De acuerdo a lo que dicta la legislación electoral nacional, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), es su máximo órgano de decisión, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, velando porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades que dicha Institución lleva a cabo.
Para ello, la normatividad establece Comisiones del Consejo General de manera permanente o, si así lo determina dicha instancia, de forma temporal para la consecución de sus fines y objetivos. En este sentido, y a partir de reformas y adiciones a diversos ordenamientos legales en materia de paridad de género publicada el 6 de junio de 2019 y violencia política contra las mujeres en razón de género, de fecha 13 de abril de 2020, se estableció que la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación funcionara de manera permanente.
Las actividades más significativas que dicha Comisión, a partir de que el 30 de julio el Consejo General determinó su nueva integración, ha realizado en favor de alcanzar, entre otros aspectos, una auténtica igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, son las siguientes:
· Elaboración de los Lineamientos para el Registro Nacional de personas sancionadas por violencia política por razón de género, que el Consejo General aprobó en septiembre de 2020, en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Esta normativa permitirá a la autoridad electoral analizar la posible inhabilitación de algún candidato o candidata si se encuentra en dicho registro por haber sido sancionado por violencia política en razón de género en contra las mujeres.
· Elaboración de los Lineamientos para que los partidos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género. Documento aprobado por el Consejo General que incluyó la declaración 3 de 3 contra la violencia, con la finalidad de elevar la calidad de la representación popular en los poderes del Estado.
Asimismo, esta normativa obliga a los partidos políticos a contar con un órgano que goce de autonomía técnica para resolver los casos de violencia política, además de una instancia que pueda asesorar a las víctimas de violencia de género, con el otorgamiento de medidas de protección y cautelares para mujeres militantes, precandidatas, candidatas y funcionarias públicas postuladas, entre otras.
· Manifiesto por una democracia paritaria y libre de violencia, firmado en diciembre por todos los partidos políticos nacionales, quienes se comprometieron a respetar el principio de paridad total y combatir la violencia política contra las mujeres en razón de género.
· En acompañamiento con la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos se aprobaron los criterios por el que se determinó la forma en que se implementaría el principio en paridad en las 15 gubernaturas que se elegirán en el proceso electoral 2020-2021.
Estos criterios aprobados por el Consejo General a pesar de que fueron impugnados ante el Tribunal Electoral, la Sala Superior determinó que 7 de las 15 gubernaturas debían ser ocupadas por mujeres.
· Junto con la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos y posteriormente aprobado por el Consejo General, se elaboraron los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los partidos políticos nacionales y, en su caso, las coaliciones.
En estos criterios, entre otros puntos, se amplió de 13 a 21 distritos en los que sólo podrán postularse a personas de pueblos y comunidades indígenas y, por primera vez, se amplió esta participación a las diputaciones de representación proporcional. Asimismo, por primera ocasión se establecieron acciones afirmativas para personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual.
Los rubros hasta aquí referidos constituyen sólo algunos de los múltiples aspectos que la Comisión de Igualdad y Género del INE ha alcanzado en sus poco más de 5 meses de vida y es la instancia que dará seguimiento al cumplimiento de la paridad de género en el registro de candidaturas, así como de los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género que se registren durante el proceso electoral.
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