La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió una medida cautelar solicitada por el partido Morena, en contra del partido político Movimiento Ciudadano (MC), por la presunta difusión de propaganda electoral calumniosa en radio y televisión, lo cual, a decir del denunciante, afecta su imagen, vulnerando con ello los principios de equidad, legalidad y veracidad en la difusión de mensajes políticos, a través de afirmaciones falsas. Lo anterior, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2024-2025 en Veracruz.
El órgano colegiado determinó improcedente la adopción de medidas cautelares respecto del contenido de los promocionales identificados como La única opción libre de Yunes y La única opción libre de Yunes 2, versión radio y televisión, respectivamente, ya que, bajo la apariencia del buen derecho, no se advierten expresiones que pudieran constituir la imputación de un hecho o delito falso en contra de Morena.
Es decir, se estima que la expresión contenida en los spots constituye una frase amparada en la libertad de expresión de la que gozan los partidos políticos, aunado a que forma parte del debate público, de ahí la improcedencia para ordenar su retiro.
De igual forma, la Comisión consideró improcedente el dictado de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, respecto a abstenerse de incorporar en sus materiales de radio y televisión expresiones calumniosas, pues los hechos denunciados no actualizan una evidente ilegalidad aunado a que se trata de hechos futuros de realización incierta.