Versión estenográfica de la Sesión Extraordinaria del Consejo General, 10 de noviembre de 2021

Escrito por: INE
Tema: Consejo General

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA PRELIMINAR DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), REALIZADA DE MANERA SEMIPRESENCIAL

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muy buenas tardes, señoras y señores consejeros y representantes. Damos inicio a la Sesión Extraordinaria del Consejo General convocada para el día de hoy, por lo que le pido al Secretario verifique si hay quórum para sesionar.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muy buenas tardes tengan todas y todos ustedes, tratándose de una sesión de este órgano colegiado que combina la presencia en la sala con quienes se conectan de manera virtual, procederé a pasar lista a estas últimas.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Presente, buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Buenas tardes, presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Presente, buenas tardes.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Diputado Marco Humberto Aguilar.

¿Diputado Aguilar?

Senador Juan Manual Fócil.

Consejero del Poder Legislativo del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez: Juan Manuel Fócil, presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Gracias.

Diputado Pedro Vázquez.

Consejero del Poder Legislativo del PT, Pedro Vázquez González: Buenas tardes a todas y a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Diputada Karen Castrejón.

Consejera del Poder Legislativo del PVEM, Karen Castrejón Trujillo: Muy buenas tardes, presente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Diputado César Hernández.

Consejero del Poder Legislativo de MORENA, César Agustín Hernández Pérez: Sí.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Víctor Hugo Sondón.

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Presente, señor Secretario. 

Buenas tardes a todas y a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Licenciado Gerardo Triana.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Presente, señor Secretario.

Y buenas tardes a todas y a todos.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Maestro Fernando Garibay.

Representante del PVEM, Fernando Garibay Palomino: Presente, Secretario.

Buenas tardes a todos y a todas.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muchas gracias.

Presidente, tenemos conectados virtualmente a 11 miembros de este Consejeros, 11 más en la sala, una asistencia inicial de 22 consejeras, consejeros y representantes, por lo que hay quórum para la realización de esta sesión extraordinaria.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Continúe con la sesión.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto, Presidente, se refiere al orden del día.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario.

Señoras, señores consejeros y representantes, está a su consideración el orden del día.

Al no haber intervenciones sobre este punto, señor Secretario, le ruego consulte si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de la lectura de los documentos que se hicieron circular previamente.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día.

Así como la dispensa de la lectura de los documentos que se hicieron circular previamente para así entrar directamente a la consideración de los mismos, en su caso.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: En la sala, quienes estén a favor.

Muchas gracias.

Tanto el orden del día, como la dispensa propuesta, Presidente, son aprobados por unanimidad.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Dé cuenta del primer punto.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El primer punto del orden del día es el relativo al proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-RAP415/2021, y sus acumulados, se modifican los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato y su anexo técnico.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor Secretario.

Señoras, señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado.

En primera instancia le cedo la palabra al Secretario Ejecutivo para que haga una presentación del proyecto de acuerdo.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Muchas gracias, Presidente.

De nueva cuenta, muy buenas tardes.

En sesión de este órgano colegiado celebrada el pasado 30 de septiembre, se adoptó el acuerdo 1566 del año en curso, por el cual se modificaron los lineamientos para la organización de la revocación del mandato de la persona titular de la Presidencia de la República electa para el periodo constitucional 2018-2024, así como sus anexos, a fin de adecuarlos al contenido normativo resultante de la promulgación de la Ley Federal de Revocación de Mandato.


Contra el acuerdo en cuestión se interpusieron diversos medios de impugnación, los cuales, previa acumulación, fueron resueltos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el pasado 1º de noviembre.

De los distintos planteamientos de inconformidad, la Sala Superior acogió uno de ellos, motivo por el cual resolvió revocar el acuerdo en cuestión con el solo propósito de que se emita uno nuevo, en el cual esta autoridad, cito:

“…determine que para recabar firmas de apoyo al proceso de Revocación de Mandato deben facilitarse en todo el país, no solo en lugares de alta marginación, tanto formatos físicos como en dispositivos electrónicos, para que ambos tipos de formatos queden a disposición de las personas interesadas en recabar firmas de apoyo y, en su caso, las y los ciudadanos interesados en apoyar el proceso de Revocación de Mandato elijan el medio, formato en papel o dispositivo electrónico, a través del cual otorgarán tal apoyo”.

Hasta ahí la cita de la sentencia de la Sala Superior.

Para estos efectos, en la propia sentencia se dispuso que este Instituto debe efectuar, con libertad de atribuciones, las modificaciones necesarias a los lineamientos indicado sus anexos, y vuelvo a citar:

“…y los plazos previstos en los mismos, para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con lo determinado en la presente ejecutoria”.

Hasta aquí a la letra la sentencia en comento.

En estricto cumplimiento al fallo judicial, se somete a consideración de este Consejo el proyecto de acuerdo trabajado a partir de las directrices fijadas por la autoridad jurisdiccional, y se propone modificar 17 artículos de los lineamientos, así como poco más de 40 preceptos de su anexo técnico.

Las propuestas de modificación y de adición giran en torno a contemplar de forma indistinta el uso de la aplicación electrónica y de los formatos físicos para la recolección de firmas a lo largo y ancho del territorio nacional, lo cual supone, de manera necesaria, el ajuste de los plazos y términos contemplados tanto en el artículo cuarto transitorio del Decreto de Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, publicado el 20 de diciembre de 2019, como en los lineamientos que ahora se sustituyen.

Es importante resaltar que, como los diferendos de criterio entre las autoridades administrativas y judicial no deben tener un efecto perjudicial en el acervo jurídico de las personas, la propuesta de acatamiento se encarga de garantizar el ejercicio del derecho de la ciudadanía de participar en el proceso de Revocación de Mandato, por lo que se amplía hasta el 25 de diciembre de este año el plazo para la recolección de firmas de apoyo, es decir, contará la población con 10 días más.

Ahora bien, el empleo generalizado en el país de firmas asentadas en papel para la recolección de apoyos exigirá a fin de dotar la certidumbre indispensable a proceso revocatorio la realización de actividades detalladas en el cuerpo del proyecto que no se encontraban contempladas en los lineamientos y en los anexos técnicos actuales.

Por estas razones, en el proyecto, se demuestra por qué no serán suficientes los 20 días constitucionalmente previstos y es forzoso recorrer los plazos, particularmente el de la emisión de la convocatoria que no podrá hacerse en los primeros días de enero, como se tenía originalmente contemplado, sino hasta el 4 de febrero.

En este mismo sentido, se propone ahora como fecha para la realización del ejercicio de participación política directa en lugar del 27 de marzo, el 10 de abril, lo cual supondrá un esfuerzo particular por parte de las distintas áreas de esta Institución, pero que es indispensable desplegar para evitar, en la medida de lo posible, el empalme de este ejercicio con los comicios mediante los cuales se renovará las gubernaturas el próximo año en 6 entidades del país.

El ejercicio previsto que se propone en el proyecto para la Revocación de Mandato es el 10 de abril, las 6 campañas electorales para la renovación de las gubernaturas iniciarán el 3 de abril, de manera tal que solamente se empalma un ejercicio con el otro por una semana.

En este caso, en caso de que la propuesta sea acogida favorablemente, las direcciones ejecutivas y unidades técnicas del Instituto involucradas en la organización del proceso de Revocación de Mandato, deberán realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de las modificaciones aprobadas.

Del mismo modo, la Secretaría Ejecutiva en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración y cuando así lo soliciten las unidades responsables, realizará las gestiones administrativas que se requieran.

Por último, debo, igualmente, resaltar que en el proyecto se propone instruir a la Comisión del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero para que se presente a consideración de este órgano colegiado, una vez que concluya el proceso de Revocación de Mandato en curso, los estudios técnicos y financieros para garantizar la votación de las personas mexicanas residentes en el extranjero en futuros procesos de Revocación de Mandato o la implementación de un programa piloto, para que de esta manera atender lo ordenado por la sentencia, cuyo cumplimiento hoy nos reúne.

Está a su consideración el proyecto, señoras y señores consejeros, señor Presidente.

Es cuánto.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Permítanme intervenir, colegas, integrantes del Consejo, muy buenas tardes de nueva cuenta a todas y todos ustedes.

El día de hoy, se somete a consideración de este Órgano Superior de Dirección un proyecto de acuerdo que modifica nuevamente los lineamientos emitidos por este Consejo General el 27 de agosto para la organización de la Revocación de Mandato, los cuales ya habían sido modificados el pasado 30 de septiembre para armonizarlos con la Ley Federal en la materia promulgada a mediados del mismo mes.

El proyecto a discusión acata en sus términos lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en cuanto al uso de formatos de papel para recabar los apoyos ciudadanos para la convocatoria y realización de este inédito ejercicio de democracia participativa.

Esto, con una consecuente lógica e impacto en el calendario y cronograma que las diversas áreas del Instituto Nacional ya habían diseñado y emitido, para garantizar que este ejercicio se lleve a cabo en condiciones plenas de legalidad y certeza.

Ello también ocurre en acatamiento expreso de lo resuelto por el Tribunal Electoral.

La revisión de miles y probablemente millones de formatos en papel obliga al INE a dedicar más tiempo para verificar y validar los más de 2.7 millones de apoyo ciudadanos que se requieren para que este ejercicio pueda ser convocado en los términos constitucionales con el consecuente aplazamiento en la emisión, tanto de la convocatoria como de la realización de la jornada de votación dos semanas esta última después, de lo previsto originalmente.

Es decir, ésta pasa del domingo 27 de marzo como originalmente se había previsto, al domingo 10 de abril de 2022.

La aprobación de este proyecto de acuerdo es de gran relevancia, pues viene a confirmar una vez más la convicción y el compromiso democrático del INE con la ciudadanía para el buen desarrollo de los procesos electorales y de todos los procesos de participación ciudadana previstos en la Constitución y en las leyes.

No es el INE quien boicotea u obstaculiza los ejercicios de democracia participativa recientemente incorporados en nuestra Constitución. Miente en ese sentido flagrantemente quien diga lo contrario.

El INE ha cumplido cabalmente contemplando en sus planes y presupuestos tanto la posibilidad de una Consulta Popular que, por cierto, podría ser convocada antes del 30 de noviembre como el proceso de Revocación de Mandato que desde el pasado 1° de noviembre es promovido por más de 22 mil ciudadanas y ciudadanos registrados para tal efecto ante el INE.

En semanas recientes, tanto el Consejo General como la Junta General Ejecutiva, han aprobado sendos acuerdos para iniciar los preparativos de la Revocación de Mandato, aun cuando en estos momentos no hay todavía certeza jurídica de su realización porque aún no se tienen las firmas para tal efecto requiere la Constitución.

Y que han implicado esos acuerdos, por cierto, la erogación de más de 117 millones de pesos que han comenzado a ejercerse.

Si el INE fuera cierto como algunos detractores señalan boicotear este ejercicio, que alguien me explique cómo es que estamos haciendo todo lo necesario para que el mismo se lleve a cabo.

En el mismo sentido, este Consejo General aprobó en agosto pasado un anteproyecto de presupuesto del INE para el ejercicio fiscal 2022, con una partida precautoria por 5 mil 743 millones de pesos, de los cuales mil 913 corresponden a una posible Consulta Popular; y 3 mil 830 millones, para la eventual Revocación de Mandato en caso de que así lo decida el tres por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal en estricto acatamiento y siguiendo las indicaciones que la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos mandató.

Estos recursos, hay que enfatizarlo una y otra vez, porque parece tampoco haber claridad en el punto, serían reintegrados a la Tesorería de la Federación de manera íntegra e inmediata en caso de que dichos ejercicios no cumplieran con los extremos para ser convocados.

Lo hemos dicho y hoy lo reiteramos, llevar a cabo una Revocación de Mandato es un ejercicio de tal magnitud y seriedad, cuyas consecuencias podrían ser muy graves en términos institucionales, que requiere organizarse con absoluta legalidad y certeza.

Es un proceso equiparable a organizar una elección federal de principio a fin, y por ello los requerimientos presupuestales son altos.

A diferencia de la Consulta Popular del 1° de agosto pasado, en la que se contó con la inercia del proceso electoral federal para la realización de muchas de las actividades que la hicieron posible, esta vez el INE partiría de cero. Se requiere, de entrada, insacular, visitar y capacitar a millones de ciudadanos que fungirían como funcionarias y funcionarios de casilla el día de la jornada electoral, por mencionar solamente una de las múltiples actividades que entonces pudieron no realizarse en la consulta pasada y que ahora son indispensables, entre otras cosas, porque así lo mandata la ley que hace apenas unas semanas aprobó el Congreso de la Unión, ello solo por mencionar, repito, alguna de las actividades que deberían llevarse a cabo con absoluta pulcritud.

Es falso, falso, insisto, que sea el INE quien pretende bloquear el Proceso de Revocación de Mandato, todo lo contrario, la solicitud de recursos suficientes para organizarlos de manera profesional y seria dan cuenta del compromiso de esta institución con sus obligaciones constitucionales y con la ciudadanía, pero su llegada a buen puerto, el de este ejercicio, requiere de la corresponsabilidad de varios actores y órganos del estado para generar las condiciones necesarias para su viabilidad.

