La reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2020, reformó y adicionó diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Entre las diversas disposiciones legales, el Legislativo dotó al Instituto Nacional Electoral, así como a los Organismos Públicos Locales Electorales de competencias hacia los partidos políticos, personas candidatas y ciudadanía en general relacionadas con el combate a este cáncer que vulnera nuestro sistema democrático.
A partir de esta reforma el INE ha generado diversos documentos normativos tales como modificaciones a su Reglamento Interior para incorporar el precepto de violencia de género y de perspectiva de género; la expedición del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; los Lineamientos para la integración, funcionamiento y actualización del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política; la emisión del formato “3 de 3” contra la violencia, el Protocolo de atención a víctimas y la elaboración de riesgos en los casos de violencia de género, entre otros.
Con estos antecedentes, el INE, a través de su Consejo General, aprobó el pasado 8 de febrero el Acuerdo por el que se acordó la implementación de un programa piloto de servicios de primeros auxilios, de orientación, asesoría, atención y acompañamiento jurídico de las mujeres en situación de violencia de género, con enforque interseccional e intercultural durante el presente proceso electoral.
En este sentido, el programa piloto pretende dar cabida al derecho de las mujeres a gozar de sus derechos políticos electorales libre de cualquier tipo de violencia, así como de la obligación del INE de llevar a cabo todas las acciones a su alcance para materializar dichos derechos. Pretende dotar de herramientas y personal calificado a diversas áreas del INE para que puedan prestar los primeros auxilios referidos a las mujeres que así lo soliciten, en la elaboración de quejas y denuncias y su acompañamiento y asesoría jurídica por la comisión de alguna de las conductas previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Ahora bien, en dicha sesión, si bien voté a favor del acuerdo en el sentido de que el mismo constituye una cristalización de los esfuerzos institucionales iniciados desde 2021 cuando presidía la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación en donde me permitir plantear por primera vez, la creación de una Defensoría para la atención integral de este fenómeno y, si bien, va en la línea que marca la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, así como de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y acorde a las recomendaciones del Comité CEDAW, manifesté en dicha sesión pública diversas consideraciones en torno a que el mecanismo aprobado presenta algunas limitaciones que ponen en riesgo su efectividad.
Mi voto concurrente fundamentalmente expuso dos consideraciones básicas. Primero, la temporalidad, el Acuerdo llega tarde cuando nos encontramos a menos de 4 meses de la elección más grande que haya tenido nuestra nación.
Segundo, el programa tiene un carácter temporal cuando la violencia de género es perpetrada permanentemente y no de forma ocasional. Cabe precisar que el proyecto que en su oportunidad presente establecía la creación de un área de carácter permanente en la cual se diera una atención integral, tanto de primer contacto como de acompañamiento legal, incluso con cobertura para las elecciones locales y asesoría en la impugnación ante las instancias jurisdiccionales.
Lo anterior, frente a la necesidad de generar un acceso real a la protección del Estado cercano a las ciudadanas mexicanas privilegiando un diálogo abierto, incluyente, plural y en favor de las mujeres contra actos que afecten o que pudieran afectar sus derechos políticos y electorales o sean o pudieran ser víctimas potenciales en materia política en razón de género, para lograr darles certeza, visibilidad auténtica e igualitaria a las mujeres con lo que estableceríamos un sistema democrático más sólido.
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