanción propuesta no guarda proporción con la supuesta conducta infractora ni se sustenta en afectaciones concretas o comprobables al sistema democrático. 

Consideramos que el proyecto tiene una inconsistencia en la determinación del objeto del procedimiento sancionador. En varias partes el proyecto incurre en contradicción respecto al objeto del procedimiento. 

Primero, se afirma que el objetivo del procedimiento es determinar si Movimiento Ciudadano adecuó sus Documentos Básicos en tiempo y en forma, y en diversas partes del proyecto se analiza también el fondo del cumplimiento, es decir, si el contenido de las adecuaciones satisface los lineamientos en materia de paridad sustantiva y de violencia política de género; esto es más bien materia del procedimiento de revisión distinto que se encuentra en sustanciación ante la propia DEPPP. 

También consideramos que es improcedente la sanción, porque las modificaciones fueron realizadas en tiempo y en forma. Como se ha mencionado, si bien se realizó la reforma en 2020, la primera reforma, porque fueron dos, fue hasta el 31 de octubre de 2020, en el INE/CG583/2022, donde el INE ordenó a los partidos políticos nacionales adecuar sus Documentos Básicos… Perdón, el 20 de julio de 2020 ordenó adecuar sus Documentos Básicos para ese mismo año. 

La primera adecuación Movimiento Ciudadano la realizó el 5 de diciembre de 2022, en materia de paridad y violencia política contra las mujeres en razón de género.

En la resolución INE/CG452 de 2023 se consideraron, fueron calificadas como válidas estas adecuaciones y se manifestó que había un cumplimiento parcial. 

Posteriormente, el 6 de septiembre de 2023 Movimiento Ciudadano realizó nuevamente modificaciones a sus Documentos Básicos y se determinaron como válidas y como cumplimiento parcial en el INE/CG05 del 2024. 

Fue en este último asunto donde se ordenó a Movimiento Ciudadano que debían realizarse las adecuaciones para después del proceso electoral federal de 2024. 

Ese procedimiento de verificación de Documentos Básicos aún no ha concluido, por lo que no puede determinarse un incumplimiento definitivo, esto es, respecto del fondo. 

Nos parece que esto es importante, porque nosotros entregamos la modificación a nuestros documentos básicos el 7 de febrero de 2025, y se han estado realizando observaciones por parte de este Instituto Nacional Electoral, lo que evidencia que estamos en un proceso de adecuación que continúa activo y que esto no viene en el proyecto, ni siquiera se menciona esto. 

A partir del 20 de septiembre de 2024, el proyecto hace un corte de caja y ya lo menciona esto que Movimiento Ciudadano ha estado señalando.

Consideramos que sancionar en este punto a Movimiento Ciudadano, rompe el principio de debido proceso y constituye una duplicidad de análisis y castigo, por una conducta que aún está en evaluación.  

Nosotros consideramos que se está haciendo una errónea calificación de las conductas atribuidas, primero, porque en el proyecto se dice que no se realizaron modificaciones a los documentos básicos: y dos, porque dichas modificaciones no fueron informadas al INE.

Sin embargo, como les estoy explicando, Movimiento Ciudadano sí ha realizado las modificaciones como consta en las resoluciones INE/CG452/2023 e INE/CG05/2024, y Movimiento Ciudadano sí informó sobre las adecuaciones realizadas el 7 de febrero de este año. 

Y aquí tenemos el acuse donde Movimiento Ciudadano ha informado respecto de este cumplimiento, y eso no viene en el proyecto de resolución. 

Basta decir que, incluso la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, el 7 y el 8 de abril de 2025, ha determinado que Movimiento Ciudadano está cumpliendo parcialmente esto.

Entonces, pues sí, nos sorprende que haya una falsedad en la valoración de las pruebas y las manifestaciones que se hacen en relación a Movimiento Ciudadano, porque de manera errónea se está citando en el propio texto del proyecto, que Movimiento Ciudadano declaró haber incumplido en tiempo y forma, estas adecuaciones normativas, cuando en el pie de página donde se afirma eso, Movimiento Ciudadano informa a este Instituto Nacional Electoral, que se han estado realizando en tiempo y en forma, esas adecuaciones para garantizar que la normativa cuente con todo lo que se está requiriendo a nuestro instituto político.

Solo como último punto, la diferencia entre el asunto del PRI y de Movimiento Ciudadano, es que el PRI no había cumplido cuando el procedimiento ordinario sancionador se había iniciado con nada, no había entregado una sola adecuación. 

Cuando este Procedimiento Ordinario Sancionador se abre con el inicio de su procedimiento, Movimiento Ciudadano ya había entregado dos adecuaciones previamente y estamos en proceso de verificar y validar si las adecuaciones enviadas recientemente cumplen con lo que se ha exigido.

Nosotros no aceptamos esa afirmación de que se ha expuesto a mujeres militantes de Movimiento Ciudadano, a cuestiones que atenten contra sus derechos políticos electorales, tan es así que Movimientos Ciudadano en todos los procesos electorales pasados ha cumplido con el principio de paridad como viene estipulado desde la Legislación.

Y de 2021 a 2024, Movimiento Ciudadano ha recibido y atendido 18 asuntos por violencia política contra las mujeres por razón de género y de los cuales se ha sancionado con amonestaciones, suspensiones de militancia y retiros de candidatura.

Es decir, Movimiento Ciudadano cuenta con protocolos, con lineamientos y con las adecuaciones necesarias para garantizar que sus militantes estén protegidas y, pues obviamente, no aceptamos esa afirmación.

Yo simplemente lo dejaría ahí en esa primera ronda. 

Muchas gracias

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias al Maestro Juan Manuel.

Solamente les recuerdo que estamos en ronda general, en ronda general no hay segundas vueltas, tendríamos que iniciar una vuelta normal.

¿Alguien más en esta primera ronda? 

En la primera ronda, ronda en lo general. 

Sí, muy bien, si se considera que aún no ha sido totalmente discutido a satisfacción de todos, iniciamos la ronda normal. 

Iniciamos de nuevo con ocho minutos, adelante, Diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez.

Consejero del Poder Legislativo del PMC, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez: Muchas gracias, Presidenta. 

