Presentadora: Buenas tardes a todas las personas que nos acompañan el día de hoy.
Bueno, pues a nombre del Instituto Nacional Electoral, les damos la más cordial bienvenida a esta Presentación Editorial “Experiencias del voto de las personas en prisión, una visión internacional comparada”.
Es una obra postulada por la Coordinación de Asuntos Internacionales del INE y es coordinado por la Maestra Marisa Arlene Cabral Porchas, que aquí nos acompaña, con la autoría de Alberto Dalla Vía, Hugo Picado León, Ileana Aguilar Olivares, Nohemí Vázquez, Gilberto Estrada de Icaza.
Bueno, como ustedes saben, el INE más allá de tener credenciales de elector y tener procesos electorales, ahora hasta el Judicial que también van a tener, también se encarga, tiene atribuciones de difundir entre la ciudadanía temas de democracia y promover la cultura democrática.
Asimismo, tiene una producción editorial importante, tiene siete colecciones y una serie de libros, y además de esta obra que se va a presentar el día de hoy, que corresponde a la Serie de Obras Institucionales.
Entonces, si me lo permiten, la dinámica de la participación sería que estarían exponiendo la coordinadora de la obra, la Consejera Carla Humphrey y, si nos da tiempo, tendríamos un espacio de preguntas y respuestas.
Antes de comenzar voy a leer una muy breve reseña de quienes aquí nos acompañan. No quisiera dejar de mencionar que las semblanzas son bastante extensas, porque tienen una importante experiencia y trayectoria, entonces una disculpita si hago un pequeño resumen, pero bueno.
Marisa Arlene Cabral Porchas es Licenciada en Ciencias Políticas por la Universidad de Hermosillo, tiene una Maestría en Ciencias Sociales con la línea de investigación teoría y análisis de asuntos públicos.
Se ha desempeñado en el servicio público desde 2011 y cuenta con más de 10 años de experiencia en la función pública electoral, su área de especialidad son sistemas políticos, procesos electorales y coordinación de equipos de trabajo en materia electoral.
Ha participado en cinco procesos electorales federales y más de 10 procesos electorales locales.
También ha impartido clases y en 2014 ingresó al Servicio Profesional Electoral Nacional. Actualmente fue nombrada Coordinadora de Asuntos Internacionales del Instituto Nacional Electoral.
Así mismo, nos acompaña la Consejera Carla Humphrey Jordan que es Doctora en Gobierno y Administración Pública por el Instituto Universitario Ortega y Gasset de la Universidad de Complutense Madrid.
Especialista en derecho constitucional y ciencia política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de España; Licenciada en Derecho por el ITAM, cuerna con un diplomado en Dirección Estratégica de Instituciones Públicas por la Universidad de California, además de un diplomado de Mercadotecnia Política por el Instituto Tecnológico Autónomo de México.
Ha sido directora general en asuntos normativos de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaria de Hacienda, Crédito y Presupuesto y consejera electoral del Instituto Electoral del Distrito Federal, consultora nacional de ONU Mujeres, especialista internacional en fiscalización, financiamiento en partidos políticos y género en misiones de observación electoral de la OEA.
Actualmente, es consejera electoral del Instituto Nacional Electoral e integrante de la Asociación de Magistradas Electorales de las Américas.
Bueno, pues, a continuación, le doy el uso de la palabra a nuestra coordinadora del libro.
Por favor.
Coordinadora de Asuntos Internacionales del INE, Marisa Arlene Cabral Porchas: Buenas tardes a todas y a todos.
Muchas gracias por acompañarnos en la presentación de este libro que no hice yo, es un libro que hicimos entre varias personas, integrantes de diferentes países.
Aquí se narra la experiencia de cómo fuimos migrando a este voto para las personas en prisión preventiva, principalmente, cómo fuimos validando esta progresividad de los derechos que especifica, en el caso de México, que una persona en prisión preventiva no tiene suspendidos sus derechos político electorales.
Sin embargo, históricamente, nunca los había podido ejercer, entonces, aquí vemos el ejercicio que se ha llevado a cabo en cinco diferentes países de América que son Argentina, Costa Rica, Panamá, México y Canadá.
Entonces, cada uno de estos países siguió una ruta distinta, pero todos llegamos a la misma conclusión, los derechos de las personas en prisión, en el caso de México, en prisión preventiva, son derechos que deben ser tutelados por, en este caso, la autoridad electoral y debemos establecer los mecanismos necesarios para que sean válidos.
Entonces, es un libro que para mí ofrece muchísimos elementos para poder ver cómo se va desarrollando cada sistema político-electoral, pero cómo al final el resultado es el mismo.
Es decir, a través de sentencias en algunos de los casos, como es el caso de Canadá y México, por ejemplo, y a través de organismos de la sociedad civil, como es en otros países, es que se llega a un mismo resultado, y es garantizar la progresividad de los derechos político-electorales.
Más que la progresividad, el cumplimiento tácito, porque aunque la ley lo prevé, los mecanismos no se daban. Entonces, vemos como cada país lo va ejecutando, cómo los modelos no son los mismos.
Por ejemplo, hay países como en México que tenemos la jornada electoral en prisión preventiva días previos a la elección. Al final del libro ustedes van a poder ver una tablita que está en la página 103 en donde hacemos un cuadro comparado de estos cinco países, por ejemplo, en qué año se implementó, Costa Rica que fue el primero que lo implementó, lo estableció en su ley desde 1996, y en 1998 se implementa por primera vez.
