Resumen
El Instituto Nacional Electoral (INE) no contrata servicios de encuestadoras para medir preferencias en procesos electorales, ni es suyo el número telefónico 5514540019.
Durante los procesos electorales federales, el INE tiene la facultad de regular la publicación en materia de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida y conteos rápidos no institucionales, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Elctorales (LGIPE) y el Reglamento de Elecciones, con el objetivo de evitar la proliferación de encuestas sin rigor metodológico y, que la ciudadanía cuente con información para un voto informado y razonado.
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Fecha: 25 de marzo de 2024
Fuente: Redes sociales, X (antes Twitter)
Tipo de acción: Aclaración
Categoría de la desinformación: Contenido impreciso por contexto falso
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El INE no contacta a la ciudadanía para hacer encuestas
El Instituto Nacional Electoral (INE) cuenta con números de contacto institucionales, a los que la ciudadanía puede llamar y consultar sobre trámites como: expedición, reposición, actualización y robo de su Credencial para Votar con Fotografía; ubicación de módulos, y orientación para votar desde el extranjero, entre otros. Los teléfonos oficiales del INE son:
INETEL al 800 433-2000 desde cualquier parte del país sin costo; desde Estados Unidos sin costo al 1 (866) 986 8306, y, desde otros países por cobrar al +52 (55) 5481 9897.
El INE no hace llamadas a la ciudadanía. El número telefónico 5514540019 no pertenece al INE. Además, para el Proceso Electoral Federal 2023-2024, el INE no ha contratadoservicios de casas encuestadoras para medir las preferencias electorales.
El INE está encargado de vigilar el cumplimiento normativo de los estudios demoscópicos
El INE regula que las encuestas con fines electorales cumplan con requisitos metodológicos, pero no hace encuestas de preferencia electoral. De conformidad con loestablecido en el Artículo 213 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Artículos del 136 al 141 del Reglamento de Elecciones, el INE es el encargado de regular y emitir lineamientos sobre la publicación de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida y conteos rápidos no institucionales para los procesos electorales federales.
El ejercicio tiene como fin dar cuenta del cumplimiento normativo de los estudios demoscópicos, publicados por personas físicas y morales que han dado a conocer resultados sobre preferencias electorales en el proceso electoral del que se trate, permitiendo al electorado diferenciar encuestas con rigor científico de aquellas que carecen de sustento metodológico.
Estos estudios son de acceso público y se pueden conocer ingresando a la liga:https://www.ine.mx/voto-y-elecciones/encuestas-electorales/
El objetivo de la regulación en materia de encuestas es para quienes ordenen o publiquen encuestas y sondeos de opinión, a fin de que detallen su metodología sobre aspectos tales como: el nombre del patrocinio o pago de la encuesta, pago para su publicación, el tamaño de muestra, nivel de confianza, margen de error y tratamiento de no-respuestas, así como las fechas de levantamiento y el fraseo de las preguntas cuyos resultados se publiquen(numerales 6 y 7 del Artículo 136 del Reglamento de Elecciones).
El principio central de la regulación se enmarca en la transparencia y la máxima publicidad,con la finalidad de ofrecer a la sociedad los insumos necesarios para que pueda valorar la calidad de estas y, en consecuencia, contribuir en la construcción del voto razonado y de una opinión pública mejor informada.
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Justificación de criterio
Información imprecisa que afecta el principio de transparencia y legalidad de la autoridad electoral en el contexto del proceso electoral 2024.