De manera puntual para no ser reiterativo, porque, además mi compañero Juan Manuel Ramírez me parece que ha sido muy conciso en su intervención. 

Creo que aquí se han hecho algunos juicios concretos, se han hecho algunos otros juicios de valor y otros juicios que no comparto. 

Me parece que decir que Movimiento Ciudadano no ha cumplido, de entrada, es adelantarse en un juicio a lo que Movimiento Ciudadano presentó en febrero de este año y que todavía no se ha pronunciado este Consejo General respecto de esas adecuaciones a todos sus documentos básicos. 

Entonces, en primer lugar, sería adelantar un juicio respecto de una adecuación que se presentó hace dos meses y, como comentó mi compañero, ya hay pronunciamientos de unidades de este Instituto que dice que ya hay un avance respecto de ese cumplimiento. 

En segundo lugar, no podemos pasar por alto que decir que se violentan derechos, que no es, que eso hay también lineamientos, protocolos, reglamentos en materia de derechos en materia de violencia política de género, del derecho a una vida libre de violencia, que hemos cumplido reiteradamente, bueno, que es una obligación evidentemente, pero que hemos cumplido reiterada y sistemáticamente con la paridad en gubernaturas, en senadurías, en diputaciones, en alcaldías, en todos los cargos de elección popular. Entonces, tener ese tipo de afirmaciones no las podemos compartir. 

Efectivamente, ha habido una diferencia respecto de la manera de cumplir con un tipo de obligación a nivel estatutario y me parece que tener una diferencia respecto de cómo cumplimos en los estatutos, que es distinto a no cumplir con una obligación, me parece que es distinto a decir que es una manera de ejercer violencia. 

Una manera en la forma de cumplir es distinto a ejercer una violencia, y por eso me parece que presentamos en febrero una nueva adecuación respecto de los documentos básicos para cumplir con estas obligaciones que mandata el Instituto Nacional Electoral. 

Es cuanto, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchas gracias, Diputado Juan Ignacio Zavala. 

¿En primera ronda, alguien más desea participar? 

Consejera Dania Ravel. 

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta.

Únicamente para aclarar y hacer énfasis en el hecho de que la infracción ya está actualizada, porque no se cumplió en tiempo. Se han dado múltiples prórrogas, múltiples plazos. Incluso también, por lo que dice la propia Ley General de Partidos Políticos, se ha establecido que cuando haya un proceso electoral federal no se pueden hacer modificaciones a sus documentos básicos, y por ende se ha suspendido la obligatoriedad de hacerlo en algunos periodos en concreto, pero la última fecha que se les dio fue una vez que concluyera el Proceso Electoral Federal 2024. Se puso específicamente lo siguiente: El plazo establecido fue de 15 días hábiles, una vez concluido el Proceso Electoral Federal 2023-2024, mismo que concluyó el 28 de agosto de 2024, por lo cual el plazo para realizar las modificaciones feneció el 20 de septiembre de 2024.

Ya, al no haberse hecho estas modificaciones en esa fecha, se actualizó la infracción y ésta tiene que sancionarse. 

Por supuesto que eso no implica que no las van a hacer ya nunca, entonces por eso seguimos nosotros haciendo esta revisión con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para que se cumpla, aunque sea a destiempo, pero que se cumpla. 

Pero la infracción está ahí ya actualizada, se actualizó cuando no estuvieron listas esas modificaciones el 20 de septiembre de 2024. 

Entonces, sí, efectivamente el proyecto habla de que el objeto del procedimiento ordinario sancionador es poder dilucidar si hubo un incumplimiento o si se cumplió en este caso en tiempo y forma. 

Entonces se analiza en el proyecto si se cumplió en tiempo, no se cumplió en tiempo; se cumplió en forma, se tiene que ver lo sustantivo, si durante ese periodo se validaron y se dictaminaron procedentes las modificaciones para que pudieran ser aprobadas por este Consejo General, eso no ocurrió. Entonces, por lo tanto, se actualiza la infracción. 

El único partido político, y sí hay que decirlo con claridad, que no ha cumplido todavía es Movimiento Ciudadano, lamentablemente. En su momento incluso, y yo ahí veo una gran diferencia con el PRI, en su momento el PRI al menos había hecho las modificaciones a sus Estatutos, le faltaban dos modificaciones a Documentos Básicos y aun así lo sancionamos, y lo sancionamos ya desde hace un rato. 

Entonces con mayor razón, cuando no se ha modificado ninguno de los Documentos Básicos del partido político, ninguno se ha determinado que ya se puede aprobar en el Consejo General, pues por supuesto que se actualiza esta infracción y, por supuesto, que el no tener esa normativa al interior de un partido político lesiona los derechos de las mujeres, porque no tienen instrumentos para poder defenderse al interior del partido político en contra de posibles violaciones a sus derechos políticos electorales. 

Y lamentablemente también se ha visto, y hay análisis al respecto, por ejemplo, de PNUD y de ONU Mujeres, que uno de los lugares donde más se ejerce violencia en contra de las mujeres es al interior de los partidos políticos. 

Y resulta que no tienen, en el caso específico de Movimiento Ciudadano, una normativa expresa que puedan emplear para poder defenderse de esas circunstancias. 

Además, también para la paridad sustantiva en términos de igualdad sustantiva, pues es muy complejo si tampoco se tienen reglas establecidas para que esto se observe en las postulaciones para candidaturas. 

En ese sentido, pues yo reitero que estoy de acuerdo con el proyecto que se nos está presentando, la infracción está actualizada con independencia de que en este momento estén haciéndose revisiones para que, aunque sea tarde, pero que en algún momento cumpla el partido político. 

Gracias, Presidenta. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Dania Ravel.

Consejera Carla Humphrey. 

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey JordanGracias, Presidenta. 

Bueno, me gustaría también hacer algunas aclaraciones. 

En primer lugar, en este momento, siguen sin cumplir. 

Segundo, se acreditó la infracción, se dio un plazo determinado después del proceso electoral, se está revisando y, por lo tanto, se está imponiendo una sanción. 

No es nuevo, hemos sancionado ya también a otros partidos políticos, por lo mismo. 

Tercero, tener protocolos y lineamientos no quiere decir que están modificados los documentos básicos, la obligación es la modificación en los documentos básicos, para que las garantías para las militantes de Movimiento Ciudadano, las tengan precisamente, claras y estén establecidas en los documentos básicos. 