Y en el caso de los cinco países aquí representados, México es el último, que lo implementamos apenas como plan piloto en 2021 y ya en todo el país en 2024, bueno, en prácticamente todo el país.
Entonces, vemos aquí cómo nos coordinamos con la autoridad penitenciaria los diferentes países, si hay o no hay papeletas especiales en cada uno de los centros de votación.
Entonces al final siempre conocer y reconocer otras experiencias nos fortalece la experiencia propia.
Y México ha desarrollado gran parte de las actividades que llevamos a cabo en la materia electoral dentro del INE, y no sólo en el INE, también en los tribunales, a partir de experiencias que vemos o que viven en otras partes.
Y muchos países, sobre todo de América, vienen a México con la intención de ver qué es lo que estamos haciendo para también fortalecer sus sistemas político-electorales.
Entonces ese estudio comparado nuevamente ofrece una pequeña radiografía sobre un tema muy particular, que es el derecho de las personas en prisión para ejercer su voto.
Voy a permitirme leer súper rápido dos parrafitos que creo que encierran gran parte de lo que significa esta obra.
El primero es del prólogo y, bueno es básicamente: “es necesario recordar que uno de los principales elementos del voto universal es precisamente poner en el mismo nivel a todas las personas de una sociedad, por lo que su restricción debe evitarse, a menos que esté plenamente fundada y motivada”, es decir, todas y todos debemos tener los mismos derechos y el votar es un derecho para todas y todos.
Luego me voy a robar un pedacito del capítulo Costa Rica, para leerles este párrafo: “la cárcel no es un sitio ajeno al derecho, las personas recluidas en el establecimiento penitenciario continúan siendo integrantes de la sociedad y la relación especial de sometimiento que mantienen con el Estado por la comisión de un delito no les quita su calidad de sujetos activos de los derechos políticos”. Fíjense qué importante. La verdad me parece muy, muy valiosa esta narrativa que establece el capítulo Costa Rica.
Y, finalmente, un párrafo del capítulo Panamá, que dice: “el derecho al voto es un pilar fundamental para cualquier sociedad democrática y, sobre todo, para cualquier ciudadano; es la vía por la cual un ciudadano puede expresar su voluntad y participar en el proceso de toma de decisiones políticas de su país, aunque esté garantizado por las constituciones el ejercicio de este derecho depende de cada país”, es decir, somos sujetos activos también quienes establecemos procesos electorales para que este derecho se pueda cumplir. Y eso creo que es fundamental.
Y bueno, finalmente, para cerrar mi participación y dar oportunidad a la Consejera Carla Humphrey, que comentará el libro, quiero agradecer a quienes realmente hicieron cada uno de los capítulos de este libro, que son:
En el Capítulo argentina, Alberto Dalla Vía, un experto de muchísimos años en procesos electorales y que ha sido autoridad electoral en ese país también por largo tiempo y con una experiencia impresionante y una cantidad de libros increíble en su haber.
Helechos Canadá, que ellos no toman el título personal, sino la institución que es el organismo electoral de Canadá y que tiene también personas muy interesadas en hacer análisis sobre todo cualitativo y cuantitativo de las elecciones, no solo en Canadá, sino en América.
Hugo Picado León e Ileana Aguilar Olivares de Costa Rica del Instituto Democracia de Costa Rica, ellos trabajan como un instituto parte del Instituto Electoral de Costa Rica solamente con el fin precisamente de hacer análisis de proceso democráticos y llevar, como decía Georgina hace un momento, promover la cultura cívica y el conocimiento.
Gerardo Estrada de Icaza, de Panamá, que también, el organismo electoral de Panamá es un organismo muy comprometido con generar conocimiento, generar información a partir de los procesos electorales.
Y finalmente, a Noemí Vázquez Cervantes del INE, que es quien hizo nuestro Capítulo México de la Coordinación de Asuntos Internacionales y que también recoge la experiencia originalmente de 2021 que era nuestro plan piloto, pero, de hecho, detuvimos esta obra unos meses, literal es la primera vez que la tengo en mis manos en papel, porque salió hace apenas unos días para recoger la experiencia 2024, porque es la verdadera experiencia de voto en prisión en nuestro país.
Entonces, mi agradecimiento a todas y todos ellos y al Instituto Nacional Electoral por habernos permitido realizar este trabajo de investigación y de compilación.
Muchas gracias.
Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias.
Buenas tardes a todas y a todos quienes nos acompañan presencialmente aquí y también a quienes nos siguen por las redes del INE.
Gracias a las consejeras que nos acompañan, es un gusto tenerlas por aquí.
Veo a muchos jóvenes y es muy importante porque justo el INE siempre está pensando y los institutos electorales en cómo ampliar derechos y este es un tema muy importante porque este libro que como dice Arlene, es la primera vez que ve la luz y casi lo estamos sacando ahorita, es muy importante porque nos da una visión comparada de cómo se ha ido haciendo el voto en prisión preventiva en distintos países de América y es importante porque ahorita trataremos el caso de México, pero brevemente diré que, en México, no está reconocido como tal y, por tanto, es una ampliación, digamos, o una interpretación que se ha hecho a partir del artículo 1º de la Constitución que pues es la base de los derechos humanos en nuestro país y, por supuesto, pues establece que no pueda haber discriminación contra ninguna persona.
