El Consejero Electoral explicó que la reforma a la LGIPE otorga a la Presidencia del INE la facultad de nombrar directores y asigna nuevas atribuciones a la Junta General Ejecutiva, lo que, según él, restringe el carácter colectivo y plural de las decisiones. “En el modelo vigente, esos nombramientos tenían que hacerse por una mayoría calificada de consejeros, 8 de 11”, señaló.
Destacó también que la controversia constitucional no es el mecanismo adecuado para impugnar esta reforma, ya que la Constitución no permite ejercerla contra leyes electorales. “La acción de inconstitucionalidad corresponde ejercerla a los partidos políticos o a porciones de diputados y senadores, pero no al Instituto Nacional Electoral”, aclaró el Consejero. Añadió que el INE está excluido por la Constitución de participar en estas controversias lo que deja esa responsabilidad en manos de los partidos políticos.
Finalmente, Espadas manifestó su desacuerdo con el fondo de la reforma, al argumentar que decisiones que antes requerían consenso ahora se depositan exclusivamente en la Presidencia. “La concentración de decisiones en la Presidencia me parece excesiva y se contrapone al carácter colectivo y diverso del Consejo General”. Subrayó que esta situación podría afectar la operatividad del INE, ya que elimina la necesidad de consenso y pluralidad en la toma de decisiones.