Con la aprobación del Legislativo federal en 2014 de elevar a rango constitucional el principio de paridad de género, se pensó que la igualdad entre hombres y mujeres sería una realidad luego de una larga lucha que hemos librado por visibilizarnos ante la sociedad y por nuestro derecho de participar en el ejercicio del poder público.
En 2019 para reforzar el principio de paridad, fue aprobada la reforma constitucional conocida como “Paridad en Todo” que determinó la paridad ya no solo en el registro de las candidaturas, sino en la conformación del poder público en sus tres niveles, en los órganos autónomos y en los sistemas normativos internos.
No obstante, y a pesar de la aprobación en 2007 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fue necesario en 2020 la modificación de ocho leyes para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Los innegables avances en la igualdad permitieron visibilizar una parte central del problema, un importante grado de violencia contra las mujeres, sobre todo, en su participación política.
En 2023 se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política para ampliar los tipos de violencia de género y la suspensión de derechos para las personas que cometan alguno de las ocho conductas que puede tener como consecuencia que una persona candidata no pueda acceder a un cargo de elección popular, empleo o comisión en el servicio público si se le acredita violencia de género.
Bajo este contexto, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), su máximo órgano de dirección, en sesión ordinaria celebrada el pasado 31 de julio, aprobó los “Lineamientos para la inscripción en el padrón de registro voluntario de perfiles en redes sociales de mujeres que ocupan un cargo público federal de elección popular”, para combatir de manera enfática y contundente la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Estos lineamientos responden a una sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que determinó, entre otras cuestiones, que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE instaurara el padrón referido.
Dichos lineamientos tienen por objeto, de conformidad con el Acuerdo del INE, “…establecer las reglas de integración, funcionamiento, actualización, consulta y conservación del registro voluntario en el padrón de perfiles de redes sociales…”.
Los lineamientos que entrarán en vigor el primero de septiembre compilarán y sistematizarán la información a través de un sistema informático de los perfiles en redes sociales de mujeres, como una herramienta para la autoridad electoral nacional, así como para otras instancias, para investigar, perseguir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Los lineamientos también buscan dar apoyo a las mujeres que en el ejercicio de su función pública consideren que han sido o están siendo objeto de violencia de género a través de redes sociodigitales o a través de diversas manifestaciones en internet. Estos lineamientos serán una herramienta para combatir la violencia digital y mediática que es la que más ha crecido en los últimos meses.
Será la UTCE del INE, la dependencia que dará seguimiento a las resoluciones que adopte el TEPJF sobre la existencia de perfiles en redes sociales de mujeres en algún cargo público de elección popular, con el objeto de brindarles información sobre acciones relacionadas con la violencia de género.
Asimismo, la UTCE será la responsable de instaurar, instrumentar, operar, y preservar el padrón.
Tenemos entonces, una normativa más para erradicar el terrible cáncer de la violencia de género con la finalidad de ir construyendo una auténtica igualdad sustantiva que permita una sociedad más justa, equitativa y plena para mujeres y hombres, principios básicos de un sistema democrático.
Consulta el artículo El Universal.