Y con esta base y siguiendo una sentencia del Tribunal Electoral, que nos obligó, fíjense, dos personas indígenas que estaban en prisión preventiva en Chiapas, promovieron un recurso porque no los dejaban votar, estaban en un centro penitenciario, Los Amates me parece que se llama, y desde ahí promovieron un juicio porque si no tenían sentencia condenatoria, por qué les estaban violentando su derecho al voto.
Y la Sala Superior les da la razón y ordena al Instituto Nacional Electoral, a ser primero, ejercicios piloto para después, en 2024, en esta elección de este año, garantizarles el derecho en prisión preventiva.
Entonces, desde el 21, en el INE estamos haciendo esto, llevamos cuatro ya elecciones en prisión electiva y hemos ido adecuando muchas cosas.
Debo decir que, esto parte de una reivindicación esencial como derecho humano al voto, de todas las personas. Este análisis comparado y ahorita veremos algunas diferencias que me parecen relevantes apuntar. Creo que nos dan nuevas ideas de hacia dónde tenemos que ir en México para garantizarles el derecho a todas las personas, no solamente pues como lo digo, en Internet, a lo mejor a ciertos colectivos voto anticipado, en fin.
Creo que hay que pensar que no todas las personas tienen posibilidad de ir a la casilla, el domingo, día de la jornada electoral, para emitir su voto y hay que ampliar las posibilidades para que las personas puedan participar.
Entonces, pues aquí pues, por supuesto, agradezco a Georgina que es parte del Comité Editorial del Instituto Nacional Electoral, justamente también porque es una parte esencial para que tengamos esta obra en nuestras manos, Arlene que la coordinó desde, pues, obviamente la Unidad, la Coordinación de Asuntos Internacionales.
Y para que veamos este tema, este libro tiene siete textos, compara los casos de Argentina, Canadá, Costa Rica, México y Panamá.
En este caso, hay tres autores, hombres, tres autoras, mujeres; y como ya dijo Arlene, Elections Canadá, que como Instituto también aporta su visión de cómo fue avanzando en el tema de garantizar los derechos a todas las personas.
Comenzaremos, me gusta recordar una frase aquí de un profesor, justamente, del ITAM, Miguel Sarre, que dice: “la desvalorización de las personas privadas de la libertad lesiona el corazón de los derechos humanos, porque pueden estar penando o pagando por un delito, pero no por eso dejan de tener otros derechos, entre esos, los derechos políticos y electorales”.
Me parece importante también una cita de una investigador del INACIPE, que es el Instituto Nacional de Ciencias Penales, centro público de investigación de nuestro país, de Daniel Cunjama, que dice: “aunque el Estado tiene un razonamiento para ello, desde el punto de vista de la sociología jurídica estas personas son discriminadas y relegadas de poder decidir políticamente”
Fíjense qué importante, porque entonces en el tema de la reinserción social, cuando la gente sale de estos centros de reclusión, más aquí que no tienen ni siquiera sentencia condenatoria, no están pudiendo tomar parte de las decisiones esenciales del país, como quién va a gobernar en un país.
Entonces, comenzamos con Argentina, y como ya lo decía Arlene, este extraordinario y fue magistrado justamente electoral, Alberto Dalla Vía, a quien tengo también el gusto de conocer.
Hace un relato o un alegato interesante y dice que los derechos políticos son derechos humanos de esencial importancia, en tanto condición del funcionamiento del sistema democrático.
Es decir, no hay que excluir a ninguna persona de su derecho a participar y esa es la base de los derechos humanos y esto es lo que nos dice justamente Alberto Dalla Vía.
En la página 15 de este libro, justamente señala cómo se unen estos derechos humanos a otros, como la libertad de expresión, de reunión, de asociación y dice Dalla Vía: “hacen posible el juego democrático, incluso se les ha llegado a considerar como el derecho humano a la democracia”.
Así avanzamos en garantizar esto como un derecho humano a nuestra democracia.
Esto me parece que pone en el centro justamente a la participación política como un derecho esencial de las personas para garantizar las libertades humanas esenciales.
Y aquí también nos recuerda Dalla Vía el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que dispone que la ciudadanía gozará sin ninguna distinción, y así lo dice, para votar y ser elegidos en elecciones periódicas.
Es decir, no hay por qué restringir este derecho a menos que, en efecto, como se dice en algunos países, hay países que ni siquiera con sentencia condenatoria se pierde este derecho, como ahorita lo veremos en el caso de Canadá.
La propia Suprema Corte Argentina ha dicho que cualquier otro sistema que no apunte a la universalidad del sufragio niega la igualdad de las y los ciudadanos, que es la función esencial de un gobierno.
Y aquí me parece claro en dónde tenemos que poner la lupa como país para garantizar de mejor manera los derechos humanos.
Canadá nos dice “pues antes nosotros, de 1867 al 2002 no se garantizaba el voto de las personas en prisión preventiva, no podían votar en ninguna elección” y, sin en cambio, con el tiempo la gente en prisión fue creciendo, entonces se propuso a la Corte reconsiderar este derecho con un caso que se llama Sauvé contra Canadá, que también encontramos aquí en el libro, para invalidar esta restricción al voto de las personas encarceladas en general.
