Consulta el artículo de la Consejera Electoral Carla Humphrey publicado en La Silla Rota

Escrito por: INE
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De acuerdo con lo que establece la normatividad electoral, cada 6 años se abre la posibilidad de que las organizaciones de la ciudadanía puedan presentar ante el Instituto Nacional Electoral (INE) su intención de conformar un partido político nacional.

Para ello, las instancias que informen dicha intención a la autoridad electoral deben de cumplir una serie de requisitos entre los que resaltan, entre otros, el acta o minuta de la asamblea que demuestre la constitución de la organización, acreditar la realización de 20 asambleas, por lo menos, en 20 entidades federativas o bien, 200 asambleas en igual número de distritos electorales federales.  En cada asamblea deberán participar, por lo menos, 3 mil personas afiliadas por entidad, o bien, 300 por distrito electoral federal.

Es importante indicar que el número total de personas afiliadas con las que deberá contar una organización es de 256 mil 30 ciudadanas y ciudadanos.

Así, una vez que concluyó el plazo el pasado 31 de enero, el INE recibió la notificación de 89 organizaciones que tienen la intención de convertirse en partidos políticos nacionales. En 2013 recibió 52 notificaciones de intención de registro en tanto que en 2019 fueron 106 solicitudes.

El INE con toda la documentación respectiva efectuará un minucioso proceso de verificación para garantizar la validez y autenticidad de todas las afiliaciones que recabe la organización en la celebración de asambleas, a través de la aplicación móvil y las cédulas en papel por régimen de excepción.

Asimismo, comprobará que no participen instancias o actores prohibidos en la celebración de asambleas o en el proceso de recabar las afiliaciones en el resto del país.

El INE también revisará que las y los ciudadanos que se afilien a cualquiera de las organizaciones se encuentren vigentes en el padrón electoral, así como que no se encuentren dos o más veces afiliados a distintas organizaciones que buscan de igual manera convertirse en partido político.

La autoridad electoral nacional, finalmente, revisará que las organizaciones cumplan con todas las obligaciones normativas en materia de fiscalización relacionadas con el origen y destino de los recursos que utilicen para la consecución de sus objetivos lo que marca un ejercicio de transparencia permanente y de rendición de cuentas.

Ahora bien, el INE en el mes de marzo debe rendir un informe ante su Consejo General, el máximo órgano de decisión, sobre cada una de las organizaciones que notificaron su intención de constituirse como partido político nacional.

Cuando esto ocurra, tendremos las y los consejeros electorales del Consejo General, con el apoyo de sus áreas ejecutivas y técnicas, 60 días para el análisis del proceso llevado a cabo por cada una de las 89 organizaciones referidas para emitir, de manera pública en una sesión que al efecto se celebre, la resolución que corresponda a cada organización.

Al respecto, las organizaciones tienen a salvo sus derechos para que, si así lo determinan puedan recurrir ante el órgano electoral jurisdiccional correspondiente y argumentar lo que a su derecho consideren.

Este proceso es uno de los más importantes para nuestro sistema electoral ya que, hasta el momento, los partidos políticos siguen siendo las principales instancias a través de las cuales, mediante la postulación de candidaturas, y bajo el voto mayoritario de la ciudadanía acceden al poder público.

Las organizaciones que eventualmente logren su registro como partido político nacional, podrán competir en las elecciones “intermedias” de 2027 en la que se renovará la Cámara de Diputadas y Diputados, 15 gubernaturas y varios Congresos Locales.

Por ello, el INE será muy escrupuloso en que cada organización cumpla con la normativa electoral.

Consulta el artículo en La Silla Rota.