VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO UUC-KIB ESPADAS ANCONA, EN EL PUNTO 22 DE LA SESIÓN ORDINARIA, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES AL ANEXO 19.3 DEL REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Gracias, ciudadano Presidente.
Ciudadanas y ciudadanos integrantes de este Consejo:
El acuerdo que hacemos llegar hoy es un producto de varios meses de esfuerzo, llevado principalmente por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que viene de varios meses atrás, incluso antes de que los nuevos consejeros y nuevos partidos nos integráramos a este órgano.
El motivo de la propuesta de modificación al anexo del reglamento que prevé las características de los cuadernillos de la Lista Nominal de Electores, a los que tendrán acceso los partidos políticos, es solucionar un problema fundamentalmente dos derechos que colidieron en los procesos electorales pasados.
Por un lado, tenemos el ya añejo derecho de los partidos políticos a disponer de un listado confiable de los electores que depositarán su voto en cada una de las casillas electorales.
Del otro, el mucho más reciente, pero no menos importante derecho de los ciudadanos, a que sus datos personales sean protegidos por aquellas instancias que los manejan en los distintos procesos que tienen a su cargo, tal es el caso del Padrón Electoral.
La realidad nos ha demostrado que las medidas vigentes para lograr la devolución de estos cuadernillos han sido infructuosas sucesivamente en un porcentaje que en términos generales supera el 20 por ciento de los cuadernillos que se distribuyen, eso significaría que de los aproximadamente dos millones de cuadernillos que se distribuirían en, en el que se distribuirán en esta ocasión, se podría esperar el no retorno de aproximadamente 400 mil o más de ellos.
Eso significa para los partidos políticos un problema por las potenciales multas que deberían derivar de esta no devolución, pero, sobre todo, representa para los ciudadanos el problema de que sus datos estén circulando fuera de control y de las condiciones de privacidad en las que estos deben ser manejados.
La propuesta que se presenta es la de generar un documento nuevo y distinto de la Lista Nominal que se ha utilizado siempre y que sigue siendo el instrumento estándar, esto es, la Lista Nominal que tendrá el Presidente de la Casilla, dispondrá, no se da en la nueva lista acotada que se propone, sino la lista completa con fotografía y nombre completo de los votantes, y esa misma lista estará a disposición de los 10 partidos políticos en la medida en que no soliciten, vamos, por default, en la medida en que no solicitaran los cuadernillos acotados.
Lo que se propone es hacer una segunda versión con información limitada de estos cuadernillos de la casilla, que estaría a disposición solamente de los partidos que expresamente lo solicitaran, estos cuadernillos tendrían menos información que el cuadernillo del presidente de la casilla o de los partidos que solicitaran la información completa y fundamentalmente a diferencia de los cuadernillos completos, no dispondrían de la fotografía del elector, ni del segundo apellido del cual solo se colocaría la inicial.
La intención de estos cuadernillos es que en el caso que es muy probable, repito, la experiencia nos dice que hay una regularidad en ese sentido, que en los cuadernillos que no fueran devueltos y por cuyo no retorno sí recaerá una multa en los partidos políticos, el daño en términos de información manejada inadecuadamente se reduzca y se reduciría por ser menos la información que estaría en riesgo de perderse.
Hay que decir que esta propuesta tiene distintas previsiones.
La primera de ellas es que, no afectar la única Lista Nominal que en la casilla tiene validez legal para los eventuales procesos jurisdiccionales posteriores al día de la elección, porque esta lista es exclusivamente la lista que maneja el Presidente de la Mesa Directiva de Casilla.
Los cuadernillos, ni completos ni incompletos, son un elemento de prueba que un partido pueda esgrimir en un litigio sobre, por ejemplo, los resultados de la elección en esa casilla.
Es decir, si un partido presentara un cuadernillo completo donde, por ejemplo, no estuvieran marcados como “votó” los mismos ciudadanos que sí están marcados como “votó” en la lista del presidente, esta evidencia que presenta el partido adolece de ningún valor legal no solo por ser una documental privada, sino porque además es producida por el propio quejoso.
En ese sentido, se mantiene la garantía de que la auscultación de los votantes sería exactamente la misma, que hoy permite la Lista Nominal con fotografía y dos apellidos, porque sería exactamente la misma lista que recibiría el presidente.
También sería la lista que, de manera automática, estaría a disposición de todos los partidos políticos y aquí es donde, para recibir los cuadernillos acotados, los partidos políticos tendrían que renunciar a recibir los cuadernillos completos, que en la renuncia estos se harían explícitos los datos que se asientan en el acuerdo, pero nuevamente se harían explícitos en el documento de renuncia para que efectos legales se sepa exactamente, cuál es la información que los partidos políticos, por decisión propia, no estarían teniendo en la casilla y que, porque la cual, porque cuya ausencia como resultado, no se podrían derivar ningún tipo de agravio legal, tratándose no solo de actos consentidos, sino de actos propios de una solicitud activa de recibir la documentación limitada.
Cualquier partido que deseara la documentación, la versión completa, ése es su derecho en automático, no tendría que hacer nada para obtenerlo, es la lista que se le entregaría de manera regular.
Esta propuesta, si bien protege a los partidos políticos, parcialmente, de las potenciales sanciones de perder información más completa, lo cierto es que, sobre todo y, con esto concluyo mi intervención, protege parcialmente la información de los ciudadanos.
Tengo la convicción de que, para la inmensa mayoría de los ciudadanos, sobre la base de que el cuadernillo se va a perder, es mejor que el cuadernillo se pierda sin la fotografía y sin el segundo apellido, para evitar o por lo menos dificultar que mayúsculamente, el uso de estos datos para la falsificación de cualquier procedimiento legal, sean afiliaciones partidistas o incluso la falsificación de instrumentos financieros.
Muchas gracias.
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