Y señala en el propio libro: “las siguientes personas no están calificadas para votar y no habrán de hacerlo en elección alguna, toda persona que esté encarcelada en una institución penitenciaria purgando una sentencia de dos o más años”. Esto es lo que la Corte invalida y entonces ahora las y los canadienses pueden votar con un esquema, primero con o sin sentencia, aunque sea condenatoria, en una papeleta especial, pero no lo hacen porque tengan una especialidad o quieran discriminar, lo hacen porque dicen “bueno, en los centros penitenciarios no necesariamente están donde residen electoralmente, donde pueden votar”, entonces esto les da la posibilidad para que anoten el nombre de la candidata o el candidato por el que están votando, que creo que es un tema que tenemos que en México preguntarnos para ver cómo operamos este tema.
Y también señala, establece que es un voto anticipado. Desde 2004 en Canadá se puede votar por todas las elecciones.
Después de esta sentencia hubo un cambio en la Legislación de Canadá para garantizar el voto a todas las personas en prisión, así de simple, no en prisión preventiva, no con o sin sentencia, en prisión.
Se considera además que pueden votar incluso en arresto domiciliario se les tiene que garantizar este derecho al voto.
Y aquí gracias a una sentencia que tuvimos en este proceso electoral 2024, ya pudimos recoger el voto de una persona en arresto domiciliario, una persona a la que se le cambió la medida cautelar, pudo salir entonces de la cárcel y entonces obviamente impugnó porque se le sacó del registro en prisión preventiva y tuvimos que garantizarle el derecho en arresto domiciliario, lo cual nos da una pauta muy importante de a dónde movernos.
Evidentemente la población en los centros penitenciarios se mueve mucho por las propias condiciones de justicia y de procuración de justicia y por tanto hay que darles seguimiento a los registros de cada una de las personas sin importar dónde esté pagando una condena o esperando en el caso mexicano, una sentencia.
Creo que en este caso las elecciones se llevan a cabo también de forma anticipada, 12 días antes de la jornada electoral y se vota presencialmente en los centros penitenciarios en Canadá, se montan estas mesas electorales y desde las 6:00 de la mañana, desde la mañana hasta las 6:00pm están justamente votando en estas papeleras especiales.
Y, además, quien dirige este centro penitenciario puede decidir si tiene que llevar o no la propia mesa electoral, llamémosla urna a cada una de las personas dentro del centro penitenciario. Por ejemplo, si están confinados en su celda o si están en la enfermería y no pueden acudir al centro de votación que se está montando en el centro penitenciario, los llevan a la urna y la papeleta para que puedan votar.
Aquí me parece un caso muy importante, incluso en todo el libro un tema que creo que nos hace falta como país, es estamos garantizando el voto a las personas en prisión preventiva, pero no garantizamos el voto de las personas que trabajan en los centros penitenciarios, porque ese día claramente hay personas que están trabajando ahí, como a lo mejor médicos que no pueden dejar sus puestos de trabajo, personas que se dedican a seguridad, militares, policías, etcétera y que tenemos que ver y pensar cómo les garantizamos su derecho al voto.
En Costa Rica, como ya lo dijo Arlene, es de los primeros países en América que tiene el voto en prisión preventiva; yo tuve la oportunidad cuando fue observadora electoral de ir a un centro penitenciario varonil a ver cómo se hacía el voto y ponen el día de la jornada electoral, montan mesas electorales en los centros penitenciarios y aquí la verdad es que es muy importante porque justamente el razonamiento que dice es: continúan siendo estas personas parte de la sociedad y la relación especial de sometimiento que mantienen con el estado por cometer un delito no les quita su calidad de sujetos o de personas activas en sus derechos políticos, en este caso, políticos-electorales.
Incluso, señalan que puede haber una doble pena, si yo sanciono penalmente a alguien y por eso está en la cárcel, si además le quito otros derechos como el de votar en las elecciones, estoy sancionando doblemente a una persona que ya está pagando por el delito que está cometiendo, me parece que este giro también es interesante, incluso en el caso mexicano, para intentar también abrir a personas que cuentan, incluso, con sentencia, que esto implicaría pues una reforma constitucional, pero creo que hay que ir pensando en este tema.
Hablan, por supuesto que es un exceso que las personas que ni siquiera tienen una sentencia, y más en un país como el nuestro, pues que tenemos 92 por ciento de impunidad en el país, si no hay sentencias, todavía tengas, además, restringidos sus derechos político electorales y, en este caso, el derecho al voto.
Por lo cual, antes de que se pusieran estos centros de votación en Panamá, en las propias cárceles, pues con la interpretación que estaban dando en Costa Rica, perdón, se decía que la única manera era sacar a las personas que estaban reclusas, de los centros penitenciarios para llevarlas a votar, pero pues esto claramente, suponía un riesgo muy importante y por eso decidieron hacer estos cambios a su legislación.
A partir de 1996 cambia la ley, la ley es la 7653, en la que se aprobó el artículo 168, justamente que dice que pueden sufragar quienes estén detenidos o prestando servicios en cuarteles y cárceles, cosa que en México no tenemos todavía, la verdad es que hasta que leí el libro dije: “claro, nosotros no estamos garantizado el derecho de las personas que están trabajando en estos centros de reclusión”.
Creo que el caso de Costa Rica es, además, emblemático.
La participación no ha sido muy alta, por ejemplo, en los casos presidenciales y legislativos, la participación es entre el 30 y el 41 por ciento, y en los municipales entre el 18 y el 20 por ciento.
Pasemos al caso de Panamá.