Así lo planteé el viernes pasado en el pleno de la Cámara de Diputados, cuando gracias a una oportunidad histórica de diálogo institucional, derivada de la gentil invitación que se me hizo, pude explicar a detalle los requerimientos financieros del Instituto para llevar a cabo este proceso y responder a todas las dudas que me fueron planteadas por legisladoras y legisladores de todas las fuerzas políticas.

Ese día lo advertimos desde la máxima tribuna de la nació y hoy lo reitero con toda claridad y firmeza, un recorte desmedido a la solicitud presupuestal hecha por el INE, a la Cámara de Diputados, pone en riesgo la organización de la Revocación de Mandato, un ejercicio inédito de participación ciudadana que el INE solo podrá convocar y organizar si cuenta con los recursos necesarios.

En este sentido, es muy preocupante que ayer en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, se haya aprobado un dictamen que recorta 4 mil 913 millones de pesos, casi 5 mil millones de pesos al proyecto de recursos que el INE presentó en tiempo y forma, sin considerar los datos y los argumentos técnicos que el Instituto ha venido exponiendo para justificar su solicitud presupuestal, sobre todo porque buena parte del presupuesto que eventualmente se autoriza al INE, es un presupuesto irreductible, que no se puede tocar, que está fijado en la Constitución y que corresponde a más de 5 mil 800 millones de pesos que le tocan como prerrogativas a los partidos políticos.

En el INE estaremos atentos a las discusiones y decisiones que finalmente se aprueben en el pleno de la Cámara de Diputados, único órgano del estado mexicano facultado y responsable de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Estoy seguro, quiero estarlo, por convicción democrática y responsabilidad institucional, que las y los legisladores serán congruentes con su compromiso democrático, con su compromiso con la ciudadanía, porque aquí estamos hablando de derechos de la ciudadanía, derechos constitucionales establecidos en el artículo 35 constitucional.

Ese compromiso es indispensable y lo digo sin titubeos, con firmeza y claridad, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y participar en los ejercicios de democracia directa que justamente, producto del consenso político, han sido previstos y establecidos en la Constitución.

Tiene la palabra el licenciado Clemente Ávila, representante del PRD.

Representante del PRD, Ángel Clemente Ávila Guerrero: Gracias, gracias.

Gracias, Presidente.

Buenos días a todas y a todos los integrantes de este Consejo General del Instituto Nacional Electoral, permítanme primero felicitar la participación del Presidente Lorenzo Córdova en su comparecencia el viernes pasado en la Cámara de Diputados.

Fue un ejercicio democrático, donde el Presidente Córdova respondió y contestó todas y cada una de las dudas y las preguntas por parte de los grupos parlamentarios.

A nombre del PRD, le felicitamos Presidente, usted estuvo dignamente representando a esta institución, que es de todos los mexicanos, a pesar de las groserías y los improperios del partido oficialista y sus partidos satélites, groseros, pero que no llevaron ningún buen argumento a esa Cámara de Diputados.

Después de ahí habríamos que tocar el asunto que nos llama a esta sesión.

El día de hoy el Instituto Nacional Electoral va a tener que reconfigurar el tema de los lineamientos por esta resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Nosotros vemos un grave riesgo en esta resolución, en el sentido de que actualiza que sea a través de formatos impresos la recolección de las firmas, desde el PRD advertimos la utilización de programas sociales para recolectar las firmas de la Revocación de Mandato y que ésta puedan ser utilizadas de manera ilegal, en la suplantación de identidades de muchos mexicanos que los mapaches del partido político MORENA van a estar realizando.

Es grave porque no genera la certeza necesaria, el INE había estado avanzando con el tema de la app, tanto para las candidaturas independientes, para el padrón de afiliado de los partidos políticos, es decir, era un procedimiento que estaba avalado y que había sido también avalado por la Sala Superior, ahora con esta nueva determinación abre la puerta a que la utilización de programas sociales, de los padrones de beneficiarios puedan ser malamente utilizados para entonces suplantar firmas de ciudadanas y ciudadanos para alcanzar el tres por ciento en este proceso de Revocación de Mandato, que hay que decirlo, es un proceso que está viciado de origen, es un proceso que no reconoce que es un derecho de las y los ciudadanos en este país, poder pedir la revocación de un gobernante.

Hoy está pervertido porque está claro que es desde el propio Poder Ejecutivo y su partido oficial, quienes están llevando a cabo este simulado proceso de Revocación de Mandato, está claro que la perversión de este instrumento no beneficia al espacio democrático.

Pero además también habría que decirlo, yo creo y vemos desde el Partido de la Revolución Democrática, una vendetta, un sabotaje a la actuación del Instituto Nacional Electoral, por el posible recorte que llevará a cabo la Cámara de Diputados, las próximas horas, en los próximos días y que seguramente recortará recursos necesarios para llevar a cabo este posible evento de Revocación de Mandato.

Hoy hay que decirlo fuerte y claro, hay una intervención del Presidente de la República de manera ilegal, la propia resolución de la Sala Superior, cuando falla el lunes pasado, establece que el Presidente de la República no puede intervenir en la promoción de la Revocación de Mandato, y lo que vemos todos los días en La Mañanera del Presidente de la República es a un funcionario público que está promoviendo la Revocación de Mandato.

Asimismo, la propia Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral hizo lo propio, hacerle un llamado al Presidente de la República para que se contuviera de manera verbal y no violara las disposiciones legales.

Ojalá que este llamado que hacemos no vuelva a ser algo similar a lo que vivimos en la elección de junio pasado, en donde vimos al Presidente de la República metido de lleno en el proceso electoral sin que la Sala Superior ni la Sala Regional Especializada hayan podido detener esta intervención ilegal del Presidente de la República, que como hoy lo vemos va a seguir interviniendo pero ahora en la otra campaña que es el proceso de Revocación de Mandato que él mismo está impulsando a través del partido oficial.

Que, por cierto, utiliza recursos públicos para generar estos comités de defensa de su proyecto en donde, por supuesto, van a tratar de juntar esas firmas y que cuando no lo logren pues utilizarán los padrones de los programas sociales.

Entonces, estamos ante una circunstancia muy complicada, por un lado, un sabotaje al trabajo del Instituto Nacional Electoral, una vendetta por mantener su autonomía, por no inclinar la cabeza ante el Poder Ejecutivo como el Presidente quería, y eso tiene una consecuencia, en tiempos autoritarios tener autonomía hoy estamos viendo que tiene graves consecuencias, el problema es que las consecuencias no son para este Instituto Nacional Electoral, sino como lo decía el Presidente Córdova, finalmente puede llevar a la conculcación de derechos constitucionales que los ciudadanos debieran de ejercer.

Y la otra, vamos a estar muy pendientes, lo vuelvo a repetir, de que no se utilicen los programas sociales para poder recabar esas firmas, ya lo hemos dicho, lo hemos señalado, el programa de los servidores de la nación es un programa electoral que favorece a MORENA, que hace promoción personalizada de posibles candidatos, lo hemos visto hoy con varios gobernadores que antes de ganar en la elección del 6 de junio pasado fueron funcionarios de esos programas repartiendo programas sociales y construyendo redes electorales con dinero público.

Entonces, estaremos muy pendientes de eso, y por lo demás, pues finalmente el PRD acompañará en sus términos esta propuesta, porque finalmente es un acatamiento de la Sala Superior que este Instituto Nacional Electoral está obligado a obedecer.

Sería nuestra participación, señor Presidente.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el maestro Víctor Hugo Sondón, representante del PAN.

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Muchas gracias, Presidente.

Pues sumándome a la felicitación del ejercicio republicano que lo invitaron (Falla de Transmisión) señor Presidente, como se lo dije en un mensaje de felicitación, ahora lo hago de manera pública, magnánima su participación, digna, sin duda alguna, del representante de la salvaguarda de la democracia de este país ante el Instituto Nacional Electoral.

Muchas felicidades, señor Presidente.

Entrando al tema, nos vamos a controvertir la resolución que ordena la modificación de los lineamientos de la organización de la Revocación de Mandato y su anexo técnico, porque coincidimos con lo que ahí está planteado, y me refiero a que (Falla de Transmisión) justicia en igualdad de circunstancias se debe llevar a cabo la recepción de firmas en medios tecnológicos, así como en formatos impresos.

Es importante generar los mecanismos que faciliten la participación ciudadana, sin embargo, en honor a la verdad, también es importante decir que consideramos que el criterio adoptado por el Consejo General es aceptable, razonable y justificado, previo de tecnologías que hoy en día es fundamental hacer manteniendo cualquier proceso que implique recabar información y concentrarla en una base de datos.

Además de que, en el caso particular, esto hace posible que se pueda verificar la autenticidad de la persona que manifiesta su voluntad de participar y apoyar en el proceso de Revocación de Mandato.

Es decir, implicaba mayor transparencia y certeza en el proceso de obtención de firmas de apoyo. Por consiguiente, una vez que la autoridad jurisdiccional se ha pronunciado, es justo señalar que corresponde a esta autoridad establecer los mecanismos de auditoría y verificación de la autenticidad de las firmas en formatos escritos. De modo tal que se evite la falsificación de firmas, así como la alteración y vulneración de los procesos establecidos en los presentes lineamientos.

Hemos señalado diversas ocasiones que se toca el punto ante este órgano, la intensa campaña que el Presidente de la República hace para promover la Revocación de Mandato, así como las instrucciones que gira a sus aliados para realizar una campaña política a su favor. Vemos cómo ha transformado la figura distorsionando la información.

Esta mesa, su representante, ha manifestado su promoción de una ratificación de mandato. Esto implica y está anunciado que quieren utilizar este instrumento de participación ciudadana como una campaña de promoción personalizada y electoral a favor de su partido político fuera de un proceso electoral.

Es curioso que los representantes de Morena tienen un gran interés en que las firmas de apoyo ciudadano se realicen mediante formatos escritos, demeritando el uso de la tecnología y que impugnaron ese instrumento que resulta seguro y eficaz.

Ahora que se plantea que la copia de firmas pueda ser en papel, pareciera una manera de manipular el proceso. Están urgidos de echar a andar la maquinaria para salir a engañar a los mexicanos con mentiras y manipulación de la información.

Ya vimos que, en el proceso de consulta, tuvieron que recurrir al fraude para tratar de maquillar sus deficiencias.

Este Instituto no puede avalar intentos de fraude.

Consejeras y consejeros electorales, ante este mandato jurisdiccional de que a reelección de firmas sea física, exigimos que sea bajo un panorama de transparencia y autenticidad de firmas que se verifique que realmente exista voluntad de las personas, que no sea la trampa y la falsificación de las mismas las que hagan operar ese instrumento ciudadano. Y que estén convirtiendo de manera permanente y cotidiana este instrumento que debe de ser usado por los ciudadanos para poder evaluar el funcionamiento de cualquier funcionario público de elección popular y decidir si éste continúa en su encargo o no y que lo estén convirtiendo de manera perversa, en algo que pareciera ser una nueva elección del Presidente de la República.

Lo he dicho antes, lo reitero hoy para conocimiento de quien no lo sepa, el Presidente de la República fue electo por seis años, lo cual no implica, de ninguna forma, una elección intermedia a lo que ya se expresó en las urnas en la Elección Federal para Presidente de la República del 2018.

Y también hay que decirlo y lo vuelvo a reiterar como con la Consulta Popular, me parece que fue un error, en su momento, el haber llevado a cabo la Consulta Popular cuando no se dotó a este Instituto Nacional Electoral de recursos.

Hoy están tratando de implementar el mismo mecanismo que es que este Instituto Nacional Electoral, con los pocos recursos que tienen para lo que verdaderamente es importante, tengan que utilizar o desviar, o canalizar, o recanalizar recursos que tienen una función ya previamente establecida para un capricho presidencial.

Eso no lo avalamos, en eso no estamos absolutamente de acuerdo, y si la Cámara de Diputados no da los recursos suficientes, que quede bien claro y bien entendido que quien mató este proceso de consulta ciudadana de la Revocación de Mandato fue el partido MORENA en la Cámara de Diputados y sus aliados.

Es cuanto, señor Presidente.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el maestro Gerardo Triana, representante del PRI.

Representante del PRI, Gerardo Triana Cervantes: Muchas gracias, Consejero Presidente.

A manera de preámbulo, permítaseme felicitar y reconocer la destacada participación del Presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello, en su reciente comparecencia ante la Cámara de Diputados.

Su defensa a ultranza de esta institución habla muy bien de quien la preside y de todos aquellos consejeros y directivos que le acompaña.

Me circunscribo al punto que nos ocupa.

Estimadas consejeras y estimados consejeros, el 27 de agosto de 2001, este Consejo General aprobó los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato, así como el anexo técnico para las actividades relacionadas con la captación y verificación de las firmas de apoyo de la ciudadanía para la Revocación de Mandato, lo que quedó plasmado en el acuerdo INE-CG1444/2021.

En estos primeros documentos, se estableció que la recolección de firmas de apoyo de la ciudadanía se realizará mediante el uso de la aplicación móvil desarrollada por este Instituto Nacional Electoral.

Ahora bien, el INE se dio a la tarea de implementar esta herramienta electrónica de dos maneras:

La primera, mediante una aplicación móvil que a su vez requiere la intervención de dos figuras:

Por un lado, las y los promoventes que son personas físicas o grupos de personas constituidos en una organización o asociación civil, cuyo objeto es la promoción de la participación ciudadana en asuntos de interés público de la vida democrática y la cultura político electoral, que se han organizado de forma libre y a partidista para recabar las firmas y apoyo de la ciudadanía para el proceso de revocación.

