Intervención de Martín Faz, en la conferencia ¿Qué son y cómo funcionan los usos y costumbres de los pueblos indígenas?

Escrito por: INE
Tema: Conferencia

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, JOSÉ MARTÍN FERNANDO FAZ MORA, EN LA CONFERENCIA VIRTUAL ¿QUÉ SON Y CÓMO FUNCIONAN LOS USOS Y COSTUMBRES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS?, EN EL MARCO DE LA SEGUNDA EDICIÓN DE LOS FOROS #INE INCLUYENTE

Qué tal, buenas tardes.

Un gusto saludarles a todos y a todas que nos acompañan a través de esta transmisión por Facebook Live desde el INE, a esta emisión de Hablando de participación política #INE Incluyente, que es un proyecto de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral que tener como propósito contribuir a la reflexión pública sobre la importancia de promover la participación política e inclusión igualitaria de diversos grupos poblacionales que enfrentan situaciones de desigualdad y discriminación en México.

De tal manera que estas videoconferencias van en esa línea, hoy tenemos una invitada de lujo (inaudible), que con una gran experiencia precisamente del tema de qué son y cómo funcionan los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas.

Un tema fundamental, un tema importantísimo en materia de una, de la construcción de una democracia incluyente.

Ella va a, con su vasta experiencia en el tema va a platicar con nosotros, yo solamente haré una pequeña referencia sobre el tema de los usos y costumbres, desde luego, muy genérica, porque la señora Rafaela pues es quien con su experiencia concreta y práctica de una comunidad de Tlalixtac de Cabrera, de donde ella es originaria y, donde, incluso, ella ha sido presidenta municipal, pues nos va a hablar con toda propiedad desde la forma concreta y específica como ello ocurre o una de las formas como ello ocurre en este ejercicio de inclusión.

Yo solamente haré algunas referencias generales para abordar el tema de los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas que necesariamente requiere un enfoque de derechos humanos, tanto para el análisis jurídico en general, como para el electoral en lo particular.

Partimos del hecho de la incapacidad de construcción de sociedades incluyentes, igualitarias e interculturales en la región y en nuestro país.

Si bien, hay cambios de perspectiva en la forma en que los estados- nación han abordado el asunto indígena, pasando por una etapa primero hasta de genocidio y etnocidio a finales del siglo XIX y todavía entrados a una parte del siglo XX; a otra etapa en donde se busca una asimilación o una integración de los pueblos indígenas a la figura de estado-nación, la cual ha evidenciado algunas limitaciones porque pues durante una cierta etapa lo que se buscaba era que las comunidades indígenas se adaptaran a la formalidad tanto jurídica como política del estado-nación, sin reconocer esos usos y costumbres que les daban una particularidad. 

Eso fue así también a lo largo de un periodo amplio en el que, si bien ya no se intentaba una supresión de la diversidad cultural, sí se buscaba una incorporación al sistema, al modelo del estado-nación, al sistema mestizo, dicho de otra forma, en el que tampoco se daba un reconocimiento a las peculiaridades, a las particularidades que se expresan precisamente en el tema de los usos y costumbres.

A partir del inicio de los años 90, en el siglo pasado, se abrió una nueva etapa posible en base a lo que se ha dado en llamar estándares internacionales en materia de derechos humanos. Es decir, a través de una serie de instrumentos internacionales en la materia, tanto en el sistema Interamericano en la región de las Américas, con distintas convenciones o con declaraciones de los derechos de los pueblos indígenas y a nivel, también, internacional, a través de la ONU, se ha abierto un paradigma de interpretación desde los derechos humanos que permiten que aún dentro de los modelos jurídicos o del sistema estado-nación las manifestaciones propias y específicas de los usos y costumbres tengan un valor propio y sean funcionales para la vida de las comunidades.

Aun así, todavía hay voces, aún hoy en día, que siguen cuestionando, que cuestionan un modelo de derechos o este tema de un pluralismo jurídico y tienden a ver la situación o la temática de los pueblos indígenas como un problema en donde sigue todavía permeando una idea de que tiene que haber una asimilación; es decir, que los pueblos originarios tienen que amoldarse a las estructuras jurídicas, a las formas de gobierno que se establecen o que establece el Estado Nación en sus instrumentos jurídicos, cuya sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para hablar de este paradigma, en varios casos, algunos muy sonados, Saramacca, Aguas Timia y Yatama, algunos de ellos, ya se ha hablado de que los conceptos fundamentales del derecho internacional de los pueblos indígenas obligan a una interpretación de las normas jurídicas, tanto las nacionales como inclusive las propias convenciones de derechos humanos de la región, en este caso de la región Interamericana.

En materia de derechos políticos, algunos de los estándares internacionales establecen que, en materia de derechos políticos, los pueblos indígenas, sus integrantes, deben poder integrarse a las instituciones de órganos estatales y participar de manera directa y proporcional a su población en la dirección de los asuntos públicos que no se puede exigir su participación política a través de partidos políticos, ya que se trata de una forma de organización que no les es propia y, que deben poder participar desde sus propias instituciones y de acuerdo a sus valores, usos, costumbres y formas de organización.