En este caso en Panamá, se establece desde 2006 que los privados, las personas privadas de su libertad tienen derecho a votar en las elecciones, siempre y cuando cumpla requisitos, ¿cuáles? Que tengan garantizados o que demuestren su identidad, y estén inscritos en el padrón electoral, digamos aquí, que tengan su credencial de elector.
Que por eso, en el 2023, iniciamos esta credencialización en prisión preventiva, de la que ahora hablaré, pero es importante decir que, solamente pueden votar para la Presidencia, no hacen lo que en Canadá, que tienen las boletas especiales y cada quien puede escribirla o el candidato por el que está votando, sino que solamente, como no pueden garantizar que donde estén recluidos sea la circunscripción a la que pertenecen, pues entonces solamente pueden votar para elecciones presidenciales.
Y entonces, ahí sí se establecen también mesas de votación dentro de esos centros de reclusión.
Importante ver cómo se organiza esta elección, porque es muy curioso. Cuando empecé con el tema de credencialización en prisión preventiva, pues hace unos años antes de la nueva conformación del Consejo General, pues simplemente se me dijo que no, que cómo íbamos a credencializar en centros penitenciarios, que estaba yo loca y que mareos.
Vino una nueva conformación, lo pudimos hacer, pero uno de los temas que nos decían es que no les podíamos dejar la credencial de elector porque les podía servir como un arma.
Entonces, les tenemos que dejar un papel para que luego la recojan cuando salgan. Pero ahorita vemos los números, son importantes, el interés por tener una identificación y también por participar.
Pero aquí, por ejemplo, que tampoco pueden portar sus cédulas de identificación, las guarda la Dirección del centro en el que estén el día de la votación en unas urnas transparentes donde se monta el centro de votación; entonces, cada persona va diciendo el número de su cédula o sus apellidos, la sacan las autoridades de la mesa electoral, ven que coincide con la persona que se está presentando a votar, le dan su derecho al voto, y luego entonces, tiene que firmar en el padrón electoral de que sí ejerció su derecho al voto.
Lo cual también me parece un ejercicio que es interesante porque es una de las premisas que nos hemos planteado en México. Si se las dejábamos quienes sí están en el padrón y tienen su credencial, pues que la resguarden en el propio centro o si nosotros hacíamos este listado preguntando y únicamente verificando su situación en el registro.
Y en México, y como les decía, a partir de 2019 surge esta sentencia que obliga al Instituto Nacional Electoral a tener este ejercicio piloto de prisión preventiva.
Desde El Amate, en Chiapas; dos personas indígenas tzotziles, justamente impugnan que no se les garantice su derecho al voto.
Y es importante decir que la Sala dijo que era una restricción para votar, que era desproporcionar al derecho humano y, sobre todo, que violaba su derecho a la presunción de inocencia, porque aquí ni siquiera había todavía sentencia.
Obliga al INE a que el 2024 ya garantice el derecho al voto y a que vaya haciendo ejercicios pilotos.
Y así hicimos en 2021, 22, 23 y en 24 en todos los centros penitenciarios federales del país, en los estatales también hicimos, salvo dos excepciones: Veracruz, que simple y sencillamente se negó a garantizar el derecho al voto, dijo que por condiciones de seguridad no nos podía dejar entrar a los centros penitenciarios en el estado sin ninguna otra razón, por lo cual nosotros seguimos litigando este tema, no sólo porque tenemos que cumplir con una sentencia de la Sala Superior, sino porque tenemos que garantizarles el derecho humano al voto a las personas que están en prisión preventiva sin sentencia.
Y es un caso muy relevante y de verdad fue una tensión importante con Veracruz decir “bueno, pero gobierno del estado díganos por qué, cuáles son las razones”, porque a nivel federal sí lo hicimos en todos los centros penitenciarios, incluido en Veracruz, pero a nivel estatal no, con ninguna razón más que “perdón, pues no quisieron las autoridades ejecutivas de esa entidad federativa garantizarles el voto”.
Y el otro fue Yucatán, y aquí tuvimos un problema de datos biométricos que no estaban iguales los que recogen en los centros penitenciarios con los que tenemos en el Padrón Electoral y entonces eso se tardó un poco más de tiempo.
Cuando finalmente Yucatán nos da los datos de las personas, ya era muy tarde en términos del registro y ya cuando impugnaron estas personas, la Sala Superior ya les dijo que no podían votar, pero digamos fueron estos dos casos por otras dos razones.
La sentencia es muy importante, pero fue la primera, ya hubo otra sentencia este mismo año, que ya obliga a todos los congresos locales a legislar, a garantizar el derecho al voto en prisión preventiva.
Ya tenemos tres entidades, Hidalgo, la primera, Ciudad de México y Chiapas, ya son las tres entidades federativas que en sus leyes locales ya garantizan el derecho al voto a las personas en prisión preventiva.
Y en 2022 presentamos desde la Comisión de Organización, que entonces presidía, un análisis sobre las formas de votación anticipada en el mundo y los mecanismos para instrumentar el voto anticipado en grupos poblacionales con calidad específica.
Y en este caso lo importante a decir es que como Instituto tenemos que seguir avanzando en ver cómo distintos colectivos de personas requieren distintas formas para votar.