Por otro lado, se estableció la figura de un auxiliar que es una persona mayor de edad, cada de alta dentro del portal web por las personas promoventes, y cuya función es recabar las firmas y apoyo de la ciudadanía a través de la aplicación.

La segunda forma es mediante la propia aplicación, pero en la modalidad llamada Mi apoyo, la cual es una solución tecnológica que permite a la ciudadanía proporcionar directamente su firma de apoyo, sin la necesidad de recurrir a un auxiliar.

De forma adicional a esta modalidad, este Instituto pensó y reaccionó a la posibilidad de aquellos casos en los cuales no se cuenta con servicio de Internet, tan es así que, de forma adicional, al uso de la aplicación móvil, como un régimen de excepción en los 204 municipios identificados como de muy alta marginación es posible recabar la información concerniente a las firmas de apoyo de la ciudadanía mediante los formatos físicos.

Por eso, desde el punto de vista del Partido Revolucionario Institucional, el INE desde hace poco más de dos meses, había contemplado todas las posibilidades para la recopilación de las firmas, con la implementación de un método al alcance de la mayoría de la ciudadanía en estos tiempos modernos, y el cual a su vez representa el de mayor ahorro económico como lo es acertadamente el uso de la aplicación móvil.

Posteriormente, el 14 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, en efecto, en el artículo 3º transitorio se señaló que este Instituto debe de tener, a disposición de las ciudadanas y los ciudadanos, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de Revocación de Mandato para el periodo constitucional 2018-2024.

En sesión extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de la presente anualidad, se aprobó el acuerdo por el que se modificaron, por primera vez, los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato, con motivo de la expedición de la Ley Federal que regula dicho proceso, esto quedó establecido en el acuerdo CG-1566 de este 2021.

El INE mantuvo la forma de la recopilación de firmas, siendo preponderante el uso de la aplicación móvil y prevaleció de forma excepcional el uso de formatos físicos.

De una interpretación funcional del propio artículo transitorio, en el PRI encontramos armonía entre lo mandatado en la ley de reciente creación y lo que el INE había venido aplicando, pues la propia ley dio la posibilidad de usar tanto el formato impreso como los medios electrónicos, pero en ninguna parte se estableció la forma o los parámetros en los que debían utilizarse uno y otro formato, por lo que a nuestra consideración es correcta la manera en la que el INE había implementado desde su origen el uso de ambos métodos, dando prioridad a la aplicación, que dicho sea de paso, su efectividad y certeza han quedado demostradas en otros procedimientos en los que se ha requerido la recopilación de apoyos.

Además, insistimos en que el uso de la aplicación móvil es por mucho, el método más económico para la captación de apoyo.

Para nosotros, este Instituto se ha conducido con irrestricto apego y respeto a la ley, y que esto quede dicho con toda claridad.

No obstante, la Sala Superior ha resuelto que ambos tipos de formatos deben facilitarse en todo el país, no solo en lugares de alta marginación, para que queden a disposición de las personas interesadas en recabar apoyos y, en su caso, las y los ciudadanos interesados en apoyar el proceso de Revocación de Mandato elijan el medio, formato en papel o dispositivo electrónico, a través del cual otorgarán tal apoyo.

El PRI acompañará el presente proyecto porque se trata ineludiblemente de un acatamiento a un ordenamiento judicial, con la reserva de que, desde sesiones anteriores ante este Consejo General hemos denunciado la intromisión de al menos dos partidos políticos en la primera etapa del procedimiento, lo cual está prohibido y debe ser sancionado máxime que fueron ésas mismas fuerzas políticas las que impugnaron ante la Sala Superior, insistiendo en el formato físico, porque el formato en papel se rellena con la mano derecha, y sin más con la mano izquierda.

Un tecnicismo legal origina que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tome la determinación de aplicar el uso de formato manual y con esto se abre la trampa a la manipulación y a la perversión de la recolección de apoyos.

No estamos de acuerdo con esta determinación, sin embargo, la acataremos por tratarse de un ordenamiento judicial y lo que nos queda es pedirle a este Instituto Nacional Electoral, una estricta vigilancia en la recabación de apoyos y una revisión meticulosa y exhaustiva en aquellos que se presenten, expresado este pronunciamiento de fondo, los ajustes a los pasos resultan relativamente irrelevantes para el Partido Revolucionario Institucional y por lo tanto acompañamos el acuerdo.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene ahora la palabra la consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.

Buenas tardes a todos y todas de nuevo.

El pasado 1 de noviembre, la Sala Superior aprobó la sentencia identificada con la clave SUP-RAP415 2021, y acumulados, en cuyos efectos establecieron tres mandatos precisos para el Instituto Nacional Electoral; el primero que es el que concita esta sesión, se refiere a que este Consejo General debe emitir un acuerdo en el que se establezca que las firmas de apoyo al proceso de Revocación de Mandato pueden recabarse tanto en formatos físicos, como en dispositivos electrónicos, con la finalidad de que las y los ciudadanos interesados elijan el medio a través del cual otorgarán su apoyo.

El segundo establece que deberemos llevar a cabo estudios técnicos y financieros para garantizar la votación de las personas mexicanas residentes en el extranjero, en futuros procesos de Revocación de Mandato o la implementación de un programa piloto.

Y finalmente, el tercer efecto de la sentencia es que el INE debería efectuar con libertad de atribuciones las modificaciones a los lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la Revocación de Mandato, sus anexos técnicos y los plazos previstos en los mismos para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con la determinación emitida por la Sala Superior.

Al igual que siempre lo hemos hecho, el Instituto Nacional Electoral acatará el fallo de la Sala Superior, sin embargo, para hacerlo es indispensable realizar algunos ajustes a los plazos que previamente habíamos establecido, entre los que se encuentra el plazo para la captación de firmas, que concluirá el 25 de diciembre. Es decir, 10 días después de lo originalmente previsto.

La convocatoria se emitirá, en su caso, el 4 de febrero de 2022, y la jornada de Revocación de Mandato se cambiará del 27 de marzo al 10 de abril.

Todo esto con la finalidad de no causar ninguna afectación a la ciudadanía que, a partir de esta modificación a los lineamientos, tendrá la posibilidad de recabar las firmas de apoyo en formatos impresos.

No obstante, la determinación adoptada por la Sala Superior me parece necesario explicar la decisión que adoptamos para que la recolección de firmas fuera predominantemente a través de la aplicación.

Esa determinación no fue caprichosa o arbitraria, fue una determinación con sustento técnico y operativo, llegar a esa decisión implicó un ejercicio y análisis que consideró las experiencias previas con el uso de la aplicación que buscó optimizar los tiempos establecidos, tanto para la recolección de las firmas como para su revisión por parte del Instituto Nacional Electoral, y que hizo la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, considerando que la ley no establece con detalle que ambos métodos de recolección de firmas podrían usarse indistintamente.

De este modo, es posible advertir que la diferencia de criterio no se relaciona con el uso efectivo y eficiente de la aplicación, pues en la propia sentencia que ahora estamos acatando, la Sala Superior señala que el uso de la aplicación móvil era una medida constitucional y que no implicaba un requisito adicional para la recolección del apoyo ciudadano correspondiente, sino que se trata de un mecanismo que permite instrumentar y facilitar su obtención.

Es decir, desde la perspectiva de la autoridad jurisdiccional en el caso del proceso de Revocación de Mandato, hay una diferencia normativa que la hace distanciarse de los precedentes establecidos por ella misma, pues en el caso del respaldo ciudadano que requieren las personas que aspiran a una candidatura independiente, la ley solo prevé la presentación de cédulas sin que se especifique si deben constar en un documento físico, por lo que se había estimado válida la implementación de los avances tecnológicos disponibles para lograr el cumplimiento de ese requisito.

Ahora, debido a que la Ley Federal de Revocación de Mandato sí prevé el uso de herramientas tecnologías y formatos impresos para la recopilación de las firmas de apoyo, se estimó que se trataba de un supuesto jurídico distinto y que no había un vacío normativo a partir del cual pudiera concluirse que los formatos físicos solo podrían utilizarse bajo un régimen de excepción, puesto que la ley prevé expresamente, desde la perspectiva de la Sala Superior, la posibilidad jurídica de que la ciudadanía disponga de ambos tipos de formatos.

Pese a estas afirmaciones, quiero puntualizar que desde mi perspectiva sí había una laguna legal. Porque ciertamente se prevé el uso de los mecanismos para recabar las firmas, pero no se establece en qué supuestos o de qué manera serían empleados.

Y, desde luego, tampoco se señala que podrían usarse indistintamente, por lo que era posible concluir que en ejercicio de su facultad reglamentaria el Instituto Nacional Electoral podía determinar en qué supuestos usaría cada uno de los mecanismos de recolección de firmas.

Ante la previsión de esta autoridad para el uso de la aplicación y los formatos físicos fue revocada por la autoridad jurisdiccional, es importante destacar que el diferendo se constriñe a un distanciamiento en la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Esto resulta particularmente importante, porque es muestra indiscutible de que el Instituto Nacional Electoral ha actuado con apego a los criterios y precedentes que se han sostenido en el pasado para procesos similares.

Y aunque ahora debemos separarnos de dichos precedentes no se trata de un actuar injustificado, sino que se trata de una instrucción de la autoridad jurisdiccional que es la última instancia ante la que se pueden recurrir los actos emitidos por el Instituto Nacional Electoral, lo que desde luego no implica que la Sala Superior tenga fallos que no sean susceptibles de cometerse errores.

La decisión que en su momento tomamos, hay que decirlo con mucha claridad, se sustentó en interpretaciones jurídicas y análisis técnicos y operativos.

Estoy convencida de que, en torno a este tema, este Consejo General ha actuado no solo con apego a nuestros propios precedentes, sino también atendiendo los criterios que en su momento ha establecido la propia Sala Superior.

Hoy nos corresponde acatar una determinación jurisdiccional que, aunque no comparto, votaré a favor, porque el respeto y restricto a los ámbitos de competencia de cada autoridad es parte esencial de un estado democrático.

Gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera Ravel.

Tiene la palabra la consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidente.

La sentencia que estamos acatando determinó revocar el acuerdo 1566 de este año del INE, para emitir otro que uno determinará que para recabar las firmas de apoyo deben facilitarse en todo el país, no solo en los lugares de alta o muy alta marginación, tanto formatos físicos como en dispositivos electrónicos.

En segundo lugar, que el INE deberá llevar a cabo los estudios técnicos y financieros necesarios para garantizar la votación de las personas mexicanas residentes en el extranjero en futuros procesos de Revocación de Mandato, o la implementación de un programa piloto.

Y tercero, que la autoridad responsable deberá efectuar con libertad de atribuciones las modificaciones necesarias a los lineamientos y sus anexos técnicos, y los plazos previstos en los mismos para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con esta sentencia.

El acatamiento que se pone a nuestra consideración se centra en dos cuestiones fundamentales:

La primera, modificar los lineamientos y anexos para garantizar que la ciudadanía pueda expresar su apoyo ciudadano a la solicitud de Revocación de Mandato a través de su formato físico o por medio de la aplicación electrónica.

Y el segundo, subir la realización de los estudios técnicos y financieros necesarios para garantizar el derecho al voto de las personas mexicanas residentes en el extranjero.

En este sentido, se pone a nuestra consideración la modificación de 17 artículos de los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato; se modifican 38 artículos y se adicionan tres al anexo técnico de los lineamientos, así como la inclusión de tres nuevos artículos; y pues recorrer la numeración a partir del artículo 100 se modifica también el apartado de contenido; y la sección séptima del anexo técnico de los lineamientos.

Lo dije en la sección respectiva de la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales el pasado 30 de septiembre, y también en este Consejo General, incluso voté en contra del artículo 28 de los lineamientos, porque me parece que no existía un criterio que justificara la aplicación del régimen de excepción tal cual se ha utilizado para los casos de los partidos de nuevo registro y también las candidaturas independientes para que solo aplicara 204 municipios con muy alta marginación.

Y eso fue lo que se discutió en la Sala Superior.

En aquella ocasión, señalé que los documentos que se nos traían a esta mesa, ya con la ley reglamentaria expedida, no motivaban ni fundamentaban de manera adecuada porque solo se pretendía utilizar papel en estos 204 municipios. Y me parece que nos faltó estudiar si podían ser más o menos, y los beneficios que ello implicaría.

Desde mi óptica, el error fue traer a estos lineamientos tal cual operaban las reglas de uso de la aplicación y de la aplicación electrónica y de régimen de excepción en los procesos de candidaturas independientes y de constitución de nuevos partidos.

Y no, no nos detuvimos a revisar si aplicaban y debían aplicarse las reglas tal cual, para un ejercicio de Revocación de Mandato, y mucho menos a pensar cómo se podía mejorar este procedimiento.

Si bien es cierto que ha tenido éxito el uso de la aplicación electrónica y yo soy una ferviente defensora de utilizar cada vez más las tecnologías de la comunicación y de la información, creo que debimos detenernos a estudiar en los procesos de participación de democracia directa, como lo es la Revocación de Mandato, cómo aplicar o cómo se aplicaría, en su caso, (inaudible) y se tendría que ser exactamente igual replicado para los casos de democracia directa.

