El INE no tiene capacidad legal para descalificar candidaturas
El Consejero Electoral Uuc-kib Espadas explicó que, con base en la ley, el INE tiene dos momentos para revisar candidaturas en las elecciones. El primero es al momento del registro, en elecciones del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, ya que para la elección del Poder Judicial esta verificación de requisitos de elegibilidad la realizaron los comités técnicos de cada Poder del Estado. Si en este acto las candidaturas no son impugnadas, los registros causan estado.
Un segundo momento de revisión ocurre de manera previa a la declaratoria de validez de la elección, donde se verifica que quien haya obtenido el triunfo cuente con los requisitos legales para ocupar el cargo. En caso de incumplimiento, se declara la vacancia y el Tribunal Electoral deberá designar a quien ocupe el lugar hasta que se convoque a una elección extraordinaria.
Por lo anterior, el Consejero Electoral sostuvo que, en este momento del proceso electoral, el INE no tiene la capacidad legal para descalificar ninguna candidatura.