Intervención del Consejero Jorge Montaño Ventura, en el punto 6 relativo al Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el Marco Geográfico Electoral que se utilizará en el proceso electoral extraordinario 2024-2025, referente a la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación 

Escrito por: INE
Tema: Discursos

Gracias, Presidenta. 

El Acuerdo que está en nuestras manos es de la mayor importancia para dar cabal cumplimiento a las exposiciones constitucionales y legales relacionadas con el proceso electoral de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación. 

En ese sentido, dentro de las acciones prioritarias que debe realizar el Instituto Nacional Electoral para la correcta organización del proceso electivo que nos ocupa, se encuentra la definición del Marco Geográfico Electoral que permitirá definir el ámbito territorial en que se distribuirá a la ciudadanía para su participación el día de la Jornada Electoral, buscando en todo momento que vote en igualdad de circunstancias, con la finalidad de garantizar sus derechos fundamentales. 

Así, el Marco Geográfico Electoral es un insumo valioso dentro del andamiaje electoral, porque define la correcta ubicación de las casillas electorales, facilita una correcta distribución de los materiales electorales, distribuye los expedientes de casilla para realizar los cómputos respectivos, y permite que las y los votantes, se asignen correctamente a un área específica en la que puedan elegir a sus candidatas y candidatos, de acuerdo con el ámbito de competencia del cargo al que aspiran. 

A partir de estas premisas, el día de ayer las comisiones unidas del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación y la del Registro Federal de Electores, aprobamos el Marco Geográfico Electoral que hoy se pone a nuestra consideración en este órgano colegiado, el cual será utilizado para la elección de las personas juzgadoras a partir de cada cargo que se elegirá. 

A saber, tratándose de los cargos de personas, ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las personas integrantes del Tribunal de Disciplina judicial, así como personas magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Marco Geográfico Electoral será el siguiente: 

Se utilizará la demarcación territorial de los 300 distritos electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales. 

Se aplicarán los resultados del Proyecto de Integración Seccional del año 2023. 

Se utilizarán resultados del reseccionamiento para algunas de las secciones que tuvieron casillas extraordinarias en el Proceso Electoral Federal, 2020-2021, y en los procesos electorales locales, 2021-2002. 

También, se utilizarán los resultados del Proyecto de reseccionamiento 2023-2024. 

Para la elección de las personas magistradas y magistrados que integrarán las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se utilizará el Marco Geográfico Electoral aprobado por este Consejo General mediante el Acuerdo INE-CG130/2023, en el que se definieron las cinco circunscripciones electorales plurinominales federales en que se divide el país, así como a la capital de la entidad federativa que es cabecera de cada una de ellas. 

Finalmente, para el caso de magistradas y magistrados de circuito, así como de juezas y jueces de distrito, la elección se realizará por circuito judicial, tomando en consideración los siguientes criterios: a) Conglomerados, lo que implica armonizar el Marco Geográfico Electoral, creando así agrupaciones de distritos electorales federales para efectos exclusivamente electivos; 

b) Distribución de especialidades, lo que redunda en que cada distrito judicial electoral será dividido para que la ciudadanía pueda votar por el mayor número de especialidades posible; 

c) Paridad, o lo que significa, que para la elección de magistradas y magistrados de circuito y juezas y jueces de distrito, este escenario busca que el máximo de cargos a elegir por boleta se aproxime lo más posible a 10, privilegiando que en cada circuito o distrito judicial se elijan hasta cinco mujeres y cinco hombres por cada boleta; y, 

d) Circuitos judiciales que comparten entidades. Para ello se utilizará el Marco Geográfico en estados que comparten circuitos, con excepción de aquellos municipios que están referidos en el Proyecto de Acuerdo, buscando que en cada conglomerado de distritos las y los ciudadanos puedan votar por el mayor número de especialidades posible, privilegiando que los circuitos judiciales se dividan entre el menor número de fracciones. 

En suma, este Proyecto de Acuerdo tiene enormes ventajas, ¿por qué? Porque simplifica la distribución de cargos en los distritos, en particular de aquellos circuitos judiciales con mayor número de cargos a elegir y competencias, además de facilitar el diseño y producción de boletas, actas y hojas de operaciones en aquellos circuitos judiciales con mayor número de cargos a elegir y competencias. 

Además, contribuye a homologar el tamaño de los documentos entre las diferentes elecciones, lo que reduce el requerimiento de urnas en aquellos circuitos judiciales con mayor número de cargos a elegir y competencias. De ahí, pues, que insista en la trascendencia del Proyecto de Acuerdo que estamos por aprobar. 

Cabe aclarar que esta propuesta estará sujeta a la validación del Consejo de la Judicatura Federal y, en caso de que se remitan ajustes o modificaciones a la división territorial judicial, se propondrá a este Consejo General los proyectos de acuerdo necesarios para atender las modificaciones que el Consejo de la Judicatura Federal haya determinado en materia de geografía judicial. 

Finalmente, quiero agradecer de forma acomedida, a mi colega el Consejero Arturo Castillo, Presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores, quien ha dedicado muchas horas de trabajo para que, en coordinación con el licenciado Alejandro Sosa, Titular de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, puedan encontrar una propuesta armónica que facilite las tareas para la elección de personas juzgadoras y, dicho sea de paso, esta propuesta se alinea con la cartografía que utiliza el Poder Judicial de la Federación para para la asignación de cargos y especialidades. 

Estas serían mis consideraciones a este Proyecto de Acuerdo. 

Presidenta, muchas gracias. 

¡Sigamos viviendo la democracia! 

Es cuanto. 

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