El 28 de octubre de 2020 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó un importante Acuerdo (INE/CG517/2929) por el que fueron emitidos los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Asimismo, a través del Acuerdo INE/CG583/2022 el Consejo General del INE determinó ordenar a los partidos políticos adecuar sus documentos básicos para establecer en ellos los criterios ordenados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) relativos a garantizar la paridad sustantiva en la postulación de candidaturas a las gubernaturas. De igual forma, a través del Acuerdo INE/CG832/2022 y en acatamiento a una sentencia del TEPJF se ordenó a los partidos políticos nacionales modificar sus documentos básicos en materia de paridad sustantiva y violencia política de género a más tardar el 31 de mayo de este 2023.
Bajo este contexto, en sesión celebrada el pasado 20 de abril por la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, órgano auxiliar del Consejo General, se conoció el Informe sobre el Seguimiento a la modificación de los documentos básicos de los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y paridad sustantiva.
De este informe que tiene un corte al 11 de abril, después de que el área técnica respectiva del INE realizara la revisión de los documentos básicos de los siete partidos nacionales (estatutos sociales, declaración de principios y programas de acción), los partidos PT, PRD, Morena y el PVEM han hecho las modificaciones necesarias a todos sus documentos en relación con la atención, prevención y sanción de la violencia política de género; los documentos del PAN no se han presentado ante el Consejo General pero de acuerdo con dictamen de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos cumplen los parámetros de la revisión; el PRI por su parte, solamente ha modificado sus estatutos sociales. Movimiento ciudadano no ha cumplido con sus responsabilidades en este tema.
Destaca que solo 3 partidos políticos nacionales (PAN, PRI y PVEM) cumplen con la disposición relativa a la paridad en gubernaturas, es decir, faltan 4 partidos políticos en acatar lo resuelto por la Sala Superior del TEPJF en la sentencia SUP-RAP-220/2022.
Sobre las disposiciones relativas a atender las modificaciones legales en materia de violencia política de género y paridad sustantiva, el informe reporta que tanto los partidos políticos nacionales como las agrupaciones políticas nacionales han atendido de forma favorable las disposiciones en estas materias; solo faltaría que el Consejo General conozca de las modificaciones del PAN, pero la Unidad Técnica de igualdad de Género y No Discriminación del INE en su dictamen ha establecido que han cumplido con las referencias legales correspondientes.
Consecuentemente, es importante reiterar a los partidos y agrupaciones políticas nacionales que aún faltan por cumplir con las disposiciones de modificar sus documentos básicos antes del 31 de mayo, a que lo hagan para que con ello queden alineados sus estatutos sociales, declaración de principios y programas de acción a las normativas en materia de paridad y combate a la violencia política contra las mujeres en razón de género ordenadas por la ley así como por el TEPJF.
De lograrlo, no solo se estarían cumpliendo las disposiciones jurídicas establecidas para ello, sino se dejaría un piso firme para ir fortaleciendo la igualdad sustantiva que nos permitiría contar con una sociedad justa, equitativa y visibilizando a las mujeres, lo que permitirá el pleno ejercicio de sus derechos políticos y electorales en contextos libres de todo tipo de violencia.
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