Los protocolos y los lineamientos no forman parte, de ninguna manera, de los documentos básicos. 

En tercer lugar, el cumplimiento parcial otra vez, como ya lo dijeron, pues sigue sin ser cumplimiento, eso ya lo revisaremos cuando llegue el momento de revisar eso, estamos ahora en un momento anterior, pero ustedes han referido que tienen comunicación de la Unidad de Género, que han cumplido parcialmente, pues eso es no cumplir. 

Y, por último, a mí me llama la atención, fui a un foro que nos invitaron en la Cámara de Diputados y Diputadas, precisamente, y pues la verdad es que llama la atención que las propias militantes del partido político, pues se sorprenda que no haya estos cambios todavía y de que les digan que ya los mandaron y que no se los han mandado a ellas, que ellas no los conocen, pero que ustedes, bueno, el partido político dice que ya los mando al propio Instituto, y siguen sin conocerlo y pues nosotros decimos: bueno, para nosotros como tal, no está cumplido porque todavía no está ese proyecto que diga: finalmente, cinco años y un mes después, el partido político ya cumplió con la modificación de sus estatutos, ella simplemente lo desconoce. 

Entonces, si unimos todas estas cosas, pues claramente se lesionan los derechos de las mujeres y, perdón, sí se están violentando sus derechos, sí se está cometiendo violencia política en su contra, porque no tienen los mecanismos para salvaguardar sus derechos. 

También podría decir aquí que Movimiento Ciudadano impugnó todas las decisiones de género del proceso electoral del año pasado o la mayoría de ellas. Están en todo su derecho, nadie los está criticando, pero es un hecho que así se impugnó la paridad en gubernaturas, en fin, una serie de acuerdos que también fueron impugnados por el propio partido político, están en su derecho de acudir ante el Tribunal Electoral por aquello que les parezca que se está violentando algún derecho, sí, sin duda, pero nosotros estamos cumpliendo con una obligación que está desde el 2020 en la reforma para combatir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género y que hoy todos los partidos, menos Movimiento Ciudadano, cumplieron. 

Hay que decir que ninguno sin resistencias, ninguno rápidamente, ni sin hacer requerimientos, ni a la primera ya lo tenían establecido; no ninguno. 

Pero hoy estamos ante el conocimiento de la acreditación de una infracción por un plazo que se dio al partido político para tener listas esas reformas y modificaciones a los estatutos del partido político y que hoy no están, que se dio vista la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral para que viera lo conducente y se acreditó esa infracción. 

Ahora ya presentaron después del plazo establecido en el mes de septiembre en febrero y se estarán analizando, bueno veamos si se cumplen con los límites para considerar o no que cumplieron entonces con las modificaciones a, insisto, los Documentos Básicos; los protocolos y los lineamientos no forman parte de los Documentos Básicos. 

Qué bueno que tengan ese esfuerzo.

Y, tercera, diría ya, por último, hubo un partido político que ya no tiene registro, que respecto de las sanciones que impusieron a dos de sus militantes, nos dio a conocer ese hecho al Instituto Nacional Electoral solicitándonos que registrásemos a esas dos personas en nuestro Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política en Razón de Género.

A los que ustedes hacen referencia, pues están en Movimiento Ciudadano, pero nosotros no tenemos esa retroalimentación de que estén en nuestro registro y nos hayan solicitado registrar, incluso voy más allá, yo he votado en esta mesa del Consejo General para que no se les dé registro a las personas que estén en ese registro. 

Entendiendo que la propia Sala Superior ha establecido un criterio, todavía no, ni tesis aislada, ni jurisprudencial, distinto, pero yo he votado en esta mesa porque las personas que estén en ese registro no se les otorgue un registro como candidatas, dos fueron mujeres y un hombre en el pasado proceso electoral. 

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Carla Humphrey. 

¿Alguien más en esta primera ronda?

Maestro Juan Manuel Ramírez Velazco, representante del Partido Político Movimiento Ciudadano.

Adelante.

Representante de PMC, Juan Manuel Ramírez Velasco: Muchas gracias, Consejera Presidenta. 

Pues simplemente nada más para reafirmar lo que ya habíamos manifestado. Nos parece que Movimiento Ciudadano sí ha realizado adecuaciones y eso es lo que se está analizando en este proyecto.

Cuando uno analiza en qué consiste, por ejemplo, en las acciones de inconstitucionalidad o en el amparo, cuando se trata de ver si una norma es inconstitucional porque no se adecua a la norma constitucional, al parámetro, es porque este incumple totalmente, porque es contrario totalmente a la norma constitucional, al parámetro. 

Creemos que por algo este Consejo General del INE ha señalado y ha determinado en las resoluciones que ya hemos citado, que son constitucionales las modificaciones que ha hecho Movimiento Ciudadano y ha señalado que ha habido cumplimientos parciales. 

Por eso el momento de señalar que no se ha adecuado la normativa de Movimiento Ciudadano nos parece un poco excesiva, porque sí lo ha hecho y ahí están esas dos resoluciones.

Lo que estamos ahorita aquí analizando es si se realizó de manera extemporánea o no, y si se cumplió en tiempo y en forma. Pero el proyecto incurre en mezclar estas cuestiones de fondo, como señalar en algún momento en el proyecto dice: “Que se va a ver si se cumplió en tiempo y en forma y los alcances de estas modificaciones”. 

Y eso es lo que consideramos nosotros que es objeto de otro posicionamiento, otra determinación que el INE tenga que hacer y que, en todo caso, lo tiene que hacer el propio Consejo General del INE. 

En los POS previos que ha habido, bueno, más bien procedimentalmente quien tiene que determinar que hubo esa extemporaneidad tiene que ser el propio Consejo General del INE, no la DEPPP, y tiene que verse cuando se realice el análisis y estudio del fondo y, en dado caso, abrir el POS dando vista para ver si se cumplió en tiempo y en forma.

