El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), su máximo órgano de decisión sesionó el pasado 9 de junio para conocer diversos informes presentados por la Secretaría Ejecutiva sobre los cómputos de la elección. En especial me referiré al resultado de la sumatoria de los resultados consignados en las actas de escrutinio y cómputo de la elección presidencial.
De este informe destaca que, luego de la realización de los cómputos distritales por parte de los 300 consejos distritales, a razón de uno por cada uno de los distritos electorales federales en que se divide el país, la votación total cuantificada fue de 60 millones 115 mil 184 votos, lo que representó una participación ciudadana del 61.04% de los poco más de 98.5 millones de registros de ciudadanas y ciudadanos inscritos en los 4 listados nominales de personas electoras.
Para obtener la votación total, el INE llevó a cabo el recuento de un total de 116 mil 397 paquetes electorales, mismos que contienen las actas de escrutinio y cómputo de igual número de casillas electorales llenadas por las y los funcionarios de casilla.
Este recuento equivale al 68.16% del total de las casillas instaladas en cumplimiento a lo establecido en el artículo 311 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que señala, entre otras disposiciones, que durante el desarrollo de los cómputos distritales:
Se abrirán los paquetes que contengan los expedientes de la elección que no tengan muestras de alteración, “se cotejará el resultado del acta de escrutinio y cómputo de casilla contenida en el expediente de casilla con los resultados que de la misma obre en poder del presidente del consejo distrital”. Si los resultados de ambas actas son coincidentes se asentará en las formas determinadas para ello.
“Si los resultados de las actas no coinciden, o se detectaren alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla, o no existiere el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de casilla ni obrare en poder del presidente del consejo, se procederá a realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de la casilla, levantándose el acta correspondiente”. Es de hacer notar que este procedimiento se realiza en sesión pública de los consejos distritales —conformados por personas del Servicio Profesional Electoral y por 6 ciudadanos y ciudadanas en su calidad de consejeros electorales distritales— en presencia de las representaciones de los partidos políticos y personas observadoras.
En términos generales, el recuento de votos es un procedimiento legalmente establecido ante la no coincidencia de los resultados del acta del expediente de la casilla con los que obren en poder de los representantes de partido o de la presidencia del Consejo; se detecten alteraciones evidentes en las actas; no exista el acta de escrutinio y cómputo de casilla; existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos del acta; que el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugar de la votación, así como que todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido político.
Este ejercicio del recuento de votos realizado por el INE buscó en todo momento dar plena certeza y confiabilidad a los cómputos distritales, base para la definición de las personas candidatas que, finalmente, obtuvieron el triunfo electoral. Recordemos que, en la elección presidencial de 2018, el INE recontó el equivalente al 75% de los paquetes electorales lo que permite, además, general transparencia en el resultado de las elecciones.
Consecuentemente, los resultados obtenidos por las tres personas candidatas a la presidencia de la República fue:
Jorge Álvarez Máynez, del partido Movimiento Ciudadano: 6 millones 204 mil 710 votos (10.3213 %).
Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, de la coalición “Fuerza y Corazón por México”: 16 millones 502 mil 697 votos (27.4517 %).
Claudia Sheinbaum Pardo, de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”: 35 millones 924 mil 519 votos (59.7594 %).
El INE hizo su trabajo, cumpliendo con la reconocida calidad INE, instalando el 99.98% de las casillas y dando transparencia y certeza al proceso de votación y a sus resultados con votos contados por millones de ciudadanos y ciudadanos en todo el país, ahora corresponderá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolver las controversias en materia electoral que los diversos actores políticos presenten.