Estamos viendo ahora en este nuevo proceso que nos estamos enfrentando del Poder Judicial, en el que claramente hay muchos retos, las circunscripciones electorales no son iguales a las judiciales, las boletas, pues van a ser muy distintas a las que conocemos con emblema de partidos y con una candidata o candidato, obviamente el número de candidaturas, pues será muchísimo, irán de 14 hasta 70 nombres en una sola boleta.
Entonces los retos para diferenciar incluso una elección serán muy importantes y por eso hay que seguir avanzando en no quedarnos solamente en ir con una boleta impresa a depositar nuestro voto en una urna, tenemos que ir generando mayores y mejores formas de votación como se hace en el voto en el extranjero.
Quienes viven en el extranjero tienen tres formas para votar, por internet en el extranjero, postal y presencial electrónica en consulados.
En México tenemos una, el caso 99 por ciento de las y los ciudadanos, hay otra, voto anticipado para las personas que están en estado de postración y no pueden ir a una casilla y tres, en prisión preventiva.
Estamos, digamos, más lentos en el país que lo que estamos garantizando como derechos para las y los mexicanos en el extranjero y no me quejo, solo digo que habría que avanzar.
Aquí en esta elección, tuvimos como probables electoras y electores a 92 mil 792 personas en 214 centros penales.
La votación presencial tuvo que ser anticipada, fue del 6 al 20 de mayo, 10, 15 días antes del proceso electoral, se montaron estos centros de votación en los centros penitenciarios. Y, ¿por qué antes? Porque nos llevamos en un sobre estos votos para que fueran contados con el resto de los votos del propio día de la jornada electoral.
La credencialización fue un tema muy importante porque si no tienen credencial para votar, que es el único requisito que nos exige la norma para votar, nosotros como instituto les estamos restringiendo el derecho al voto a estas personas.
Entonces, el argumento que ellos saben, si credencialismos en el extranjero, ¿Por qué no vamos a poder credencializar a personas que están en nuestro país?
Si ha sido un reto que las autoridades penitenciarias nos dejen ingresar para credencializar, les hicimos solicitudes o les dejamos solicitudes a las personas que están en centros de reclusión.,
Recibimos más de 55 mil, me parece, solicitudes, al final fueron 15 mil las que entregaron papeles y de ahí tuvimos a casi 500 personas que pudimos credencializar.
¿Qué pasa? Que, claro para tener tu credencial de elector, tienes que tener tu acta de nacimiento, un comprobante de domicilio, etcétera, ciertos requisitos que las personas que están en prisión preventiva dependen de las personas que están fuera, de sus familiares para que les traigan esta documentación.
Así es que, paso uno, un convenio de colaboración ya con todos los registros civiles del país para que podamos tener acceso o estas personas puedan tener acceso a sus credenciales de elector, por ejemplo; y, pues, el domicilio, pues en ese momento, quizá, pues que ése sea el domicilio del cual puedan votar, si no pueden tener acceso a un comprobante de domicilio.
Pero aquí hay datos relevantes que, uno, muestran el interés de las y los ciudadanos, de tener una credencial que los identifique, que las identifique; y segundo, que además puedan votar porque sí se manifestó este interés.
Fíjense la diferencia, les decía que en el caso de Costa Rica, los porcentajes de participación pues no pasaban del 30, por ahí, por ciento. Aquí de los registros que tuvimos para votar, el porcentaje de votación fue de más del 85 por ciento, igual que del voto anticipado, es decir, en el país, quienes estamos libres votamos casi el 61 por ciento de la población para la Presidencia de la República y las personas en prisión preventiva, de los que tuvieron registro y posibilidades para votar, votaron el 85 por ciento.
Votan más, digamos, proporcionalmente, las personas que están o que viven en el extranjero o que están en reclusión, que las personas que estamos fuera de esas dos condiciones.
Hubo 35 casos, además, que la Sala Superior nos ordenó credencializar a distintas personas y creo que aquí vamos asumiendo distintos retos como autoridades electorales, que vemos en otros países.
Primero, garantizar el voto a todas las personas, en todo el país y me parece que esto de las papeletas en blanco, claro, en México somos muchas más personas en Canadá, pero creo que sería una posibilidad de que todas las personas pudieran votar por todos los cargos; o dos, que ya hubo una solución jurisdiccional en la Ciudad de México, para que, quienes estuvieran recluidos en la Ciudad de México, ése fuera su domicilio y pudieran votar solo por estas autoridades.
Segundo, habría que pensar aquí en el tema de, también que voten las personas que trabajan en los centros penitenciarios, que la verdad es que no lo tenemos ni contemplado, hasta ahora me abrió los ojos esta publicación.
Tercero, la posibilidad de que se informen las personas por quiénes van a votar.
En este proceso electoral hicimos tres cosas:
La primera, promovimos la transmisión de los tres debates presidenciales dentro de los centros penitenciarios. El primer debate fueron 181 penitenciarias estatales lo transmitieron, a nivel federal en 14; para el segundo, 180 a nivel estatal y los mismos 14 a nivel local. Y en el tercero en 31 locales y ninguna federal.
Además, promovimos, hicimos unos debates de plataformas electorales que también pedimos que se transmitieran para que vieran cuáles eran las plataformas electorales de cada uno de los partidos políticos.
Y aquí también creo que fue un muy buen ejercicio para poder darles a conocer información.
Tercero. Hicimos información respecto a sus plataformas y candidaturas con la coordinación de los propios partidos políticos, para que ellos fueran quienes nos dijeran: “¿qué querían decir o qué quería resaltar cada candidatura que conocieran las personas que estaban en prisión preventiva?”.
