El Instituto Nacional Electoral tiene un mandato constitucional intrínseco a su existencia: la función estatal de organizar elecciones, con metodologías, procedimientos y mecanismos claros y transparentes. La independencia y autonomía institucional del órgano electoral, hace de los procesos electorales, un piso parejo para quien aspira a un cargo de elección popular.
La Constitución es clara al establecer que esta tarea se ejercerá bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Estos representan un referente inamovible para el actuar del Instituto en las etapas de la preparación de la elección. Cada una de las acciones realizadas, desde la más pequeña hasta la de mayor trascendencia, están enfocadas en su cumplimiento. La confianza ciudadana en el INE radica en ello.
Bajo este mandato es que los pasados 30 de diciembre de 2024 y 30 de enero de 2025, el Consejo General aprobó los modelos de boleta que se usarán en la renovación, por voto popular, de los seis órganos judiciales federales. El diseño aprobado obedece a lo estipulado en el Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución en materia de reforma al Poder Judicial publicado el 15 de septiembre de 2024 así como sus leyes reglamentarias.
El artículo segundo transitorio del citado decreto señala en su sexto párrafo el contenido de las boletas entre ellos, el cargo, la entidad, los nombres completos numerados de las personas candidatas distribuidos por orden alfabético y progresivo e indicando la especialización cuando corresponda. Además, indica que deberá distinguirse la autoridad postulante y las candidaturas de quienes estén en funciones, entre otros elementos.
Los legisladores plasmaron tácitamente en la reforma que la boleta garantizaría que la ciudadanía elija hasta cinco mujeres y hasta cuatro hombres para la SCJN, tres mujeres y dos hombres para el Tribunal de Disciplina Judicial, hasta dos mujeres y hasta dos hombres para la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), hasta dos mujeres y un hombre por cada sala regional del TEPJF y hasta cinco mujeres y cinco hombres para las Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito.
Por su parte, el artículo 515 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales precisa que por cada tipo de elección se empleará una sola boleta. De tal forma que los modelos aprobados garantizan la instrumentación de la normatividad aprobada por el Congreso de la Unión.
El diseño de las papeletas implicó un importante reto para el Instituto, ya que debía encontrarse la forma más didáctica y simple para presentar la gran oferta electoral que habrá en esta elección. En total se elegirán 881 cargos, para los cuales se tendrán entre dos y tres candidaturas presentadas por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial –más de tres mil cargos en total–. Cantidad que contrasta con los que tradicionalmente se han elegido en los procesos electorales federales, donde se renuevan 629 puestos tanto del Poder Ejecutivo y Legislativo.
El formato también está adaptado a la geografía electoral prevista para la elección por la propia reforma constitucional. Por un lado, se elegirán a nivel nacional nueve cargos de la Corte, dos cargos de la Sala Superior del TEPJF y cinco cargos del Tribunal de Disciplina Judicial cuyas boletas serán las mismas para todo el país. Mientras que, en el caso de la elección de las salas regionales del TEPJF, estas se elegirán por las cinco circunscripciones regionales integradas por las 32 entidades federativas, de ahí que se deban elaborar las boletas por cada una. Finalmente, las Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito se votarán por circuito judicial de forma que también habrá boletas para cada uno de ellos.
La cantidad de cargos y candidatos también determinó el tamaño de la boleta, previendo dos posibilidades: la media carta cuando sean menos de 64 candidaturas –estos son los casos de la elección de los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, Sala Superior y Salas Regionales del TEPJF– y formato carta para elegir a los integrantes de la Corte. Respecto de las Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito, ambas dimensiones se usarán dependiendo el número de candidaturas.
Para el proceso electoral del Poder Judicial cada ciudadana y ciudadano utilizará en total seis boletas, las cuales se distinguirán entre sí por colores a fin de facilitar su identificación por el electorado y posterior clasificación por los funcionarios de casilla. Ello implica la producción de cerca de 600 millones de papeletas en un periodo de 75 días, es decir un promedio de 8 millones por día.
Los materiales electorales, en particular la boleta, son el medio a través del cual el Instituto cumple con el principio rector de brindar certeza a la elección. Asegurando por un lado que sean suficientes para cubrir la participación de la totalidad de la Lista Nominal de Electores y que éstas cuentan con las medidas de seguridad que dificultan su falsificación y garantizan la emisión legítima del voto de la ciudadanía.
En la organización de la elección del Poder Judicial de la Federación, quienes formamos parte del INE reafirmamos nuestro compromiso con la función electoral, asegurándonos que las boletas y demás material electoral tengan los mismos estándares de calidad y seguridad a los que está acostumbrada la sociedad. El reto por venir es comunicar este diseño para su total comprensión, por ello, en próximas colaboraciones exploraré el contenido de cada una de las boletas.
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