Luego de la jornada electoral del pasado 6 de junio, los resultados de los Cómputos de cada entidad federativa dan cuenta de un triunfo histórico para las mujeres: por primera vez 6 mujeres resultarían electas como gobernadoras en el mismo año. El camino no ha sido fácil pero la lucha ha valido la pena.
La reforma constitucional de “paridad en todo” (curiosamente publicada en el DOF el 6 de junio 2019, el mismo día que este año fue la jornada electoral) vino con una promesa, fruto de la lucha que miles de mujeres desde distintos espacios dimos por el ejercicio en igualdad de nuestros derechos humanos: que la paridad aplicaría para todos los cargos de elección popular. Con ese objetivo en mente en el INE, desde la entonces Comisión Temporal para el Fortalecimiento de la Igualdad de Género y No Discriminación en la Participación Política, que en ese momento tuve el honor de presidir, en diciembre de 2019 comenzamos a realizar un estudio para determinar el alcance de la reforma para la postulación paritaria en las 15 gubernaturas que se renovarían.
Así, la Dirección Jurídica y la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación realizaron una primera propuesta que fue remitida a las y los integrantes y asistentes de la referida Comisión Temporal el 20 de marzo de 2020 con la finalidad de recibir observaciones y fortalecer el documento. Esta propuesta tenía conclusiones poco alentadoras dado que, en suma, estimaba que no era recomendable que el INE implementara ninguna acción para garantizar el principio de paridad en las gubernaturas porque se encontraba constitucionalmente establecido que era facultad única de las legislaturas de los estados. Además, señalaban que la emisión de criterios de interpretación o medidas para la implementación de una acción afirmativa podía resultar ineficaz.
No obstante, después de revisar el documento, me percaté de que tenía varias deficiencias jurídicas, por ejemplo, la cita de criterios jurisdiccionales que ya habían sido superados y no se citaban otros que resultaban fundamentales, en general era un análisis incompleto. Derivado de ello, compartí con las áreas implicadas diversos elementos que consideraba debían incorporarse para que el estudio fuera sólido fáctica y jurídicamente.
De forma tal que, una vez subsanadas las observaciones, las conclusiones del análisis dieron un giro de 180 grados; esta vez señalaban que a pesar de que las legislaturas estatales tenían competencia para legislar en materia de postulación de candidaturas y en materia de paridad de género, lo cierto era que dicha facultad no les otorgaba la competencia para poder implementar una regla general que propiciara la paridad horizontal para las gubernaturas. Por ello debía ser el propio INE quien podía llevar a cabo su implementación. Posteriormente, el 13 de abril de 2020 se publicó otra reforma histórica para la garantía de los derechos político-electorales de las mujeres: la reforma legal en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, a través de la cual se estableció que el INE debía tener una Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación, mis colegas decidieron que presidiera esta nueva faceta de la comisión hasta en tanto la Cámara de Diputados y Diputadas designaran a las y los nuevos Consejeros Electorales del Consejo General, por lo que tuve la fortuna de ser primera presidenta de esa Comisión.
Así, el 29 de mayo de 2020 presentamos en la primera sesión extraordinaria de la Comisión el análisis jurídico sobre la viabilidad de implementar el principio de paridad de género en las gubernaturas, mismo que fue remitido a la Presidencia de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos con el propósito de coadyuvar con la labor de esa Comisión, brindando los insumos necesarios para valorar la posibilidad de que el INE implementara alguna acción para materializar la paridad de género en las gubernaturas. Desde mi perspectiva consolidar este proyecto resultaba apremiante dada la evidente y enorme brecha de género en las titularidades de los poderes ejecutivos locales. Recordemos que entre 1953 y 2020, de las 351 personas que habían sido electas para los ejecutivos locales, únicamente 7 eran mujeres (es decir, el 2%) frente a los 344 hombres que habían ejercido los mismos puestos (98% del total) y era aún más preocupante que la diferencia se advertía desde las candidaturas: entre 2015 y 2020, de 226 candidaturas, sólo 41 (18.14%) fueron para mujeres, y en las elecciones de 2019, ningún partido político postuló mujeres para la elección de las gubernaturas de Puebla y Baja California que se renovaron ese año.
Finalmente, el 11 de agosto de 2020, una ciudadana y aspirante a la candidatura a gobernadora de Michoacán, así como las organizaciones EQUILIBRA, Centro para Justicia Constitucional y LITIGA, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos, solicitaron al Consejo General del INE la emisión de criterios para garantizar la paridad en la postulación de las candidaturas a las gubernaturas que se elegirían.
La solicitud fue respondida por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, ésta fue impugnada y revocada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SS del TEPJF) por considerar que la petición realizada fue expresamente dirigida a quienes integramos el Consejo General. En consecuencia, se ordenó al Consejo General del INE responder a la consulta formulada, por lo que el 6 de noviembre de 2020, respondimos la consulta emitiendo criterios para garantizar que las postulaciones de candidaturas a las gubernaturas se hicieran de forma paritaria, para lo cual fue fundamental el nombramiento y el voto de los y las nuevas Consejeras Electorales.
Por supuesto, la aprobación del acuerdo e incluso la mera discusión del tema conllevó resistencias importantes, particularmente por parte del Senado de la República que impugnó el Acuerdo aprobado por el INE ante la SS del TEPJF.
Cuando la SS resolvió las distintas impugnaciones en contra del Acuerdo del INE que estableció criterios para garantizar postulaciones paritarias en las candidaturas a las gubernaturas, aunque revocó el Acuerdo del Consejo General del INE, determinó que los partidos políticos deberían postular a 7 mujeres para las candidaturas a las gubernaturas, es decir, implementó casi la misma medida que el INE con la diferencia de que el Consejo General había establecido que se postularan al menos 7 mujeres entendiendo esto como un piso mínimo del cual partir y la SS estableció un techo.
Materializar la paridad en las gubernaturas era una deuda histórica que teníamos con las mujeres mexicanas, su implementación es producto de una lucha de muchos años y para mí fue una fortuna encontrar en el camino a colegas y personas aliadas que se sumaron sin dudar. Así, hoy podemos decir que cumplimos esa promesa paritaria, a pesar de los obstáculos en el camino. La paridad en las gubernaturas ha llegado para quedarse y ahora el Congreso de la Unión y los Congresos de los estados deben regular la paridad en las gubernaturas antes del inicio del próximo proceso electoral por instrucciones de la SS del TEPJF. Ahora tenemos a 6 gobernadoras electas en 4 estados donde nunca había gobernado una mujer y 2 donde serán las segundas gobernadoras, es decir, prácticamente se duplicará el número de gobernadoras que hemos tenido desde que se reconoció el derecho de las mujeres a ser votadas en nuestro país, por lo que podemos concluir que el resultado de este trayecto ha valido y seguirá valiendo la pena.
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