Pero claro, sin información también es difícil, muy difícil que se interesen y además que emitan el voto.
Y en tercer lugar, el tema en el que ya avanzamos, que fue este primer caso de arresto domiciliario que fuimos a recoger el voto precisamente en arresto domiciliario, pero creo que debe ser una constante, darle seguimiento a estas dinámicas de movilidad dentro de los centros penitenciarios porque nos pasa mucho, que vamos y luego esa persona ya no está en ese centro, ya cambió o ya fue condenada, entonces ya no puede votar, o ya cambió la medida cautelar y salió de la cárcel.
Entonces, el tema es cómo podemos garantizar, tener mapeados y ver que si no están ahí, pues de todos modos podrían poder votar en su casa, o si ya salieron, obviamente tenemos que garantizarles ese proceso.
No importa, digamos, qué tengamos que hacer como Instituto Nacional Electoral para reincorporarlos en el registro. Porque como saben, tienen que llegar a su casilla, ver que están en el registro de cada casillo y, por tanto, votar. Otro de los candados, digamos, que tenemos para el voto.
Y una muy importante, en el Estado de México, por ejemplo, en 2023 se permitió que se ingresara con urnas electrónicas para poder recoger el voto.
El Instituto Nacional Electoral no quiso en ese momento, yo me opuse, pero yo soy una de 11, pero yo creo que estos son mecanismos mucho más fáciles para que podamos garantizar de mejor manera los derechos en plazos mucho más cercanos a la jornada electoral.
Y cada centro penitenciario y cada estado tiene su propia dinámica, unos obviamente son de alta seguridad, otros tienen distintas complicaciones, pero hay que llegar hasta ahí.
Tercero, hay que llegar también en lenguas originarias, porque muchas personas tampoco llegan a esta información si no se les da la información en la lengua en la que comúnmente están habituados a hablar e informarse, entonces creo que esto es muy, muy importante.
Entonces creo que como punto final de este tema, creo que es importantísimo primero asumir los retos que tenemos como institución electoral, asumir que el voto en prisión preventiva es una obligación que no se comparte.
Cuando empezamos en 2021 con este tema, las secretarías a nivel federal no nos querían dar ni información ni acceso, porque decían “ya empezó el INE con sus temas de garantizar derechos”; decíamos “sí, pero además estamos cumpliendo con una sentencia de la Sala Superior”. Y esa sentencia no solamente es para el INE, es para todas las autoridades del Estado mexicano.
Fue difícil en 2021 vencer estas resistencias y lo sigue siendo, Veracruz fue el caso en 2024, sin ninguna razón se dejó sin votar a ninguna persona que estuviera en Veracruz recluida en prisión preventiva sin sentencia y, como decía Arlene, me parece muy importante que podamos ver el cuadro que está en la página 117 de este libro que nos hace un análisis comparativo de estos casos, de estos cinco países que estamos comparando.
Y ver estas diferencias siempre nos apunta hacia dónde tenemos que ir, hacia dónde podemos avanzar y creo que es esto de lo que se trata ante todas y todos, de construir mejores rutas y mejores formas para garantizar el ejercicio pleno de nuestros derechos.
Así que estamos a la orden por si hay alguna pregunta, pero más que nada para poder ampliar la forma en la que las personas en nuestro país ejercen a plenitud sus derechos todos, pero en el caso que nos toca como autoridad electoral, los derechos políticos y electorales.
Muchas gracias a todas y a todos quienes nos acompañan aquí.
Presentadora: Muchísimas gracias, consejera.
Muy interesante esta lectura analítica que hace y también cómo nos hace este recuento de esta experiencia de la instrumentación, de este derecho que estaba anteriormente negado y que atentaba contra derechos humanos y contra la presunción de inocencia.
También, sin duda, felicitamos y agradecemos a la coordinadora Arlene y a todo el equipo o equipa de trabajo, porque sin duda nos brinda una serie de insumos viendo un panorama amplio, sobre todo para quienes están estudiando o nos dedicamos a la investigación, que será de mucha utilidad para darle seguimiento a este tema.
Si se dan cuenta, este tema suma al engranaje de acciones institucionales de acceso a la justicia y a la garantía de los derechos político-electorales.
Y como mencionaba, acá la Consejera Carla Humphrey y también Arlene, creo que lo más importante cuando se hace una presentación del libro es que se pueda tener una pequeña interacción.
Si les parece bien, daríamos margen a algunas preguntas para que ya las autoras y nuestra comentarista pudieran cerrar, entonces si alguna persona del público quisiera comentar algo.
También un saludo aquí a las consejeras, a la Consejera Frida que anda por acá, a las consejeras de Jalisco.
¿Alguna pregunta? Aquí tenemos dos preguntas.
Pregunta: Bueno, yo quiero preguntar, ¿Cómo nació básicamente la idea de darle como tal el voto, porque no lo tenía anteriormente?
Presentadora: Por favor, ahorita serían las dos preguntas y contestan y con esto estaríamos cerrando.
Pregunta: Gracias.
Estaban comentando de que la cantidad de personas que participan durante los procesos electorales desde la prisión preventiva era particularmente alta.
¿Cómo es que uno se asegura que está haciendo libre completamente y no bajo coerción de alguna de las dinámicas que se llevan en cada uno de los centros de reclusión?
