Al 28 de marzo, se habían recibido 88 mil 141 solicitudes, de las cuales 10 mil 40 han sido aprobadas
El Instituto Nacional Electoral (INE) reitera la invitación a la ciudadanía interesada en participar como observadora u observador del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, a fin de que presente su solicitud a través del portal electrónico https://pjf2025-observadores.ine.mx/, antes del 7 de mayo de 2025.
El Instituto informa que, hasta el pasado 28 de marzo, había recibido 88 mil 141 solicitudes, de las cuales, 10 mil 40 han sido aprobadas y 495 declinadas. Las entidades con mayor número de solicitudes aprobadas son: Ciudad de México (mil 339); Estado de México (mil 295); Tamaulipas (703); Puebla (667); Nuevo León (530) y Chihuahua (528).
Del total de solicitudes recibidas, 88 mil 26 han sido individuales y 115 de integrantes de alguna organización. En cuanto al sexo de las personas, 53 mil 493 son mujeres (60.69 %), 34 mil 636 son hombres (39.30 %) y 12 solicitudes son de personas no binarias (0.01 %).
En cuanto a los cursos impartidos para ser persona observadora electoral, 75 mil 539 han sido en modalidad virtual (86.25 %) y 12 mil 45 presencial (13.75 %).
Los rangos de edad con mayor número de solicitudes son los de 21 a 25 años, con 11 mil una; 31 a 35, con 10 mil 469; 26 a 30, con 10 mil 193 y 36 a 40, con 10 mil 48. En todos los rangos es mayor el número de mujeres que de hombres.
Cabe recordar que las y los observadores electorales son personas facultadas por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), interesadas en conocer los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como la Jornada Electoral del 1 de junio de 2025.Entre los requisitos legales para ser persona observadora electoral, se encuentran: ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o partido político alguno, en los tres años anteriores a la elección, así como no ser, ni haber sido candidata o candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
Asimismo, no ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el gobierno municipal, estatal o federal, ni ser operadora de programas sociales y actividades institucionales, cualquiera que sea su denominación, ni ser persona servidora de la nación, así como no ser representante o militante de algún partido político.
Los requisitos administrativos son: presentar solicitud de acreditación, misma que incluye la manifestación de cumplir con los requisitos legales; dos fotografías tamaño infantil y copia de la Credencial para Votar vigente.