Y eso es lo que estamos ahorita adelantándonos, porque se había dado el plazo previsto para después del proceso electoral, y en eso ya entregamos nosotros eso. Las vistas vienen de 2022 y 2023, que la propia de 2022 debe quedar sin materia, porque sí se cumplió en tiempo y en forma, y la del 2023 también se cumplió en forma, pero tiene que ser analizada por el Consejo General cuando se realice la verificación de estos Documentos Básicos, estas modificaciones que hicimos en febrero de 2025. 

Y es importante la distinción, porque en el caso del PRI la razón por la que la Sala Superior revoca la determinación de este Consejo General del INE que aún no sale, es precisamente porque al momento de resolver este POS, bueno, el POS en el que sancionaron al PRI, ellos ya habían entregado también sus modificaciones y eso no se valoró al momento de sancionar al partido político. 

Estamos en una situación análoga, nosotros estamos cumpliendo de manera parcial en dos ocasiones, estamos en vías de cumplimiento por otra razón, por otra vista y eso no se está valorando en este proyecto al momento de imponer la sanción. 

Nos están imponiendo la sanción prácticamente la más alta, la de 9 mil UMA, cuando la más alta es de 10 mil UMA. 

Consideramos que sí debe haber una proporcionalidad al momento de analizar en este momento concreto este asunto y obviamente no adelantar conclusiones respecto de la verificación del fondo que se está realizando sobre las adecuaciones a los Documentos Básicos de Movimiento Ciudadano, que ahí sí ya son cuestiones muchas veces de técnica legislativa, de si está mal o bien referir a otra legislación en lugar de transcribir todo un catálogo de cuestiones en los Documentos Básicos. 

Esa es una discusión que se está dando en este momento, que se tendrá que valorar, pero creemos que el proyecto sí adolece de esa confusión, no es exhaustivo al momento de analizar lo que originó las vistas para dar paso a este post.

Simplemente es referirme a lo concreto y ahí lo dejaría. 

Muchas gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchísimas gracias a usted, Maestro Juan Manuel Ramírez. 

¿Alguien más en primera ronda?

¿En segunda ronda?

Una vez que no hay más participaciones…

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Consejera Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Consejero Jorge Montaño, una disculpa. 

Adelante. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Gracias, Presidenta. 

Bueno, pues respecto a este tema, sí me permito comentar, yo creo hay que determinar que no ha cumplido el partido político cuando ha presentado ya diversas manifestaciones en torno al cumplimiento de lo requerido y no se advierte en esta determinación lo relativo a la buena fe, tampoco se aborda que en la manera de cumplir se ha previsto dar prerrogativas al género femenino, más allá de lo que prevé nuestra legislación. 

Por otro lado, determinar que no cumplió con determinada situación, considero que sería pronunciarse sobre actos que no han sucedido y estamos ante la posibilidad de cumplir. 

Considero que, aunque se feneció el término aquí que se… al que ya se hizo mención y que fue en el mes de septiembre del año pasado, que era el término para poder modificar sus estatutos, pues no menos cierto es que no se precisa cuál es el objeto de determinar algún grado de culpabilidad.

Y, sobre ese rubro, no se estarían atendiendo o no se están atendiendo las solicitudes del partido político, en este caso, pues estamos en cuestión de Movimiento Ciudadano, eso en torno a que pretende incumplir la norma y, en ese mismo sentido, considero que deben atenderse cada una de las peticiones del Partido Político Movimiento Ciudadano, para concluir que, en efecto, se cumple o no, parcialmente con los cambios a los documentos básicos. 

Pues aquí en el caso de que exista una violación, tenemos los recursos, tanto en materia de fiscalización, como en los juicios ciudadanos. 

Y de ahí que, si tomamos en cuenta que estamos en vía de cumplimiento, no se puede tener por plenamente acreditada violación alguna en contra de las mujeres. 

Estoy, como siempre he señalado, a favor de los derechos de las mujeres, pero no dejando a un lado tampoco los derechos de terceros. Yo creo que aquí considerar, el partido político, como señaló la Consejera Carla Humphrey, sí ha presentado en diversas ocasiones, buscando incumplir, pero no lo hemos nosotros quizá considerado en nuestras resoluciones. 

Si existe que se acredite la violación, pues que hay la sanción, pero bueno, es derivado de lo que he venido escuchando en las intervenciones, de quienes estuvieron en uso de la voz, es lo que tendría que comentar con respecto a este punto. 

Gracias, Consejera Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei ZavalaGracias, Consejero Jorge Montaño.

Estamos ya en segunda ronda, ¿estamos todavía en primera?, ¿no?, por el tiempo que estamos en la pantalla, antes de pasar a la segunda es que me pide la palabra el Consejero Montaño y de igual manera lo hace la Consejera Claudia Zavala. 

Adelante, consejera. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidenta. 

No iba a intervenir, pero, a ver, esta última parte de lo que señala que no se le ha dado respuesta al partido, pues sí, sí se le da respuesta, nada más que el incumplimiento ya está, y verdaderamente es uno de los partidos políticos en el que hubo más impugnaciones, se les dieron oportunidades y se les acogieron algunas pretensiones, pero es fecha que hasta este año presentó unos documentos que están en valoración, pero el incumplimiento se dio, tenían que haber resuelto, primero se les dijo antes del inicio del proceso electoral y el proceso electoral terminó y no lo hicieron.

Se había dicho que se iba a hacer en una asamblea porque tarda mucho, porque es periódica y fíjense qué paradoja, el partido político en esa asamblea autoriza al órgano que siempre se les dijo que podía haber hecho las modificaciones. 

Entonces, me parece que es un tema en el que ya tiene una historia y esa historia, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral lo tomó muy en cuenta, valoró todas las situaciones, incluida una sentencia que no es vinculante pero que da la brújula de cómo revisar la individualización de la sanción y por eso llegamos a esta sanción. 

Pero la verdad es que es muy grave que después de cinco años un partido político no haya adecuado sus normas internas, las normas básicas, porque entonces eso genera un perjuicio a las mujeres de Movimiento Ciudadano.

Es, ¿qué conductas son infractoras? Todo lo que les hemos pedido, los partidos políticos han ido avanzando en el transcurso del tiempo fíjense cómo esto, voy a tener que tomar este ejemplo también.

Cuando nosotros pedimos que se cumpliera por parte del PRI, el PRI dijo que hacer una asamblea le llevaba mucho tiempo y necesitaba más tiempo y resulta que para el cumplimiento se dio en menos del tiempo que el PRI había planteado, pero en mucho menor tiempo, se organizó muy rápido.