Esta autoridad ha tenido a bien mecanizar los procesos y procedimientos que han funcionado bien, sin embargo, me parece que no debemos dejar de pasar la oportunidad de mejorarlos y analizar contextualmente cada uno de estos procesos.

No estoy en contra, por supuesto, del uso de tecnologías, por el contrario, que son el presente y el futuro de la organización y ejecución de las elecciones y que son aliados muy importantes de las instituciones electorales, pero tenemos que sentarnos a ver en cada caso, cómo pueden ayudar a la ciudadanía en diferentes contextos y sacar de ella el mejor provecho.

Así lo señaló el Consejo de Europa a través de la Comisión de Venecia, en 2019, a través de su informe conjunto de la Comisión de Venecia y de la Dirección de la Sociedad de la Información y Acción contra el Delito de la Dirección General de Derechos Humanos y Estado de Derecho sobre Tecnologías Digitales y Elecciones, que señala lo siguiente:

Es indispensable el acercamiento de las elecciones a las nuevas tecnologías de la información, para afrontar los retos de confianza y transparencia en las elecciones, así como para garantizar el derecho a elecciones libres y el funcionamiento de la democracia en el futuro.

Creo que éste es el punto para destacar, con una mejor fundamentación y motivación se pudo establecer la perfecta coexistencia de ambos regímenes, es decir, al haber justificado mejor el uso del régimen de excepción y los municipios en los que se pudiera utilizar, se habrá tenido más elementos que allegar a la Sala Superior para que, en todo caso, revisara nuestros argumentos sobre este tema.

De hecho, lo que en su momento señalé en este Consejo, es que no debemos perder de vista que no se buscaba comprender el uso de la aplicación móvil y los formatos impresos en todo el país, sino solamente en zonas caracterizadas por ser rurales, marginadas y alejadas de los centros urbanos sin fácil acceso a Internet.

También señalé que era bueno establecer el uso preponderante de la aplicación móvil para zonas de fácil acceso a tecnologías de la información.

Lo anterior toma relevancia cuando vemos que el último Censo de Población y Vivienda de 2020, a nivel nacional hay 185 mil 243 localidades rurales y cuatro mil 189 urbanas.

A pesar de ello, la población en México mayoritariamente habita en localidades urbanas con un 79 por ciento de la población, mientras que el 21 por ciento restante es población rural, es decir, la población mexicana es mayoritariamente urbana.

Ya se habló aquí de los cambios que se tendrán que hacer, el ajuste al calendario y que ahora la sesión o la jornada de Revocación de Mandato, en caso de reunirse dos características que haya el presupuesto necesario para organizarlo y que se reúnan los requisitos establecidos en la Constitución y en la ley, pasará del 27 de marzo al 10 de abril.

El incremento de actividades y procesos supone, dado el carácter secuencial de varios de ellos entre sí, el necesario aumento del tiempo requerido para su ejecución y conclusión. Esta situación se aprecia de manera clara si se toma en consideración la duración de ejercicios equivalentes en el pasado cuando no se ha contemplado el uso de esta aplicación electrónica, máxime que el manejo de las solicitudes en papel también tienen muchas implicaciones operativas que hace necesario realizar la revisión de la documentación que cumpla con los requisitos establecidos antes de llevar a cabo la captura y la revisión respecto de su vigencia en el listado nominal.

Derivado del incremento de actividades y procesos en la materia también de integración de las mesas directivas de casilla y la capacitación electoral, también resulta necesario modificar y ajustar las fechas para el cumplimiento de estas actividades y el plazo abreviado para la revisión de quienes sí suscribía en los formatos de apoyo se encuentran en el listado nominal de electores y se alcanza en los porcentajes, tanto nacional y en al menos 17 entidades federativas, así como para efectuar el ejercicio muestra, sobre la autenticidad de las firmas, no permite que el INE garantice el cumplimiento del calendario del plan integral en los plazos establecidos anteriormente.

Es por eso que en este proceso lo que se quería evitar poniendo la jornada de Revocación de Mandato el 27 de octubre, era que no concurriera con los procesos electorales, ahora habrá un traslape de los siete primeros días de estas campañas, que por supuesto también seguirán con los cómputos distritales, recuentos y, en su caso, impugnaciones que sigan a la eventual jornada de Revocación de Mandato y por supuesto, votaré a favor, puesto que es un acatamiento de sentencia.

Gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

Tiene la palabra el consejero Jaime Rivera.

Consejero Electoral del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Consejero Presidente.

Buenos días.

Buenas tardes, mejor dicho.

Las adecuaciones que se proponen a este Consejo para los lineamientos del proceso de Revocación de Mandato se derivan directamente de la decisión del Tribunal Electoral, de permitir el uso indistinto y generalizado de formatos en papel para recolectar firmas de quienes demandan la realización de ese ejercicio de participación ciudadana.

La aplicación digital diseñada por el INE también podrá utilizarse, y quienes lo hagan aprovecharán sus ventajas técnicas y operativas.

Recolectar firmas con esa aplicación es más fácil y más barato que transcribir manualmente los datos de la credencial y fotocopiar ésta por ambos lados en papel.

También con esta aplicación se evitarán errores de transcripción de datos que pueden validar muchos respaldos, y naturalmente evitará el riesgo de que alguien falsifique firmas de respaldo en aras de cumplir con una cuota determinada de firmas.

Cabe señalar que, según las experiencias anteriores para candidatos independientes o afiliaciones a nuevos partidos, esta clase de falsificaciones no necesariamente las ordenan los promotores, sino en muchos casos lo hacen algunos auxiliares por su cuenta, ojalá que muchos promotores de firmas, para la Revocación de Mandato aprovechen en su propio beneficio esta aplicación, pero será su decisión.

Como quiera que sea, conforme a la sentencia del Tribunal, el INE habrá de recibir firmas emitidas por medios digitales o por medios manuales, lo que el INE hará en todos los casos, será atender con diligencia la recepción de tales manifestaciones ciudadanas y someter las firmas a un proceso de verificación, a fin de asegurar que todas ellas sean auténticas y respondan a la voluntad de ciudadanas y ciudadanos que demanden realizar este proceso de revocación.

Tal verificación exige integrar la información de todos los formatos firmados, tanto los digitales como los manuales, a la base de datos del padrón electoral para cotejar los datos y asegurarse que las credenciales de los firmantes sean auténticas y válidas.

Ese trabajo de verificación exige que los datos que se reciban en formatos de papel sean transcritos, es decir, vueltos a capturar uno por uno en la base de datos. Y esto, inevitablemente, requiere más tiempo que el integrar a la misma base las firmas recabadas en forma digital.

De ahí que sea indispensable ampliar el periodo de verificación de firmas y ampliar los plazos de proceso de preparación de la jornada de revocación.

Hay un aspecto aún más importante que requiere atención para proseguir con la organización del proceso de revocación. Se trata de la disposición de los recursos financieros necesarios para llevarlo a cabo.

La eventual realización de un proceso para revocar el mandato del Presidente de la República, es una actividad de grandes dimensiones. Es totalmente extraordinaria y nueva.

Implica conferir al INE una obligación adicional a sus atribuciones ordinarias, ineludibles en el año 2022 como, por ejemplo, expedir credenciales para votar, participar en elecciones locales de seis estados, hacer la nueva Distritación Local y Federal.

Y si la ley aprobada por el Congreso de la Unión establece una nueva obligación para el INE, la Cámara de Diputados tiene la obligación de dotarle los recursos necesarios para cumplir con esa atribución.

No hacerlo, implicaría una grave omisión que pondría en entredicho la posibilidad de llevar a cabo ejercicios adicionales de participación ciudadana.

Hay que enfatizar que el INE tiene el compromiso de llevar a cabo un eventual proceso de revocación y, en su caso, una Consulta Popular, y hacerlo conforme a las condiciones establecidas por la ley y los parámetros de calidad, imparcialidad, transparencia y autenticidad de resultados que el INE hace efectivos siempre en las elecciones.

El INE no podría ni aceptaría organizar una votación ciudadana sin un padrón confiable, sin unas mesas receptoras de votos integradas por ciudadanos imparciales y capacitados, ni una emisión de resultados que no tuviera todas las garantías de autenticidad y transparencia.

Someter al Presidente de la República a una eventual pérdida del cargo por decisión ciudadana, es un asunto muy serio. Y el INE asume esa responsabilidad con toda seriedad.

Además, la propia Ley de Revocación de Mandato recientemente aprobada por el Congreso de la Unión, nos exige instalar un número de casillas semejante al de las últimas elecciones federales. Y es un hecho probado que el gasto más importante de un proceso de votación ciudadana, lo constituyen precisamente, las casillas y la integración de mesas directivas que habrán de recibir y contar los votos.

Ese solo hecho, la obligación de instalar aproximadamente 161 mil casillas, debería bastar para dimensionar la organización de un proceso nacional de votación.

Si eso no se garantizar, simplemente no podría llevarse a cabo ese ejercicio de participación ciudadana.

El proceso de Revocación de Mandato requiere de una dotación suficiente de recursos financieros para llevarlo a cabo.

La propuesta de presupuesto aprobada ayer por la comisión correspondiente de la Cámara de Diputados, va en sentido contrario.

Hago un llamado respetuoso a la Cámara de Diputados y especialmente a su mayoría, aquellas fuerzas políticas aparentemente más interesadas en promover la Revocación de Mandato del Presidente, hago un llamado digo, a actuar con responsabilidad para no entorpecer este proceso, o inclusive, hacerlo inviable, este proceso que el IN ya está llevando a cabo, con toda seriedad y eficacia.

Aún es tiempo para rectificar.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, señor representante.

Tiene la palabra el Diputado Pedro Vázquez, Consejero del Poder Legislativo del Partido del Trabajo.

Consejero del Poder Legislativo del PT, Pedro Vázquez González: Buenas tardes, señoras y señores integrantes del Consejo General.

La Revocación de Mandato es un mecanismo que el Poder Legislativo dotó a la ciudadanía para que de manera directa darle un espacio en democracia participativa a las y los mexicanos, de eso no hay marcha atrás.

Se podrán decir muchas cosas, que el legislador federal tuvo una omisión, que los diputados y senadores de la Cuarta Transformación no quisieron regular en la materia, pero todas esas afirmaciones son falsas y se apartan de la verdad.

Es cierto que el tiempo legislativo no daba para hacer una expedición de un periodo extraordinario de sesiones, pero el Partido del Trabajo, junto con MORENA y el Verde, impulsaron de diferentes maneras, un periodo extraordinario de sesiones que no tuvo los consensos necesarios y por ello no aceptamos ni aceptaremos descuido ni falta de voluntad, ni indolencia al momento de resolver nuestras obligaciones parlamentarias.

El que afirme eso miente con todas sus letras y su memoria es demasiado corta al momento de asumir sus responsabilidades.

El pasado jueves 30 de septiembre, este Consejo General resolvió el acuerdo INE-CG1566/2021, por el que se aprobaron las modificaciones a los lineamientos emitidos por este Consejo General mediante acuerdo INE-CG1444/2021, lo anterior dado que en este último se estableció que una vez que se promulgara la ley reglamentaria de la fracción XIX del artículo 35 de la Constitución, todas las disposiciones de los lineamientos que se opusieran quedarían sin efecto.

Planteo formalmente a este Consejo General que en el apartado de antecedentes se coloque la parte que dio la impugnación que hoy se acata, a través de la sentencia de la Sala Superior y que fue propuesta de modificación a los lineamientos para la Revocación de Mandato y sus anexos, que presentó el partido MORENA.

Y por más que lo he buscado, lo he leído y releído, no encuentro una sola mención.

En este momento, el Partido del Trabajo apoya la propuesta de modificación, porque un análisis estrictamente jurídico tenía una razón de ser y es la misma Ley Federal de Revocación de Mandato que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de septiembre.

El Tribunal Electoral dio la razón jurídica a MORENA y a nosotros por haber apoyado su propuesta.

No quiero en este momento hacer escarnio, ni mucho menos un “se los dije”, pero hago un llamado muy respetuoso al árbitro electoral para que podamos transitar a los máximos acuerdos que permitan dotar de esta herramienta de democracia participativa a las y los mexicanos.

Y ya lo estamos escuchando en esta misma sesión, voces de que han dejado a este órgano autónomo sin el debido presupuesto que, en estos momentos, aclaro, se discute en la Cámara de Diputados para realizar dichos procesos democráticos.

No aceptamos, y en eso estoy seguro, de que no existe revanchismo político, y al mismo tiempo confiamos que este Consejo General hallar las medidas adecuadas y los mejores procedimientos para llevar a cabo la realización de la Consulta Popular, Revocación de Mandato.

En este sentido, que el Partido del Trabajo está a favor de que se garantice que las y los ciudadanos mexicanos puedan elegir entre el formato de papel o el dispositivo electrónico, a fin de otorgar el apoyo para la solicitud de Revocación de Mandato.

