Intervención de la Consejera Norma Irene De la Cruz Magaña, en el punto 16 relativo al Proyecto Acuerdo por el que se instruye a la Secretaría Ejecutiva interponer una Controversia Constitucional en contra de la reforma a los artículos 45, párrafo 1, incisos e) y p) y 48, párrafo 1, inciso b) del «Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2024 

Escrito por: INE
Tema: Discursos

Muchas gracias, Presidenta. 

Muy buenas tardes a todas y a todos, también a quienes nos siguen en la transmisión. 

Discursos, acciones y hechos siempre van de la mano cuando se ejerce en las funciones del Estado. 

Algo que caracteriza a este colegiado es hablar en público y en privado sobre la importancia del Instituto Nacional Electoral como órgano del Estado y que la institución está por encima de las personas, bajo esa óptica, bajo esta característica y hasta si se quiere, bajo el principio de gobernanza o administración de este Instituto Nacional Electoral y, en específico, de su Consejo General, la colegialidad debe traducirse en la búsqueda de consensos, previo al natural disenso que en todo órgano plural existe. 

Hoy, una vez más es el disenso el punto de partida para someter a discusión un asunto que pudo hacerse del conocimiento previo de todas las personas que integramos este Consejo General para que lo analizáramos, lo discutiéramos, lo dialogáramos, lo acordáramos. 

El presente Punto de Acuerdo presentado por seis colegas no fue consensado previamente conmigo, ni con el resto del Consejo, por lo que no es un reflejo de una acción colegiada que pretenda construir un consenso para ejercer acciones legales en contra de una reforma electoral, que si bien, claro que es discutible y analizable; parte de la premisa de generar en el ambiente un falso debate. 2 

Y hablo de un falso debate, porque si este acuerdo tiene por objeto, a partir de una votación mayoritaria, instruir a la Secretaria Ejecutiva para controvertir algunas disposiciones de la reforma electoral publicada el pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, cuando es de explorado derecho que esa facultad corresponde a la Presidencia de este Instituto Nacional Electoral. 

Y basta recodar lo que aconteció en la sesión extraordinaria de enero de 2023, cuando derivado de un informe de la Secretaría Ejecutiva, quienes integrábamos ese Consejo General, se peticionó al entonces Consejero Presidente, instruyera al otrora Secretario Ejecutivo a ejercer las acciones legales para controvertí la pasada reforma electoral que fue invalorada por la Suprema Corte de Justicia. 

Acción que derivó de un informe, no así un Proyecto de Acuerdo por la mayoría de las consejerías de este Instituto. 

Se trató, pues, de una petición previamente consensuada por el colegiado. 

Hoy a diferencia de ese año, el discurso, los hechos y las acciones son diferentes. Por supuesto que integrar este Consejo General permite ejercer libremente la función encomendada, bajo el principio de que, como autoridad, solo podremos realizar lo que la ley nos faculta. 

Y, por tanto, y coincido con el Consejero Espadas, no existe una disposición expresa a partir de la cual la mayoría, mediante un Proyecto de Acuerdo, pueda instruir a la Secretaría Ejecutiva, a impugnar una reforma electoral, bajo una óptica que no es unánime, ni producto de un acuerdo previo, ni mucho menos bajo el principio de colegialidad. 

Esta acción concreta pareciera que tiene por objeto generar un efecto disruptor a quien ejerce la Presidencia del Instituto, porque aun cuando la mayoría decida aprobar este acuerdo, no existe disposición que establezca que la representación legal del Instituto, se ejerce por el mandato o voto mayoritario de quienes integramos el Instituto Nacional Electoral. 

Y bueno, basta ver desde la publicación de esta reforma, no hemos tenido ningún indicio o elemento que nos permita suponer que la Presidencia de este Instituto ejercerá a rajatabla las facultades que se le dieron en esta reforma. 

Y ante ello, invito a mis seis colegas que presentaron este acuerdo, que ya ha sido causa de una crisis mediática que solo daña al Instituto, que podamos hacer a un lado las 3 

diferencias, porque considero que instruir mayoritariamente a la Secretaría Ejecutiva, ejercer ciertas acciones, sin tener facultad expresa para ello, rompe el Estado de Derecho y la gobernanza de nuestro Instituto. 

Hoy más que nunca y ante la incertidumbre jurisdiccional en la que nos encontramos, ante la obligación de organizar un proceso electivo inédito, lo que nos queda es cerrar filas por el Instituto, por la ciudadanía, por México. 

Porque tal pareciera que este acuerdo, por la forma en que se presentó, estábamos en una reunión de consejerías, hablando de diálogo y sin aviso previo, las seis consejerías subieron este acuerdo, ni siquiera nos dijeron “agua va”. 

Entonces, pareciera que por cómo se hizo, pareciera que no tiene por objeto defender a la institución, sino que su efecto es desconocer las facultades de la Presidencia de este Instituto, como un ensayo más para que, en todo caso, puedan tomarse decisiones de las que no se tiene facultades porque a partir del voto mayoritario se puede como se pretende con este acuerdo. 

Es decir, legitimar tomas de decisiones, aun cuando no se tenga esa atribución. 

Disentir es válido, pero solicitar por mayoría el ejercicio de atribuciones específicas, que no se puedan tomar mayoritariamente, podría tener vicios de imposición. 

Hoy, si se aprueba este acuerdo, se pasará a la historia como el Consejo General que se sometió a votación ejercer acciones legales por un voto mayoritario. 

Por esas razones y porque considero que, es curioso que defendemos el colegiado y se excluya a la mitad del colegiado. 

Por esas razones, no acompaño este proyecto. 

Es cuanto, Presidenta. 

Gracias. 

-o0o