¿Qué es esto? Que se hacen cosas, que verdaderamente lo que evidencian son conductas que no quieren atender un tema fundamental desde el interior de los partidos y no es que nada más las consejeras lo digamos, esto está también documentado, en varios estudios que se hacen, los partidos políticos tienen una serie deuda con las mujeres al interior de los partidos políticos, en su justicia intrapartidaria, en temas de violencia. 

Y ahora me parece clarísimo que más allá de que ya haya presentado, que esté en análisis el procedimiento para que se puedan revisar si son y cumplen con lo establecido en los acuerdos, en las sentencias, esas modificaciones que hicieron, los plazos previstos por el Consejo General, en esos plazos ratificados o, en su caso, señalados por la Sala Superior no se dieron las modificaciones. Y eso ya está escrito y está aquí explicado, por más que quieran traer a colación circunstancias que ahora presentan.

Y no, no estamos alterando realidades. Me parece que si quienes se han intervenido por parte del Movimiento Ciudadano tienen clara esta situación. Y la tienen clara desde el momento en que han señalado: “Oye, pues ya presentamos esto, sí sabemos que es extemporáneo”. Pues sí, sí es extemporáneo, no se cumplió en tiempo. 

Entonces, yo votaré a favor de este proyecto. Me parece que se hizo un trabajo muy cuidado, a partir de incluso los precedentes, y queda claro que se dio la vista, porque pasaron los plazos que se establecieron en el Consejo, que se estableció, derivado también de algunas sentencias, y no se llevó a cabo.

Y que eso se llevó a cabo, y nos acaban de informar hace poco, en este año, pero su obligación era desde el año pasado. Bueno, no, desde 2020. Y luego, porque una ley es vigente y nos obliga a todos, y luego ya con el acuerdo del Consejo, y de mayo pasamos a otros meses. Entonces, desde hace cinco años era vigente ya su obligación. 

Muchas gracias, Presidenta. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Claudia Zavala.

¿En primera ronda alguien más? 

¿En segunda ronda?

No habiendo ya más…

Sí, adelante, consejera Humphrey. 

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Solamente señalar brevemente una cuestión que no tiene relación con el documento, el proyecto que vamos a votar, pero que se ha señalado aquí como que se está analizando las modificaciones que presentó el partido político. El propio partido político ya tiene un oficio, ya tiene acuse de recibo de un oficio donde consta que no cumple ni cumplen parcialmente con varias de las determinaciones, o sea, el partido político hoy ya sabe que esas presentadas en el mes de febrero tampoco están cumpliendo. 

Nos marcaron copia a algunas consejerías, a la Consejera Presidenta, a quienes conformamos parte de la Comisión de Prerrogativas y por parte de esa Comisión ya se dice que no se cumplen varios puntos, que se cumplen otros y que se cumple parcialmente en otros, es decir, el partido político ya lo sabe. 

No tiene que ver con este tema, en este tema ya incumplieron, ya hubo plazo, no lo presentaron, no cumplieron, y es lo que estamos sancionando el día de hoy. 

Pero, sin embargo, porque dejan aquí en la mesa como que ya lo presentaron y están en vías de cumplimiento, hoy ya tienen un documento por parte del área, de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos que dice que no están cumpliendo; faltará la valoración, pero por lo menos la del área ya está y ya tiene conocimiento el propio partido político.

Gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, consejera. 

En segunda ronda, Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Gracias, Presidenta. 

Bien, sí quiero dejar muy claro, porque lo he señalado siempre en mis intervenciones, soy un convencido de que el derecho de las mujeres se respeta, eso sin duda, pero también debemos de considerar y tener en cuenta que se debe salvaguardar el derecho de los partidos políticos, esto a efecto de atender todas sus inconformidades o alegaciones para que podamos resguardar en todo tiempo y en todo momento el debido proceso. 

Y si en efecto es extemporáneo, sí se debe de dar pauta que al momento de que se intentó cumplir la modificación, entonces esto atenúa la sanción. 

Y por ello es que me permito solicitar que, por favor, se haga un voto diferenciado con respecto al 2.3, para efecto de que pueda yo votar en contra esta parte, este punto, por favor. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, consejero. 

Maestro Juan Manuel Ramírez Velasco, en segunda ronda. 

Representante del PMC, Juan Manuel Ramírez Velasco: Muchas gracias, Consejera Presidenta. 

Primero para señalar esto que comentaba la Consejera Zavala, nosotros consideramos que sí se está falseando algunas consideraciones en el proyecto y por ejemplo tenemos éste muy claro, en el que se dice que Movimiento ha reconocido expresamente el incumplimiento y esto es falso. Esto viene en la página 59 y trae un pie de página 42, ahí se señala que Movimiento Ciudadano al dar respuesta al emplazamiento, a la vista de alegatos, señaló que se han realizado los cambios solicitados en tiempo y en forma, y el proyecto retoma de manera expresa, este texto. 

Al momento de dar respuesta al emplazamiento y a la vista de alegatos formulados en el presente procedimiento, refirió que, en el mismo acuerdo del Consejo General, queda manifiesto que Movimiento Ciudadano ha realizado los cambios solicitados en tiempo y en forma, siempre con el interés primordial de que los documentos básicos que rigen la vida interna de este instituto político cumplan con la normatividad aplicable. 

Ése es el pie de página que viene citado en el proyecto y, aun así, en el proyecto se señala que nosotros, de manera expresa, reconocemos el incumplimiento de Movimiento Ciudadano, cuando lo que hemos estado diciendo aquí es que se han hecho adecuaciones, que, si bien no han parecido suficientes al Instituto Nacional Electoral, se han realizado las adecuaciones.

Tan es así que, como les decía, nuestros Documentos Básicos no se oponen ni a la reforma constitucional, a las dos reformas, ni a los lineamientos, ni a los protocolos. 

