El pasado 5 de junio se llevaron a cabo 6 elecciones locales en igual número de entidades federativas: Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas. En los 6 estados se renovó a la persona titular del ejecutivo local; en Durango, además, se renovaron las 39 presidencias municipales, las 39 sindicaturas y las 327 regidurías, en tanto que en Quintana Roo, además, se renovó el Congreso local conformado por 25 espacios legislativos; 15 electos por el principio de mayoría relativa y 10 por la vía de la representación proporcional.
En total estuvieron en disputa 436 cargos de elección popular que, multiplicados por las instancias partidistas, coaliciones, candidaturas comunes, que postularon candidaturas, fueron más de 2,100 registros de personas participantes. En las diputaciones del estado de Quintana Roo, 207 candidatas y candidatos; 158 por el principio de mayoría relativa y 49 por la representación proporcional. En las 6 gubernaturas hubo un total de 27 candidaturas, 14 hombres por 13 mujeres. Para las presidencias municipales del estado de Durango se registraron 245 candidaturas; para las sindicaturas 236 y para las regidurías 1,929 candidaturas.
Bajo este contexto, y de acuerdo con lo mandatado por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene entre sus atribuciones legales para los procesos electorales tanto federales como locales, la fiscalización del origen, monto, destino y aplicación del financiamiento público que reciben todas las instancias participantes en la competencia electoral.
Consecuentemente, la fiscalización busca asegurarse que partidos políticos y todas las candidaturas destinen sus gastos para tres objetivos exclusivamente:
Para gastos de actividades ordinarios, rentas, gastos de estructura partidista, propaganda institucional, entre las principales. Para gastos de proceso electoral que son justamente las realizadas durante las precampañas y campañas en las que los actores políticos difunden sus propuestas a la ciudadanía y para ello utilizan propaganda, publicidad, realización diversos eventos, mensajes en radio y televisión, entre otros.
Los gastos por actividades específicas tales como educación, gastos para la capacitación y promoción del liderazgo político de las mujeres, entre otros.
En este sentido, el Consejo General del INE, su máximo órgano de dirección aprobó en diciembre del año pasado el acuerdo (INE/CG/1746/2021) por el que se determinaron los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos, correspondientes a la obtención del apoyo de la ciudadanía, precampañas y campañas de los procesos electorales referidos.
El proceso de fiscalización se basa principalmente en la revisión de los informes de ingresos y gastos de las y los actores políticos participantes que entreguen a la autoridad electoral. Para el periodo de obtención del apoyo de la ciudadanía y las precampañas, los plazos corrieron del domingo 13 de febrero al viernes 18 de marzo de este año.
Para el caso de las campañas electorales, las instancias participantes debieron entregar, en un primer periodo sus respectivos informes el 5 de mayo que abarcó el periodo del 3 de abril al 2 de mayo; para un segundo periodo, del 3 de mayo al primero de junio, las y los participantes en las campañas debieron entregar sus informes el pasado 4 de junio. En la revisión de los informes y la documentación comprobatoria que deben acompañarlos, la autoridad electoral tuvo como plazo hasta el 14 de junio para señalar errores u omisiones, esperando las respuestas respectivas para su análisis el pasado 19 de junio.
Ahora bien, el INE con base en el acuerdo descrito analizará las respuestas presentadas por los partidos y elaborará los dictámenes y las resoluciones de dichos informes en la Comisión de Fiscalización a más tardar el 11 de julio para su presentación al Consejo General hasta el 21 de julio. Con los resultados que el INE presente y en caso de la interposición de sanciones a partidos políticos, candidatas y candidatos éstos tienen a salvo sus derechos para recurrir ante las instancias jurisdiccionales correspondientes.
La importancia de esta función de fiscalización es que constituye una expresión documentada de transparencia y de rendición de cuentas que, por un lado, tienen el deber partidos y las candidaturas y, por el otro, las autoridades electorales de investigar y comprobar el origen, los montos y el destino de los recursos utilizados. Este proceso forma parte del importante engranaje para garantizar la equidad en nuestros procesos electorales a través del cual se teje nuestra democracia.
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