El mecanismo de expertos sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU, en una opinión consultiva, en la opinión consultiva 2011, establece que los estados deben respetar y apoyar las estructuras de gobernanza de los pueblos indígenas, tanto las tradicionales, como contemporáneas, incluidas sus prácticas de adopción de decisiones colectivas, reconoce que los mecanismos que facilitan la participación de los pueblos indígenas en los procesos externos no indígenas de adopción de decisiones pueden ser problemáticos por diversas razones, a veces operan en entornos en que la presencia políticos, social y económica de los pueblos indígenas es minoritaria y, si bien mejoran su participación, no llegan a establecer una igualdad de condiciones con los no indígenas.

También puede ocurrir que no permitan una mayor influencia indígena sobre las decisiones en la práctica o que su aplicación sea escasa o tropiece con problemas imprevistos o que favorezca la participación de ciertos grupos, incluso al interior de las comunidades indígenas por encima de otros y que, de esa forma menoscaben la confianza en su capacidad de lograr la igualdad entre las personas. De tal manera que esta comisión de expertos ha establecido unos indicadores de buenas prácticas en materia de auto organización de usos y costumbres, de participación de los pueblos indígenas que son el grado en que los pueblos indígenas han participado en su diseño y están de acuerdo en estos mecanismos, cómo permitir mejorar la participación de los pueblos indígenas en la adopción de decisiones, permitir que influyen en el resultado de las decisiones que les afectan y hacer efectivo el derecho a la libre determinación de los pueblos.

Entonces, tenemos que desde una perspectiva de derechos humanos nos da una serie de estándares importantes que permiten que los usos y las costumbres de los pueblos indígenas puedan tener un lugar, un espacio, un campo también aun, incluso dentro de las formas jurídicas del estado-nación, de la Constitución, en fin.

¿Qué se entiende por usos y costumbres? Pues son un montón de cosas, seguramente la señora Rafaela nos lo podría decir con mayor claridad, yo simplemente hago un apunte para ya dar paso a que ella pueda hablar con nosotros.

Pero en términos generales, los usos y costumbres se entienden como una serie de conjunto, de instituciones, procedimientos y normas que contribuyen a la integración social de los pueblos y comunidades indígenas y que constituyen el rasgo característico que les individualiza como tal, es decir, por el que ellos se identifican como parte de una comunidad, de un pueblo indígena.

En México los usos y costumbres son muy amplios, hay desde sistemas normativos tales como las normas para la convivencia, estructuras organizativas, mecanismos de participación, formas de conciliación, las funciones y obligaciones de las autoridades, procedimientos, ceremonias y rituales, uso y disfrute de los bienes comunales y la forma en que se toman las decisiones e incluso abarca formas y sistemas de gobierno propios que incluso la ley reconoce.

En ese sentido, en México el marco jurídico de los usos y costumbres encuentra su fundamento constitucional en el artículo segundo. Una de las modificaciones importantes que se han hecho en el tema, en el que adquiere el pleno reconocimiento en el sistema normativo nacional los usos y costumbres, y el derecho a la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas. 

Con esto yo pondría el marco genérico y presento a la señora Rafaela Hernández Chávez, ella es originaria y vecina del municipio de Tlalixtac de Cabrera, en Oaxaca; lugar donde nació, de donde es originaria. 

Ella es licenciada en enfermería con especialidad en salud pública, y también licenciada en administración de empresas. Ya es jubilada como enfermera de la Secretaría de Salud, desde hace ya un buen tiempo que está jubilada, y se desempeñó también como docente durante 22 años formando profesionales de la enfermería, de la administración y de la contaduría. 

Como enfermera y administradora en su vida laboral ha desempeñado un sinnúmero de puestos y de cargos en su natal Tlalixtac de Cabrera. En el periodo 2008-2010 se desempeñó como presidenta municipal, siendo la primera mujer en ocupar el más alto cargo al servicio de la comunidad. 

Ella ha participado en múltiples conferencias, conversatorios, y capacitación a distintos sectores de la población en pro de la participación femenina en los cargos municipales de representación proporcional y del sistema de usos y costumbres. 

Y ella ha orientado en muchas ocasiones a magistrados de tribunales del estado, regionales, y Sala Superior, en la materia de usos y costumbres, sobre los sistemas normativos internos. 

Cuenta con cinco publicaciones y ha sido siempre una gran aliada participando en diversos conversatorios con nosotros aquí en el INE, todos relacionados, o la mayoría relacionados con el tema de los usos y costumbres de los pueblos originarios del estado de Oaxaca. 

Señora Rafaela le agradezco profundamente que acepte nuestra invitación y nos acompañe para poder hablar de qué son y cómo funcionan los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas desde su experiencia. 

Señora Rafaela, muchísimas gracias, tiene usted la palabra. 

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