Una auténtica democracia se caracteriza, entre otros factores, por contar con derechos igualitarios entre hombres y mujeres que permitan generar certeza, equidad e igualdad en todos los procesos que se desarrollan en la sociedad. Un tema por demás importante es la renovación periódica del poder público en el que los derechos de las mujeres, que han tenido que recorrer un largo camino por alcanzar la plenitud, no acaba de materializarse.
Apenas en 2014 se estableció en la Constitución Política la obligación de los partidos políticos de postular de forma paritaria candidaturas al Congreso de la Unión y a los Congresos Estatales. En 2019, se reforman 9 artículos de la Constitución para incorporar al texto constitucional la “Paridad en Todo”.
Desde entonces, el Instituto Nacional Electoral ha emitido criterios para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas; así lo hizo para las elecciones locales de 2021; 2022 y 2023. En este recorrido, salvo para el proceso 2022, las instancias políticas han impugnado las determinaciones de la autoridad administrativa electoral respecto a la paridad en gubernaturas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien, entre otras consideraciones ha defendido la paridad de género; en la sentencia SUP-RAP-220/2022 estableció que “El principio de paridad es obligatorio y, por tanto, la falta de regulación legislativa no es obstáculo para que se aplique de forma directa la Constitución y, por tanto, el derecho fundamental de ser votada en condiciones de paridad”.
Desde entonces, se ha potenciado la presencia de las mujeres en estos espacios. En 2021 fueron electas 6 mujeres como gobernadoras de los 15 espacios que fueron renovados; en 2022 se eligieron 2 gobernadoras de las 6 que estuvieron en disputa, y en 2023 fue electa una mujer de las dos gubernaturas que estuvieron en juego. En tres años, de 2021 a 2023 se han renovado 23 gubernaturas y las mujeres han ganado 9 espacios, es decir, un 39.10%.
Sin embargo, de acuerdo con información pública disponible de los institutos electorales locales del país, de 1991 (elección de Colima) al presente año (elecciones de Coahuila y el Estado de México), se han registrado 918 personas candidatas a las gubernaturas, de las cuales 183 han sido mujeres (19.9%) por 735 hombres (80.1%).
Bajo este contexto, el INE en la búsqueda de garantizar el principio de paridad en todo establecido en la Constitución, a pesar de la resistencia mostrada de manera reiterada por los partidos políticos nacionales, en sesión extraordinaria celebrada el pasado 19 de octubre, el Consejo General del INE, su máximo órgano conoció el Proyecto de Acuerdo por el que se determinó requerir “…a los partidos políticos nacionales para que informen al INE a más tardar un día antes del inicio de la precampaña correspondiente…” cómo aplicaran una auténtica competitividad en la postulación de mujeres a las 8 candidaturas a gubernaturas, así como a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
No obstante, luego de la votación formulada en “lo general” la cual fue rechazada por la mayoría, por recovecos “interpretativos” o errores en la toma de la votación de un proyecto que ni en Comisiones Unidas ni en el pleno del Consejo General reunía la mayoría de votos, debió ponerse a la consideración primero el número de espacios a gubernaturas, es decir el criterio de 5 mujeres postuladas y 4 hombres para los 9 poderes ejecutivos locales en juego y, una vez aprobado el criterio, el engrose que la mayoría de las y los consejeros y las representaciones partidistas conocimos 3 días antes de la celebración de la pasada sesión del Consejo General del INE, este 24 de octubre el Consejo General, bajo una fundamentación construida principalmente para atender diversos criterios de la Sala Superior así como planteamientos de los partidos políticos, en una sesión extraordinaria solicitada por una mayoría de consejeros y consejeras electorales aprobará, estoy segura, entre otros aspectos que los partidos políticos postulen, entre los 9 espacios en el que serán renovadas la persona titular del poder ejecutivo local, 5 mujeres y 4 hombres.
En este acuerdo se establece que las fechas establecidas por el INE para que los partidos informen dicha determinación para la Ciudad de México, Jalisco y Yucatán será el 4 de noviembre; para Tabasco, el 14 de noviembre; para Guanajuato y Morelos, el 24 de noviembre; para Puebla el 24 de diciembre; Veracruz, el primero de enero, y Chiapas, el 21 de enero.
Hago votos porque cada vez sean menos las resistencias para cumplir con la paridad y garantizarles a las mujeres el acceso a todos los espacios públicos en nuestro país y que resulten innecesarias las sesiones, acuerdos y sentencias de las autoridades administrativas o jurisdiccionales en materia electoral para que este principio constitucional se observe a cabalidad en virtud del cumplimiento irrestricto por parte de los partidos políticos a este principio.
Lo que seguirá muy probablemente es que algunos partidos políticos que manifestaron su postura en contra de este acuerdo estarían recurriendo al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien, como máximo tribunal en materia electoral, tendrá la última palabra. Estaremos atentos.
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