Y también, ¿cómo se garantiza el derecho a la identidad que recientemente se está teniendo en las credenciales de elector, en el cual las personas no binarias podemos tener nuestra credencial ya con esa identidad que estamos escogiendo dentro de una prisión preventiva?
Coordinadora de Asuntos Internacionales del INE, Marisa Arlene Cabral Porchas: Bueno, para responder la primera pregunta, yo les diría primero que nada que hay que leer el capítulo México, porque ahí cuentan toda la historia.
Pero para responder en este momento, lo decía la consejera Carla Humphrey, es a partir de un par de indígenas que ven violentados sus derechos y que ejercen su derecho ciudadano a solicitar su voto.
A partir de ahí el Tribunal es el que nos obliga como autoridad electoral a garantizar el derecho al voto de las personas en prisión.
En el caso de México, insisto, preventiva, porque aquí van a haber casos en donde no solo es prisión preventiva; incluso en el caso de Argentina se está discutiendo la ampliación del derecho.
Entonces, en el capítulo México se detalla cómo se origina, cómo a partir de esta denuncia se va generando varias condiciones para que al final lleguemos a esto que sucedió en 2024, que es a nivel federal garantizarlo en todo el país y a nivel local, en prácticamente todo el país.
Entonces, es una pequeña acción que aparentemente es chiquita, pero que impacta a un gran número de personas, porque no solo impacta a quienes están en este momento en prisión, sino impacta a toda la sociedad porque generamos cambios, cambios positivos a partir de ahí.
Y con respecto a tu pregunta, yo creo que esa respuesta se la voy a dejar a la consejera porque, evidentemente, es un trabajo que se hace desde el Consejo General y que sí, ejecutamos toda la institución, pero desde el Consejo General es desde donde se están tomando varias acciones para esto.
Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Pues diría que, en primer lugar, ha ido avanzando cómo hemos ido perfeccionando esta garantía del derecho en prisión preventiva, ahora ya tenemos, por ejemplo, pues se montan estas mesas receptoras del voto, vamos con mamparas, vamos con urnas, meten el voto en un sobre que nos dan como autoridad electoral y que nosotros nos llevamos.
Es decir, llevan a las personas a un lugar especial para que puedan ejercer su voto.
Segundo, puede haber o hay representación de partidos políticos, hay personas observadoras también, que van a los centros de reclusión con nosotros y, en su caso, también hasta visitantes extranjeros acompañan este ejercicio que obviamente tiene que ir de la mano con las autoridades de seguridad pública, pues para garantizar pues la integridad de todas las personas que entren a estos espacios, pero se ha ido avanzando en perfeccionar estos mecanismos para, pues garantizar que sea un voto libre, secreto, directo.
La segunda, salvo en el voto de todas nosotros, bueno, a ver, sí estamos en el listado nominal porque tenemos que tener nuestra credencial de elector, pero todas las otras personas se tienen que registrar en el voto anticipado para las personas que no pueden ir a una casilla, para el voto desde el extranjero, etcétera.
Y también en voto en prisión preventiva. Lo primero que hacemos es, digamos, un censo con las autoridades de seguridad pública, para saber cuántas personas están en esta situación, después verificamos su situación registral y ahora impulsamos la credencialización, es decir, ya sabemos que tenemos esto y les dijimos a quienes no tienen credencial, bueno, quiénes de ustedes se quieren credencializar.
Quienes tienen credencial, decimos: bueno, se quieren registrar, sí, perfecto, quiero votar, y se registran, pero aquí ya tenemos garantizados, ya sabemos quiénes son esas personas.
Y en el segundo caso, quienes se quieran garantizar, incluso pudiendo obviamente, autoidentificarse como persona no binaria, como persona trans, que ya incluso garantizamos eso en el Instituto, es cierto que las legislaciones civiles de todos los estados no ha cambiado este tema, pero nosotros seguimos guardando que ellos y ellas y elles pueden determinar cómo quieren que salga su credencial para votar.
Lo cierto es que nosotros seguimos guardando la base de datos este documento para garantizar quiénes son, en tanto no se cambien en la legislación civil, solamente para efectos de tener garantizado quién es esa persona y que esa persona solamente vote una vez.
Entonces, creo que vamos siguiendo los mismos candados que tenemos para que cada persona pueda votar solo una única vez, tanto en prisión preventiva, como en el resto de opciones en las que podemos votar.
Creo que tenemos que seguir avanzando claramente, pero sí hemos ido avanzando también en garantizarles a todas las personas como se autoidentifican, pero la legislación civil va más lenta.
Nosotros creo que vamos más rápido con acuerdos del Consejo y con sentencias de la Sala Superior y hace falta que esto baje a la legislación para que ya podamos entonces hacer el cambio, incluso, en las bases de datos del propio padrón electoral.
Pero entretanto, lo guardamos, digamos, internamente aunque la credencial, la persona decide cómo quiere aparecer y autoidentificarse.
Presentadora: Muchísimas gracias por sus interesantes preguntas y también por las oportunas respuestas que se brindaron por acá.
Insistimos, lean este libro, es gratuito, es un ejemplo más de que la justicia muchas veces se accede a base de sentencias.
Y sobre todo, queremos reiterar la felicitación a la coordinadora y a las personas autoras.
Y muchas gracias a todas, a todos y a todes quienes nos acompañaron en este foro.
Bueno, cerremos con un gran aplauso.
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