Para logar lo anterior, es que se propone modificar estos lineamientos de la Revocación de Mandato, haciendo los ajustes, medidas y modificaciones necesarias que, estimamos, son positivas para el desarrollo de dicho ejercicio electoral, y que el Partido del Trabajo como parte integrante de este Consejo General, seremos vigilantes de la implementación que se lleve a cabo, garantizando, en todo momento la voluntad popular, así como el sufragio efectivo, toda vez que nuestro instituto político no aceptaremos violación alguna a dichos procedimientos, por lo cual estaremos atentos a su desarrollo.

Señoras y señores consejeros, no podemos caer en las descalificaciones que no nos llevan a nada, ni por parte de la autoridad electoral, y siendo autocríticos, por parte del poder legislativo.

Nada está dicho aún, nada está concluido, y aún no se sabe si estos ejercicios democráticos se realizaran o no.

No nos rasguemos las vestiduras ni hagamos eco de las voces que quieren debilitar las instituciones democráticas que los mexicanos nos hemos dado, con verdades a medias o con mentiras completas.

Es cuanto, Consejero Presidente.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, diputado Vázquez.

Tiene la palabra el diputado Marco Humberto Aguilar Coronado, consejero del poder legislativo del PAN.

Consejero del Poder Legislativo del PAN, Marco Humberto Aguilar Coronado: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras consejeras, señores consejeros, señores representantes, ciertamente la ruta que ha seguido la Revocación de Mandato se ha caracterizado por ponerla en el polo opuesto de los principios que rigen al Instituto, es decir, la ha colocado en la incertidumbre.

Desde diciembre del 19 en que se publicó el decreto del constituyente permanente, por el que se declararon reformadas y adicionadas diversas disposiciones de nuestra Constitución en esta materia, inició la ruta de incumplimientos y ambigüedades que están llevando al absurdo el primer intento de ejercicio de esta importantísima figura de participación ciudadana.

180 días siguientes a la publicación del decreto de reforma constitucional, ustedes lo saben, vencieron sin que el congreso cumpliera su elemental deber de expedir la ley reglamentaria, por lo que fue necesaria la intervención de la Sala Superior, para declarar la omisión del Congreso de las Unión y ordenar que se emitiera la ley reglamentaria en un periodo de 30 días que finalmente fue publicada a penas en septiembre de este año, cuando ya se encontraban encima los plazos previstos para el caso, o que se intentara poner en funcionamiento esta figura para la Revocación de Mandato del Presidente de la República.

Por eso, aunque el INE con previsión había aprobado los lineamientos para la organización de este ejercicio, para el periodo constitucional 18-24, desde agosto de este año fue necesario modificar el acuerdo para ajustarlo a la Ley Federal de Revocación de Mandato, a fin de evitar contradicciones normativas.

En este escenario de prisas e improvisaciones derivadas del incumplimiento del segundo transitorio de la reforma constitucional, provocó que fuera necesaria la intervención del Tribunal para revisar esos lineamientos, hasta que el 1° de noviembre se resolvieron los litigios interpuestos en contra de este acuerdo que modificó esos lineamientos y se ordena a este consejo tomar el acuerdo que hoy nos convoca.

Sin el incumplimiento del poder legislativo, y hay que decirlo, con profunda pena, el segundo transitorio del decreto en materia de revocación, este proceso no sufriría la incertidumbre normativa que lo está caracterizando. Sin embargo, después de que este Consejo General apruebe el acuerdo que hoy nos convoca, la falta de certeza seguirá jugando un rol protagónico en el proceso de Revocación de Mandato.

Sus promotores seguirán insistiendo en desvirtuar su naturaleza para utilizarlo como un instrumento de apoyo, pero más allá de esa farsa y burla a la constitución, ahora en el Instituto se va a reeditar este proceso de revisión de firmas en formatos físicos que generó graves señalamientos de falsificación y suplantación de ciudadanos en el último proceso de registro de nuevos partidos, por ejemplo.

Y no dudamos que la forma en que MORENA generará los apoyos que tendrá que revisar precisamente el Instituto Nacional Electoral.

Además, la incertidumbre crece cada día en virtud de la amenaza de la Cámara de Diputados, más bien, ya lo dijo el consejero que me antecedió en el uso de la palabra de este reporte ya aprobado en general por la mayoría.

Se consideró que para el eventual ejercicio de revocación un presupuesto, pero se les recorta prácticamente el 85 por ciento a esta previsión presupuestal y sólo se les autoriza para estos dos ejercicios de Revocación de Mandato, y una eventual consulta ciudadana, 830.6 millones de pesos para la organización de estos ejercicios.

No falta mucho para saber si la mayoría en la Cámara de Diputados en lo particular va a desechar las propuestas que entre otros el que les habla presentará para tratar de incidir en cambiar esta opinión, esta decisión que se tiene de quitarle esos recursos para la organización de sus procesos al Instituto Electoral.

Si esa amenaza se concreta entre hoy, mañana, pasaremos de la incertidumbre a la certeza, a la seguridad de que será imposible organizar un proceso de Revocación de Mandato en los tiempos planteados, ya el acuerdo de hoy nos ubica hasta el 10 de abril.

Sabemos que no solamente por los partidos políticos sucedió esto, en el pasado también para candidaturas presidenciales y para candidaturas al gobierno del estado se han dado abusos de precandidatos o equipos para tratar de engañar a la autoridad electoral con firmas que son muy poco probable que sean identificables o compulsadas en el tiempo que se tenía.

Por eso la ampliación también para este asunto, ojalá dé tiempo.

Por otra parte, también hay que recordad que falta que se resuelva la acción de inconstitucionalidad que hemos presentado los diputados de diferentes partidos políticos.

Nosotros insistimos, la pregunta debe ser: si se ha perdido la confianza, entonces se debe revocar el mandato del Presidente de la República, sí o no, entrar en el juego de la pregunta planteada implicaría precisamente estar violando a la Constitución.

Nosotros creemos que no debemos dar paso a la confusión ni a la violación constitucional.

Esperamos, y lo digo de verdad con mucha seriedad y responsabilidad, que podamos convencer a los diputados de esos tres partidos políticos que son los más interesados en promover el proceso de Revocación de Mandato con fines diferentes, pero que no quieren aprobar el presupuesto que se requiere por parte del Instituto Nacional Electoral para las firmas y compulsar las firmas y, por supuesto, tener el tiempo suficiente para hacerlo.

Muchas gracias, señor Presidente, muchas gracias, señoras y señores consejeros.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias a usted, Diputado.

Tiene la palabra el licenciado Silvano Garay, representante del Partido del Trabajo.

Representante del PT, Silvano Garay Ulloa: Gracias, Presidente, consejeras y consejeros.

Bueno, antes que nada, voy a felicitar a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados formada por siete partidos, por haber invitado a nuestro Presidente Lorenzo Córdova, y también a él por haber aceptado, y bueno, pues estuvo en el pleno, creo que es un ejercicio muy importante en este país de rendición de cuentas.

Lo vuelvo a repetir de nueva cuenta, cuando fui diputado federal que me tocó dar el procesamiento de este tema, creo que es muy importante este tema para nuestro país, deberían estar gustosos en este momento, yucatecos, Yucatán arrancó el tema de la Revocación de Mandato en el 38, posteriormente Chihuahua, y finalmente Zacatecas, no se había logrado más que a nivel federal, hoy se logra.

Hoy estamos a la par de Venezuela, de Ecuador y de Bolivia, allá existe Revocación de Mandato y México ya la tiene por hoy y la va a practicar mediante una planeación que comenté en el punto 10 del 20 de octubre, que es una ampliación de derechos, no nada más por la vía virtual sino también por la vía escrita.

Creo que es importante que los ciudadanos, ciudadanas, participen de la forma que ellos decidan, si deciden vía virtual pues qué bien, si deciden vía escrita pues qué bien.

El tema es, primero fundar las 2.7 millones de firmas y luego, posteriormente, ya se empleó, estamos en la mención de fechas no nomás de derechos, para el día 10 de abril y para el día 25 de diciembre, según la Sala Superior.

Pero hubiéramos evitado esta sesión, se hubiera evitado si el punto 10 del día 20 de octubre se hubiera acordado favorablemente. Hoy estamos de nueva cuenta aquí.

Había una solución, la consejera Norma había apoyado, otro consejero, dos consejeros más, y bueno. No logramos ese objetivo.

Hoy la Sala Superior de nueva cuenta corrige la plana y aquí estamos en esta sesión acatando esa sentencia en la cual estamos de acuerdo, bueno.

Creo que es cuánto y creo que es de gran trascendencia, porque ahora con una simple credencial un ciudadano pudiera votar el día 10 de abril y se puede remover a un Presidente de la República, por qué no a un gobernador y a un presidente municipal. O sea, tenemos que emplear el derecho no nomás a la Presidencia de la República, a más funcionarios.

Y ojalá y se siga practicando en la Cámara de Diputados el tema de la redirección de cuentas a cualquier funcionario de cualquier ente autónomo o no autónomo, como comparece el de Hacienda, como comparece el de Comunicaciones, etcétera.

Creo que es importante esta práctica y creo que debemos estar contentos todos, porque se cumplió cabalmente el interés de que el Presidente nuestro de aquí de este Consejo compareciera a rendir cuentas.

Es cuánto, señor Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Tiene la palabra el consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña:Gracias, Presidente.

Buenas tardes a todas y a todos.

Quiero manifestar, por supuesto, que acompaño los términos en los cuales hoy se nos presenta este proyecto de acuerdo del Consejo General para acatar la sentencia del Tribunal.

Y, por otra parte, también sumarme a este necesario énfasis en torno a que este Instituto Nacional Electoral, todas y todos los servidores públicos de la Institución estamos muy concentrados en poder seguir avanzando con los trabajos y organización de este proceso de Revocación de Mandato. Nos tomamos el trabajo y la tarea al respecto desde el inicio seriamente.

Y aportaría más datos al respecto para evidenciar que, de ninguna manera, este Instituto ha sido omiso en ese compromiso importante para la nación de organizar este ejercicio inédito.

Ayer, precisamente, en la Comisión Temporal de Seguimiento a los Procesos Electorales Locales que, como es sabido, pues también tiene entre sus atribuciones el contribuir con los trabajos de este proceso de Revocación de Mandato, conocimos precisamente el informe del Plan Integral y Calendario del Proceso de Revocación de Mandato que, en una siguiente sesión, se traerá a este Consejo, como siempre se hace.

Y de las 218 actividades programadas, pues vamos ciertamente iniciando con todo este conjunto de trabajos. Ya están concluidas seis, pero en este periodo reportado de dicho informe, están en ejecución 29 actividades de Revocación de Mandato que tienen que ver con muy distintas áreas y ninguna, reitero, ninguna con retraso o alguna situación pues de desfase.

Entonces, estábamos en esta primera quincena de noviembre por arrancar otras 23 actividades y este conjunto de información pues demuestra que hemos estado trabajando, estamos listos como institución para organizar este ejercicio y pues corresponderá a distintas instituciones como correspondía en su momento a otras para Consulta Popular, hacer su parte.

El INE le corresponde una parte ciertamente relevante porque es la operación misma, el desahogo mismo de los trabajos de organizaciones, pero otras autoridades contribuyen, tanto para los mecanismos de democracia participativa como incluso para las elecciones.

Las elecciones no solo son del INE o a nivel local de los organismos públicos, también otras autoridades intervienen, contribuyen y tienen papeles importantes.

Entonces, creo que es cierto, no se ha consumado nada, sin embargo, ya se concluyó la primera ronda de discusión en la Cámara de Diputados y Diputadas y no ha habido ninguna noticia distinta.

Entonces, sí es preocupante que el tiempo pasa y no hay una reconsideración de lo aprobado por la Comisión de Presupuesto de dicha Cámara.

Por esa razón yo sí me sumo, en definitiva, a reiterar que no está siendo el INE, de ninguna forma, obstáculo institucional, no está representando esta institución ningún freno para que se realice ese ejercicio de Revocación de Mandato, sino que está en manos de otros actores.

Es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero.

No tengo a nadie más anotado.

¿Alguna intervención adicional?

Con mucho gusto, tiene la palabra el Diputado Mario Llergo, representante de MORENA.

Representante de MORENA, Mario Rafael Llergo Latournerie: Levantó primero la mano la compañera, ¿no?

Le cedo, por ser dama, le cedo el uso de la voz.

Adelante.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, señor representante.

Gracias por la gentileza.

Representante de MORENA, Mario Rafael Llergo Latournerie: Muchas gracias, Presidente.

Buenas tardes consejeros y consejeras electorales, representantes de los partidos políticos y consejeros del Poder Legislativo.

Una cosa es ajustar plazos como lo mandató el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y otra cosa muy distinta es ir más allá de lo previsto en la Constitución y MORENA quiere expresar a este Consejo, las siguientes observaciones que nos parece, en el tema de los plazos, una desproporción.

Uno, la modificación al periodo para recolección de firmas es violatorio al cuarto transitorio de la reforma constitucional que establece que la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021. Ahora se plantea una ampliación de 10 días naturales, es decir, del 1 de noviembre al 25 de noviembre.

Dos, la modificación a la fecha de emisión de la convocatoria también es violatorio al cuarto transitorio de la reforma constitucional, que establece que la petición de Revocación de Mandato deberá presentarse dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre de 2021, y la emisión de la convocatoria será en los 20 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud.

