- Se declara procedente la solicitud de adoptar medidas cautelares formulada por el Partido Morena
Durante la sesión extraordinaria del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en el estado de Sonora celebrada de manera virtual el día 18 de marzo de 2022, fue aprobado por unanimidad de votos la solicitud de adoptar medidas cautelares formulada por el Partido Morena en contra del Senador Damián Zepeda Vidales por la presunta promoción ilegal del proceso de Revocación de Mandato, dentro del procedimiento especial sancionador JL/PE/MORENA/JL/SON/PEF/2/2022.
Esto porque el pasado dieciséis de marzo de dos mil veintidós, se recibió el escrito de la representante propietaria del Partido Político Morena ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora (IEEyPC), María Fernanda Gámez Hernández, en contra de Damián Zepeda Vidales, Senador de la República y el Partido Acción Nacional, por hechos que podrían constituir infracciones a la normatividad electoral.
Por lo anterior, solicitó el dictado de medidas cautelares, con motivo de las expresiones realizadas por dicho servidor público a través de la red social Twitter referentes a la promoción y difusión del proceso de revocación de mandato, con la intención de influir en las preferencias de los ciudadanos; a efecto de que se ordene al Senador por el Partido Acción Nacional, Damián Zepeda Vidales, militantes, simpatizantes y servidores públicos de ese partido político la suspensión de difusión de información relacionada con la Revocación de Mandato, así como el retiro de la propaganda emitida en el marco del Proceso de la Revocación de Mandato.
En tal sentido, el Consejo Local del INE en el estado de Sonora considera que es procedente el dictado de medidas cautelares solicitadas por el Partido Morena, de conformidad con los siguientes argumentos:
Desde una perspectiva preliminar, los hechos denunciados pudieran ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales indicadas, debido a que, aparentemente, se está en presencia de la promoción indebida del proceso de revocación de mandato que tendrá verificativo el próximo diez de abril del año en curso, atribuible al Senador de la República, Damián Zepeda Vidales, debido a que se trata de un servidor público que difunde el proceso de consulta de revocación de mandato con el fin de influir en las preferencias de los ciudadanos de manera reiterada y sistemática para que se vote por la revocación de mandato en contra del Presidente de la República, máxime que, conforme a la normatividad, corresponde al Instituto Nacional Electoral o, en su caso, a los organismos públicos locales, promover la participación ciudadana, como única instancia a cargo de la difusión de los procesos de revocación de mandato, por lo que, resulta procedente ordenar al Senador de la República, Damián Zepeda Vidales retire en un plazo de 6 horas a partir de ser notificado, la propaganda denunciada o cualquiera otra de esa misma cuenta que se refiera a la promoción y difusión de la revocación de mandato.
Lo anterior, con excepción de los materiales de la plataforma Twitter correspondientes al 24 de febrero y 4 de marzo de 2022, en razón de que en su contenido sólo se advierte una crítica a políticas del gobierno federal, lo que se considera natural al debate político, por lo que esas expresiones se encuentran protegidas por la libertad de expresión, además, de que no hace referencia al proceso de revocación de mandato y tampoco se advierte que invite a los ciudadanos para votar en algún sentido en la consulta de revocación de mandato.
De igual manera, tampoco se advierte en forma preliminar algún tipo de irregularidad en materiales publicadas en la plataforma YouTube por la cuenta Senadores PANTV, en la página del Grupo Parlamentario del Senado de la República del Partido Acción Nacional y de la cuenta personal de dicho servidor público en la plataforma Twitter, respectivamente, porque de su contenido se advierte que sólo informa que iniciara una gira para exponer problemas de interés público relacionado con reformas legislativas impulsadas por el gobierno federal y que en la óptica del denunciado no son adecuadas para el país, sin embargo, se estima que también se trata de manifestaciones dentro del contexto y contraste del debate político y que como se ha señalado, las mismas se encuentran protegidas por la libertad de expresión.
Por lo anterior, el Consejo Local consideró que es procedente el dictado de medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el Senador de la República, Damián Zepeda Vidales se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre la figura de Revocación de Mandato, hasta concluida la jornada el próximo 10 de abril de 2022, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.
Así, finalmente el Consejo Local sobre la solicitud de medida cautelar respecto a militantes, simpatizantes y servidores públicos del Partido Acción Nacional, considera que es improcedente el dictado de medidas cautelares, referentes a ordenar a militantes, simpatizantes y servidores públicos del Partido Acción Nacional para que se abstengan de emitir manifestaciones referentes al proceso de revocación de mandato, solicitadas por el Partido Morena en atención a que no se advierte al menos en forma preliminar en los hechos denunciados la participación de otros sujetos de responsabilidad, debido a que la promoción de los hechos denunciados, se realizaron en la cuenta de Twitter del Senador Damián Zepeda Vidales.