Pero un ejemplo de lo que se comenta que tampoco es relación de este proyecto, pero sí viene a colación por lo que comentaba la Consejera Humphrey, sobre las observaciones que nos han hecho llegar de las distintas áreas del Instituto Nacional Electoral, solo pongo tres sobre la mesa:

Nos están pidiendo que nosotros pongamos en nuestros estatutos, que lo que se debe destinar a la capacitación de mujeres en Movimiento Ciudadano, independientemente del presupuesto que ya está asignado por ley a las mujeres de Movimiento Ciudadano, es del tres por ciento, cuando nuestros estatutos indican un cuatro por ciento. 

Y, por eso, nos están marcando como un incumplimiento porque no se está ajustando a la redacción que nos están pidiendo. 

Nos están pidiendo que pongamos tres por ciento y por eso no cumplimos, cuando nosotros traemos el cuatro por ciento. 

Otro ejemplo, nosotros nos estamos refiriendo a los lineamientos que el Instituto Nacional Electoral ha emitido sobre las prerrogativas que se tienen que destinar a las mujeres en procesos electorales. 

Nosotros, a fin de mantenernos actualizados y mantener ya estable y darles certeza a las militantes de Movimiento Ciudadano, sobre nuestros estatus y no estar en este proceso constantemente de estar desactualizados, remitimos a los lineamientos que el INE ha emitido, en donde se señala que se debe destinar el 50 por ciento de esos recursos y de las prerrogativas a partidos políticos, y nos están pidiendo que pongamos el 40 por ciento, y que por eso estamos incumpliendo. 

Otra de las observaciones. Nosotros estamos refiriendo que cuando haya violencia política contra mujeres o una denuncia, una medida cautelar, sea referida a las autoridades gubernamentales competentes, ¿por qué? Porque constantemente con estos gobiernos ha habido cambios en los nombres de las instancias competentes para ello. 

Nos están pidiendo que pongamos a la CONAVIM, la CONAVIM ya dejó de existir y por eso nos están marcando el incumplimiento en esta etapa, cuando ya es la Secretaría de las Mujeres, pero no sabemos si en seis meses, un año, dos años, ya no sea la Secretaría de las Mujeres y sea otra instancia.

Nosotros estamos refiriendo a la autoridad gubernamental competente y eso nos los están marcando como un incumplimiento, entonces esos son, por falta de tiempo, son algunos de los ejemplos más destacados sobre lo que nos están marcando como incumplimientos en este momento que no es materia de este proyecto.

Muchas gracias

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Maestro Juan Manuel Ramírez.

¿Alguien más en segunda ronda?

Adelante, Consejera Rita Bell.

Consejera del INE, Rita Bell López Vences: Gracias. 

Iba a esperar la tercera. 

Pero, sí solamente sobre estos últimos comentarios en cuanto al dictamen que ya se había señalado, también señale que eso es parte de otra revisión. 

En cuanto al proyecto que se discute el día de hoy, bueno, pues en efecto, el análisis que sustenta el sentido del proyecto que parte de la falta de cumplimiento a los plazos y términos que se establecieron en las resoluciones del INE/CG452/2023 e INE/CG052024.

Y en estas se había ordenado al partido adecuar sus documentos básicos en materia de paridad y prevención de violencia política contra las mujeres en razón de género, es decir, el incumplimiento se acredita, no derivado de un juicio sobre el fondo todavía que es lo que se acaba justo ahora de exponer, no sobre el fondo de sus documentos, sino justo de la omisión de atender en tiempo y forma lo mandatado por este Consejo en los acuerdos que he mencionado.

Entonces, en efecto, que me parece importante lo que señala el representante del partido, hay que revisarlo, si es así como él indica este dictamen, todavía hay tiempo de revisarlo si estamos en esa etapa, pero esto será en otro momento y sobre otro procedimiento lo que actualmente revisamos es el cumplimiento de estos acuerdos. 

Es cuanto.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Rita Bell López Vences.

¿Alguien más en segunda ronda?

¿En tercera ronda?

Consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidenta. 

A ver, se ha desviado un poco la discusión respecto al tema que nos ocupa para hablar sobre las observaciones que se han hecho a las modificaciones a los Documentos Básicos que debe hacer el partido político y creo que es ahí donde sí, efectivamente, se está faltando la verdad, porque las observaciones no son como se han comentado aquí. 

Y pongo nada más un ejemplo que me parece que ilustra muy bien esto, se ha mencionado aquí que la obligación legal que se tiene para la promoción de los derechos políticos de las mujeres y el liderazgo político de las mujeres es el tres por ciento y que, por lo tanto, las áreas técnicas lo que le están solicitando al partido político es que considere ese tres por ciento  a pesar de que el partido político está estableciendo un cuatro por ciento, lo cual evidentemente se ve como un plus para las mujeres. 

Sin embargo, no es realmente así esta observación, en realidad lo que se está haciendo es lo siguiente, dice efectivamente las propuestas de Movimiento Ciudadano: Recibirá el cuatro por ciento de las prerrogativas de Movimiento Ciudadano para actividades de capacitación, promoción y difusión, y contará con un presupuesto adicional al cuatro por ciento establecido para fomentar los derechos políticos y electorales de las mujeres, y atender las actividades relativas a prevenir, atender y erradicar la violencia política.

Sin embargo, la observación que hace el área es en el sentido de que su órgano encargado de impartir justicia en materia de violencia política debe contar con un presupuesto independiente, y no podrá obtenerse del tres por ciento que otorga para la capacitación, promoción y desarrollo político de las mujeres, por lo que falta precisar con qué recursos contará dicho órgano. 

Entonces, vamos, si alguien está faltando a la verdad aquí, no somos aquí en la resolución, no somos las consejeras, pero bueno, nos estamos desviando del tema, pero pues como se dio pauta para hablar de esto no podía dejar de mencionarlo. 

Gracias, Presidenta.

Gracias, Consejera Ravel. 

Maestro Juan Manuel Ramírez Velasco, en tercera ronda.

Representante de PMC, Juan Manuel Ramírez Velasco: Muchas gracias, Consejera Presidenta. 

Bueno, simplemente para concluir y señalar que lo que nosotros estamos pidiendo en este proyecto, que es el que está a discusión en este momento. Nosotros no sacamos a colación lo que está en vías de cumplimiento y a revisión, simplemente fue señalar ejemplos. 