Es decir, que la petición debe presentarse hasta el 15 de diciembre, no hasta el 26 de diciembre, es decir, hay una diferencia de 11 días naturales, en tanto que la convocatoria prevista el 12 de enero, se ha recorrido al cuatro de febrero, es decir, 23 días naturales.

La modificación de la fecha de la jornada de revocación, pues también es contraria al transitorio de la reforma constitucional que establece que la jornada se celebrará 60 días una vez expedida la convocatoria.

La omisión de establecer fechas para la población de los mecanismos de recolección, pues desde luego que nos parece a nosotros es violatorio al principio de certeza, pues previo a esta modificación se establecían días ciertos.

La omisión de establecer fechas para la acreditación de representantes de partidos políticos ante mecanismo de recolección, pues también nos parece que viola el principio de certeza, pues previo a dicha modificación también se establecían días ciertos, ¿no?

Y la omisión de establecer fechas para ratificar o aprobar el modelo operativo de recepción de paquetes, nos parece también que viola el principio de certeza, pues también con anterioridad se establecían días ciertos, y la omisión de plazos para que los partidos políticos nacionales acrediten representantes ante los mecanismos de recolección.

Si bien, el Tribunal Electoral ordenó a este Consejo efectuar con libertad de atribuciones las modificaciones necesarias a los lineamientos emitidos por este Instituto Nacional Electoral, para la Revocación de Mandato, las modificaciones deberían respetar las disposiciones contenidas en la ley federal de Revocación de Mandato.

Y respecto a las modificaciones al anexo técnico, pues en MORENA también tenemos observaciones: uno, las modificaciones tendientes a eliminar la participación de las juntas distritales ejecutivas en los procesos de recepción, procesamiento y remisión de apoyos ciudadanos, mediante formatos físicos, implica una violación también al principio de progresividad y certeza.

Dos, la exclusión de que las juntas locales ejecutivas y juntas distritales ejecutivas puedan conocer y desahogar las garantías de audiencia, implican también desde nuestra opinión, una violación al principio de progresividad y certeza, pues dichos órganos antes formaban parte para maximizar los derechos de los ciudadanos y ahora no.

Tres, la forma en que se notificarán los apoyos que no proceda, no otorga una debida garantía de audiencia, pues antes se estipulaba que se notificaría por correo a los promoventes, y ahora se establece que dichas notificaciones se harán por medio del micrositio. Es decir, cambió de notificación personal a notificación por estrados.

Cuatro. La eliminación de la garantía de audiencia, en aquellos casos de formatos físicos cuyos registros no fueran localizados en la lista nominal y que debían ser revisados con la documentación entregada para verificar que no hubiera errores de captura.

Esta modificación, en nuestra opinión, también atenta contra el principio de progresividad y certeza, porque elimina la garantía de audiencia para aquellos apoyos de la ciudadanía que estén en este supuesto.

Cinco. Las modificaciones mediante las cuales se excluyen a las juntas locales ejecutivas de la verificación y confronta de la documentación fuente de las firmas de apoyo, pues implican una carga innecesaria y erogaciones altas, pues se trata de contratar personal adicional cuando ya se cuenta con una estructura para poder llevar a cabo la función encomendada.

Recordemos que tiene vocales de registro en los 300 distritos electorales.

La determinación de concluir el proceso de verificación de firmas al contabilizar el tres por ciento de las firmas requeridas contempladas en el artículo 15 del anexo técnico, pues es contrario a la ley, porque la ley, perdón, contabilizar el 3.5 porque la ley solo exige no solo que se alcance el tres por ciento de las firmas, sino que las mismas estén distribuidas en al menos 17 entidades federativas, y que respecto de cada una sea el tres por ciento de la lista nominal.

La redacción de cuál es el diseño de los formatos físicos genera confusión, porque por una parte se aduce que los mismos serán los que se encuentran publicados en el micrositio, y por otro, que el formato físico será el que es anexo al proyecto de acuerdo en discusión, mismo al cual no se circuló con anexos.

En esta primera etapa es cuanto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

Tiene ahora la palabra la consejera Claudia Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidente.

Muy buenas tardes a todas y a todos.

Bueno, he señalado en reiteradas ocasiones que las sentencias no se debaten, sino que se cumplen, pero en este caso por las posiciones que he escuchado de mis colegas integrantes de este colegiado, sobre todo de partidos políticos, creo que es necesario hacer una reflexión.

En la sentencia hay varios puntos de coincidencia respecto de cómo vimos el modelo, y es que aquí se trata de un modelo, no se trata de algo aislado.

¿En qué coincidimos en la sentencia respecto del modelo? En la prohibición a los partidos políticos de realizar actividades tendientes a la obtención del voto, con el propósito de influir en las preferencias de la ciudadanía.


Quedó claro que los partidos políticos tienen prohibido influir en las preferencias de las y los ciudadanos. Para eso, tampoco pueden aplicar sus recursos y que pueden, sí, promover la participación, pero no influir.

¿En qué otra cosa coincidimos?

En que, en la convocatoria, se debe prever el inicio de la promoción y difusión de la campaña, de las campañas de información.

En la temporalidad para que la ciudadanía interesada presente su aviso de intención.

En la modalidad del voto para las personas mexicanas que residen en el extranjero por el particular momento y tiempo de este proceso de Revocación de Mandato.

Así que fueron definiciones cruciales en las que coincidimos.

En qué no coincidimos y es el tema que nos hace replantear el modelo, los tiempos y también recuperar tiempos para hacer accesible la modalidad del formato impreso.

¿En que no coincidimos?

En la forma de ver el modelo en cuanto a la recaudación de los apoyos de la ciudadanía para el proceso de Revocación de Mandato.

Aquí me parece que está ligado el modelo, a ver el ejercicio de los derechos político-electorales.

Para mí, las obligaciones del INE frente al derecho que tienen las y los candidatos independientes y la ciudadanía para tener opción de candidaturas independientes, y el modelo que tiene el INE para la participación de la ciudadanía en este tipo de ejercicio, equivale exactamente a lo mismo.

Lo que vemos es una interpretación que hicimos nosotros desde el sistema, una interpretación sistemática y funcional versus a la interpretación literal y gramatical que nos presenta la Sala Superior, al decir que, si la ley expresamente prevé los dos formatos, se puede hacer.

Me parece muy relevante esto. Porque no solo está el tema de que la ley diga de ambos formatos, es darle al sentido a esos ambos formatos.

Y el sentido era:

Uno, que la obligación del INE por los tiempos que teníamos para verificar que se cumpliera con el requisito del 3 por ciento, 20 días, pues era viable el utilizar la aplicación móvil, porque permitía cumplir con menos tiempo, en ese tiempo previsto, la ley.

Pero, además, porque evitaba que nos pusiéramos en el intermedio a la ciudadanía de un ejercicio de procesos electorales, donde va a haber campañas, donde es la democracia representativa; y, por el otro lado, un ejercicio de democracia directa.

Era la interpretación gramatical, sistemática, funcional y prevalece hoy la gramatical.

Y, como digo, la sentencia se cumple.

¿Qué estamos presentando hoy?

Un modelo que nos permite recuperar los días para que después no se vaya a alegar que estos días que estaba regulado la App solo para unos lugares y el régimen de excepción exclusivamente, hubiera alguna violación.

Y eso, evidentemente, nos lleva a recorrer todo, porque hay que realizar todas las actividades para correr el modelo.

Las garantías son las mismas, el formato se está presentando igual, no fue discutido, no fue revocado ni modificado por la Sala Superior ni impugnado. Entonces, llevamos una misma secuencia.

El modelo de garantías de audiencia sigue lo mismo. Es que en el Portal Web siempre se ha puesto la información preliminar y eso es constante, eso se puede estar consultando de manera constante.

Ahora estamos generando un modelo que nos lleva más allá, sí, para abril que era lo que queríamos nosotros evitar en tener esta conexión con proceso electorales, pero que esto nos lleva a hacer viable el ejercicio.

Y aquí me parece que hay que tener en claro el momento en que estamos viviendo porque el INE siempre ha cumplido con su deber, ha estado impulsando las actividades que tenemos que impulsar para cumplir con nuestro deber constitucional.

Y hoy por hoy me parece también relevante lo que estamos viendo respecto de la asignación presupuestal y es un tema que si bien no está acabado, me parece que sí es importante que la ciudadanía sepa que este proceso de Revocación de Mandato lo hemos impulsado con todas las actividades, pero que es indispensable que desde el Poder Legislativo, la Cámara de Diputados, tenga pleno conocimiento que todas las actividades, con los estándares de calidad que se llevan en este Instituto para hacer efectivos los derechos político-electorales de la ciudadanía, tienen y están alineados con una obligación constitucional que representa una inversión económica y que esa inversión económica debe de ser administrada a la autoridad electoral para cumplir en términos democráticos, con nuestras obligaciones, pero también para cumplir con el deber que tenemos de garantía de los derechos político-electorales de las personas.

La democracia no es un juego, la democracia tienen reglas, las reglas se cumplen, pero los derechos de las personas tampoco son un juego, los derechos de las personas están reconocidos y se deben materializar y a partir de eso el esquema que se ha presentado es en estricto cumplimiento a las reglas que fueron emitidas por el legislativo para llevar a cabo este proceso de Revocación de Mandato con las mismas reglas que se exigen para un proceso constitucional de elección, porque implica justamente la otra cara de la moneda.

Es tan relevante la garantía y la protección de este derecho, que la misma ley exige las mismas reglas y que debe de haber una suficiencia presupuestal.

Creo que eso está dentro de los deberes de todas las autoridades del estado mexicano.

Y aquí solo me permitiría, a partir de poner una propuesta a una observación que ha formulado la consejera Dania, en el sentido de agregar para cumplir con el mandato que la Sala nos da respecto de hacer el análisis del voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero, no establecer una fecha, sino hablar mejor de los meses una vez concluido el proceso de Revocación de Mandato para que nosotros podamos realizar este análisis, porque por lo que veo, existen aún diferencias en la forma en que vemos el modelo y tenemos que continuar con la Sala Superior para que califique y se ratifique el modelo.

Sería cuanto, Presidente y colegas.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

Consejera Zavala, el consejero Ruiz Saldaña desea hacerle una pregunta, ¿la acepta?

Adelante, consejero.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente y muchas gracias consejera Claudia Zavala.

A propósito de su experiencia también en el ámbito jurisdiccional y con motivo de las observaciones que hizo la representación partidista previo a su intervención.

Yo quisiera preguntarle si coincide que precisamente los efectos de la propia sentencia dan cobertura para haber hoy traído en estos términos este proyecto, porque dice, la sentencia de la autoridad responsable deberá efectuar, deberá efectuar con libertad de atribuciones, en negritas, las modificaciones necesarias a los lineamientos y sus anexos técnicos y los plazos previstos en los mismos para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con lo determinado en la presente ejecutoria.

Y, por ejemplo, se han cuestionado los plazos, pero pues precisamente es parte de lo que se tenía que hacer.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Para responder, la consejera Zavala.

Consejera Electoral del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, consejero José Roberto.

Yo creo que tiene perfectamente la cobertura, justo porque la autoridad jurisdiccional tiene claro que todo implica replantear los momentos, nosotros tenemos que reponer como lo estamos haciendo en plazos, y eso lleva a que se recorran otros plazos.

Como todo proceso, como todo procedimiento, la Revocación de Mandato es una serie de actos concatenados, no se entiende unos y no se agota el otro, y necesariamente se tienen que redefinir estos espacios temporales para poder llevar a cabo los actos y las actividades.

Y por supuesto, el cuidado de cumplir siempre con las garantías para que tengan el conocimiento de todas las personas jurídicas o físicas que estén interviniendo en este acto, pero en concreto me parece que este resolutivo, incluso, fue pensado en esta forma porque evidentemente ven que se debe de recorrer muchas de las cosas.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

Tiene ahora la palabra el consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Gracias, Presidente.

Salvo con su eventual contradicción con la Constitución, la ley es de obedecerse, no es un instrumento para utilizarse en virtud del mejor juicio de la autoridad.

Ciudadanas integrantes de este Consejo, los argumentos de fondo que mis colegas vienen emitiendo sobre las diversas ventajas del uso de herramientas informáticas para la recolección de firmas de intensión para la aprobación del proceso de Revocación de Mandato, son cierto, casi debatibles, he sostenido sin embargo, desde que esta difusión inició que se trata de una decisión legislativa y no de este consejo y que por lo tanto, si la ley opta por un mecanismo que este Consejo no considere lo óptimo, tiene que prevalecer la ley.

Esto es lo que nos ha dicho el Tribunal Electoral.

Esto no significa de ninguna manera que sea mejor el uso del papel que de las herramientas informáticas, se han expresado ya en abundancia las ventajas del uso de estas herramientas informáticas.

Sin embargo, ese hecho insisto, no faculta a este Consejo para cambiar a su propio juicio el mandato legal, el INE por tanto está obligado a realizar un esfuerzo a partir de esta sentencia, nada menos que extraordinario para verificar adecuadamente algo que se prevé serán más o menos tres millones de firmas, lo realizará, y lo realizará con el mismo profesionalismo con el que siempre ha desarrollado las elecciones ciertas y confiables a las que la sociedad mexicana ya está acostumbrada.

Ahora bien, la ley no solo obliga al INE, que insisto, afronta invariablemente sus muy amplias y diversas tareas con profesionalismo, capacidad técnica y capacidad política, la ley también obliga al Poder Legislativo.

