A partir del 4 de febrero, con la aprobación de la Convocatoria correspondiente por parte del Consejo General, en Chiapas se dio inicio formal al proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República, un ejercicio que se realizará por primera vez en la historia del país, indicó en conferencia de prensa Gonzalo Rodríguez Miranda, Consejero Presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Chiapas.
Ante los medios de comunicación, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local, informó que la aprobación de la Convocatoria, sumada a la instalación de los Consejos Local y Distritales en el mes de enero, constituyen elementos fundamentales para la organización de este ejercicio de participación ciudadana inédito, donde el INE es la única autoridad, junto con los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLs), los facultados para realizar la difusión del ejercicio revocatorio.
A pesar de la reducción presupuestal, el INE ha realizado y seguirá cumpliendo con las tareas encomendadas, instalando el mayor número posible de casillas que el presupuesto autorizado permitió.
“El INE cumplirá con su firme compromiso en la atención de sus obligaciones constitucionales, haciendo ajustes a su presupuesto, ahorros y reducción de costos para lograr la realización de la revocación de mandato”, enfatizó el Consejero Presidente.
Rodríguez Miranda indicó que para Chiapas se tiene una proyección preliminar de 2 mil 377 casillas, distribuidas en mil 021 Unidades Territoriales, lo que equivale a una tercera parte de las casillas que originalmente se instalarían, tomando como referencia el proceso electoral pasado.
Enfatizó que “todas las ciudadanas y ciudadanos inscritos en la Lista Nominal tendrán una boleta esperándolos en las casillas de la Revocación de Mandato el 10 de abril”, para ejercer su derecho al voto.
Recalcó que este ejercicio se trata de una revocación de mandato, tal y como lo establece la Ley Federal de Revocación de Mandato en su artículo 5:
“La Revocación de Mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la presidencia de la República a partir de la pérdida de la confianza”.
Durante el tiempo que comprende el mecanismo de participación ciudadana, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.