El Consejero Electoral Uuc-kib Espadas recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sentenció que el INE no tiene la facultad para suspender el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial, así que la autoridad electoral está obligada a obedecer las sentencias del máximo órgano jurisdiccional, que además se sustancia en las leyes y en la Constitución, donde se establece que en materia electoral las impugnaciones, del tipo que sean, no pueden tener efectos suspensivos.