Estamos alcanzando un punto de este proceso en el que los hechos se imponen sobre el discurso político, no se puede pretender hoy que quien está intentando obstaculizar el proceso de Revocación de Mandato sea este Instituto. Este Instituto afronta y asume cada una de las obligaciones que derivan de la ley y, en su caso, de los mandatos judiciales.

No hay ninguna reserva en relación a la obligación de realizar este proceso de Revocación de Mandato, sin embargo, parece ser que esto no es una intención generalizada entre los actores políticos y entre los poderes del país.

No se puede pretender que el INE es quien sabotea la Revocación de Mandato, cuando al mismo tiempo se procura bloquear financiera y aparentemente también operativamente a este Instituto, para realizar la tarea que la ley impone. No es el Instituto quien estará obstaculizando el proceso de Revocación de Mandato si se pretende que un proceso en el que se tiene que llevar a las urnas a 95 millones de ciudadanas, sea un proceso que se haga sin las condiciones de certeza que esta sociedad construyó a lo largo de décadas.

Y así ha sido evidente en las décadas anteriores, es un proceso que cuesta dinero.

Estrangular financieramente al Instituto es estar bloqueando la Revocación de Mandato; pretender ignorar la parte de la sentencia que faculta a modificar los plazos de este proceso en virtud de las nuevas cargas operativas que este Instituto recibe, es oponerse a la realización de una consulta de Revocación de Mandato.

Los hechos políticos están a la vista, este Instituto trabajará al máximo de sus capacidades para realizar adecuadamente el proceso de consulta para Revocación de Mandato. Queda por verse si otros actores institucionales y políticos realmente enfrentarán la tarea de sacar adelante este proceso u optarán por bloquearlo, intentando pasarle factura política a este Instituto.

Muchas gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Espadas.

¿Alguna otra intervención?

El consejero Ciro Murayama.

Consejero Electoral del INE, Ciro Murayama Rendón: Gracias, Presidente.

Buenas tardes.

Empiezo atendiendo algunos señalamientos que han formulado los señores representantes del Partido del Trabajo en esta mesa, señalando que el 20 de octubre se nos propuso modificar los lineamientos, en el sentido de incorporar el papel en todo el territorio nacional y que, entonces, era el momento oportuno.

Permítanme disentir de manera muy respetuosa, para señalar que este acatamiento confirma una vez más cuál es la vía constitucional para que ante el caso de alguna inconformidad con una decisión de esta autoridad, la misma, se ratifique o se rectifique. Y es justamente la vía del Tribunal Electoral.

Lo que se nos propuso el 20 de octubre pasado, fue que esta autoridad a petición de un actor político modificara el acuerdo que había tomado. Y eso, dijimos entonces, es contrario a la certeza.

La vía para modificar, para corregir, para enmendar si quieren una decisión, es la jurisdiccional y en ese momento estamos.

Entonces, Morena fue al Tribunal, en esta ocasión la Sala Superior le dio la razón al quejoso, santo y bueno, se acata. Y así seguiremos en el futuro.

Ahora, el representante de Morena señalaba que en el acatamiento estamos modificando los plazos.

Ya la consejera Zavala explicó, lo hizo el propio Secretario Ejecutivo y lo subrayaba también el consejero Ruiz Saldaña que en la propia sentencia se establece que el INE no podrá modificar los plazos previstos para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con la determinación de la ejecutoria.

¿Y qué nos dice la ejecutoria?

Que se vale recabar firmas en papel o en App en todo el territorio nacional.

Este acatamiento se está tomando el día de hoy, cuando originalmente el plazo para iniciar la recolección de firmas había iniciado, había comenzado el 1° de noviembre.

Imagínense ustedes que cambiáramos, acatando la sentencia, y dijéramos: Pero el plazo es el mismo. Es decir, ya nos comimos 10 días de noviembre y no te los vamos a reponer.

¿Cuál sería el reclamo que estaríamos recibiendo en esta mesa?

El INE le está recortando los plazos a los ciudadanos que están entregando sus firmas en papel para solicitar la Revocación de Mandato.

Y dado que la Constitución nos da la orden de aplicar el criterio por persona siempre, ¿cuál es la persona a la cual se le deben de proteger sus derechos en este momento?

A la persona que pide la Revocación de Mandato, que está interesada en que el Presidente no siga adelante.

Bueno, ¿qué es lo que ocurre, entonces?

Que de manera natural pues el plazo se recorre y el INE, pues va a tener que meter prisa. Para eso es necesario también modificar un poco nuestro método de trabajo, porque eso de que la revisión ya no va a ser dispersa en el país, sino concentrada, tiene como propósito hacer más eficiente y tener mismos estándares de control, de calidad, en la revisión de las que van a ser muchas más firmas ahora en papel que cuando solo se podía en 204 municipios.

Cabe decir que, por lo mismo, la revisión y el derecho de audiencia a las solicitudes en papel va en dos tiempos: cuando se entrega físicamente y se hace una primera revisión para ver si carece de alguna de las partes que debe llevar, falta la firma, en fin; y después, ya que se captura, se puede verificar igual que los apoyos entregados con la App.

Quiero señalar que se ha estado diciendo al seno del debate parlamentario, que el INE no está viendo afectado su presupuesto porque prácticamente sería lo mismo que en 2019, y yo creo que ese argumento, y a mí me gusta combatir argumentos, no atacar personas, creo que el debatir argumentos es parte de la vida democrática y el atacar personas como lo vimos lamentablemente con profusión el viernes, pues habla de quién insulta, más que de quien recibe esos ataques.

Decía que el argumento que estamos igual que en 19 que es año post electoral y que, por tanto, la decisión presupuestal es responsable, pues está evidenciando una cosa, que no están asumiendo que la Revocación de Mandato es un ejercicio de voto a nivel nacional, que llamar a las urnas a 91 millones 400 mil mexicanos que forman el listado nominal, implica justamente un ejercicio que, en 2019, perdónenme, no estaban ni en la Constitución.

Es decir, están suponiendo que la Revocación de Mandato no implica compromisos del estado mexicano para garantizar los derechos de la ciudadanía, y de nuevo, leamos el artículo 1º de la Constitución, cito:

“…todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos…”.

¿Y cómo, preguntémonos, las diputadas y los diputados pueden promover, respetar, proteger y garantizar el derecho al ejercicio de participación en la Revocación de Mandato de la ciudadanía? Pues aprobando el presupuesto correspondiente, es su obligación, claro que la del INE es organizar, pero todos los recursos de los que dispone el INE salen, invariablemente, del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Decir que este presupuesto es responsable porque es equivalente al de 2019, es lo mismo que desconocer que existe la figura de Revocación de Mandato en la Constitución que se aprobó en diciembre de 2019 mientras que el presupuesto del INE se aprobó en 2018.

Entonces, yo espero que quepa la responsabilidad, nos han dicho aquí, no todo está cerrado, no todo está perdido; pues si es así, esperemos que en las próximas horas se pueda rectificar y que sólo quede como una amenaza que se borró, como una nube negra que el viento se llevó y que podamos tener los recursos para garantizar este ejercicio ciudadano.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejero Murayama.

Tiene la palabra el senador Juan Miguel Fócil, consejero del Poder Legislativo del PRD.

Consejero del Poder Legislativo del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez: Gracias, Presidente.

Es Juan Manuel, por favor, gracias.

El nombre, Juan Manuel Fócil.

Bien, la revocación del mandato es un proceso que se acaba de ganar en México, es un derecho que vamos a poder ejercer todos los ciudadanos mexicanos para impedir la continuación de un mal gobierno.

Es, perdón, ¿se escucha?

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Adelante, senador, sí.

Consejero del Poder Legislativo del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez: Gracias.

Es impedir la continuación de un mal gobierno, es quitarle el derecho a una persona que ganó la presidencia de la república por seis años, quitarle el derecho de gobernar tres años, los tres años de la segunda mitad de su sexenio.

Este derecho es en base a la pérdida de la confianza en el presidente, así es como se entiende constitucionalmente que se puede ejercer esta Revocación de Mandato, pero esto implica un riesgo muy grande en estabilidad social, económica y política para el país, puede perjudicar la vida pública, por eso es un ejercicio que debe ser muy serio, muy cuidadoso, generar todas las certezas posibles para que la gente tenga la seguridad de que se están manejando en este proceso de manera correcta, no debe haber margen de dudas, de trampas, de incertidumbre porque en este proceso se puede despojar del poder a quien lo ganó en las urnas tres años antes.

Por eso en este caso es muy importante que el órgano autónomo del Instituto Nacional Electoral cuente con todos los recursos humanos legales, logísticos, económicos para poder llevar a cabo este ejercicio de Revocación de Mandato. De otra forma estaremos impidiendo, en este caso la Cámara de Diputados, la mayoría de MORENA, PT y Verde, impidiendo que se tenga las facilidades el órgano electoral.

De tal manera que entre todos tenemos que procurar que este proceso sea un evento fallido y que genere inestabilidad política.

Por otra parte, la Revocación de Mandato no es un instrumento de propaganda política, no es un instrumento de campaña electoral para buscar salir favorecido en la elección en las próximas elecciones de seis estados de la República.

Tampoco debe ser un ejercicio para atacar a un órgano autónomo como es el INE, no es tampoco un instrumento y esto le debe de quedar muy claro a MORENA, que no es un instrumento para distraer la atención del pueblo por los malos resultados en varios renglones que el Gobierno Federal ha estado fallando, como por ejemplo, la pobreza se ha incrementado, la inseguridad pública, los crímenes, también que tenemos un peor sistema de salud, en el cual falta muchos médicos y medicinas, más que en otros gobiernos.

Y también, no podemos dejar de señalar que el desempleo y el crecimiento económico están, bueno, el desempleo está abierto, la gente muy desesperada, y el crecimiento económico no se ve que haya fortaleza.

Por lo tanto, debemos todos tener muy claras estas dos cosas, qué es y qué no es la Revocación de Mandato,

Y me preocupa, en este proceso de revocación, que este gobierno se haya corrompido muy rápido, y que lo que antes criticaban, cuando eran oposición, que los recursos públicos se utilizarán con fines partidistas, como hoy se está utilizando los medios de comunicación, las redes sociales, que es con dinero público, que también se esté aprovechando de los apoyos a personas vulnerables condicionando el voto, esto es incorrecto, es aprovecharse de la pobreza con el dinero público, y la compra del voto.

Esto no debe ser, sin escrúpulos y se están manejando los recursos públicos. Esto es incorrecto, no lo debemos estar practicando, porque estamos entonces envileciendo un ejercicio que debe ser extraordinario, como la Revocación de Mandato, lo estamos chafeando, abaratando, algo que parecía bueno lo estamos tirando a la borda, como una campaña política nada más de fortalecer al Presidente y a MORENA, esto no debe ser así.

Esto nos llevará, como país, a que cinco o seis meses los perdamos discutiendo la Revocación de Mandato en vez de estar viendo cómo prospera el país y cómo realmente se le dan buenos resultados al pueblo de México.

Por lo tanto, la conclusión es que, ante el fallo del Tribunal Electoral, que no tiene nada de extraordinario, simplemente está diciendo que debe haber una libre participación de ciudadanos y que no se debe ver que haya un obstáculo para que la gente participe de la recolección de firmas, por eso está diciendo que se pueden recoger las firmas en formato escrito o con las aplicaciones electrónicas.

Eso es todo lo que dice el Tribunal Electoral, y no es un cheque en blanco para que se pongan a recoger firmas falsas, que pongan a votar a los muertos y se genere incertidumbre, esto sería un grave error del partido mayoritario como lo hizo en el proceso pasado de consulta.

Entonces, considero que debemos de acatar obviamente el resolutivo del Tribunal Electoral; dos, que se le deben dar todas las facilidades económicas al INE para que pueda llevar a cabo esta consulta, en su caso, si el grupo que está buscando las firmas logra la cantidad de firmas posibles, y no estar impidiendo al órgano autónomo, al INE, que pueda cumplir a cabalidad con este proceso de consulta, en su caso.

Por eso, yo invito a todos a que entre todos abonemos a que, si este ejercicio de Revocación de Mandato vale la pena para la vida democrática del país, entre todos abonemos a que verdaderamente sea un proceso cierto, un proceso que nos dé certidumbre y que nos lleve a mejores niveles de vida.

Muchas gracias a todos.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, Senador.

Senador, le ofrezco una disculpa si le cambié el nombre, según yo había dicho Juan Manuel, le ofrezco de veras una disculpa.

Consejero del Poder Legislativo del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez: No es problema, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias.

¿Alguna otra intervención?

En segunda ronda, ¿alguna intervención?

Con gusto, en primera ronda tiene la palabra el señor representante de Movimiento Ciudadano, el licenciado Juan Miguel Castro Rendón.

Representante del Partido Movimiento Ciudadano, Juan Miguel Castro Rendón: Gracias, Consejero Presidente; buenas tardes a todas las personas.

La configuración constitucional de los organismos autónomos permite hacer lo que usted hizo, pero no lo obliga. Presentarse solo ante 290 diputados que lo cuestionaron, insultaron y amenazaron.

Lo bueno es que no cayó en provocación y terminó dando clases de civilidad, democracia, educación, tolerancia y diálogo. ¡Qué bueno, señor Presidente!