Lo que queremos señalar es que, suponiendo sin conceder que sí haya Movimiento Ciudadano incurrido en una infracción por la extemporaneidad de no haberlo presentado el 20 de septiembre, sino el 7 de febrero de 2025, lo que estamos pidiendo es que se analice lo presentado en febrero para ver si esto es un atenuante en la individualización de la sanción.

Es lo mismo que ocurrió con el asunto que se ha mencionado muchas veces del PRI, que revocó la Sala Superior, y que este Consejo General del INE tiene que cumplir. 

Lo que estamos pidiendo es que se revise esa comunicación, que sí la existe, que no viene referida en el Proyecto de Resolución que se está votando y que sí resulta un atenuante para que no sea una sanción como la que se intenta imponer de 9 mil UMAS, sino proporcional a lo que el derecho administrativo sancionador, sus principios y criterios rigen, deba ser proporcional y no desmedida como se está planteando en este proyecto. 

Simplemente sería para eso.

Muchas gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias a usted, Maestro Juan Manuel Ramírez. 

Consejera Carla Humphrey. 

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidenta. 

Solamente también para hacer alguna aclaración respecto al caso que se ha mencionado aquí del Partido Revolucionario Institucional, habría que decir que no se revocó la infracción, se revocó la individualización de la sanción, cosa que es distinta. 

La infracción estaba acreditada, estuvo acreditada y fue sancionada precisamente porque no se cumplió en tiempo y forma, y con los requerimientos además y los plazos adicionales que se había dado para que ese partido político, como los demás, cumplieran con la reforma a sus Documentos Básicos.

El otro tema, pues ya lo veremos y ya lo discutiremos en cuanto tengamos un proyecto de resolución respecto a las modificaciones a los Documentos Básicos del partido político que hoy seguimos sin conocer y seguimos sin tener en esta mesa del Consejo General. 

Es cuanto. 

Gracias. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Humphrey. 

¿Alguien más en tercera ronda?

No, no hay más peticiones, Secretaria, de participación, por lo que le solicito pasar a la votación. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Presidenta, en virtud de lo expresado aquí se votaría primero de manera general 73 proyectos, en razón de que se reservaron dos de ellos, el 2.69 pedido por la Consejera Claudia Zavala y el 2.73 por el Consejero Jorge Montaño. 

¿Es correcto?

Bien, entonces iniciamos la votación con aquellos proyectos, los 73 que no fueron reservados. 

Comienzo la votación por quienes nos acompañan de manera virtual. 

Consejera Norma De la Cruz. 

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: A favor, Jorge Montaño. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor, Secretaria. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que el resultado de la votación es por unanimidad de los presentes. 

Continuo con las reservas en lo particular como viene en el proyecto, lo referente al 2.69 reservado por la Consejera Claudia Zavala. 

Inicio la votación con quienes se encuentran virtualmente. 

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: A favor, Jorge Montaño. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: En contra. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que el resultado de la votación son ocho votos a favor, con uno en contra, y anuncio su voto particular de la Consejera Claudia Zavala. 

Continúo, ahora con el sentido del proyecto, del 2.73, reservado por el Consejero Jorge Montaño. 

Inicio la votación. 

Consejera Norma Irene De La Cruz. 

Consejera del INE, Norma Irene De La Cruz Magaña: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Secretaria, como lo anuncié y por eso pedí, precisamente, la separación de este voto, Jorge Montaño, en contra. 

Gracias. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejera Claudia Zavala.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentran en esta sala, a favor. 

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que dicho proyecto ya anunciado, tuvo una votación de ocho votos a favor con uno en contra. 

Culmina la votación.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

Pasamos al siguiente punto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: El siguiente punto es el relativo a los proyectos de resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto a procedimientos administrativos sancionadores y de queja en materia de fiscalización, instaurados en contra de partidos políticos nacionales, que se compone de cuatro apartados. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Para la presentación de este punto, hará uso de la palabra la Consejera Carla Humphrey.

Adelante, consejera. 

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias. 

Se someten a nuestra consideración cuatro proyectos de resolución de procedimientos administrativos sancionadores y de queja, en materia de fiscalización.

El punto 3.1 es el relacionado con el Procedimiento Administrativo Oficioso en contra del partido político Morena, respecto de las irregularidades encontradas en los informes de precampaña, a diversos cargos en el estado de San Luis Potosí, referente al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Lo anterior, por la omisión de reportar ingresos y gastos de 34 personas que participaron en el proceso de selección interna de candidaturas, quienes al ser requeridas, 23 confirmaron haber participado o haberse registrado en la convocatoria del partido político para algún cargo durante ese proceso electoral local y de los cuales seis fueron aspirantes para alguna precandidatura y 17 de ellas no obtuvieron la calidad de precandidatura. 

De la investigación realizada por la autoridad fiscalizadora y de la valoración de pruebas aportada por las personas requeridas, no se advirtieron actos y/o gastos de precampaña en beneficio del partido político que tuvieran que ser reportados ante esta autoridad y, en consecuencia, con la obligación de presentar el informe de precampaña con relación a los hechos materia del procedimiento. 

Por lo expuesto, el proyecto propone declarar infundado el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado en contra de Morena. 

El punto 3.2, este asunto se relaciona con el Procedimiento Administrativo Sancionador Oficioso en materia de fiscalización, identificado con el expediente 53/2022 del Estado de México instaurado en contra del Partido del Trabajo por irregularidades detectadas en la revisión del informe anual correspondiente al ejercicio de 2020.

En particular se identificaron transferencias en efectivo del Comité Ejecutivo Estatal del Estado de México al Comité Ejecutivo Nacional por un monto de 5 millones 400 mil pesos, sin que se acreditara el destino beneficio directo de esos recursos en favor del órgano estatal. 

El partido sostuvo que dicho monto fue utilizado para adquirir propaganda utilitaria como gorras, paraguas y playeras mediante diversos proveedores, no obstante. aunque se presentaron facturas, contratos y evidencia fotográfica, no se acreditó en la contabilidad estatal que dichos bienes fueron efectivamente entregados o utilizados por el comité que transfirió los recursos, ni se registraron en el Sistema Integral de Fiscalización como lo exige el reglamento de la materia. 

En consecuencia, esta conducta se califica como gasto no comprobado al no cumplirse con las exigencias legales de documentación, registro contable y trazabilidad financiera. 