Ahora bien, estamos conscientes que es la más alta autoridad en materia jurisdiccional electoral quien ordenó se legislara sobre la Revocación de Mandato, misma autoridad que modificó los lineamientos que este Instituto expidió al respecto.

Vámonos preparando a, en su momento, espero, estamos todavía en análisis, sobre todo en los diputados por esta cuestión de recursos financieros, de hacer lo que ya se ha hecho en alguna entidad federativa.

Si hay una disposición y obligación legal y si no se cuenta o se limitan los recursos para ello, acudamos nuevamente ante la autoridad jurisdiccional para que exhorte, como lo ha hecho, a quien corresponda y se expidan tales recursos.

En cuanto a lo que aquí se ha dicho, yo creo que la Comisión de Seguimiento de Procesos Electorales todos podemos participar y viendo que este instrumento de participación ciudadana tan relevante se vaya enriqueciendo, con buena fe todos lo podemos hacer.

Es cuánto, Consejero Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor representante.

¿Alguna otra intervención en primera ronda?

Con gusto.

Tiene la palabra el diputado César Hernández, Consejero del Poder Legislativo de Morena.

Consejero del Poder Legislativo de MORENA, César Agustín Hernández Pérez: Gracias, Consejero Presidente; buenas tardes, consejeras y consejeros electorales, representantes de partidos políticos, compañeras y compañeros legisladores:

Estamos ante un proyecto de acatamiento de la resolución SUP-RAP-415/2021 y acumulados de la Sala Superior, en donde se ordena al INE modificar los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato y su anexo técnico, lo que ustedes, consejeras y consejeros, están a punto de votar lo puedo resumir de la siguiente manera:

En Morena teníamos razón y existieron diversos momentos donde el INE pudo corregir el error, pero no se hizo.

Aquí mismo hace unas sesiones, el representante de Morena, mi compañero y amigo, el diputado Mario Llergo, les dio la posibilidad de armonizar sus lineamientos con la ley mediante un proyecto de acuerdo presentado en este Consejo General, pero el mismo no fue aprobado.

Hubo otra oportunidad cuando la Junta de Coordinación Política del Senado aprobó el decreto por el que se realizaba la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

De esta manera, debemos decirlo de manera o de forma clara y contundente: Morena señaló en todo momento y con oportunidad y precisión que era ilegal establecer un régimen de excepción y limitar el ejercicio de un derecho constitucional a una aplicación móvil.

Ahora el Tribunal ya se ha pronunciado y, repito, nos dio la razón.

Sin embargo, ahora que estamos frente a este acatamiento, debemos decirles que no podemos acompañar del todo el mismo, pues si bien en su ejecutoria la Sala Superior les brindó a ustedes la oportunidad de que en libertad de atribuciones realizaran las modificaciones que consideraran pertinentes, es preciso referir que dicha libertad de atribuciones en lo absoluto debe entenderse como limitado.

Al respecto, cabe recordar que conforme lo prevé el artículo 4º transitorio del derecho de reforma constitucional por el cual se reconoce la figura de Revocación de Mandato y que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019, se estipulan términos precisos para el caso de que se solicite la Revocación de Mandato del actual Presidente de la República.

Nos parece que es evidente que las modificaciones a los términos que hoy se buscan aprobar, relativas al periodo de captación de apoyo de la ciudadanía, el periodo de reedición de las firmas de apoyo de la presentación del informe del periodo de revisión de la emisión de la convocatoria y, sobre todo, de la fecha de jornada de Revocación de Mandato, van en contra de lo aprobado por el poder legislativo en la reforma constitucional, así como en la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Ahora se pretende que la jornada de Revocación de Mandato se haga hasta el 10 de abril, por lo que le damos un voto de confianza a los buenos oficios del representante de MORENA, que no tenemos duda acudirá al Tribunal Electoral para buscar, nuevamente, que se cumpla con lo aprobado por el Poder Legislativo.

En lo que respecta al recurso, recorte presupuesto del INE, quiero compartirles señores consejeros, que en este momento por supuesto, aquí en la Cámara de Diputados, se está llevando a cabo el debate de la aprobación del presupuesto, no se ha votado ni en lo general y parece ser existen más de mil 500 a mil 800 reservas.

Se ha declarado un receso, indudablemente hay momentos oportunos para socializar y verificar cómo va a proceder este ejercicio democrático en la Cámara de Diputados, como es aprobar el instrumento de política pública financiera y estaremos en comunicación, por supuesto, con ustedes.

Gracias.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, Diputado.

¿Alguna otra intervención en primera ronda?

En segunda ronda, tiene la palabra la consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidente.

Me quiero referir a las observaciones que mandé respecto a esta modificación a los lineamientos, y en específico a la que mencionó la consejera Zavala en su intervención.

Mandé una adecuación al punto de acuerdo tercero para que cuando se instruya a la Comisión del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero, a hacer el estudio que mandató la Sala Superior, respecto a la viabilidad de que se implemente el voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero para la Revocación de Mandato, se estableciera una fecha cierta para que se hicieran estos estudios y se dieran a conocer los resultados.

Yo coincido con la propuesta que ha hecho la consejera Zavala, de que se diga que ocho meses después de que haya concluido el proceso, realmente la intención de mandar esta observación era esencialmente que tuviéramos una fecha cierta.

Si ella como Presidenta de la comisión respectiva considera que ésa puede ser la mejor opción para que nosotros tengamos un plazo que se pueda cumplir, yo coincido con esa observación, entonces, me sumaría para que se adecuara la observación que mandé con esta puntualización que ha hecho la consejera Zavala.

Diversas personas que hemos hecho uso de la voz en esta sesión hemos enfatizado cuáles fueron los tres efectos que se dieron en la sentencia que ahora acatamos, pero creo que sí vale la pena mencionar de manera reiterada el tercer efecto de esta sentencia, que dice que el INE deberá efectuar con libertad de atribuciones las modificaciones a los lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la Revocación de Mandato, sus anexos técnicos y los plazos previstos en los mismos, para realizar todas las acciones necesarias para cumplir con la determinación emitida por la Sala Superior.

Hay que decir que cuando nosotros emitimos estos lineamientos lo hicimos con base en los tiempos que se estaban estableciendo en el artículo 4° transitorio de la reforma. Sin embargo, ahora, a partir de esta determinación de la Sala Superior, ha dicho que podemos nosotros modificar esos plazos con miras a poder cumplir de manera eficiente lo que nos ha dicho la Sala Superior.

Entonces, me parece que tenemos esa posibilidad, y es lo que estamos haciendo, pero quizá lo que valga la pena todavía resaltar más es que se ha hablado también del principio de progresividad de los derechos humanos.

A final de cuentas, lo que busca este principio es maximizar los derechos humanos de las personas, y lo que estamos nosotros haciendo al ampliar estos plazos, al modificarlos es en principio aumentar 10 días más para las personas que van a recabar estas firmas de intención para que se pueda llevar a cabo la Revocación de Mandato.

En pocas palabras, estamos maximizando el derecho de aquellas personas que opten por recabar estas firmas en papel, y con base en esto, pues tenemos que hacer una modificación subsecuente de los tiempos.

Desde luego, uno de los derechos principales que tenemos como garantías del debido proceso es el derecho de audiencia. Este derecho si se está garantizando también en estos lineamientos, no importa la forma o quién específicamente sea quien garantice este derecho, el punto es que sí se garantice y así ocurren en los propios lineamientos.

A mí me parecía que también en su momento, cuando se buscó por diversas formas que no era la jurisdiccional, que nosotros modificáramos lo lineamientos que habíamos emitido, pues estaríamos en un impedimento para hacerlo. Era actuar pues no con base en la legalidad.

Y eso sí creo que pudo haber infringido el principio de certeza, si nosotros hubiéramos cambiado nuestra propia determinación, la vía para adecuarla, es la que ha ocurrido ahora, la vía jurisdiccional.

También quiero decir que la Sala Superior no es su última instancia por ser infalible, es infalible por ser última instancia.

Gracias, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, consejera.

Tiene la palabra el consejero José Roberto Ruiz.

Consejero Electoral del INE, José Roberto Ruiz Saldaña: Gracias, Presidente.

Quiero decirlo respetuosamente, pero pues el acatamiento no podía ser concebible simplemente donde se leía aplicación sumar la palabra y también formato físico, y punto.

Era evidente que el acatamiento conllevaría una revisión de todo el proceso de todo el cúmulo de actividades y su desahogo.

Entonces, sí me ha extrañado, intervine antes del señor representante del partido MORENA, si no, hubiera yo dedicado en mi primera intervención pues a esas observaciones que nos ha formulado.

Apela a la reforma constitucional, sí, nada más que no se debe de leer solo la Constitución y sus transitorios, sino ya también la ley, los lineamientos, y ahora la sentencia del Tribunal Electoral, y todo eso pues es el marco jurídico que ahora rige a este proceso.

Yo sí diría que pues no solo son esos plazos los que se mueven. Para decirlo claro, en realidad es que se mueven muchísimos más.

Por esa razón incluso están en estos términos el acuerdo cuarto de este proyecto y el acuerdo quinto, que por cierto yo agradezco que se haya incorporado en la última versión una propuesta de engrose o adición, donde precisamente con motivo de todos los cambios que va a haber y que van a tener que ahora revisar las distintas áreas del Instituto para ya conformar nuevamente pues las actividades que se desahogarán, pues he solicitado que se compendien esos cambios y se traigan a este Consejo mediante un informe para que todos estemos en la misma sintonía, con la misma información respecto a todo lo que van a impactar.

Y estamos haciendo esto precisamente para hacer honor a una reivindicación que creo que es de toda la sociedad no solo de una fuerza política, que se ejerzan bien los recursos.

Con motivo de estos cambios, tienen que revisarse los periodos de contratación de las y los capacitadores y asistentes electorales y las y los supervisores.

Tendremos que revisar ahora cuál va a ser el periodo necesario para que funcionen nuestros Consejos Locales y Distritales.

Se tendrá que revisar muy concretamente cuáles van a ser las fechas para estos registros de representantes no solo en las casillas, sino también para los mecanismos de recolección.

Todo eso está por revisarse y se va a revisar y el resultado, sin duda alguna, arrojará y van a ser fechas distintas respecto de las que ya estaban, porque todo se ha cambiado. Con el solo hecho de cambiar la fecha de la revisión, o más bien, el plazo para la revisión de los apoyos por tener que trabajar en papel, con solo ese hecho, se ha tenido que impactar todo lo demás.

Entonces, no es de extrañar que haya fechas y plazos distintos, al contrario. Era obvio, era natural que eso iba a suceder y por esa razón están los acuerdos cuarto y quinto en este acuerdo.

Y yo, en ese sentido, pues destaco que precisamente el acuerdo quinto señala que el plan y calendario tendrá que rehacerse para desahogar los distintos trabajos de este proceso de revocación.

Es cuánto, Presidente.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, consejero Ruiz.

¿Alguna otra intervención compañeras y compañeros integrantes del Consejo?

Bien, si no hay más intervenciones, le voy a pedir al Secretario que someta a votación el proyecto de acuerdo, por favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Con mucho gusto, Presidente.

Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto número 1, tomando en consideración en esta votación la fe de erratas y la adenda propuesta por la consejera Adriana Favela, igual que el engrose y fe de erratas propuesto por el consejero José Roberto Ruiz Saldaña que, por cierto, ya vienen incorporadas estas observaciones en la nueva versión actualizada que se circuló antes de iniciar esta sesión.

De la misma manera, tomaré en consideración en la votación las observaciones que hicieron llegar la consejera Dania Ravel y la consejera Claudia Zavala.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: En la sala, quienes estén a favor, si son tan amables.

Muchas gracias.

Presidente, el proyecto de acuerdo es aprobado por unanimidad.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Muchas gracias, señor Secretario.

Por favor, realice las gestiones necesarias para publicar el acuerdo aprobado en el Diario Oficial de la Federación y del mismo modo le pido que informe el contenido de éste a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos conducentes.

Le pido también que continúe con el siguiente asunto.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: El siguiente asunto es el relativo al Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a la solicitud de sustitución de la candidatura suplente a senaduría, por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal extraordinario en Nayarit 2021, presentada por el Partido Acción Nacional.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario.

Señoras y señores consejeros y representantes, está a su consideración el proyecto de acuerdo mencionado.

Al no haber intervenciones, por favor señor Secretario, le pido que lo someta a votación.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores consejeros electorales, se consulta si se aprueba el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado en el orden del día como el punto 2.

Consejera Norma De La Cruz.

Consejera Electoral del INE, Norma De la Cruz Magaña: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero Electoral del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejero Martín Faz.

Consejero Electoral del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Carla Humphrey.

Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: Consejera Dania Ravel.

Consejera Electoral del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: A favor.

Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina: En la sala, quienes estén a favor.

Muchas gracias.

Presidente, el proyecto de acuerdo identificado en el orden del día como el punto 2, es aprobado por unanimidad.

Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario.

También en este caso le pido que se sirva a proceder a lo conducente para la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Señoras y señores consejeros y representantes, se agotaron los asuntos del orden del día, razón por la cual se levanta la sesión.

Muy buenas tardes tengan todos ustedes.

Gracias por su presencia.

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