Por lo tanto, el proyecto propone sancionar al partido con una multa equivalente al 100 por ciento del monto observado.

En cuanto al porcentaje de sanción y en congruencia con mis votaciones anteriores, adelanto que votaré en contra de este criterio, el cual deberé hacer mayor por la gravedad de la conducta.

El punto 3.3, es el relativo al Procedimiento Administrativo Sancionador Oficioso en materia de fiscalización, instaurado en contra de Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz, por una aportación de Movimiento Ciudadano durante el Proceso Electoral Local 2023-2024 en el estado de Morelos. 

Esta aportación se tuvo por no acreditado derivado del estudio de la autoridad fiscalizadora misma que concluyó en el asunto que no abren elementos que permitan llegar a la conclusión de que los hechos constituyen alguna posible violación a la normatividad electoral, es decir, no se cuenta con elementos necesarios que evidencien alguna infracción, por lo cual el proyecto propone declarar infundado el Procedimiento Administrativo Sancionador. 

El punto 3.4 se refiere al expediente 2378 de 2024 en Campeche, en donde tras el análisis realizado por esta autoridad, se constató que los gastos por pauta publicitaria en redes sociales de las personas candidatas denunciadas, fueron debidamente registrados en el Sistema Integral de Fiscalización con sus respectivos identificadores, montos y comprobantes, por lo que no se configuró omisión en su registro. 

En cuanto al evento celebrado en el muelle 7 de agosto, se acreditó que el espacio fue utilizado a título gratuito mediante permiso oficial otorgado por el ayuntamiento de Campeche, por lo que no se acredita aportación de ente prohibido.

Por estas razones, el proyecto propone declarar infundado el procedimiento, no acreditarse violación alguna a la normatividad en materia de fiscalización electoral. 

Es cuanto, Presidenta. Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Humphrey. 

¿Alguien más desea intervenir? 

No habiendo intervenciones, Secretaria, proceda a la toma de votación. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica, Presidenta.

Agradeciendo las notas que nos hacen llegar de las oficinas de las y los consejeros electorales para facilitar su votación y claridad en los proyectos identificados como los apartados 3.1, 3.3 y 3.4, que no presentan votaciones en lo particular, se someten a votación en un solo momento.

Luego, respecto al Proyecto identificado como 3.2, se votará en lo general y luego se harán bloques de votaciones en lo particular por el criterio de votación separada que se tiene. 

Si no hay inconveniente bajo estas consideraciones, se sometería a votación. 

¿Es correcto, Presidenta? 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Adelante.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Iniciamos votación en lo general de los proyectos sin reservas 3.1, 3.3 y 3.4. 

Quienes nos acompañen de manera virtual, Consejera Norma Irene De la Cruz.

¿Nos escucha, Consejera Norma Irene? 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Jorge Montaño con el proyecto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

¿Quiénes se encuentran a favor en esta sala? 

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que han sido aprobados los proyectos 3.1, 3.3 y 3.4, que no fueron reservados, por unanimidad de los presentes. 

Continúo con la votación en lo general, en votación en particular con el punto 3.2, excluyendo de esta votación lo concerniente al criterio de sanción aplicada a la conducta antijurídica relativa al egreso no reportado.

Inicio con la votación de quienes se encuentran de manera virtual. 

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Jorge Montaño, a favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Como viene el proyecto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

Consejera Presidenta, le informo que el resultado de la votación es por unanimidad de los presentes. 

Continúo con los criterios y lo leo literalmente “ahora bien, consulto a ustedes, como viene en el proyecto, aplicar el criterio de sanción del 100 por ciento de monto involucrado a la conducta antijurídica consistente en la comisión de egresos no reportados”, correspondiente al 3.2 y enviado por la Consejera Carla Humphrey. 

Inicio la votación de quienes nos acompañan de manera virtual. 

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Con el proyecto, Jorge Montaño. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Como viene el proyecto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

Gracias. 

¿En contra?

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que el resultado de la votación es de siete votos a favor con uno en contra. 

Y culmina la votación. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria. 

Dé cuenta del siguiente asunto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: El último punto es el relativo al proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SCM-RAP-47/2024.

Consejera Presidenta, le informo que se recibió fe de erratas por parte de la Unidad Técnica de Fiscalización. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias. 

A consideración de todos ustedes, por si hay alguna intervención que hacer en este punto de acuerdo. 

No habiendo solicitud de intervenciones, Secretaria, proceda a tomar la votación. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Presidenta, le informo que agradeciendo las notas que nos hacen llegar de las oficinas de las y los consejeros electorales para facilitar la votación y claridad de este punto del orden del día, se va a someter a consideración en lo general, incluyendo la errata que mandó la Unidad Técnica de Fiscalización, el proyecto de acuerdo identificado como punto 4, excluyendo de esta votación lo concerniente a la aplicación de la Matriz de Precios. 

Inicio la votación con quienes se encuentran de manera virtual, en lo general.

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Jorge Montaño, a favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

Consejera Presidenta, le informo que ha sido aprobado por unanimidad de los presentes. 

Continúo con el criterio, ahora someto a su consideración en los términos del proyecto, lo relativo a la construcción y aplicación de la Matriz de Precios de campaña. 

Inicio la votación con quienes se encuentran de manera virtual. 

Consejera Norma Irene De la Cruz. 

Consejero Uuc-kib Espadas. 

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Consejero Jorge Montaño. 

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Jorge Montaño, con el proyecto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Claudia Zavala. 

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: En los términos del proyecto. 

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias. 

Quienes se encuentren a favor en esta sala. 

¿En contra?

Gracias. 

Consejera Presidenta, le informo que el resultado de la votación son siete votos a favor con uno en contra. 

Culmina la votación. 

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei ZavalaMuchísimas gracias, Secretaria. 

Una vez agotados los asuntos del orden del día, sírvase a proceder a lo conducente para la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de los documentos aquí aprobados.

Asimismo, informe el contenido de éstos a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos correspondientes. 

Señoras y señores consejeros, señores representantes de los partidos políticos y del Poder Legislativo, compañeros de este Instituto que apoyan la realización de estas sesiones, agradezco a todos ustedes su presencia. 

Buenas tardes. 

Se levanta la sesión. 

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